Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
R. S.
17/07/2026

Instalación sin servicio

Buenas tardes Mi reclamación es la siguiente, Tengo un contrato con Securitas Direct en mi domicilio desde 13 de Agosto 2025 mi reclamación es porque no estan cumpliendo con las condiciones contractuales, yo pago por un servicio de mantenimiento mensual que no estan cumpliendo, no me solucionan el problema y encima me penalizan si me cambio de compañia, en definitiva nk me dan servicio firmado y encima tengo que pagarlo. Yo tengo que cumplir con el contrato mientras ellos no lo hacen. El pasado dia 15 mandaron unos operarios a mi domicilio únicamente para que modificarán de lugar el detector con foto del salón a la entrada de la vivienda y que ya que estaban en el domicilio me cambiará las pilas. Conclusión vinieron, lo hicieron y además de eso la centralita que estaba en un lugar más escondido en el que nunca había dado ningún problema decidieron cambiarlo a la vista de todo el mundo en el salón y si todo eso no fuera suficiente me dejaron sin servicio y lo peor es que se fueron y ni siquiera nos dijeron que estábamos sin servicio nos dimos cuenta ayer al salir de nuestro domicilio y no poder poner la alarma. Desde el dia de ayer llevamos múltiples llamadas con la empresa esperando una solucion aunque sea en remoto, en este ultimo caso la persona que me atiende intenta hacerlo por remoto y no es posible. Insisto que ellos tienen un servicio de urgencia para que me den una cita urgente porque la primera cita me la dan para el próximo lunes 20/07.Lo que me parece tremendo para instalarla lo hicieron el mismo dia pero para solucionar un problema en el servicio que han ocasionado ellos me dan cita para 5 días después sin tener en cuenta el TOTAL INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO por parte de la empresa ya que en la firma de un contrato todos tenemos obligaciones no solo el cliente. No solo están INCUMPLIENDO parte del contrato si no que no se hacen a la idea de los problemas que puede ocasionar el estar sin servicio de un sistema de seguridad que encima estoy pagando. Ahora quiero que me digáis si en estos 5 días entran en mi vivienda quien se hace responsable? Y si entran estando nosotros dentro con menores, también se haran responsables? Evidentemente esto estoy esperando a que me contesten porque no lo han hecho, no les interesa, y yo hablo desde mi propia experiencia que encima fue también con ellos hace un año y medio en otra vivienda y como buena humana vuelvo a tropezar con la misma piedra. Esta es la tercera reclamación que les pongo en el dia de hoy, más las llamadas en el dia de ayer. Hoy a las 18 conseguí que me agendaron una visita de urgencia esta noche que a la hora me cancelaron, ya cuando puse la reclamación tenía claro que esto iba a ocurrir, llevo ya varias llamadas telefónicas y por escrito en el dia de hoy. La primera reclamación contra los operarios que vinieron el otro dia por la falta de profesionalidad no solo por no tener ni idea si no de no comunicar que nos dejaba sin servicio y cuando se den cuenta que ese marrón lo solucione el que venga después me imagino que esto sería lo que pensaron en ese momento. Otra a la empresa entera de Securitas o Verisure o como se llamen ahora mismo por la falta de profesionalidad ya que tampoco han sabido solucionar un problema tan básico como dejar una alarma en servicio,un servicio que por cierto se abona mensualmente. Y segundo por no formar lo suficiente a los trabajadores, luego ocurren estas cosas y los que pagamos la broma somos los usuarios. Y ya para colmo me dicen que tengo una permanencia hasta Agosto 2027, es que ya no se si reírme aunque de chiste este tema no tiene nada al menos para mi. Por otra parte cuando pusimos la alarma en la vivienda de Madrid dejanos bien claro que no íbamos a pagar equipos nuevos que si tenía que pagarlos pedia el traslado de la antigua vivienda a esta o cambiaba de compañia y ellos cedieron a no cobrarme dichos equipos por eso hice la instalación, ahora se excudan en lo que pone en el contrato, tienen registro de llamadas y si quieren lo pueden comprobar de que esto fue asi. En el contrato puede poner permanencia y lo que ellos quieran pero no estan cumpliendo su parte mientras que a mi me obligan a cumplir con la mia si no me penalizan, tiene guasa el asunto, lo que quiero es que me den la baja ya sin penalizar aunque sea ya por vergüenza no quiero ni siquiera compensacion quiero que se lleven sus equipos a otra parte que no quiero saber nada de esta empresa pero por supuesto sin penalizar nada. Creo que a los que habria que penalizar es a ellos por la poco o ninguna profesionalidad y por el morro que le hechan a todo. Espero que atiendan lo antes posible dicha reclamación. Aunque el lunes 20 vengan y lo dejen con servicio después de 5 días no quiero saber nada de ellos ni con ni sin servicio. Desde luego lo que es seguridad que es lo que venden no me Dan ninguna Muchas gracias Un saludo

En curso
L. R.
17/07/2026

Reclamación por incumplimiento del servicio del contratado

Solicito la intervención de la OCU para que revise mi caso y me asesore respecto a la actuación de Formación Universitaria. El 14 de abril de 2026 contraté un curso de preparación para las Pruebas Libres de ASIR, con una duración de 12 meses, porque se me ofreció un seguimiento personalizado por parte de una tutora. Sin embargo, ese seguimiento no existe y, cuando intento contactar con el centro, la atención se limita a un bot automático. He solicitado en varias ocasiones la baja por incumplimiento del servicio, pero todas mis solicitudes han sido rechazadas. Además, la empresa me obliga a continuar con el contrato y me exige el pago de la totalidad del curso como penalización. Por ello, solicito a la OCU que intervenga, revise mi caso y valore si procede la resolución del contrato sin penalización, al considerar que el servicio recibido no se corresponde con el que me fue ofrecido al contratar. Un saludo

En curso
L. S.
17/07/2026

Problemas en la entrega de un paquete

Hola realice un pedido y correo express me mandó un correo diciéndome que el paquete sería entregado el día 15,al no estar en casa gestione que me lo dejaran en un punto pack a día de hoy 17 de julio no se sabe nada de mi paquete..ni lo han llevado al punto pack.ni nadie sabe dónde está mi paquete..la empresa que compre me dice que es con correos express con quien debo gestionarlo y nadie me da información de mi pedido ni donde esta

En curso
F. G.
17/07/2026

Garantia reloj

eses ,vuelvo a llamar y informo que no es siento son tres años me indican que lo llevara a reparar llevándolo a una tienda lo mando y me indican a los tres días que no esta en garantía y me mandan un presupuesto y no estando yo conforme vuelvo a llamar y me cuentan que es por un golpe a hora , vuelvo a llamar y me dicen que rechazo el presupuesto, hoy día 17 julio me llaman y a hira me dicen que la batería está hinchada y no tiene garantía le informo que ws unartivulo interno del reloj que tiene la misma garantía según un artículo leído por Internet y me indican que no tiene garantía. Me pongo en contacto con Orange mediante wappsa y le digo que quiero hacer una reclamación se lo indico todo y me dicen que no tiene garantía le informo que quiero una reclamación que me mande n de reclamacion y me indica que no me crea reclamación que si quiero squw acepte el presupuesto para su reparación. Ya no se que hacer mas

En curso
C. R.
17/07/2026

Daños en mis pertenencias teléfono móvil

Buenos días, Me pongo en contacto con ustedes para dejar constancia por escrito de la incidencia ocurrida durante el uso de una moto ACCIONA Motosharing en Barcelona. Datos del viaje: * Referencia: Viaje 64QSU3V5 * Fecha: 04/07/2026 * Hora de inicio aproximada: 21:16 h * Vehículo: 0246MXH Al iniciar el trayecto, guardé correctamente mis pertenencias en el baúl trasero de la motocicleta, utilizando el compartimento destinado para ello. En concreto llevaba mi mochila personal (con mi teléfono móvil dentro, colocado en un bolsillo lateral de la misma) y el segundo casco de la moto, ya que circulaba solo y no iba a utilizarlo. A los pocos minutos de iniciar la marcha, el baúl se abrió de forma inesperada durante la circulación, provocando la caída a la vía tanto de la mochila como del casco. No fui consciente en el momento de lo sucedido hasta que un vehículo que circulaba detrás me avisó. Al revisar mis pertenencias comprobé que, debido al impacto contra el asfalto, mi teléfono móvil había sufrido daños importantes: rotura de pantalla, daños en el lateral metálico del dispositivo y rotura también del cristal trasero como consecuencia del golpe. La mochila también presenta rozaduras producidas por la caída. Tras este incidente, volví a colocar el casco dentro del baúl, asegurándome de cerrarlo nuevamente, y continué la marcha con la mochila conmigo. Sin embargo, poco después, el baúl volvió a abrirse de nuevo durante la circulación, cayendo otra vez el casco a la calzada. En esta segunda ocasión llegó incluso a impactar contra un taxi que circulaba por la zona. El conductor comprobó que no tenía daños visibles y me indicó que podía continuar. Después de esta segunda apertura del baúl, decidí finalizar el trayecto lo antes posible, buscar estacionamiento cercano y dejar la motocicleta aparcada para evitar más incidentes. Quiero recalcar que hice un uso correcto del vehículo y de sus compartimentos, y que la incidencia se produjo por una apertura inesperada y repetida del baúl durante la circulación. Solicito que revisen esta incidencia y gestionen la reparación o compensación correspondiente por los daños ocasionados en mis pertenencias, especialmente el teléfono móvil, derivados directamente de este fallo. Adjunto captura del viaje realizado y fotografías de los daños ocasionados. He recibido su respuesta en la que fundamentan la desestimación de mi reclamación en la cláusula 10.5 de sus Términos y Condiciones, relativa a la exclusión de cobertura del seguro respecto de los objetos personales depositados en el interior del vehículo. Sin embargo, considero que dicha cláusula ha sido aplicada de forma incorrecta al presente supuesto, ya que mi reclamación no versa sobre la cobertura del seguro de un objeto personal, sino sobre la responsabilidad derivada del funcionamiento del vehículo que ACCIONA puso a mi disposición. En ningún momento he sostenido que mi teléfono móvil deba quedar cubierto por el seguro por el mero hecho de encontrarse en el interior del baúl. Esa no es la cuestión jurídica objeto de la reclamación. El daño sufrido por mi teléfono no trae causa de que estuviera guardado en el baúl, sino de que el baúl se abrió durante la circulación en dos ocasiones consecutivas, provocando la expulsión de su contenido. Lo verdaderamente relevante, por tanto, no es la naturaleza del objeto transportado, sino la causa que originó el daño. Desde el mismo momento del incidente comuniqué a ACCIONA, tanto telefónicamente como por escrito, que el baúl se abría durante la circulación. Esa manifestación consta en las grabaciones y en los registros internos de la incidencia, por lo que resulta acreditado que esta versión no ha sido elaborada posteriormente para fundamentar la presente reclamación, sino que fue comunicada de forma inmediata. La cláusula 10.5 únicamente excluye la cobertura aseguradora de los objetos personales depositados en el vehículo. No contiene ninguna previsión que exonere a ACCIONA de responder cuando el daño tenga su origen en un eventual funcionamiento anómalo del propio vehículo. Interpretar dicha cláusula en el sentido de excluir cualquier responsabilidad de ACCIONA supondría extender su alcance más allá de su propio contenido y convertir una exclusión de cobertura del seguro en una exoneración absoluta de responsabilidad contractual, conclusión que no encuentra amparo ni en la redacción de sus propias condiciones ni en el ordenamiento jurídico español. El artículo 1101 del Código Civil establece que quienes incumplen sus obligaciones por dolo, negligencia o cualquier otra causa que les sea imputable deben indemnizar los daños y perjuicios ocasionados. Asimismo, el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, impide que las cláusulas contractuales priven al consumidor de los derechos que la ley le reconoce o excluyan de forma indebida la responsabilidad del empresario cuando el daño deriva de un incumplimiento de sus propias obligaciones. En consecuencia, la cuestión jurídica no consiste en determinar si el teléfono móvil estaba dentro del baúl —hecho que nunca ha sido discutido—, sino en determinar por qué el baúl se abrió durante la circulación y si dicho funcionamiento fue conforme al nivel de seguridad exigible a un vehículo destinado al alquiler y uso por consumidores. Corresponde a ACCIONA acreditar que el vehículo entregado se encontraba en correcto estado de funcionamiento y que el sistema de cierre del baúl operaba adecuadamente, máxime cuando la incidencia fue comunicada de forma inmediata y consta registrada desde el primer momento. Por todo ello, les requiero para que revisen nuevamente el expediente, analicen las grabaciones de la incidencia y el historial técnico del vehículo utilizado y procedan a indemnizar los daños sufridos, al existir una relación causal directa entre el funcionamiento del vehículo facilitado por ACCIONA y el perjuicio ocasionado. En caso de persistir en su negativa, solicito que la misma sea debidamente motivada, indicando expresamente qué comprobaciones técnicas se realizaron sobre el sistema de cierre del baúl y sobre qué base objetiva concluyen que el vehículo funcionaba correctamente, reservándome expresamente el ejercicio de las acciones que me asisten ante las autoridades de consumo y los Juzgados y Tribunales competentes. Gracias

En curso

Problema con servicios ofertados

Buenas tardes, me pongo en contacto con ustedes ya que hice una reserva en el camping Alannia Costa Dorada el 29 de enero de 2026 para 4 personas dos de ellas niños por lo que para elegirlo le damos mucha importancia a la piscina y animación ya que es de lo que más utilizamos. A día 13 de julio teniendo la reserva del 9 al 16 de agosto me llega un correo en el que se indica que por problemas técnicos la piscina está en obras y no va a estar disponible en todo el verano, algo que cuando se hizo la reserva en ningún momento indicaba que para el verano la piscina podría no estar disponible. Contacto con el camping para saber si esto es cierto y me indican de primeras que las obras iban a durar hasta el 7 de agosto a lo que yo les indico si pueden indicarme con seguridad que para esa fecha la piscina va a estar disponible y ya me indican que no que va a ser para todo el verano, les pido que por favor nos reubiquen en otro camping cercano de la misma cadena Alannia El Prats ya que tenían sitio porque lo que informan no es algo que puedan ofrecer, vender una piscina que después no van a poder ofrecer que a día de hoy sigue apareciendo en la descripción de lo que ofrece el camping a lo que me contestan que no están reubicando que podemos cancelar la reserva y reservar en el otro camping, a la altura que nos han indicado el problema recuerdo 13 de julio desde 29 de enero que hice la reserva la diferencia de precio es de 1000 euros, les indico que si ellos me hacen esa compensación claro que cancelo pero ellos me indican que me hacen 25 por ciento de descuento de la reserva que ya tengo en su camping por lo que un 25 por ciento por un servicio que para nosotros es bastante imprescindible no es suficiente. Por lo que solicito o bien reubicación en el otro camping Alannia El Prats o Alannia Salou que están en la zona o una compensación por los daños que estoy supone en nuestras vacaciones que tanto estábamos esperando y con esto se nos fastidian. Gracias,un saludo

En curso
K. S.
17/07/2026

Reclamación de 8.112,39 € mientras el caso sigue pendiente

Mi experiencia con Endesa Energía ha sido muy negativa. Endesa me reclama una supuesta deuda de 8.112,39 € (Expediente 009112225857134001) por un supuesto consumo de 31.733,648 kWh. Presenté reclamaciones ante Endesa (expedientes 315373829 y 315375270), pero fueron rechazadas. Después solicité un arbitraje de consumo (Exp. 25-2026), sin embargo Endesa rechazó participar en el arbitraje, por lo que el expediente fue archivado. Actualmente el caso sigue en trámite ante la Generalitat de Catalunya (Registro 9015-754751/2026), y Endesa conoce perfectamente la existencia de este procedimiento. A pesar de ello, decidió encargar el cobro de esta supuesta deuda a Abinitio Consulting antes de que la Administración resuelva el conflicto. Además, el propio expediente de recuperación de energía contiene una anomalía: el período figura como 00/00/0000 – 00/00/0000, mientras que posteriormente se factura otro período distinto (04/07/2023 – 03/09/2024) por el mismo importe de 8.112,39 €. En mi opinión, no es aceptable que una empresa inicie acciones de recobro mientras existe un procedimiento administrativo abierto y pendiente de resolución. Considero que primero debería resolverse la reclamación presentada ante la Administración y solo después, si corresponde, adoptar otras medidas.

En curso
R. R.
17/07/2026

Problema reembolso

Realice un pedido a Mango el día 07/07/2026 de un top y un pantalón de 22,99 euros cada uno,al llegar decido devolverlos porque los volví a comprar más baratos, voy a la tienda a devolverlos con el ticket original del pedido de 22,99 euros mi sorpresa es cuando me llega el reembolso que es del importe del pantalón que compré más barato.Lo que me parece increíble es que yo valla con mi ticket de 22,99 euros y me devuelvan el importe del ticket de 10,99 euros.Esto me parece una violación de la intimidad y privacidad ya que yo si voy con mi ticket no tienen que urgar en todo mi historial y seleccionar el importe que a la dependiente le convenga por ordenes que le dará Mango.Suelen justificarse que es la maquina que lo hace por defecto y es mentira,a los dependientes les aparece todos los artículos de la misma referencia y ellas seleccionan y con mucha profesionalidad escogen el más barato en lugar de leer el número de referencia. Del top no recibí la devolución no me llegó ni el mensaje de procesado me imagino que lo vincularían al top que compré más barato en tienda con otra tarjeta y daría error. Solicito la devolucion de los importes correctos.

Resuelto
E. V.
17/07/2026

Retraso de enganche en obra nueva — plazo legal del art. 103.2.C) RD 1955/2000 incumplido

Soy la titular de un punto de suministro eléctrico de obra nueva en Laredo (Cantabria). La instalación dispone de Certificado de Instalación Eléctrica diligenciado por la Dirección General de Industria, Energía y Minas de Cantabria el 23/06/2026, con indicación expresa de que puede contratarse e iniciarse el suministro. El 03/07/2026 firmé contrato de suministro con mi comercializadora, que cursó la solicitud de alta ante Viesgo Distribución Eléctrica, S.L.U. El artículo 103.2.C) del Real Decreto 1955/2000 impone a la distribuidora un plazo máximo de 5 días hábiles para el enganche e instalación del contador. Ese plazo venció el 10/07/2026. Desde entonces: la distribuidora registró una "incidencia de contacto" que quedó resuelta al comunicarse el teléfono correcto a través de la comercializadora, y aun así no ha reprogramado contacto ni ejecutado el enganche. Presenté reclamación por su formulario web el 13/07/2026, sin respuesta ni acuse. El 17/07/2026 remití burofax con acuse de recibo y certificación de texto a su domicilio social requiriendo la conexión en 48 horas. La vivienda está terminada y habitable, pero no puedo ocuparla por la falta de suministro, con los perjuicios que ello supone. Solicito la ejecución inmediata del enganche. He iniciado denuncia ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas de Cantabria solicitando la incoación de expediente sancionador.

En curso
M. G.
17/07/2026

Darme de baja y reclamación de reembolso

A LA ATENCIÓN DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE RETSINNAL GROUP, S.L.U. Y SEQURA WORLDWIDE, S.A.Por la presente, D. Misael Godoy Perera, con DNI 49695653J, presento reclamación formal y solicito la resolución del contrato de formación suscrito con la plataforma Tradeando el pasado 12 de junio, así como la cancelación inmediata del contrato de crédito vinculado gestionado a través de la entidad financiera seQura.HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA RECLAMACIÓN:El pasado 12 de junio contraté los servicios formativos de Tradeando, financiando el importe a través de seQura. Hasta la fecha, se me ha cobrado un importe total de 509,49 €.Falta de conformidad e incumplimiento contractual: El servicio formativo, el soporte real y el asesoramiento proporcionado difieren gravemente de la publicidad, las técnicas de venta empleadas y las promesas verbales recibidas, existiendo un claro vicio en el consentimiento por falta de transparencia (Art. 60 y 97 de la LGDCU).Vinculación de contratos (Art. 26 de la Ley 16/2011 de Contratos de Crédito al Consumo): Al tratarse de un crédito concedido única y exclusivamente para financiar este servicio formativo, la ineficacia del contrato de consumo determina de forma automática la ineficacia y anulación definitiva del contrato de crédito con seQura.POR LO TANTO, SOLICITO MEDIACIÓN PARA:La baja inmediata de la plataforma formativa y la cancelación de todos los planes contratados.La anulación definitiva del crédito con seQura, cesando el cobro de cualquier cuota futura.El reembolso íntegro de los 509,49 € ya abonados desde el 12 de junio hasta la fecha.

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