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Problemas en vuelos: qué y cómo reclamar

¿Se ha retrasado tu vuelo? ¿Lo han cancelado? Tienes derecho a que te compensen: dependiendo del destino, la distancia y el retraso en llegar a destino puedes reclamar hasta 600 euros. Muchos socios de OCU ya han obtenido su dinero, ¿y tú? Te ayudamos.

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19 junio 2026
vuelos

¿Cuál ha sido el problema? Sea como sea, en OCU estamos a tu lado y te ayudamos a reclamar: puedes conseguir de 250 a 600 euros. Compruébalo.

Reclama con OCU tus problemas en viajes

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Si cancelan tu vuelo

Tus derechos en caso de cancelación

De acuerdo al Reglamento CE 261/2004, si tu vuelo se cancela por causas extraordinarias (meteorológicas, por ejemplo), o si lo cancelan sin más pero te ofrecen una alternativa de vuelo que te lleve al destino con menos de 2 horas de retraso sobre lo previsto:

  • Puedes elegir si quieres llegar a tu destino en las condiciones que te ofrecen, o si prefieres que te devuelvan el precio del billete (en un máximo de 7 días).
  • Tienes derecho a que te den asistencia (comida, alojamiento, traslados entre aeropuerto y hotel, dos comunicaciones).

Compensaciones por cancelación

Además, si no hay causas extraordinarias, ni te informaron de la cancelación al menos con dos semanas de antelación (o con un plazo menor pero ofreciéndote transporte alternativo que saliera con menos de 2 h de retraso y llegara con menos de 4 h de retraso, tienes derecho a una compensación en función del tipo de vuelo y la opción que te propongan.

Las compensaciones previstas pueden reducirse a la mitad en el caso de que la compañía ofrezca al pasajero un transporte alternativo que le deje en destino y la diferencia en la hora de llegada respecto a la programada para el vuelo inicial sea inferior a 2, 3 o 4 horas, según el tipo de vuelo.

Por tanto, las compensaciones quedan

  • Vuelo de hasta 1.500 km: 250 euros o 125 euros si te ofrecen viajar al destino con una demora de no más de 2 horas.
  • Vuelo de entre 1.500 y 3.500 km (o vuelo dentro de la UE de más de 1.500 km): 400 euros o 200 si te ofrecen viajar al destino con una demora de no más de 3 horas.
  • Vuelo de 3.500 km o más que salga fuera de la UE: 600 euros o 300 euros si te ofrecen viajar al destino con una demora de no más de 4 horas.

Circunstancias extraordinarias

La compañía aérea no está obligada a pagar ninguna compensación económica en el caso de que se pruebe que la cancelación del vuelo se debe a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables.

No se consideran circunstancias extraordinarias:

  • Huelgas: una huelga que se anuncia con semanas de antelación no exime a la compañía de su responsabilidad, opinión sustentada ya por varias sentencias; es más, el Tribunal de Justicia de la UE establece que una huelga del personal propio de la compañía, sin autorización ni aviso, no se considera una causa extraordinaria.
  • Falta de tripulación.
  • Fallos técnicos del avión.

Calcula a que indemnización tienes derecho

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Si tu vuelo se retrasa

Tus derechos en caso de retraso

  • Si tu vuelo se retrasa más de 2 horas, el mismo Reglamento estableces que tienes derecho a asistencia (comida y bebida, alojamiento, traslados entre aeropuerto y hotel, dos comunicaciones), en vuelos de hasta 1.500 km. En los intracomunitarios de más de 1.500 km, y en los demás vuelos de 1.500 a 3.500, la asistencia es a partir de las 3 horas.
  • Si el vuelo se retrasa más de 3 horas, tienes derecho a: 
  • Información y asistencia, comida y bebida más dos llamadas y alojamiento (si hay que dormir) con traslados.
  • Compensaciones (de 250 euros, 400 o 600 euros en función de la distancia y el tipo de vuelo), salvo circunstancias extraordinarias.
  • Si el retraso supera las 5 horas:
  • Información y asistencia, comida y bebida más dos llamadas y alojamiento (si hay que dormir) con traslados.
  • Compensaciones (de 250 euros, 400 o 600 euros en función de la distancia y el tipo de vuelo), salvo circunstancias extraordinarias. Así se establece la sentencia de fecha 23 de Octubre de 2012, del TJUE.
  • Además, en estos casos tienes derecho a elegir entre viajar (transporte alternativo) o que te devuelvan el importe pagado por tu vuelo retrasado (en siete días y por el valor íntegro al que se compró). Y también, cuando proceda, un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo más rápidamente posible. 

Circunstancias extraordinarias

La compañía aérea no está obligada a pagar ninguna compensación económica en el caso de que se pruebe que el retraso se debe a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables. De ahí que a veces se intente presentar como “extraordinario” algo corriente (por ejemplo, una avería detectada durante una revisión del avión).

Las huelgas legales del personal de vuelo o de los pilotos tampoco pueden considerarse extraordinarias: su gestación es de dominio público y la compañía no puede hacerse la sorprendida ni dejar de tomar medidas para paliar las previsibles molestias a los viajeros.

No se consideran circunstancias extraordinarias:

  • Huelgas.
  • Falta de tripulación.
  • Fallos técnicos del avión.
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Si sufres overbooking

Denegación de embarque

Si te deniegan el embarque en el vuelo que habías contratado, tienes derecho a :

  • Asistencia, como en los supuestos de retraso o cancelación.
  • Una compensación con unas cuantías que varían en función de la distancia y tipo de vuelo. Las compensaciones previstas pueden reducirse a la mitad en el caso de que la compañía ofrezca al pasajero un transporte alternativo que le deje en destino y la diferencia en la hora de llegada respecto a la programada para el vuelo inicial sea inferior a 2, 3 o 4 horas, según el tipo de vuelo. Por tanto, las compensaciones quedan
    • Vuelo de hasta 1.500 km: 250 euros o 125 euros si te ofrecen viajar al destino con una demora de no más de 2 horas.
    • Vuelo de entre 1.500 y 3.500 km (o vuelo dentro de la UE de más de 1.500 km): 400 euros o 200 si te ofrecen viajar al destino con una demora de no más de 3 horas.
    • Vuelo de 3.500 km o más que salga fuera de la UE: 600 euros o 300 euros si te ofrecen viajar al destino con una demora de no más de 4 horas.
  • Además, podrías tener derecho a indemnización por los perjuicios causados que se puedan demostrar.

Si te has ofrecido voluntario para quedarte en tierra en un vuelo con overbooking, no podrás reclamar la compensación reglada, pero podrás acordar otra contraprestación y la compañía está obligada a reembolsarte en un plazo de siete días el coste íntegro de tu billete de avión. También están obligados a facilitarte el transporte hasta tu destino final de la manera más rápida posible o en una fecha que a ti te convenga.

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Pérdida o retraso de equipaje

¿Han perdido tus maletas durante un viaje? Si es tu caso, deberías de presentar una reclamación en la ventanilla de la compañía aérea que te haya vendido el billete, antes de abandonar el aeropuerto, dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR).

Además, posteriormente, puedes confirmar la reclamación presentando un escrito en el departamento de Atención al Cliente de la compañía.

Cuidado con los plazos

El plazo para reclamar varía según el problema:

  • Si tu maleta llega rota o si falta algo de tu equipaje: 7 días.
  • Si tu maleta llega tarde (no consigues recogerla tras bajar del vuelo): 21 días desde el momento en que te la entreguen. 
  • Si tu maleta no llega: el plazo es de 21 días y empieza a contar cuando la aerolínea te confirma que ha perdido tu maleta o cuando han pasado 21 días sin tener noticias.  

Indemnizaciones

Para pedir una indemnización debes demostrar la pérdida económica que te ha supuesto el retraso o pérdida del equipaje:

  • Probando el valor de tus pertenencias. Si hiciste declaración de valor, podrás pedir esa cantidad, pero si no, lo máximo que podrás reclamar es 1.519 derechos especiales de giro por pasajero (unos 1.800 euros), salvo declaración especial de valor
  • Probando los gastos que te has visto obligado a hacer, como por ejemplo comprar cosas que necesitabas urgentemente y que estaban en tu maleta.
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Cobro suplemento equipaje de mano

El cobro por el equipaje de mano es un tema polémico que desde OCU llevamos mucho tiempo denunciando. Muchas disposiciones nacionales y europeas, e incluso sentencias, establecen que la obligatoriedad de pagar suplementos por el equipaje de mano incumple la normativa y es una cláusula lesiva de los derechos de los consumidores. 

Desde OCU nos movilizamos activamente contra los abusos de las aerolíneas: el cobro de suplementos por el equipaje de mano es uno de ellos. Animamos a todos los consumidores afectados a que ejerzan sus derechos como pasajeros y reclamen esta práctica abusiva.

#Nosinmimaleta: contra los abusos de las líneas aéreas

  • Hemos denunciados a las aerolíneas que cobran a los pasajeros por el equipaje de cabina, una práctica que también rechazan los tribunales: Easyjet, Eurowings, Norwegian, Ryanair, Vueling y Wizz Air, y a Aegean Airlines, Finnair, Norwegian Air Shuttle, Ryanair, Singapore Airlines y Vueling
  • Exigimos a Ryanair, EasyJet, Wizzair, Vueling y Volotea que devuelvan los cargos por equipaje de mano indebidamente cobrados. Consumo sancionó a estas 5 compañías, pero el conflicto singue sin resolverse.

Las últimas novedades, en junio de 2026, el acuerdo entre el Consejo y la Eurocámara, refuerza la propuesta de Reglamento, que aunque tiene puntos positivos (especial atención a pasajeros más vulnerables, la prohibición de las cláusulas no show, etc), admite el cobro de equipaje de mano: no es definitivo, pero si va en esa línea, es una mala noticia, pues avalaría el actual cobro de las aerolíneas low cost.

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Te ayudamos a reclamar

Si tu vuelo se ve afectado por una cancelación, gran retraso, denegación de embarque, entre otras cosas, no te conformes.

  • Lo primero es reclamar por escrito a la compañía.
  • Pasados 30 días, si no te responden o la respuesta no te satisface, puedes plantear reclamación vía ADR ante AESA.

En OCU te lo ponemos más fácil: si tienes problemas con tu vuelo, te ayudamos:

Reclama con ayuda de OCU

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