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Rotura de uña y ninguna solución aún teniendo garantía
Me hice la manicura el lunes. Estamos ha miércoles y se ma ha roto la uña. Les comento esto y me dicen que no tiene hueco, que hoy imposible que me la arreglen. Y mi garantía? Yo solo puedo hoy porque me voy de vacaciones, que se supone que tengo que hacer? De que sirve la supuesta garantía si no me van a ayudar en nada? No pueden atenderme en un momento para arreglarlo? Me parece penoso y más cuando es algo sobre una rotura.
Mapfre (seguro comunidad) no se hace cargo del siniestro.
Me dirijo a ustedes como socia de la OCU para solicitar una reclamación contra MAPFRE ESPAÑA, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., por su negativa a indemnizarme los daños sufridos en mi vivienda tras un siniestro, a pesar de las pruebas que demuestran que el evento está cubierto por mi póliza. A continuación, detallo los hechos y solicito su intervención para resolver este conflicto. El 9 de febrero de 2025, el techo de mi vivienda (Calle Torozos Nº 2, 2B) colapsó debido a la rotura de las bovedillas, causando daños en el techo, suelo, un escritorio y una televisión. Soy beneficiaria de la póliza de seguro de la comunidad de propietarios C.P. Presentación 4 y Torozos 2 (Póliza nº 0762200021951), contratada con MAPFRE, que cubre “Daños Materiales” (Art. 5, Condiciones Generales). Presenté un informe pericial independiente, elaborado por D. Guillermo del Olmo Sampedro (arquitecto técnico e ingeniero de edificación), que clasifica el colapso como un evento súbito e imprevisto (“rotura por expansividad potencial de la bovedilla”), cubierto bajo la garantía de “Daños Materiales”. El informe valora los daños al continente en 6.764,79 €. Sin embargo, MAPFRE se ha negado a indemnizarme, alegando motivos injustificados y sin aportar pruebas técnicas. Yo he tenido que realizar la reparación del techo por mi cuenta por seguridad nuestra y de nuestra hija que tiene dos años y medio, y aún existía riesgo de que cayera algo más. MAPFRE ha incurrido en los siguientes incumplimientos contractuales y legales, que sugieren una actuación de mala fe: 1. Negativas injustificadas: • 20 de marzo de 2025: Negaron la cobertura alegando “dilataciones propias del edificio”, sin proporcionar un informe pericial. • 27 de marzo de 2025: Ofrecieron 680,88 € y trasladaron la responsabilidad a la comunidad (“riesgo a terceros”), nuevamente sin pruebas. • 31 de marzo de 2025: Alegaron “defectos constructivos y de diseño” (exclusión del Art. 5), pero no aportaron un informe pericial que respalde su posición, a pesar de que mi informe demuestra que el colapso fue súbito. 2. Falta de transparencia: MAPFRE no ha proporcionado su informe pericial, a pesar de mis solicitudes formales (burofaxes del 21 y 27 de marzo), lo que constituye un incumplimiento del Art. 16 de las Condiciones Generales (transparencia). 3. Incumplimiento de plazos legales: Según el Art. 18 de la Ley 50/1980, MAPFRE debía indemnizarme en un plazo máximo de 40 días desde la comunicación del siniestro (9 de marzo). A fecha de hoy, 2 de abril de 2025, aún no han indemnizado nada. 4. Dilación indebida: En su carta la Dirección de Reclamaciones de MAPFRE confirmó la recepción de mi reclamación, pero pospuso su respuesta hasta el 2 de junio de 2025, incumpliendo mi ultimátum del 27 de marzo (5 días hábiles, hasta el 3 de abril). Esta dilación agrava mi perjuicio económico. Perjuicio sufrido Debido a la negativa de MAPFRE, he tenido que asumir el coste de la reparación del techo por mi cuenta, un gasto que MAPFRE debería haber cubierto. Esta situación me ha causado un perjuicio económico significativo, ya que no dispongo de los recursos para soportar esta carga. Además, la dilación de MAPFRE me genera estrés y ansiedad, al no tener una solución a más de dos meses del siniestro. Denuncien la actuación de MAPFRE por falta de transparencia (Art. 16), incumplimiento de plazos (Art. 18), y dilación indebida, que agrava mi perjuicio económico. Agradezco de antemano su apoyo y espero una resolución rápida, ya que mi situación económica es insostenible tras haber asumido los costes de la reparación. Hemos solicitado un préstamo en una entidad bancaria debido a la situación económica que tenemos ahora mismo generada por todo esto. Atentamente, María del Pilar Vela Jurado.
Instalación de fibra óptica (FTTH). Carta 3
Estimados señores: En la primera carta enviada a través de esta misma plataforma (con número de reclamación 11215965 y fecha del 10/10/2024) les exponía la situación en que me encuentro. Una situación que se puede resumir en la necesidad absoluta de disponer de fibra óptica en nuestra segunda vivienda situada en el lugar de San Cibrán, Nº 42C. 36388 Gondomar (Pontevedra). Pues bien, desde entonces, la necesidad de teletrabajar en esta vivienda se ha hecho más y más necesaria. Y las posibilidades de hacerlo son nulas. La solución de Rúter-Radio, en esa zona, es de muy baja calidad. Más cuando llega la temporada en la que residimos (verano) debido al incremento de turistas en la zona de Baiona. Tal es la situación, que estamos pensando en vender la casa y comprar otra en una zona que disponga de fibra óptica. Por el momento, hemos decidido agotar todas las posibilidades de resolver este problema aquí, antes de dar un paso tan decisivo y probablemente perjudicial para nuestra economía. En la segunda carta (con número de reclamación 12245425 de fecha 7/3/2025) les comentaba que los vecinos afectados habíamos decidido colaborar conjuntamente para dar facilidades a la colocación de los postes, comprometiéndonos a que estos se puedan situar dentro de nuestras propiedades. Desde entonces, hemos convocado algunas reuniones y hemos entrado en contacto con el Ayuntamiento de Gondomar. Además, y por si sirviera para facilitarle la solución a la compañía comercializadora, hemos firmado todos los vecinos afectados (6 viviendas) una reclamación a Telefónica para que asuma la ampliación de la infraestructura. Esta solicitud se ha realizado a través de la Oficina de reclamaciones del Ministerio de Transición Digital. Estamos a la espera de respuesta. (Acompaño una copia de la misma). Comprenderán que si estamos promoviendo todas estas gestiones es porque nos resulta un problema es grave. En esta tercera carta quiero hacer un llamamiento a Movistar. Yo deseo que Movistar haga un esfuerzo por solucionar mi problema en concreto, sea con la colaboración de Telefónica, sea mediante una acción directa, sea a través de una acción concertada entre ambas compañías. Creo que es razonable pedir un esfuerzo a la compañía de la que somos clientes desee hace tiempo. Una fidelidad que estoy seguro reconocerán como merecedora de comprensión hacia mi problema. Un problema que ya se hace casi permanente en el tiempo y que yo desearía finalizar. No obstante, y como quiera que estos problemas no se arreglan en un día, quiero dar un poco más de tiempo a su solución. Creo que es razonable esperar un mes más. Así pues, esperaremos hasta el mes de junio para recibir una respuesta, sea en un sentido positivo, sea en el contrario. Ahora, lo importante es que nos aporten una información clara que nos permita tomar decisiones. En junio, si no dispongo de fibra óptica en la vivienda, me veré en la necesidad de buscar una solución provisional para este verano. Quizá se trate de buscar una alternativa 5G en otra compañía que tenga mejor cobertura en esa zona. Es evidente que no es la solución deseada. En primer lugar, porque yo creo que no nos resolverá definitivamente el problema. Y en segundo lugar, porque no es mi deseo abandonar a Movistar que, al menos en la primera vivienda (Vigo), nos ha dado siempre un servicio satisfactorio. Pero es lo que se me ocurre en este momento en el que, como habrán comprobado a lo largo de esta carta, me encuentro en una situación desesperada. Quedo a la espera de sus noticias. Reciban un afectuoso saludo Jesús Méndez Alvarez (DNI 10017043Z) Anexo: Reclamación enviada al Ministerio de Transición Digital (10.- Reclamación al Ministerio.pdf)
Intentos de entrega ficticios
Estimados/as señores/as: Escribo esta reclamación por la práctica reiterada que tiene su empresa en mi localidad, Rincón de la Victoria, de no realizar las entregas en el domicilio cuando es lo que se ha contratado. En su lugar, agotan los intentos de entrega ficticiamente y sin acercarse al domicilio ni llamar por telefono forzando a ir al punto de recogida, no siendo esto lo contratado. Esto viene ocurriendo reiteradamente, en esta ocasión con el envío referencia 0082900082909707934853 SOLICITO se me haga entrega del producto, y que cesen estas prácticas y tomen las medidas oportunas para cumplir con lo contratado. Sin otro particular, atentamente. Fernando Torres del Moral.
Trama de Temu que hace devoluciones imposible
1) solicito devolución de un producto que me mandan por error (un bulto de un set de 4 que no pertenecía a ello) 2) lo “aceptan” dentro de 1 hora y me mandan código QR con instrucciones para preparar el bulto diciendo que debería quitar todas las etiquetas anteriores del mismo 3) lo llevo preparado (según sus instrucciones detalladas) a GLS y me avisan que es un código QR fake (falso); 4) llevo el bulto de vuelta a casa y contacto con atención al cliente y abren un ticket 5) Temu dice que necesita hacer más “comprobaciones “ y que se pondrá en contacto con el comerciante; no explican cómo se generó un código QR falso 6) Temu dice que el comerciante necesita foto del código SKU 7) les contesto recordando que fueron instrucciones SUYAS que se retiren todas las etiquetas anteriores 8) me dicen que aún así, el comerciante necesita verlo y que “cumples con sus requisitos” porque si no, cierran el ticket. Y asi me quedo sin recurso y con un producto que no había pedido. La atención al cliente 100% inútil y incompetente. Creo que es una trama bien diseñada y que tienen tendencia de imposibilitar las devoluciones.
Cobro porque si
Estimados/as señores/as: Soy cliente de la Entidad, Ing direct, tengo un cuenta corriente . Me dirijo al Servicio de Atención al Cliente de su Entidad para reclamar el cobro indebido de 63,98 euros en concepto de CREDILISTO910053093 MADRID ES No procede el cobro por que no he usado ningún servicio suyo Adjunto los siguientes documentos: 3 fotos de pantalla, con los dos cobros. SOLICITO que ordene las instrucciones oportunas para que se proceda al abono en mi cuenta del importe indebidamente cobrado junto con el interés legal o el pactado en el contrato, si este fuera superior. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
Producto no recibido
Estimados/as señores/as: En fecha 5 de marzo adquirí en su página web dos tableros de 200x75. (Pedido 172010). El plazo de entrega estimado eran 14 días hábiles y han pasado ya 30. Los emails que he recibido han sido los mismos, ganando tiempo pero con plazos que no se han llegado a cumplir en ningun momento. He tenido la oficina paralizada debido a este retraso y he tenido que comprar los tableros en otro sitio para dejar de perder dinero. SOLICITO la resolución del contrato y la devolución del importe abonado. Sin otro particular, atentamente.
Santa Lucía no se hace cargo del siniestro
El 9 de febrero de 2025, el techo del dormitorio de la vivienda colapsó parcialmente por la rotura de cinco bovedillas cerámicas, dañando el continente (techo, paredes, suelo) y el contenido (mesa, televisor, tarima). Notificamos el siniestro a Santa Lucía ese día por teléfono y nos dijeron que no estaba cubierto sin aportar ningún tipo de peritacion ni información. Por nuestra cuenta, el 21 de febrero aportamos un informe pericial elaborado por D. Guillermo del Olmo Sampedro (Arquitecto Técnico, colegiado nº 1.124, COAATVA), que cuantifica los daños en 6.764,79 €, cubiertos por las garantías de la póliza (continente: 84.780,00 €; contenido: 22.440,00 €). La reparación del techo la tuvimos que realizar debido a que existía el riesgo de que cayera alguna bovedilla que aún estaba suelta (por seguridad nuestra y que tenemos una niña de 2 años). Santa Lucía denegó la cobertura en comunicaciones del 7 y 13 de marzo de 2025 (expediente nº 2025/150147), alegando un “defecto constructivo” excluido por el Artículo 4 de las Condiciones Generales (“vicios o defectos existentes al contratar el seguro”). Presentamos reclamaciones y burofaxes formales el 27 de marzo, 7 y 11 de abril, exigiendo: • Cobertura de los daños. • Un informe pericial propio que sustente la exclusión. • Activación de la garantía de Protección Jurídica Integral (3.200,00 €). A fecha de hoy, Santa Lucía no ha respondido satisfactoriamente, ignorado la solicitud de defensa jurídica y mantenido una negativa sin pruebas técnicas, causando perjuicios económicos y personales. 2. Fundamentos de la reclamación La actuación de Santa Lucía vulnera el contrato y la normativa por los siguientes motivos: 2.1. Negativa injustificada y falta de pruebas • Ausencia de evidencia técnica: Conforme al Artículo 2 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro (LCS), Santa Lucía debe probar que el siniestro está excluido. Se limitan a citar nuestro informe pericial, que señala la expansividad de las bovedillas como causa, sin aportar un peritaje propio ni ensayos (análisis de materiales, pruebas de carga) que demuestren que el defecto existía en octubre de 2023, al contratar la póliza, y era conocido por el asegurado. • Carácter accidental: El informe pericial no indica que el defecto fuera detectable antes del colapso. La vivienda, construida en 2003, no presentaba avisos de ruina hasta meses antes, lo que acredita un daño súbito cubierto por la garantía del continente (Condiciones Particulares, pág. 9). • Cláusulas abusivas: El Artículo 3 de la LCS exige interpretar las exclusiones a favor del asegurado en caso de duda, conforme a la jurisprudencia (ej. sentencia del Tribunal Supremo nº 485/2015). Santa Lucía elude esta obligación, trasladando al constructor una responsabilidad que no anula su cobertura. 2.2. Incumplimiento de la garantía de defensa jurídica El 27 de marzo solicitamos la activación de la Protección Jurídica Integral ante el conflicto de intereses del abogado asignado por Santa Lucía. El Artículo 6 de las Condiciones Generales permite elegir un abogado externo, con cobertura hasta 3.200,00 €. Su silencio constituye un incumplimiento contractual, dejándonos sin defensa legal adecuada. 2.3. Demora injustificada Han transcurrido más de 60 días desde la notificación, excediendo el plazo de 40 días del Artículo 24 de la LCS para resolver siniestros. Esta dilación, junto con la falta de transparencia (no aportan informes propios), viola la buena fe contractual (Art. 7, Código Civil) y nos genera costes adicionales, como los asumidos para proteger la vivienda tras el colapso. 3. Pretensiones Solicito que la OCU investigue la actuación de Santa Lucía porque la reparación del techo la hemos tenido que realizar por nuestra cuenta y nos está ocasionando un grave perjuicio económico.
Consumo facturado no acorde al consumo real
Estimados/as señores/as: Soy titular de un contrato de suministro eléctrico suscrito con su compañía, En la factura, de la que adjunto copia, aparecen consumos facturados que no se corresponden con el consumo real, y que no parecen posibles por las siguientes razones: • La facturación correspondiente al periodo de noviembre a enero se basa en consumos erróneos. • Se han facturado 675,61 kWh en periodo punta, 509,93 kWh en periodo llano y 1144,57 kWh en periodo valle, lo que suma un total de 2328,11 kWh. Sin embargo, comparando con la lectura real tomada el 18 de febrero de 2025, el consumo real del periodo es de solo 372 kWh. • Me están cobrando —de hecho, ya lo están haciendo mediante el incremento de la cuota fija, que ha pasado de 19 € a 54 €— un exceso de 1956,11 kWh. Esto representa un grave error en la estimación, al multiplicar el consumo real por más de seis veces. • He presentado hasta tres reclamaciones a través de diferentes canales (app de Curenergía, correo electrónico y vía telefónica). En todas ellas, se me ha informado de que, tras contactar con la distribuidora, las lecturas son correctas y que, por tanto, no procede reclamación alguna. • No discuto la validez de las lecturas, sino la facturación que ustedes han realizado, ya que están aplicando un consumo que no se corresponde con la realidad. Se trata de una simple operación de suma y resta, cuya comprobación parece estar siendo ignorada. Por todo ello, solicito que adopten las medidas oportunas para realizar las verificaciones necesarias y procedan a corregir el error, regularizando el importe en la próxima factura o, en su caso, devolviendo las cantidades cobradas indebidamente. Sin otro particular, les saluda atentamente, Manuel Heras
Domestika Plus, reembolso
A pesar de la cancelación de la subscripción y de la posterior reclamación, Domestika ha realizado un cargo de 208,11€ en mi cuenta. Cantidad que para empezar no corresponde con la que ellos mismo ponen que me han realizado en la web 199,99€. Por lo que solicito la cancelación y reembolso de la subscripción cuanto antes.
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