Clasificación
- Reclamaciones totales
- 292
- Numero de reclamaciones*
- 94
- Reclamaciones cerradas *
- 85%
- Tiempo medio de respuesta*
- No responde
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Últimas reclamaciones
Robo en toda la cara
Buenas tarde. Que problema más grande con esta gente. Entreprise Badalona. Te roban en toda la cara alquilo una furgoneta. Con 5. Clavos por necesidad se llama atención al cliente y te dicen que la asistencia es gratis después llegas al sitio a devolverla y te cobrar. Asta el último centavo lamentablemente son unas ratas de no fiar. No te dan solución. Solo piensan en no darte lo que tejas de fianza. Hasta que lo consiguen. Por fallos de ellos acabas pagando tú ,revisar la furgoneta cada centímetro estos HP. Son lo peor me devuelven un pinchazo. Que tenía la furgoneta y te ll quieren cobrar y después te ll quitan. Cuidado con esta gente aviso importante.
Daño no reconocido
Mi reclamación está relacionada con el contrato de alquiler con referencia 2DYX59 del Peugeot 5008, GW-491-KE, del 20 al 26 de febrero de 2026, recogido en el aeropuerto de Nantes y entregado en 1 Rue de la Seigliere, 33800 Burdeos. Los hechos fueron los siguientes: 1. Durante los seis días del contrato, el coche no sufrió ningún accidente, golpe o daño. En todas nuestras visitas, utilizamos aparcamientos cerrados para guardar el coche y disponíamos de un aparcamiento privado en nuestra residencia. 2. El día 26 de febrero llegamos a la oficina de entrega media hora antes del límite, con el depósito de combustible lleno. Paramos el coche frente a la puerta de la oficina y entramos en el garaje para entregar la documentación a un empleado. Para mi sorpresa, el empleado me dijo que tenía que llevar el coche al interior del garaje, donde la visibilidad era sensiblemente menor, para revisar el estado del vehículo. 3. Una vez dentro del garaje, el empleado inició el proceso de revisión, para lo cual utilizó una potente linterna. Debo reconocer que era la primera vez que alguien revisa un coche de alquiler con una luz tan potente. De hecho, la última vez que alquilé con Enterprise solo me dijeron que dejara el coche en el parking de donde lo había recogido, y que dejara las llaves en el suelo, ocultas detrás de una de las ruedas. 4. De repente, el empleado empezó a revisar los bajos de uno de los laterales del vehículo, para lo cual tuvo que tumbarse en el suelo en una posición incómoda. Una vez incorporado, me dijo que el coche tenía un daño que no estaba reportado en la revisión inicial y que esto no estaba contemplado en el contrato de alquiler. Como consecuencia, teníamos que pagar 1500 €. 5. Impactado por la noticia, y pensando que los daños estarían al nivel de la cantidad reclamada, intenté ver el desperfecto. No pude porque estaba de pie. Tuve que tirarme al suelo, y entonces vi unos pequeños arañazos sobre una cubierta de plástico. Estos fueron los hechos. Una vez detectado este desperfecto, el empleado no continuó con la revisión. Yo alegué que esos arañazos debían estar cuando recogimos el vehículo, pero ese día no me dieron ninguna linterna ni me tiré al suelo a revisar los bajos. Como consecuencia, no he aceptado la responsabilidad de estos daños ni he firmado documento alguno, pero temo que me carguen los 1500€ a mi tarjeta de crédito.
DAÑOS
D. Jose Manuel Lamas, en calidad de arrendatario del vehículo Volkswagen T-Roc gris, matrícula BT21ZH, alquilado en las instalaciones del Aeropuerto Francisco Sá Carneiro (Oporto, Portugal), con fecha de recogida 27 de febrero de 2026 y devolución 29 de febrero de 2026, formula el presente informe a efectos de su remisión a la entidad aseguradora y/o a la empresa arrendadora, en relación con el cargo efectuado por importe de 928,06 euros en concepto de supuesto daño en la luna delantera del vehículo. En el momento de la recogida del vehículo, las condiciones meteorológicas eran de lluvia intensa y continuada, encontrándose el automóvil completamente mojado, incluyendo parabrisas, carrocería y resto de superficies acristaladas. Se procedió a realizar una inspección visual razonable del vehículo en dichas circunstancias. No obstante, la abundante presencia de agua sobre la superficie del parabrisas imposibilitaba una comprobación minuciosa o técnica de la existencia de microimpactos o marcas diminutas, resultando materialmente imposible apreciar defectos de carácter leve o imperceptible a simple vista bajo tales condiciones climatológicas. Durante el período de uso del vehículo, que consistió principalmente en desplazamientos por autovía, no se produjo incidente alguno, no se escuchó impacto sobre la luna delantera ni se observó daño, fisura o alteración visible en el parabrisas. La conducción se realizó en condiciones normales y sin que concurriera circunstancia extraordinaria alguna susceptible de provocar daño en el cristal delantero. En el momento de la devolución del vehículo, el día 29 de febrero de 2026 y bajo condiciones meteorológicas soleadas, el técnico de la empresa arrendadora manifestó la existencia de una marca de dimensiones diminutas en la luna delantera. Posteriormente, se nos mostró una fotografía que, según indicaron, correspondía al momento de la recogida del vehículo. En dicha imagen se aprecia igualmente una pequeña marca en la luna delantera, susceptible de coincidir con la que posteriormente se nos ha imputado y facturado. Este extremo resulta de especial relevancia, pues evidencia la posible preexistencia del defecto en el momento de la entrega del vehículo, reforzando la hipótesis de que la marca ya se encontraba presente cuando el automóvil fue puesto a disposición del arrendatario. De confirmarse dicha coincidencia, quedaría descartada la producción del daño durante el período de alquiler. Desde un punto de vista técnico, los impactos leves en parabrisas suelen ser susceptibles de reparación localizada mediante técnicas de resinado, cuyo coste es sensiblemente inferior al importe facturado, sin que necesariamente requieran la sustitución íntegra de la luna. El importe de 928,06 euros resulta manifiestamente desproporcionado en relación con la naturaleza del daño descrito, máxime cuando no se ha aportado presupuesto detallado, factura final de reparación, informe técnico de sustitución obligatoria ni peritación independiente que justifique la necesidad de reemplazo completo del parabrisas. Desde el punto de vista jurídico, corresponde a la empresa arrendadora la carga de la prueba tanto respecto a la inexistencia del daño en el momento de la entrega como respecto a su efectiva producción durante el período de posesión del arrendatario. La existencia de una imagen tomada en el momento de la recogida en la que ya se aprecia una marca en la luna delantera introduce una duda razonable sobre la imputación del daño, duda que debe resolverse a favor del consumidor conforme a los principios generales de protección del mismo en el ámbito de la Unión Europea. La imputación automática de responsabilidad sin acreditación fehaciente y sin prueba concluyente vulnera el principio de equilibrio contractual y puede constituir una práctica abusiva. En consecuencia, se manifiesta formalmente la disconformidad con el cargo efectuado, al no haberse producido durante el período de alquiler ningún hecho susceptible de ocasionar el daño descrito, existir indicios gráficos de la posible preexistencia del mismo en el momento de la entrega, y resultar el importe aplicado desproporcionado y carente de justificación técnica suficiente. Por todo lo expuesto, se solicita la revisión íntegra del expediente, la aportación de la fotografía original con metadatos acreditativos de fecha y hora, informe técnico pericial que determine la fecha aproximada de producción del impacto y justifique la necesidad de sustitución completa del parabrisas, así como la anulación del cargo o el reembolso íntegro de la cantidad de 928,06 euros indebidamente repercutida.
Información equivocada
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque por información inadecuada en su página web no pude recoger el coche que había reservado. Reserve un coche Seat Alhambra, revise las condiciones para asegurarme que la reserva se pudiera hacer con tarjeta de débito. En la pagina web dice: "Aceptamos todas las tarjetas de debito (...). En el caso de 4x4 y vehículos premium será necesario proporcionar una tarjeta de crédito". El Seat Alhambra no es ni una 4x4 ni un vehiculo premium. Lo comenté a la persona que me atendió y me mostró otra página (que ya había visto) en la que dice que para SUV grandes se requiere tarjeta de crédito y que el Seat Alhambra es considerado un SUV grande. Cosa que no es cierto, el Seat Alhambra es un monovolumen y considerarlo un SUV es como mínimo un error que tendría que especificarse sino lleva a confusiones. Finalmente no pude recoger el coche lo que me generó un gran problema para poder llegar a mi casa con mi familia SOLICITO el reembolso (que en principio está tramitado) y una compensación económica por los daños causado de mínimo 100 euros. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
Cobro indebido por daños no causados
En fecha 21/01/2026 alquilé un vehículo a Enterprise Rent A Car en Jerez de la Frontera. En el momento de la recogida realicé vídeos y fotografías donde se aprecia claramente el estado del vehículo. Tras la devolución, la empresa intenta cobrarme daños inexistentes, concretamente un supuesto bordillazo en la rueda delantera izquierda, daño que ya estaba presente, tal y como demuestran las pruebas gráficas realizadas en el momento de la recogida. A pesar de haber aportado dichas pruebas, la empresa las rechaza sin justificación. Cabe destacar que no es la primera vez que esta empresa me acusa de daños inexistentes, habiendo ocurrido una situación similar en un alquiler anterior. Además, al solicitar una hoja oficial de reclamaciones, el personal de la oficina indicó que no disponían de ellas, incumpliendo la normativa de protección al consumidor. Solicito la anulación de cualquier cargo, el archivo de la reclamación de daños y la intervención de la OCU ante esta práctica que considero abusiva
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