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POST VENTA VEHICULO
A la atención de la dirección de FORD INDAMOVIL S.A. Yo, Javier Molina Latorre, presento mediante el presente escrito una reclamación formal en relación con el vehículo Ford Focus ST-Line 1.0 EcoBoost 125 CV, matriculado en 2018, adquirido por mí en diciembre de 2024 en su establecimiento, con aproximadamente 110.000 km. El motivo de esta reclamación es la sucesión de averías importantes que ha sufrido el vehículo desde apenas dos meses después de su adquisición, así como la falta de una solución satisfactoria a las mismas y, especialmente, la falta de respuesta por parte de los responsables del servicio posventa y de la gerencia del establecimiento, a pesar de haber solicitado en reiteradas ocasiones poder hablar personalmente con ellos. 1. Adquisición del vehículo En diciembre de 2024 adquirí en su establecimiento un Ford Focus ST-Line 1.0 EcoBoost 125 CV, matriculado en 2018 y con aproximadamente 110.000 km. La adquisición se realizó confiando en que se trataba de un vehículo revisado y apto para su utilización normal, adquirido a un vendedor profesional. Sin embargo, apenas dos meses después de la compra comenzaron a aparecer problemas mecánicos de importancia, que posteriormente se han ido sucediendo durante el tiempo que he sido propietario del vehículo. 2. Avería del embrague Poco tiempo después también se produjo una avería importante relacionada con el embrague. La gravedad de la situación llegó al punto de que tuve que trasladar el vehículo mediante una grúa, al no poder utilizarlo con normalidad. En una primera ocasión se actuó sobre el vehículo, pero posteriormente la avería desapareció y volvió a aparecer al poco tiempo, por lo que fue necesaria una segunda intervención. La situación llegó a ser especialmente complicada hasta el punto de que, en la segunda ocasión en la que tuve que llevar el vehículo al establecimiento, tuve que hacerlo conduciendo yo mismo en unas condiciones completamente anormales, pudiendo únicamente introducir la primera marcha y teniendo que apagar el vehículo para poder introducir posteriormente la segunda. Considero importante dejar constancia de esta circunstancia porque demuestra la gravedad que llegó a alcanzar la avería y las dificultades que tuve que asumir personalmente para poder trasladar el vehículo. Finalmente, el embrague tuvo que ser sustituido. Por tanto, tampoco se trató de una incidencia menor o puntual, sino de una avería importante que requirió más de una actuación hasta conseguir su sustitución. 3.problema relacionado con el sistema de refrigeración del pistón A principios de febrero de 2025, aproximadamente dos meses después de la adquisición del vehículo, comenzaron a producirse problemas relacionados con el funcionamiento del motor. El vehículo presentó avisos de avería, pérdida de potencia y un funcionamiento anómalo en determinadas circunstancias. Posteriormente, en una diagnosis realizada sobre el vehículo, se hizo constar una incidencia relacionada con el sistema/circuito de control del aceite y refrigeración del pistón. Considero especialmente relevante destacar que esta problemática no apareció meses después de la compra ni cuando el vehículo ya se encontraba fuera de cualquier cobertura, sino que se manifestó apenas dos meses después de haberlo adquirido. Pese a haber puesto esta situación en conocimiento del establecimiento, considero que no se atendió adecuadamente mi reclamación ni se me proporcionó una solución satisfactoria, quedando el problema sin una respuesta adecuada. Esta circunstancia resulta especialmente preocupante teniendo en cuenta que posteriormente el vehículo ha continuado presentando averías importantes. La reiteración de estos episodios resulta especialmente preocupante teniendo en cuenta que el primer problema importante relacionado con el funcionamiento del motor ya había aparecido apenas dos meses después de la compra. 4. Nueva avería grave: turbocompresor Finalmente, en agosto de 2026, el vehículo ha vuelto a sufrir una avería de consideración relacionada con el turbocompresor. Se me ha indicado que el turbocompresor necesita ser sustituido, con un coste aproximado de 1.300 euros que acabaron con una pequeña rebaja hasta llegar a los casi 1100 Esta nueva avería supone un nuevo perjuicio económico de considerable importancia y se produce después de haber sufrido anteriormente otras averías relevantes. Por tanto, a día de hoy, la situación que he tenido que afrontar desde la adquisición del vehículo incluye, entre otras: -Una avería importante relacionada con el sistema de refrigeración/control del pistón, manifestada aproximadamente dos meses después de la compra. -Una avería grave del embrague que requirió trasladar inicialmente el vehículo en grúa y que posteriormente volvió a producirse, requiriendo una segunda intervención hasta su sustitución. -Diferentes episodios posteriores de avisos de avería y pérdida de potencia. -Una nueva avería grave del turbocompresor, cuyo reemplazo supone aproximadamente 1.400 euros. 6. Falta de una solución global y satisfactoria Lo que considero especialmente grave es la sucesión de averías importantes desde prácticamente el inicio de la adquisición del vehículo y la falta de una solución que me haya permitido disfrutar del automóvil con unas condiciones razonables de fiabilidad. No considero adecuado analizar cada avería de manera completamente aislada, teniendo en cuenta que la primera problemática importante relacionada con el funcionamiento del motor apareció apenas dos meses después de la adquisición y que posteriormente se han producido nuevas averías de importancia. Como consumidor que adquirió el vehículo a un vendedor profesional, considero legítimo esperar que el automóvil presente unas condiciones razonables de funcionamiento y fiabilidad acordes con las características del vehículo adquirido. 7. Falta de atención por parte de posventa y gerencia A todo lo anterior se añade una situación que considero especialmente grave. Durante las últimas semanas he solicitado reiteradamente hablar con un responsable, concretamente con el jefe de posventa y con la gerencia del establecimiento, con el objetivo de explicar personalmente la situación y encontrar una solución. A pesar de mis reiteradas solicitudes, ninguno de estos responsables se ha puesto en contacto conmigo. Considero que esta falta de respuesta es especialmente inaceptable teniendo en cuenta el historial de averías que he sufrido desde la adquisición del vehículo y la nueva avería del turbocompresor que se ha producido recientemente. He intentado solucionar esta situación directamente con el establecimiento y he dado margen suficiente para que se me ofreciera una respuesta. Sin embargo, después de varias semanas solicitando hablar con un responsable sin recibir respuesta, considero que esta situación ha colmado completamente mi paciencia, considerando ya como una falta de respeto a mi persona. 8. PETICIÓN FINAL En consecuencia, solicito que el establecimiento me facilite una respuesta por escrito, indicando expresamente qué solución propone ante esta reclamación y, en particular, si acepta: -Asumir el coste de la reparación del turbocompresor -Compensar o devolver los importes abonados por las averías anteriores; -Conceder una extensión extraordinaria de garantía de 24 meses sobre el vehículo; o -Ofrecer una compensación económica alternativa que permita solucionar definitivamente la situación. Espero que, después de todo el historial expuesto y de las reiteradas solicitudes realizadas durante las últimas semanas, esta reclamación sea atendida directamente por los responsables correspondientes y podamos alcanzar una solución satisfactoria Quedo a la espera de su respuesta por escrito. Atentamente, JAVIER MOLINA LATORRE DNI: 77160626L Teléfono: 660056644 Correo electrónico: indalojavi@gmail.com Ford Focus ST-Line 1.0 EcoBoost 125 CV Fecha de adquisición: diciembre de 2024 Matrícula: 8826KPT Almeria 30 de septiembre de 2026.
Instalación de materiales inferiores a los contratados y anulación de garantia
Estimados/as señores/as: Contraté con la empresa IDSUN (HogarSolar) una instalación fotovoltaica de 16 paneles bajo la promesa comercial de utilizar materiales de alta gama, mostrando físicamente prensores de la marca Fischer. La factura abonada al contado detalla específicamente 'Protecciones Schneider' y 'Estructura Fischer Premium'. Sin embargo, el día de la instalación colocaron protecciones eléctricas de marca inferior (Chint) y perfiles/prensores genéricos desconocidos, abaratando la obra unilateralmente de forma encubierta. La empresa se niega a abonar la diferencia, alegando por escrito que la estructura genérica mantiene la garantía de 50 años de Fischer y la resistencia aerodinámica. He contactado con el fabricante oficial (Fischer España) y me han confirmado por escrito que no respaldan la instalación y que las garantías de resistencia estructural quedan anuladas al mezclar sus anclajes con perfiles de otras marcas. Además, la ejecución ha sido deficiente y ya hay prensores aflojados. SOLICITO el abono inmediato en mi cuenta bancaria de la diferencia económica real entre los materiales facturados (Estructura Fischer Premium y Protecciones Schneider) y los materiales de gama inferior efectivamente instalados. Me niego a autorizar un desmontaje de la estructura actual por el alto riesgo de provocar daños y goteras en mi cubierta. Sin otro particular, atentamente.
reparación innecesaria y sin respuesta a la garantía
Contacté con el establecimiento tras localizarlo mediante una búsqueda en Google de "Servicio Oficial Balay" para solucionar que la ropa salía de la lavadora con olor a humedad. El 2 de Septiembre de 2026 acudió un técnico al domicilio y cambió las electroválvulas de entrada de agua. Por dicha reparación aboné 135 euros. No aceptaban transferencias. Quedó constancia del pago así como una garantía de 3 meses. El problema no se solucionó y a pesar de contactar el 3 de Septiembre con el técnico y posteriormente con la empresa, nadie se ha personado en el domicilio, estando dentro de la garantía. Finalmente, el 21 de Septiembre de 2026 acudió el Servicio Oficial de Balay que encontró únicamente obstrucción provocada por restos de cal en el empalme de goma de entrada de agua. Procedieron a la correspondiente limpieza quedando solucionado el problema. El importe total de la segunda intervención fueron 75,20 euros.
Tarifas engañosas
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque en la operación de solicitud de nota simple, me han pasado un cargo que no se ajusta a lo publicado en su página. SOLICITO: Anular la operación con la consecuente devolución del importe cobrado. Sin otro particular, atentamente. R.G.
Cancelación de mi contrato
Hola a principios de julio contraté un paquete de dazn por el importe de 9.90 .he cancelado la suscripción pero me dicen que tengo permanencia a de un año y aunque lo he cancelado tengo que estar pagando esa cantidad hasta que finalice el año.Em.ningun momento me dijeron ni hubo especificación que tenía permanencia,y ruego que no me pasen más recibos de esta empresa
Reclamación por falta de conformidad y prácticas engañosas
Estimados responsables del Área de comercio de consumo, Me dirijo a ustedes en referencia a mi para aportar información adicional y mis motivos de disconformidad con el programa formativo online 'Email Marketing School' de La Comarca Ventures S.L. Tras haber acceder al contenido del curso, he constatado una serie de disconformidades y prácticas que considero engañosas en relación con la oferta comercial, que fundamentan mi reclamación y ponen de manifiesto la improcedencia de la denegación de mi derecho a solicitar la baja del curso. El curso contiene una gran cantidad de terminología y explicaciones en inglés, idioma que no domino en absoluto. Esta circunstancia no fue advertida ni informada durante el proceso de venta, lo que dificulta enormemente el seguimiento y aprovechamiento del programa. El contenido y el enfoque real del curso no se corresponde con la oferta y las explicaciones detalladas por el comercial que me vendió el curso. La calidad y profundidad de la formación es muy inferior a lo prometido, lo que constituye una clara falta de conformidad con lo contratado. Durante el proceso de venta, se me mostraron capturas de pantalla de supuestas ganancias de otros alumnos, que ahora considero que podrían ser ficticias o inducir a error, generando expectativas irreales sobre los resultados del curso y la efectividad del programa. Reitero que No se me explicó de forma clara y destacada que, una vez accediera al curso para evaluarlo (lo cual es indispensable para comprobar su conformidad), perdería mi derecho de desistimiento de 14 días. Dado el costo total del curso son 2.268€ y que no se obtiene un título oficial. Una vez que clicas en la casilla para hacer el pago, das el consentimiento y la firma automáticamente sin tener la oportunidad de leer los términos ni condiciones. La empresa se contradice al ofrecer un plazo de desistimiento que se anula en el momento en que el consumidor intenta evaluar si el producto se ajusta a sus expectativas y a la oferta. Me considero engañada porque en ningún momento se me da la oportunidad de acceder y leer los términos y condiciones antes de acceder al contenido, por lo tanto marcas una casilla al hacer el pago de 189€ y con eso ya pierdes la oportunidad de desistimiento Ya no hay vuelta atrás perdiendo todos los derechos, ni se me da la oportunidad de poder evaluar si el curso es o no es ideal para mis expectativas. La localización de la sede de la empresa en Andorra, y la aplicación de su legislación, parece estar siendo utilizada para limitar o anular mis derechos como consumidora, que, de otra forma, estarían protegidos por la normativa española y europea. Por todo lo expuesto, solicito que estos nuevos y graves motivos de falta de conformidad del servicio y prácticas engañosas, y que también envío esta reclamación al expediente de consumo del Govern d'Andorra número 20540. Y también Presento esta reclamación porque no se me informó claramente de los términos y condiciones antes de pagar, de forma clara la información sobre el derecho de desistimiento. Aporto capturas de pantalla de los correos en los que me reiteran una y otra vez que no puedo desistir del curso , captura de pantalla de la reclamación presentada a consumo del Govern d'Andorra. Capturas del pago de 189€ Documentos de condiciones generales, contrato de financiación, garantía de resusltados. Agradeciendo de antemano su atención y colaboración, Atentamente; María Consuelo
No cubre la garantía
Buenas tardes , compré un vehículo en noviembre de 2025 en el concesionario Ignacio Automoción S.l ( Utrera , Sevilla ) , el coche venía con el compresor roto , ya que cuando pongo el aire acondicionado por primera vez en mayo de 2026 no echa aire frío , les llamo para explicarle el problema ya que el coche tiene 1 garantía por contrato , me envían un compresor asumiendo yo el gasto de montaje , cuando salgo del taller el compresor se vuelve a romper por qué era un compresor de desguace , vuelvo a llamar para explicar el problema y me dicen que no tiene solución que lleve el compresor para arreglarlo y que vuelva a asumir el montaje del compresor viejo , después de todo el verano sin aire acondicionado me pongo en contacto con OCU para solucionar el problema , Gracias !
Cobro mensualidad
Me cobraron 0,60 CTS y ahora me han pasado una cuota mensual de 39 euros que no he autorizado en ningún momento.
Tramitación de baja
Por la presente, les comunico que ejerzo mi derecho de desistimiento respecto del contrato de prestación de servicios de formación del curso detallado a continuación, dentro del plazo legal de 14 días naturales establecido por la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios Yenisbel Barbara Carulo Careaga con DNI 18572360 K Nombre del curso contratado: Auxiliar de farmacia Fecha de contratación/matrícula: 2109/2026 Fecha de hoy: 30/09/2026 De acuerdo con la legislación vigente, solicito que procedan a la baja inmediata de dicho servicio y a la devolución de todos los importes abonados hasta la fecha en el plazo máximo de 14 días. El reembolso deberá efectuarse utilizando el mismo medio de pago empleado en la transacción inicial, salvo que se acuerde expresamente otra vía. Ruego que me confirmen la recepción de este correo electrónico y la correcta tramitación de mi solicitud a la mayor brevedad posible. Impugno su negativa a tramitar mi desistimiento bajo el argumento de haber accedido a las claves. Les recuerdo que, según la jurisprudencia española y la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, el acceso inicial al campus virtual forma parte del derecho legítimo del consumidor a examinar el servicio contratado. No he realizado descargas masivas ni consumido la formación de manera efectiva, por lo que reitero la cancelación inmediata del contrato dentro del plazo legal.
Reclamación por posible falta de transparencia en la presentación del precio, cobro de 42,11 € y ne
EXPONGO PRIMERO. Contratación del servicio. He contratado a través de la página web portalregistros.com un servicio de solicitud de una nota simple del Registro de la Propiedad correspondiente a un inmueble situado en Guadahortuna (Granada). Durante el proceso de contratación, la página web mostraba de forma destacada la modalidad «Muy urgente», acompañada del texto «Solicitud gestionada en menos de 4 horas» y el importe «+9,90 € (IVA no incl.)». Sin embargo, el importe finalmente cargado en mi medio de pago fue de 42,11 €, cantidad sustancialmente superior a la que se mostraba de forma destacada junto a la modalidad seleccionada. Dispongo de capturas de pantalla del proceso de contratación en las que se aprecia la presentación de dichos importes y la distribución de los elementos de la página en un dispositivo móvil. SEGUNDO. Presentación del precio total durante el proceso de contratación. En las capturas aportadas se observa que el importe de 9,90 € más IVA aparece junto a la modalidad seleccionada, mientras que el texto «Importe total: 42.11€ (IVA incl.)» aparece en una zona inferior de la página, después del botón identificado como «Solicitar». Asimismo, el botón utilizado para continuar con la contratación aparece identificado simplemente como «Solicitar». Considero que esta presentación puede resultar insuficientemente clara para que el consumidor conozca, antes de efectuar el pedido, el importe total que se le va a cobrar y la obligación de pago que asume. No sostengo que la mera diferencia entre ambos importes demuestre por sí sola una infracción. Solicito que se examine el conjunto de la interfaz, la ubicación y visibilidad de la información económica, el desglose de los conceptos facturados y el modo en que se confirma la obligación de pago. TERCERO. Respuesta de la empresa. Tras comprobar el cargo, contacté con PortalRegistros.com para solicitar explicaciones y la devolución del importe. La empresa me respondió por correo electrónico que el precio mostrado en su web corresponde a las tasas oficiales del Registro de la Propiedad y que a este importe se añaden sus gastos de gestión, indicando que el total se detalla durante el proceso de contratación antes de confirmar el pago. También me comunicó que la solicitud se había iniciado automáticamente ante el Registro de la Propiedad y que se encontraba en trámite. Sin embargo, la respuesta recibida no aporta un desglose económico detallado de los 42,11 €, ni acredita cómo se presentó el precio total de forma clara y destacada inmediatamente antes de efectuar el pedido. Por ello, solicito que se examine si la información facilitada durante la contratación cumplía las obligaciones legales de información precontractual. CUARTO. Negativa a la devolución y controversia sobre el desistimiento. También he solicitado la cancelación de la operación y la devolución del dinero. La empresa se opone al desistimiento alegando la aceptación de los términos y condiciones y la renuncia al derecho de desistimiento durante el proceso de contratación. No obstante, mi reclamación no se fundamenta exclusivamente en el derecho de desistimiento. La cuestión principal es la posible falta de transparencia en la información sobre el precio total y en la forma de confirmar la obligación de pago. Entiendo que la aceptación de unas condiciones generales no debe impedir que la Administración examine si se cumplieron las obligaciones de información precontractual y los requisitos específicos de contratación electrónica. QUINTO. Normativa cuya aplicación solicito que se examine. Considero que los hechos descritos podrían justificar la valoración de los siguientes preceptos: * Artículo 60 del Real Decreto Legislativo 1/2007, relativo a la información previa al contrato y a la obligación de facilitar de forma clara, comprensible y accesible la información económica relevante, incluido el precio total. * Artículo 97 del mismo texto legal, relativo a la información precontractual exigible en los contratos a distancia. * Artículo 98.2 del mismo texto legal, relativo a la presentación clara y destacada de la información sobre el precio y la obligación de pago justo antes de efectuar el pedido, así como a los requisitos de identificación del botón de contratación. * En su caso, las disposiciones sobre prácticas comerciales engañosas por acción u omisión que pudieran resultar aplicables, atendiendo a la presentación efectiva de los precios y a su posible influencia en la decisión económica del consumidor. La cita de estos preceptos se efectúa a efectos de solicitar su valoración por el órgano competente, sin prejuzgar la existencia de una infracción. SOLICITO 1. Que se admita y tramite la presente reclamación en materia de consumo. 2. Que se facilite la mediación o el procedimiento de resolución extrajudicial que corresponda para intentar alcanzar un acuerdo con la empresa reclamada y obtener la devolución íntegra de los 42,11 € abonados. 3. Que se examine la presentación del precio durante el proceso de contratación, especialmente la diferencia entre el importe destacado de 9,90 € más IVA y el importe total finalmente cobrado de 42,11 €, teniendo en cuenta la ubicación del precio total y la identificación del botón «Solicitar». 4. Que se valore si la empresa cumplió las obligaciones de información precontractual y los requisitos formales aplicables a la contratación electrónica. 5. Que, si se aprecian indicios de infracción administrativa, se adopten las actuaciones inspectoras o sancionadoras que legalmente correspondan. 6. Que se tenga en cuenta la respuesta escrita de la empresa y se valore si su explicación acredita suficientemente la composición del precio y la información que se proporcionó al consumidor antes de contratar. 7. Que se me informe de las actuaciones realizadas y, si no fuera posible obtener la devolución mediante esta vía, se me indique qué otras vías de resolución del conflicto tengo disponibles. Manifiesto mi disposición a aportar cualquier documentación adicional que resulte necesaria para la tramitación del expediente. En Guadahrotuna, a 30/09/2026. Firmado: Joaquín Titos Vicente
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