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Cobro de comisión en cajero
Buenos días. Atendiendo a las condiciones publicitadas por MyInvestor, donde señala que las extracciones de efectivo en cualquier cajero del mundo son gratuitas hasta un límite de cuatro al mes (cumpliendo determinados requisitos) y una al mes para todos los clientes, utilicé mi tarjeta de débito de la entidad para realizar una extracción en julio y otra en agosto en cajeros de México. Al ponerme en contacto con la entidad para solicitar el reembolso de las comisiones, se han negado a las mismas aduciendo que las comisiones por uso del cajero no se reembolsan, cosa que no especifican en las condiciones que publicitan, las cuales son estas de forma literal: Puedes realizas una extracción gratis al mes en cualquier cajero nacional y de fuera de España. Ten en cuenta que si sacas dinero fuera de España, no sabemos el importe que te aplica el cajero, por lo que deberás ponerte en contacto con nosotros a través de info@myinvestor.es solicitando el reembolso de esta comisión.Si tienes una hipoteca en MyInvestor o 3.000 euros invertidos en productos de inversión (fondos, planes, roboadvisor) puedes realizar cuatro extracciones.Si realizas más disposiciones de efectivo al mes, sí se te repercutirá la comisión que cobre el cajero a nuestra entidad.Por todo ello, solicito el reembolso de los importes que he tenido que abonar por la retirada de efectivo en esos cajeros, que ascienden a las siguientes cantidades: 8,59 € (174 pesos) en la retirada del 27 de julio, y 1,72 € (34,80 pesos) en la retirada del 3 de agosto.Un cordial saludo.
Reclamación cobro por equipaje de mano
Buenas,He realizado dos vuelos con Vueling, ida y vuelta a Ibiza, en los cuales:- IDA: 13 Agosto, nº vuelo VY3419, solo se me permitía llevar una mochila bajo el asiento, y si quería llevar maleta de cabina debía pagar 14.50 euros extra. Sin embargo, la opción de pagar el suplemento estaba agotada y solo tenía la opción de facturar maleta de 15 Kg, por lo que tuve que pagar 33 euros para que me dejaran llevar mi maleta de cabina.- VUELTA: 17 Agosto, nº vuelo VY3418. Se me cobró 14.50 para que pudiera llevar una maleta de cabina.Sabiendo que esta práctica infringe la legalidad, quiero presentar una reclamación para recibir el reembolso que se me ha cobrado por ello. Se evulnera el artículo 97 de la Ley de Navegación Aérea y el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007 en el que La Ley de Navegación Aérea establece que el transportista está obligado a transportar de forma gratuita y en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo.Asimismo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), además señala en el asunto C-487/12 que el “equipaje debe considerarse, en principio, un elemento indispensable del transporte de los pasajeros y que su transporte, por consiguiente, no puede ser objeto de un suplemento de precio....Esta ilegalidad está respaldada por sentencias como las siguientes:- Stc Juzgado Mercantil de Madrid nº 13 de fecha 24 de Octubre de 2019 ( nº 373/2019).- TJUE sentencia 18 de septiembre de 2014, asunto C-487/12.- Stc Juzgado Mercantil nº 3 de Alicante (nº 3/2020) 31/1/2020.Vueling dirá que lo que se cobra es el embarque prioritario y no la maleta de cabina, o en el caso del viaje de ida la facturación de la maleta, pero no da en ningún momento la opción al consumidor de transportar de forma gratuita y en cabina un equipaje de mano sin pagar un suplemento como bien exige la ley mencionada anteriormente. Por tanto, no se están cumpliendo los derechos del consumidor porque NO EXISTE una opción en la que se pueda viajar con maleta de mano sin pagar un suplemento, a lo que el consumidor, si quiere poder llevar esa maleta de cabina (su derecho básico), está obligado a contratar el servicio de facturación o de v embarque prioritario + bolso y maleta de mano en cabina.Es por esto que reclamo recibir el reembolso completo que se me ha cobrado en los dos vuelos por este suplemento que infringe el derecho del viajero, lo que hace un total de 47.50 euros.
COBRO EQUIPAJE DE MANO
El día 10 de Agosto realicé un vuelo (FR2951) de Bruselas a Madrid con la compañía Ryanair. El número de reserva fue el FGYPXN. En ese vuelo viajamos 4 personas con 4 equipajes de mano, para poder llevar las cuatro maletas tuvimos que pagar 20 euros por cada maleta, un total de 80 €. Debido a que el equipaje de mano es un derecho indispensable del pasajero, tal y como ha dictaminado un juzgado de Madrid, pedimos que se nos reembolse el dinero que pagamos por las maletas.
ACOSO TELEFONICO Y TIMO
EN EL DIA DE HOY HE VUELTO A SER ASESIADO POR ESTA EMPRESA ORANGE, A TRAVES DEL NUMERO 692171922 TODA VEZ QUE ES EL 4to DIA CONSECUTIVO CON ESTE TIPO DE ACCIONES, 48 HORAS DESPUES DE HABER DENUNCIADO POR SEGUNDA OPORTUNIDAD A ESTA EMPRESA Y HOY POR TERCERA OPORTUNIDAD NUEVAMENTE. DE ESTOS NUMEROS LOS CUALES CONSIGNARE PLENAMENTE ANTE LA COMISARIA POLICIAL IDENTIFICADOS DE LA EMPRESA ORANGE 692172082-988980884-910611056 Y EL DE HOY 692171922 PARA QUE TOMEN MEDIDAS AJUSTADAS A ESTE DELITO COMO LO ES ACOSO TELEFONICO Y TIMO POR PARTE DE ESTA EMPRESA QUIEN AUN HASTA LA PRESENTE FECHA NO HAN DEMOSTRADO QUE MI PERSONA YA PLENAMENTE IDENTIFICADA DEMUESTREN ALGÚN CONTRATO U OBLIGACION QUE YO HAYA CONTRAIDO CON ESTA EMPRESA ORANGE Y QUE DE LA MISMA HAYA GENERADO ALGUNA DEUDA EN MORA PRODUCTO DE UN CONTRATO U OBLIGACIÓN CON ORANGE POR PARTE MIA YA IDENTIFICADO PLENAMENTE EN MIS RECLAMACIONES REITERATIVAS Y EN LAS TRES DENUNCIAS POR ANTE ESTE ORGANISMO CON LA DE HOY INCLUSIVE. NO TENGO QUE VER CON NADIE NI CON NADA QUE ME UNA CON ESTA SITUACION, DONDE PRETENDAN QUE YO SEA MENSAJERO O TRANSPORTE DE RECADOS CUANDO LA EMPRESA ORANGE ROMPE REGLAS Y UTILIZA EL ACOSO TELEFÓNICO COMO MEDIDA DE ORESION SIENDO ASI LAS COSAS QUE LLEVEN A EFECTO LAS DILIGENCIAS PERTINENTES AL CASO SIN MOLESTAR, SIN AMENAZAR, SIN VIOLAR ENTIÉNDASE BIEN SIN VIOLAR MI INTIMIDAD FAMILIAR Y PERSONAL PARA ESTE TIPO DE ACCIONES PROPIAS DE ORANGE DEMOSTRADO YA EN REITERADAS OPORTUNIDADES Y EN MAS DE 140 MIL DENUNCIAS PUBLICAS EN LAS REDES SOCIALES DURANTE DOS, LEASE BIEN DOS AÑOS CON LA MISMA SITUACION. YA ESTA BIEN Y APOYÁNDOME EN EL CÓDIGO PENAL VIGENTE INICIARÉ EL DEBIDO PROCESO CONTRA ORANGE ESPAÑA. HOY A LA GENTE QUE ES UN PUESTO MERAMENTE DECORATIVO DE ATENCION AL CLIENTE ME REMITIERON UN CORREO PARA QUE LES SUMINISTRARA MI NUMERO TELÉFONO MOVIL COSA QUE HICE E INMEDIATAMENTE VUELVE LAS LLAMADAS, QUE REPITO NO TENGO QUE VER CON NADIE NI CON NADA YO PLENAMENTE IDENTIFICADO NO TENGO NINGUNA RELACIÓN COMERCIAL CON ORANGE ESPAÑA NI DEBO SER MOLESTADO PARA QUE SEA MANIPULADO Y TRANSPORTE DE RECADITOS Y AMENAZAS PARA NADIE NI DE NADIE. INVADEN MI ESPACIO, MI INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR CON ESTE TIPO DE ACCIONES Y PRETENSIONES.
Alta en servicio no autorizada
La compañía Factor Energia me dio de alta en su servicio sin consentimiento alguno, cogiendo mis datos de otro sitio. No me permiten acceder a la grabación donde teóricamente acepte el servicio a fecha de 6 de julio de 2022 según sus empleados. El servicio se dio de baja inmediatamente y posteriormente el 4 de agosto volvieron a llamar, haciéndose pasar por ENDESA con la excusa de que faltaban completar datos, engañandome y amenazándome con que si no aceptaba tenía que pagar una penalización de 350 euros, ya que decían que tenía una permanencia. Cada vez que llamo me dicen una cosa, no coinciden los días de las llamadas y altas.
Gastos cobrados indebidamente por MOVO
(i) La empresa MOBILITAS FUTURUS S.L. (la Empresa) ha procedido a efectuar un cobro en mi tarjeta por el importe de 45,25 € que se desglosan de la siguiente manera:- 15 € por una infracción de tráfico interpuesta por el ayuntamiento de Madrid y- 30,25 € por gastos administrativos de gestión de conformidad con sus condiciones generales de venta.(ii) Desde mi punto de vista no proceden ninguno de los cargos por los siguientes motivos:- Las condiciones generales de venta de la Empresa son de adhesión y claramente abusivas en ese aspecto y por ello nulas(ii) Aunque fueran válidas, no se respectó lo ahí previsto, puesto que, puesto que en lugar de identificar a su Cliente ante las autoridades para que pueda proceder al pago presentar las correspondientes alegaciones, lo que hizo fue pagar la multa directamente, lo que produce una clara situación de indefensión de su Cliente. (iii) El cargo por gestión es claramente desproporcionado. No se entiende que por una multa de 15 € se pague el doble por la gestión de la misma. Además, el importe de gestión de multas según las citadas condiciones es de 25 y solo se refiere a motos y no patinetes eléctricos que fue el vehículo utilizado por su Cliente.
Problema con garantía
Hola, el día 13-07-2022 realicé un pedido en el que compré el producto Estantería Modular de Pared en Bambú Kolex.Al recibirlo en casa vi que el paquete se encontraba en perfectas condiciones y lo guardé para montarlo posteriormente. En el momento en el que fui a montar el producto vi que las dos piezas laterales de la mesita (J) habían sido partidas parcial y totalmente por el agujero realizado en la fabrica para colocar el tornillo.Como resumen de nuestra comunicación, han intentado defender que el daño es del envío, pero no es aplicable ya que sus propias condiciones dicen que solo se aplica cuando el paquete está dañado, y no es el caso.Los dos unicos argumentos que nos han aportado son los siguientes:El el daño se ha producido en el envío y debido a eso el cambio no es válido ya que no lo avisamos en 48 horas.El daño lo he hecho yo.Por nuestra parte hemos dado los siguientes argumentos:El daño no se ha producido en el envío ya que la caja está en perfecto estado, y si la caja está en perfecto estado la cláusula de daños en envío no es aplicable, siendo la condicion la siguiente: En caso de recibir algún bulto/paquete/embalaje dañado durante el transporte, deberá indicarlo en el albarán de entrega (condición obligatoria para realizar cualquier reclamación por rotura o daños durante el transporte. De no ser así no se aceptarán).El daño no se ha producido en el envío ya que las otras piezas están en perfecto estado, habiendo piezas más frágiles envolviendo las piezas rotas que no se han roto.Se observa claramente en las imágenes como la fractura de la pieza está en el agujero taladrado en la madera, lo que indica que la fractura se realizó al taladrar este agujero en la fábrica.Si parecen pocos argumentos, para apoyar en la ley mis argumentos, tambien digo que:Según el RDL 1/2007 Art. 121.1 Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los dos años siguientes a la entrega del bien ya existían cuando el bien se entregó, por lo que no pueden argumentar que el daño lo he hecho yo.Y si no parece suficiente el BOE, según sus propias condiciones generales Los productos adquiridos a través de www.sklum.com gozan de un período de garantía de 3 años para todo pedido realizado a partir del 01/01/2022, desde el momento de su entrega, que cubren los posibles defectos de fabricación del producto, así como cualquier avería producida durante dicho periodo., por lo que al ser un defecto de fabricación entra dentro de la garantía del producto.
No hay repuesto disponible en la web de Cecotec
Hola, compré una aspiradora Rockstar 500 Ultimate en abril 2020, se ha roto el palo de la aspiradora hace 8 meses, he visitado cada poco tiempo la web y nunca hay disponible repuestos del tubo flexible, me inscribí con el correo electronico y nunca he recibido un aviso de que entrara en stock, he intentando buscar por otros canales de repuestos, pero no encuentro nada, porque no especifican si los tubos de diferentes rockstar son compatibles entre si, aunque no hay stock de ninguno, 200 euros en una aspiradora que no puedo utilizar, en fin, será la ultima vez que compre de esta marca si no facilitan el repuesto. Saludos.
Reclamación de cobro indebido
Recibí el 18/07/22 un cobro por importe de 4,95€ de la empresa ser-st.com por un supuesto servicio contratado por mi. El día 17/08/22 recibo un aviso de que se me va a cargar de nuevo la cuota. Les mando un mail pidiéndoles que me envíen las condiciones del contrato firmado por mi en el que solicito sus servicios y acepto su cobro, así mismo solicito la baja inmediata de sus servicios. De inmediato recibo respuesta confirmando mi baja en el servicio pero nada más. Con fecha de hoy 19/8/22 les mando de nuevo un mail avisándoles de que al no haber recibido respuesta por su parte procedo a tomar otras acciones legales.
Cambio titularidad contrato suministro agua
Buenos días, el motivo de la reclamación es motivado por un cambio de titularidad en el contrato de suministro de agua después de la compra de una vivienda. La empresa concesionaria Aqualia me indica que para hacer el cambio de titularidad debo abonar una fianza de 173 € en concepto de alquiler de contador. Cuando solicito donde se indica que debo abonar esa cantidad, me derivan al BOP De CADIZ NUM. 53 donde se indica lo siguiente:B.4. Fianza. Para atender el pago de cualquier descubierto por parte de abonados de contratos cuyo titular del suministro no coincida con el título del inmueble o finca a abastecer, así como los suministros temporales o eventuales tales como obras, ferias, chiringuitos, etc., el abonado estará obligado a depositar en la Caja de la Mancomunidad de Municipios, del ente gestor o del concesionario, previamente a la formalización del contrato, una fianza cuyo importe que no se revisa, será el que resulte de multiplicar la cuota de servicio en euros por el diámetro del contador en mm., siendo éste como máximo de 50 mm.Diámetro en mm. Cuota de Servicio Fianza 13 9,84 127,92 15 11,58 173,70 20 17,68 353,60 25 44,52 1.113,0030 76,11 2.283,30 40 116,87 4.674,80 50 123,13 6.156,50Una vez extinguido el contrato de suministro el titular del mismo solicitara la devolución de la fianza.Comprobada la inexistencia de deuda pendiente se procederá a su devolución. El plazo máximo de resolución de la misma será de 30 días. Todo ello de conformidad con el sistema legalmente vigente en la Comunidad Autónoma de Andalucía.Al no coincidir el motivo descrito por Aqualia con lo indicado en el BO, les informo que no estoy de acuerdo y por lo tanto no abonare la fianza, por lo que Aqualia se niega a hacer el cambio de titularidad reiterando que es obligatorio para hacer el cambio de titularidad.
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