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Retraso reembolso
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque hice un pedido a Allzone de un Iphone 16 Pro Max, + carcasa + protector pantalla el 06.04.2025 con un importe total de 1126.60Euros. Tras varias comunicaciones debido al retraso del envío, donde me daban una fecha de entrega y no llegar, el 29.05.2025 cancelo el pedido, a lo que me contestan que se pondrán en contacto conmigo para realizar la cancelación, pero pasan los días y nadie me llama. Me suena a que esto puede ser un engaño. Si no lo soluciono en los próximos días, denunciaré en la Policía Nacional. SOLICITO que se cancele el pedido y me devuelvan el dinero para poder adquirir otro teléfono Sin otro particular, atentamente.
COTIZACION DE VACACIONES NO DISFRUTADAS A LA S.SOCIAL NO DISFRUTADAS
DESPUES DE DOS AÑOS DE I.T POSTERIORMENTE EL INSS ME A RECONOCIDO UNA INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL DESDE EL 5 ENERO 2025 EL HOSPITAL ME A PAGADO LAS VACACIONES NO DISFRUTADAS PERO EN EL INFORME DE VIDA LABORAL NO HAN COTIZADO POR ELLAS RECLAMO SE COTICE POR ELLAS Y SE INCLUYAN EN MI VIDA LABORAL PARA MI POSTERIOR JUBILACION GRACIAS FERMINA SERRANO ESCOBAR D.N.I 07227587K
Problema con equipaje de mano
Quiero denunciar ya que te hacen pagar equipaje cuando solo llevas una mochila, como puede ser que en algunos vuelos te lo acepten y en otros no? La mochila entra abajo del asiento perfectamente. Estaba lloviendo y te hacen llevar la computadora en la mano y la atención en muchos casos es pésima. Una vergüenza.
Problema con la cancelación del contrato
Kviku me ingresó una monto de dinero que no era el yo había pedido, aparte de ponerle unos intereses absurdamente altos y fuera de lugar. En mi caso son 300€ de préstamo en 8 cuotas de 122€, con un total a devolver de 976€. Ya que no era lo que yo estaba buscando y no estoy conforme con las condiciones del contrato, quiero ejercer mi derecho a desistir el contrato y devolver el monto de dinero prestado. Ya que aún estoy en el plazo hábil para cancelar el mismo, como marca el contrato. He avisado por correo electrónico al soporte de kviku y no he obtenido respuesta, he intentado llamar y tampoco. En caso de no obtener respuesta i/o algún tipo de solución antes de la fecha de la primera cuota, no voy a abonar el importe que marca dicha cuota, ya que he dejado por escrito y le he comunicado al prestamista que quiero desistir mi contrato. Me gustaría no tener que llegar a temas legales y poder arreglar esto de una forma rápida y sin complicaciones. Gracias.
Frigorífico No Enfria
Atte. LG electrodomésticos 5 Junio 2025 Reitero mi queja ante LG electrodomésticos. Compré un frigorífico LG el 24 marzo 2025 y, como saben ustedes desde el primer día no funciona correctamente, dado que no enfría lo suficiente y los alimentos se echa a perder. Como bien saben en Abril 2025 puse de mi queja telefónica en atención al cliente de LG y tras varias semanas de espera, llegó el técnico y al abrir el frigorífico con un termómetro profesional la temperatura era de 7 y 8 grados grados, en el panel del frigorífico marcaba 1 grado, el técnico dijo " lo que indique el Panel no tiene por que corresponder con la temperatura dentro del frigorífico " El técnico no me dio informe ni de la avería ni de su visita, a posteriori recibí un mensaje de texto por parte de LG para valorar la visita el técnico, cuando pinché ese el link, salto un mensaje que decía que no podía valorar la actuación del técnico/visita, pues esa valoración estaba hecha, lo cual no es cierto. Tras la visita del técnico me personé en Carrefour, establecimiento donde compro el frigorífico LG, una vez tras comentar a la persona que me vendió el frigorífico lo que el técnico me había dicho: " NO importaba lo que pusiese el panel del frigorífico, que podía haber una diferencia de hasta 8 grados con la temperatura real del interior del frigorífico”, el vendedor se sorprendiendo tanto de ese comentario en en ese preciso momento llamó a LG, a él le hicieron el mismo comentario que a mi. Reitero que el problema es que la temperatura que genera el frigorífico no es suficiente para conservar correctamente los alimentos, y esto ocurre desde los primeros días. Los alimentos se estropean en un plazo corto de tiempo, teniendo que congelar todo e ir consumiendo poco a poco. El Vendedor del establecimiento, Carrefour está en continuo contacto con LG durante casi dos mes sin éxito alguno. LG responde telefónicamente con comentarios como : “Si mando de nuevo al técnico la compradora tendrá que pagar esa visita”, también “que haya una diferencia de 6/7 y hasta 8 grados entre lo que indica el panel y la realidad dentro del frigorífico es normal”, y por último pasan unas fotos del cajón de la verdura a 4,50 grados, cuando esa foto fue tomada pasado 15 minutos desde que el técnico manipulaba el frigorífico y congelador. Insisto en que las primeras mediciones tras estar el frigorífico cerrado toda la noche fue de 6/7/8 grados y ahí se quedo fijada la temperatura. Frigorífico comprado en Carrefour el 24 Marzo 2025. Por Todo lo expuesto y dado que no me han dado una solución por parte de LG vengo a solicitar la devolución del producto y el reintegro del importe total de lo abonado. Atentamente.
FACTURA NO ABONADA
€Buenos días, les escribo para reclamar el abono de la factura ,Núm: FE 25390012476219 que sale a devolver por importe de 292,39€ y con fecha estimada de cargo de 25/04/2025. SOLICITO que me abonen la factura a la mayor brevedad posible.
Terminos y condiconces abusibas
A LA ATENCIÓN DE LA OCU (Organización de Consumidores y Usuarios) Asunto: Reclamación contra DAZN Spain S.L. por cláusulas abusivas y falta de transparencia en permanencia de suscripción Datos del reclamante: Marcos Olmo Lucas DNI: 05443843L Domicilio: Calle Espronceda 14, 28003 Madrid EXPONGO Que, en fecha [indicar fecha], me suscribí al servicio de streaming DAZN Spain, S.L. (“DAZN”), motivado por la publicidad de flexibilidad y acceso a eventos deportivos, sin que en ningún momento durante el proceso de contratación se informara de manera clara, visible y previa sobre la existencia de una permanencia anual o sobre la penalización por cancelación anticipada. Que la cláusula de permanencia mínima de un año sólo aparece en los Términos y Condiciones recibidos por correo electrónico una vez ya suscrito y NO estaba accesible ni destacada antes de formalizar el contrato. En ningún momento, durante el proceso de suscripción online, se me advirtió de forma clara ni resaltada sobre la existencia de tal obligación. La información clave sobre permanencia está escondida entre la “letra pequeña” de los términos y condiciones, contraviniendo la exigencia legal de transparencia e información precontractual al consumidor. Que el artículo 60 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/2007 (Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios – LGDCU) obliga a informar de manera clara, comprensible, destacada y accesible sobre las condiciones esenciales del contrato, especialmente aquellas que suponen una carga para el consumidor, como las cláusulas de permanencia o penalización. Que el artículo 82 y siguientes de la LGDCU consideran abusivas aquellas cláusulas no negociadas individualmente que, en contra de las exigencias de la buena fe, causen un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones de las partes. La ocultación o falta de transparencia de la permanencia constituye causa de nulidad y así lo han establecido los tribunales y autoridades de consumo. Que, tras intentar cancelar el servicio, DAZN me exige abonar la totalidad de las cuotas pendientes hasta el cumplimiento del año, aplicando una penalización encubierta no informada antes de la contratación, lo cual supone un grave incumplimiento de la legislación de consumo. DEFECTOS EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE DAZN La cláusula de permanencia mínima aparece únicamente en apartados extensos y ambiguos del contrato (ej.: 4.4, 5.2, 4.6), no en la interfaz de suscripción ni en el resumen antes del pago. No existe check-box, ventana emergente o advertencia visual específica sobre la existencia de un compromiso anual antes de la aceptación. La información sobre penalización por cancelación anticipada queda completamente oculta en la “letra pequeña”, sin cumplir los requisitos de transparencia reforzada en contratación electrónica. Los términos y condiciones, además, remiten genéricamente a que “algunas suscripciones pueden tener periodo mínimo”, pero NO especifican claramente cuál se aplica a cada usuario durante el proceso de alta, lo que genera confusión y opacidad. PRECEDENTES Y DOCTRINA RELEVANTE Resolución Junta Arbitral de Consumo de Madrid, exp. 282/2020: Declaró nula la permanencia anual en una suscripción online cuando no fue informada antes del pago. Expediente SAN/2017/5645 CNMC (contra Jazztel y otras telecos): Sanciona la ocultación de permanencias en la “letra pequeña” como práctica abusiva y desleal. Sentencia Juzgado Mercantil 9 Madrid, 35/2017: Anuló permanencia de 12 meses impuesta en contratación electrónica por no figurar de forma clara en la web ni en el resumen final de compra. Informe de la AECOSAN (2019): Subraya que cualquier condición esencial, especialmente permanencias, deben figurar antes del contrato, en formato comprensible y destacado, y ser objeto de aceptación expresa. Sentencia TS 9 de mayo de 2013 (Cláusulas Abusivas Bancarias): Refuerza el principio de transparencia como elemento esencial en la validez de las condiciones generales de contratación. PETICIÓN Solicito a la OCU que, en defensa de los derechos de los consumidores, exija a DAZN Spain S.L.: Que elimine la cláusula de permanencia anual en tanto no sea informada de forma expresa y visible antes de la contratación, y se limite a la mensualidad libremente cancelable salvo aceptación expresa y destacada del usuario. Que no me exija el pago de las cuotas pendientes por la cancelación, permitiendo la baja inmediata y sin penalización. Que se sancione la falta de transparencia en la información precontractual, requiriendo a DAZN que modifique sus procesos de suscripción para cumplir la normativa vigente. Que, en caso de negativa, se traslade el expediente a la Junta Arbitral de Consumo y se notifique a la CNMC para su posible sanción por práctica comercial desleal. Adjunto copia de los términos y condiciones enviados tras la suscripción y cualquier prueba del proceso de alta en la web donde no aparece advertencia alguna sobre permanencia. Agradezco su pronta actuación y quedo a la espera de respuesta. Atentamente, Marcos Olmo Lucas DNI: 05443843L Calle Espronceda 14, 28003 Madrid 638376683
Envío incorrecto
Estimados/as señores/as: El pasado día 21/05/25 compré en su web on line el artículo bb cream de Inrosse y solo me llegó una de las cremas pagué por el precio de dos y solo recibí una. Me pongo en contacto con ustedes para que me hagan devolución del producto o me envíen el producto faltante. Adjunto fotocopia de el mail de confirmación y factura. SOLICITO, que me den una respuesta en 24h. Quedo a la espera de sus noticias, atentamente.
Calidad producto
Por favor, explica brevemente el motivo de tu reclamación Bolso comprado en julio de 2023, el engomado de las asas se deteriora cada 10 meses. El año pasado les plantee la situación, y me dieron como solución el envío del bolso a sus talleres y reposición de las asas. Este año vuelve a pasar lo mismo y me dan la misma solución. Como el bolso no tiene la calidad de un producto de lujo con un coste en web de 1.500.- euros, les solicito la devolución del precio o la sustitución del bolso por otro modelo que no tenga ese acabado engomado en las asas. La solución sigue siendo la misma, solo están dispuestos al cambio de asas.
Reclamación por denegación de cobertura – Parte PR25052203
Estimados señores/as: Me dirijo a ustedes en relación con el parte número PR25052203, registrado el 20 de mayo de 2025, referente al cambio de cerradura tras el hurto de mis llaves con su correspondiente denuncia. En su respuesta se indica que no procede la cobertura del siniestro alegando que, según las condiciones de mi póliza, solo tengo contratado el capital correspondiente a Vivienda, y que el incidente estaría cubierto únicamente en el capital correspondiente a Mobiliario, el cual no tengo contratado. No obstante, me gustaría expresar formalmente mi disconformidad con esta resolución. Tras revisar las condiciones generales de seguros de hogar y consultar con diversas fuentes del sector, he comprobado que la cerradura forma parte estructural de la vivienda y no debe considerarse como parte del mobiliario. La cerradura es un elemento fijo, esencial para la seguridad e integridad del hogar, y su función está directamente relacionada con la protección del continente (es decir, la estructura del inmueble). Por lo tanto, considero que la negativa a cubrir el cambio de cerradura por hurto de llaves no se ajusta al espíritu de la cobertura contratada, ni al uso habitual de los términos en el sector asegurador. Solicito, por tanto, una revisión del parte PR25052203 y la reconsideración de la cobertura del siniestro, ya que, a mi entender, la cerradura está incluida dentro del capital asegurado como parte del continente. En caso de no obtener una respuesta satisfactoria por su parte en el plazo de 30 días naturales, me veré obligada a elevar la reclamación ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), tal como establece la normativa vigente. Sin otro particular, y esperando una pronta respuesta favorable, les saluda atentamente, Jennifer
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