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RESERVA Y CONDICIONES CAMBIADAS
A/A AGODA El pasado octubre, entre el 4 de ntrada y el 7 de salida, con ID165594543, hice reserva en orbi city-sea View aparthotel en Batumi , Georgia. Les comento lo siguiente: 1- Mi reserva no existía cuando llegué. En recepción me negaron la entrada, porque no había nada a mi nombre, ni reserva efectuada a través de AGODA. Tuve que localizar a la propietaria del apartamento, por mis propios medios 2- Después de bastante rato, enviaron a una persona para que me abrieran la habitación. Y pude acceder a la habitación… Estaba muy sucia, todo roto. NO LA HABÍAN LIMPIADO. Cortinas rotas, WC sucio, todo en mal estado. 3- Después de hablar varias veces, con la propietaria por WhatsApp, me dió solamente la opción de cambiarme de habitación o a la calle. 4- la habitación que me dieron, no tenía vistas al mar, en frente , muy pegado, otro edificio 5- La habitación que me dieron era más pequeña 7- Con la cuestión del desayuno, que estaba incluido en la reserva, le insistí varias veces, pero nunca obtuve respuesta. Nunca ofrecieron la posibilidad de desayuno. Le mandé a ña propietaria varios mensajes para que me informara acerca del desayuno. Nunca respondió 8- Solicito devolución íntegra importe pagado y compensación económica por todo lo sucedido He intentado por todos los medios ponerme en contaco con Vds, pero infructuosamente. Comprobarán que hay conversaciones de Watthaps explicando lo sucedido, correos. Pero o bien me cortaban la conversación o hacían caso omiso. Adjunto capturas de pantalla
Cobro indebido
He recibido cobros no deseados de cash.privicompras en mi tarjeta sin haber yo autorizado estos. Me llevan cobrando diez meses estos pagos de 18€, me gustaría me eliminaran de esa lista en la que yo no me he inscrito y me devuelvan mi dinero Resulta embarazoso tener estos cobros sin que nadie los autorice... Naturalmente lo pongo en conocimiento de mi banco para que esto no continue.
Devolución Bono Clases
El martes 21 de octubre adquirí a través de la página web de ANGA YOGA STUDIO un bono de 5 clases de yoga por importe de 65€. La primera clase estaba prevista para el miércoles 22 de octubre, pero la profesora canceló con pocas horas de antelación. Tras ello, le solicité el reembolso íntegro del importe pagado, yqa que el servicio no llegó a iniciarse y he perdido la confianza en la profesional. Sin embargo, la responsable se niega a devolver el dinero y, además, no ha respondido a mi último correo, enviado el 23 de octubre. Considero que esto constituye un incumplimiento del contrato de prestación de servicios, amparado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, así como la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, ya que la compra se efectuó a través de su web. Solicito, por tanto, la intervención de la OCU para reclamar la devolución íntegra del importe pagado, al no haberse iniciado el servicio y existir una negativa expresa por parte de la proveedora. Adjunto: - Justificante del pago - Copia del correo de solicitud de reembolso - Mensajes donde la proveedora cancela la clase y se niega a devolver el dinero
Problemas con la clínica
Realice la compra de un tratamiento de láser, a medio del tratamiento cerraron la clínica habitual a la que asistía y ahora han cerrado la clínica a la que derivaron. El tratamiento que abonado hace tiempo y el tratamiento no ha finalizado
PRACTICA DESLEAL SISTEMATICA, ENGAÑO!
HECHOS: 1. El 2 de octubre de 2025, la consumidora realiza un pedido por la compra de un televisor, con importe total de 973 €. 2. El monto incluye un cargo adicional obligatorio de 29 € por el servicio de entrega a domicilio con franja horaria personalizada y puesta a punto. Sin embargo, la única fecha y franja disponible era el 16 de octubre entre las 8:00h y las 15:00h, opción que la consumidora acepta y contrata. 3. Durante el proceso de compra, la consumidora se encuentra con dos inconvenientes: 3.1. En el carrito de compra aparece un mensaje emergente, comunicando que el producto TV no puede combinarse con otros productos de la cesta. Ante esta imposibilidad, la consumidora se vió obligada a retirar los demás productos de la cesta y proceder al pedido de, solamente, el televisor. Valora hacer el pedido de los demás productos en otro pedido, ya que el televisor está en oferta y termina en pocas horas. 3.2. En el momento del pago, la consumidora intentó acogerse a la opción de financiación ofrecida por la tienda online, pero el sistema informático generaba un error constante que impedía formalizar la operación a plazos. Ante esta imposibilidad técnica —no atribuible a la consumidora—, se vio obligada a abonar el importe total en un único pago. 4. El 16 de octubre, fecha prevista para la entrega, el producto no llegó. Ante esta situación, la consumidora contacta con el servicio de atención al cliente. Tras una larga espera de derivación al área de pedidos online, una vez se contacta, la llamada es colgada sin previo aviso. Finalmente se logra contactar nuevamente con dicho departamento. 5. El área de pedidos informa que el pedido ha sufrido un “incidente con el stock” y se procede unilateralmente al reembolso, sin consentimiento por parte de la consumidora. 6. La consumidora solicita una solución alternativa: envío del producto, sustitución por otro de características equivalentes o superiores, o la conservación del precio original. Se le indica que ninguna de estas opciones es posible, el reembolso ya se ha iniciado, y que se facilitará únicamente un cupón del 10% para que vuelva a comprarla. La consumidora comunica no estar de acuerdo y estar confundida: no llega el día acordado por falta de stock pero a su vez puede comprarla. 7. Tras la llamada, la consumidora recibe dos correos electrónicos: 7.1. Un primer correo electrónico confirmando una “petición de cancelación”, hecho falso y unilateral, ya que la consumidora nunca solicitó la cancelación del pedido. 7.2. Un segundo correo electrónico con código de cupón, de uso único, del 10%. Dicho correo comunica que tiene una duración de 30 días, hasta 16.11.25, condición de la cual no había sido informada por teléfono. 8. En fecha 18.10.25, aún considerando que la empresa no está siendo consecuente con los daños ocasionados, ya que podría haber enviado de nuevo la TV, la consumidora necesita el producto y decide aprovechar el descuento y hacer la compra de un TV diferente, ya que ahora el producto anterior es más caro y valora invertir en otro televisor. De nuevo, desea añadir en el carro otros productos. 9. Una vez en el carrito, el sistema da el mismo mensaje que en fecha 2.10.25: que el producto no puede combinarse con otros de la cesta. Además, de nuevo, no permite financiarlo. 10. Consumidora valora personarse en la tienda para hacer el pedido y entrar una reclamación. Como la tienda más cercana se encuentra a 42 km, antes de ir, la consumidora llama a atención al cliente para asegurarse que en esa tienda hay stock de la TV que desea. 11. Desde la oficina de atención al cliente comunican que no hay stock en ningún lugar, tampoco online. Aun así el sistema muestra disponibilidad y permite hacer el pedido, obligando a que sea como pago único y sin combinar con otro producto. 12. Consumidora comunica los hechos ocurridos y pregunta por qué iniciaron unilateralmente el reembolso por una supuesta falta de stock. Agente comunica que el sistema no muestra información sobre el pedido y su cancelación. DAÑOS Y PREJUICIOS: 1. La consumidora no obtiene su pedido; 2. El servicio de entrega personalizada pagado por la consumidora no se cumplió; 3. La empresa no comunica la incidencia ni cancela formalmente el pedido, ni antes ni después de la fecha de entrega acordada. Es ella quien llama a atención al cliente; 4. Se retiene el dinero de la consumidora durante más de 15 días aun sabiendo que el pedido no se puede realizar; 5. Se imputa falsamente una petición de cancelación que la consumidora nunca solicitó; 6. Pierde una jornada laboral completa, 8h, esperando una entrega que nunca se realizó; 7. Se le impone un reembolso no solicitado, eliminando la posibilidad de mantener las condiciones del contrato; 8. El cupón ofrecido como “compensación” solo beneficia a la empresa, ya que obliga a volver a comprar en su tienda, y no repara el perjuicio sufrido. Ambas experiencias por parte de la consumidora demuestran que ha sido víctima de una práctica desleal sistemática. Cuando un producto no dispone realmente de stock, la plataforma permite igualmente su compra, pero simultáneamente impide combinarlo con otros artículos en el carrito y bloquea el acceso a la financiación; Por lo tanto, el sistema no comunica correctamente la disponibilidad, lo que lleva a que el consumidor pueda formalizar el pago completo de artículos inexistentes sin advertencia alguna. Dicha conducta, lejos de constituir un simple error técnico, genera un perjuicio directo y medible: el cliente entrega su dinero de buena fe, el producto nunca se entrega ni se comunica la incidencia, y la empresa retiene el importe durante varias semanas antes de proceder al reembolso tras la llamada del cliente al no recibir el producto; En la práctica, este proceder equivale a un uso temporal del dinero del consumidor sin contraprestación, lo que puede asimilarse a una financiación encubierta o préstamo forzoso, realizado a costa del engaño y la falta de transparencia hacia el cliente. Por último, que estos hechos estén vinculados a productos en oferta, hace sospechar de una premeditación y una forma común de proceder en esta empresa. FUNDAMENTOS LEGALES: Esta situación vulnera los principios de buena fe contractual, transparencia y diligencia profesional exigidos por el artículo 8 del Real Decreto Legislativo 1/2007 y puede constituir una práctica comercial desleal, conforme a los artículos 5, 7 y 8 de la Ley 3/1991 de Competencia Desleal, al inducir a error sobre la disponibilidad real de los productos y retener fondos sin causa legítima. Según el artículo 1101 del Código Civil, MediaMarkt incurre en incumplimiento contractual al no entregar el producto dentro del plazo acordado, siendo responsable por los daños y perjuicios causados. El artículo 1104 del Código Civil establece la negligencia en el cumplimiento de las obligaciones, aplicable al no haber informado a la consumidora de la incidencia y haber cancelado unilateralmente el pedido. Según la Ley 3/1991 de Competencia Desleal y Directiva 2005/29/CE, imponer al consumidor un reembolso unilateral y ofrecer como única compensación un cupón con caducidad de 30 días, es una práctica que puede considerarse desleal y agresiva, ya que condiciona al cliente a volver a comprar en la tienda, en lugar de ofrecer una compensación efectiva. Además, según el artículo 7 de la misma ley, la retención del dinero sin entrega del producto ni información clara sobre la situación constituye un acto que falsea el proceso de contratación, lo que podría encajar como omisión engañosa.
Cargo indebido
Hola hace unos meses realicé la portabilidad de mis líneas de fijo y móvil de MasMovil a Vodafone, por una mejor oferta y una mejor prestación de servicios estando ya fuera de cualquier periodo de permanencia que hubiésemos podido tener en algún momento con MasMovil. tras la portabilidad de las dos conexiones a internet, los dos números fijos y las dos líneas móviles, nos han cargado ahora (2 meses mas tarde) sendos cargos de 121€ sin saber el motivo del mismo. tras una llamada al teléfono de atención 911 333 333 me indica una operadora que el cargo es porque los routers son cedidos y que debíamos haberlos enviado cuando nos avisaron por SMS, hemos respondido que no nos consta haber recibido ningún SMS en ese sentido, por lo que bien podría haberse borrado por error o no directamente no haberlo recibido. Por nuestra parte no nos hemos negado en ningún momento a la devolución de los routers, los cuales los tenemos guardados. Hemos pedido que se nos habilite de nuevo la posibilidad de realizar la devolución de los routers pero no nos han dado opción. Nos indican que al no ser ya clientes de MASMOVIL no pueden reactivar el proceso de envio de los routers, y que nuestra única opción es reclamar via OCU. Desde mi punto de vista no entiendo que un equipo el cual lleva funcionando mas de 8 años, sea objeto de devolución, ni como puedo ser yo conocedor de este hecho, ya que en las multiples llamadas que me han hecho para intentar que anulase la portabilidad, en ningun momento me han informado de la necesidad de devolver nada. Asumiendo que sea por falta de conocimientos en la materia lo que nos hace pensar que no era necesario devolverlos, no entiendo como no se prestan a reactivar el servicio de devolución de manera que podamos devolvérselos si según ellos estaba claro que el equipo era cedido, no propietario. desde mi punto de vista es una practica abusiva en la que MasMovil juega con ventaja al contar que con el usuario no es capaz de conocer los detalles del contrato que se firmó hace mas de 5 años. Por lo tanto, reclamo que se cancele la reclamacion economica y se me habilite la posibilidad de devolución de los routers. sin otro particular, reciban un cordial saludo
CARGO DE 14,90€ NO AUTORIZADO
Buenas tardes, he recibido un cargo no autorizado de 14,90€, cuando inicialmente sólo se me indicó para autorizar una validación de 0€. Independientemente de las comisiones por analisis, en ningún fomento yo he firmado ni aceptado esos términos, no tienen nada escrito de mi parte ni autorizado de mi banco, así cómo autoricé la validación. Esto es un f raude,. Inicio mi reclamación aquí y el caso será llevado a los juzgados. Sin un cliente solicita un crédito es por necesidad econonómica, no para que sin su consentimiento ni firma hagan un cargo indebido que aumente su problema económico. Exijo la devolución de mi importe, no una respuesta tipo por parte de la empresa.
Problema con el reembolso
A la atención de los señores y señoras de Druni: Me pongo en contacto con ustedes porque el día 18/07/25 os contacté por vía telefónica explicando que acababa de recibir un pedido por la app en el cual, faltaba un producto. Procedí al envío de las fotografías inmediatamente, tal cual se me pidió en dicha conversación telefónica. Tras varios meses insistiendo tanto por llamadas telefónicas, como vía e-mail y redes sociales, no he obtenido ninguna respuesta ni solución al problema, hasta el pasado7/10/25, que por vía e-mail, se me comunicó que se había procedido al cierre de la solicitud, sin ningún tipo más de explicación y, por supuesto, sin el reembolso del articulo incompleto en el pedido por el cual yo he pagado. Por lo tanto, solicito encarecidamente el reembolso de dicho producto por razones obvias. Sin otro particular, atentamente.
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Falseamiento por parte de BackMarket
Estimados/as señores/as: El pasado día Lunes, 15/09/2025 vendí en su web on line el artículo IPHONE 15 PRO Me pongo en contacto con ustedes porque Envié un iPhone modelo 15 PRO con 89% de salud de bateria a través de la plataforma BackMarket en venta anunciada por 544 €. Cumplí con las instrucciones de envío y obtuve el comprobante con número de seguimiento 1ZF415X19118377569. BackMarket después de un mes de espera y de enviarme correos diciendo que contaban con las pruebas suficientes para hacer una investigacion con la empresa de reparto, me ha informado posteriormente de que “el terminal recibido no coincide con el enviado” y, sin darme ninguna prueba, me ha cerrado la cuenta y no ha realizado el pago de 544 €. Aporto comprobante de envío, correos electrónicos y capturas de la comunicación. Solicito que conste la denuncia por posible falseamiento en transacción comercial. Adjunto fotocopia del estado del movil antes de enviarlo, de la caja con el movil, del movil con la etiqueta de envio, de la confirmacion de la empresa de reparto(UPS) de que recibieron el movil, captura de BackMarket admitiendo que han recibido mi movil, de la factura de compra del movil para demostrar que efectivamente es mi movil, entre otras pruebas SOLICITO, reembolso en su totalidad de 544 euros ofrecidos por el movil, o en su defecto un Iphone 15 PRO en las mismas condiciones que el mio Sin otro particular, quedo a la espera de sus noticias, atentamente.
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