El día 12 de agosto de 2022 adquirí en la tienda Decathlon una tabla de paddle surf, por un importe aproximado de 300 euros. Durante estos dos años he utilizado el producto de manera adecuada y conforme a las indicaciones proporcionadas por el fabricante, contabilizando un uso estimado de entre 15 y 20 ocasiones.
No obstante, a pesar del correcto uso, la tabla ha presentado un defecto manifiesto en la banda superior de silicona, que se ha desprendido, dejando expuestas partes que deberían permanecer protegidas y aisladas, lo que supone un fallo en la integridad del producto.
En cumplimiento de lo previsto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifican los artículos 114 y 115 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, me puse en contacto con la tienda Decathlon. Me indicaron que debía entregar la tabla para su reparación. Tras la entrega, y una espera injustificada de más de una semana, se me comunicó que la solución propuesta consistía en pegar la banda desprendida.
Acepté esta reparación, que fue realizada de forma deficiente, con restos visibles de pegamento y sin el adecuado acabado, lo que pone en duda la idoneidad del arreglo realizado.
Pocos días después, la tabla volvió a presentar el mismo problema, con el desprendimiento de la banda lateral en su totalidad, situación que contradice la alegación de la tienda de que el problema se debía a un pinchazo en la punta, hecho que puede comprobarse fácilmente que no es cierto.
De conformidad con el artículo 123 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que establece que el consumidor puede exigir la sustitución del producto, la reparación, la rebaja del precio o la resolución del contrato en caso de falta de conformidad, y habiendo fracasado la reparación ofrecida, solicito la devolución íntegra del importe abonado o la sustitución del producto por otro en condiciones óptimas y aceptables.
Quedo a la espera de una respuesta favorable en un plazo máximo de 15 días hábiles, advirtiendo que de no recibir una solución adecuada me veré obligado a ejercer las acciones legales oportunas para la defensa de mis derechos.