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Requerimiento de reparación por vicios en la instalación y daños estructurales– Exp. 661256700
Estimados/as señores/as: Me dirijo a ustedes para reiterar la falta de resolución de las incidencias en mi instalación fotovoltaica, comunicadas inicialmente el 12 de diciembre de 2024. A pesar de haber transcurrido un tiempo excesivo, y tras la apertura de la reclamación nº 661256700 (que integra la incidencia nº 4200136), sigo sin recibir una solución satisfactoria a los tres problemas críticos que detallo a continuación: 1. Fallo en la monitorización de consumo y gestión de batería: La batería de 5 kWh no opera de forma eficiente debido a una lectura errónea del consumo doméstico por parte del inversor. Los valores registrados discrepan gravemente de la realidad (contrastada con el dispositivo Wibeee instalado por ustedes). Esta falta de sincronización impide que el sistema decida correctamente los ciclos de carga y descarga, comprometiendo la amortización de la planta y el ahorro energético previsto. 2. Filtraciones y daños estructurales en la cubierta: Se han detectado filtraciones de agua a través de los anclajes del perfil intermedio que sujeta los paneles en el porche anexo. Estas goteras están causando un daño progresivo en el entablillado y los pontones de madera de la estructura. Además del perjuicio material, esta situación limita el uso del espacio interior, impidiendo la ubicación de mobiliario o dispositivos electrónicos por riesgo de daños eléctricos y humedades. 3. Inoperatividad del sistema de Backup (Circuito de Prioritarias): El sistema de respaldo, diseñado para mantener el suministro en cargas críticas (frigorífico, alarma, caldera) ante un corte de red, es ineficaz. Durante el apagón general del 28 de abril del año pasado, el sistema no entró en funcionamiento, dejando sin suministro a los equipos prioritarios. Esto supone un incumplimiento de las especificaciones técnicas contratadas. Solicitud de intervención Dado que todas estas deficiencias han sido notificadas dentro del periodo de garantía y afectan tanto a la seguridad estructural de mi vivienda como al rendimiento económico de la instalación, les requiero formalmente para que: - Procedan a la reparación técnica y sellado de la cubierta de forma inmediata. - Realicen la reconfiguración o sustitución de los equipos de medida y backup para asegurar su correcto funcionamiento. Quedo a la espera de que me notifiquen una fecha de intervención técnica en un plazo máximo de 30 días naturales desde hoy, reservándome el derecho de acudir a los organismos de Consumo si no recibo respuesta. Sin otro particular, atentamente.
Reparto de mercancía no realizado
Buenos días, Su agencia es responsable del reparto de un producto adquirido a SWEEEK (o WALIBUY en España). El pedido llegó al almacén de destino en Almería el 04/05 y aún no se ha repartido. Después de intentar contactar telefónicamente con Uds en multitud de ocasiones para intentar que me diesen alguna información, pude localizar físicamente dónde estaba dicho almacén; logística MARSÓ. Dado que tampoco esta empresa me atendía al teléfono, me desplacé hasta sus almacenes donde pude comprobar que la mercancía estaba efectivamente allí, pero me dijeron que no podían repartirla porque no disponían de un vehículo adecuado (camión pequeño para zonas residenciales) y que tenían que solicitarlo. A día de hoy sigo esperando algún mensaje o una fecha prevista de entrega. Pero este pésimo servicio en la entrega no es la única deficiencia grave con ONTIME. Intentando contactar con alguien de la empresa que no fuese un robot, llamé a la delegación de Málaga donde, efectivamente me contestó una persona que me indicó que para resolver mi problema debía llamar a un número específico de atención al cliente, 807475543. Así lo hice, aún sabiendo que es un número de tarificación adicional. Y al poco rato de hablar con un operador indicándole que simplemente quería contactar con logística MARSÓ para averiguar algo sobre la entrega de mi paquete, empecé a sospechar que se trataba de UNA MANIPULACION. El operador me hizo repetir varias veces el número de identificación del paquete con equivocaciones, me tuvo esperando mucho tiempo diciendo que estaba contactando con el almacén, me puso en espera diciendo que ya estaba al habla con ellos, cuando evidentemente era mentira..todo durante más de 20 minutos al cabo de los cuales interrumpí la llamada, ya convencido de que se trataba simplemente de trucos para prolongar el tiempo de espera y por tanto el coste de la llamada. El haberme derivado hacia ese número por parte de una trabajadora de ONTIME es una FALTA DE VERGÜENZA y podría ser constitutivo de delito, punto en el que voy a profundizar para llevar a cabo las acciones pertinentes. ¿Tiene previsto ONTIME acabar de prestar su servicio y entregar el paquete? ¿Qué explicación me daría sobre la llamada al número falso?
Reclamación por valoración desproporcionada de daños y cargo de 1.452 € tras devolución de vehículo
Presento reclamación frente a BIPI por considerar abusiva, desproporcionada y deficientemente justificada la valoración de daños efectuada tras la devolución del vehículo matrícula 7552MKM, así como el cargo ya realizado en mi cuenta por importe de 1.452 € IVA incluido. En mi contrato figura una cobertura con franquicia de 600 €, si bien posteriormente la empresa aplica una cláusula de “franquicia por paño”, considerando cinco posibles paños en el vehículo (laterales, frontal, trasero y superior). En aplicación de dicho criterio, BIPI ha imputado cuatro paños distintos, aplicando un coste uniforme de 363 € por cada uno de ellos hasta alcanzar el importe total finalmente cargado. No obstante, considero que dicha valoración resulta claramente desproporcionada respecto a la entidad real de los desperfectos existentes, especialmente teniendo en cuenta las propias fotografías aportadas y el contenido del acta de recogida firmada. En la documentación adjunta puede apreciarse que la mayoría de incidencias corresponden a: * roces leves, * pequeñas marcas superficiales, * y leves abolladuras compatibles en gran medida con el uso cotidiano y normal de un vehículo de suscripción/renting destinado a circulación urbana habitual. Reconozco expresamente que el desperfecto situado en la parte trasera izquierda presenta una entidad superior y entiendo que pueda justificar una intervención de reparación. Sin embargo, considero totalmente desproporcionado que el resto de incidencias, claramente más leves y superficiales, reciban exactamente la misma valoración económica individual de 363 € por paño. Asimismo, resulta especialmente relevante que en el acta de recogida inicial no se identificase de forma clara ningún daño específico correspondiente al frontal del vehículo, pese a haberse incluido posteriormente un “paño delantero” completo en la facturación final. Las descripciones recogidas en el acta son además genéricas e imprecisas (“roce”, “leve abolladura”, etc.), sin una identificación detallada e individualizada de daños concretos que permita justificar adecuadamente la imputación de cuatro paños completos de reparación. Entiendo que la empresa alegue criterios técnicos de repintado completo de piezas, pero considero que dichos criterios internos de reparación no pueden trasladarse automáticamente al consumidor de manera rígida y desproporcionada cuando: * gran parte de los daños son de carácter leve, * existe una diferencia evidente de gravedad entre unos desperfectos y otros, * y no existe una correspondencia suficientemente clara entre las incidencias descritas en el acta y la posterior facturación realizada. Además, el propio procedimiento seguido genera una situación de desequilibrio para el consumidor, ya que: * el acta inicial se realiza mediante una inspección visual rápida, * la empresa se reserva posteriormente un plazo adicional de revisión unilateral, * y el consumidor no tiene posibilidad efectiva de contrastar presencialmente la valoración técnica final ni la necesidad real de determinadas operaciones de reparación. Durante todo el proceso he mantenido una actitud colaborativa y razonable, reconociendo parcialmente determinados daños y solicitando únicamente una revisión proporcional de la valoración efectuada. Sin embargo, la empresa ha rechazado cualquier reconsideración y ha procedido directamente al cobro íntegro del importe reclamado. Por todo ello, solicito la intervención y mediación de OCU al considerar que: * la valoración económica aplicada resulta abusiva y desproporcionada respecto a los daños reales observables, * la imputación de cuatro paños completos no queda suficientemente acreditada, * existe una evidente diferencia de gravedad entre los desperfectos facturados con idéntico importe, * y el procedimiento aplicado por la empresa genera una situación claramente desfavorable para el consumidor. Adjunto: * acta de recogida, * fotografías de los daños,
Reparación en estado desfavorable + facturación irregular
Estimados/as señores/as: El día 1/05/26 dejé mi coche a fin de que se efectuaran las reparaciones siguientes [tren delantero completo, tacos de motor inferiores y superiores, conducto A\C y varias operaciones que apaerecen en "factura" Recogí mi coche de su taller el día 5/05/26 y pagué la correspondiente factura. Tras haber recorrido menos de 500 Km y habían transcurrido 6 días desde que saqué el coche de su taller, mi vehículo empezó a presentar los siguientes defectos: untaco de motor se desprendió a causa de un tornillo mal apretado, que tienen relación con la reparación efectuada en ese taller. Puestos en comunicación con ustedes, me dicen que les lleve el vehículo para valorar daños y prodecer a la reparación del mismo (sin ofrecer disposición de informe pericial. La reparación aún estaba en garantía pues esta avería ha sido antes de que transcurrieran los 3 MESES de la reparación [o 2.000 km, lo que llegue antes]. SOLICITO: La reparación de la avería dentro de la garantía. Aporto [enumerar documentación que se aporta: p.ej documento de entrega, documento de recogida, factura] Sin otro particular, atentamente Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
Devolución de dinero
Hola ps me hicieron un descuento de mi tarjeta bancaria de 29.00 euros no utilizo esa entidad deseo mi devolución
Cambio de titular bloqueado — documentación enviada 4 veces sin respuesta útil
Estimados señores de Vodafone España, Me dirijo a ustedes en relación al expediente de cambio de titular con número de caso 0017UaMY29TUUU27 / 0017UaMY29TU7Q60, iniciado el 4 de mayo de 2026. Desde esa fecha, ambas partes (titular actual y nuevo titular) han enviado en cuatro ocasiones la documentación requerida (NIE de ambas partes) al correo cambiotitular@vodafone.es. En cada ocasión, Vodafone responde con el mismo mensaje automatizado indicando que "no se ha recibido la documentación necesaria", sin especificar en ningún momento qué documento concreto falta o cuál es el problema. Ante esta situación, solicitamos por escrito en varias ocasiones que nos indicasen exactamente qué documentación faltaba, sin obtener ninguna respuesta concreta. Han transcurrido más de tres semanas desde el inicio del proceso sin que se haya podido completar el cambio de titular, lo que nos impide conservar el número de teléfono en cuestión. Por todo lo expuesto, solicito que Vodafone España proceda a resolver este expediente de cambio de titular a la mayor brevedad, indicando de forma clara y explícita si falta algún documento, y en caso afirmativo, cuál es exactamente. Quedo a la espera de su respuesta.
PROBLEMA ME RECLAMAN UN COBRO
Buenas tardes. En 2025 solicitamos un servicio de abogado para solicitar a la seguridad social, una invalidez parcial para mi esposa. El abogado despues de pagar casi 300€ nos dijo que era una tarifa como plana, pero nos pedía mas dinero, y le dijimos que no nos interesaba pleitear por mas dinero, y cerramos el tema. En enero de 2026 nos reclaman otros 225€ porque dicen que se renueva automaticamente y lo de este año. Les dijimos que eso no nos lo dijeron, pero ellos nos salieron con Art. 1.254 Código Civil y es un acuerdo verbal, les comentamos que no era cierto, que nadie nos dijo nada , que estamos jubilados y no podemos tirar 300€ solo porque ellos se plican sus leyes. El caso es que con correos y telefono no paran de reclamar, lo ibamos a pagar poco a poco pero nos sentimos estafados, no han resuelto nada y encima pagar otro año sin aviso.
RECLAMACIÓN POR CANCELACIÓN Y COBROS INDEBIDOS
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque he contratado el curso con financiación y actualmente me encuentro con que el curso ya no está disponible para mí , mientras sigo pagando una financiación de 12 meses de 188e al mes . Durante la llamada comercial no se me inforó claramente de que el curso tenía una duración de solo dos meses , y la información se centró pricipalmente en el pago mensual inferior a 200e . Actualmente ya no tengo acceso al curso , por lo que considero que el servicio financiado no se está prestando correctamente . SOLICITO - Explicación de la duración real del curso - Copia del contrato firmado - Copia de las condiciones del curso - Si existe , la grabación de la llamada comercial - Cancelación de la financiación vinculada al curso . QUEDO A LA ESPERA DE UNA SOLUCIÓN LO ANTES POSIBLE
Factura desorbitada
Buenas tardes, Tras sufrir una avería eléctrica urgente el 13 de diciembre en una vivienda de obra nueva en Madrid, contactamos con esta empresa un sábado por la mañana al quedarnos completamente sin suministro eléctrico. El diferencial no rearmaba ni siquiera bajando todos los circuitos, por lo que nos vimos obligados a solicitar una intervención urgente para poder recuperar la luz en la vivienda. La actuación realizada consistió en la sustitución de 4 interruptores diferenciales estándar. Posteriormente, el propio entorno de la promoción reconoció que se había producido una subida de tensión que había afectado a varios vecinos. El problema no fue la reparación en sí, sino el importe facturado: más de 3.200 € por una intervención relativamente básica y materiales de coste reducido. Aceptamos el presupuesto en una situación de urgencia y sin conocimientos técnicos suficientes para valorar si el precio era razonable, confiando en la profesionalidad de la empresa. Posteriormente intentamos resolver la situación por vías amistosas y mediante Consumo, pero la empresa rechazó el arbitraje. SOLICITO el reembolso de la diferencia entre lo cobrado (3.202,87€) y un precio razonable de mercado por el servicio prestado.
cobro indebido
A la atención del servicio de atención al cliente de MásMóvil: Yo, Álvaro Oswaldo Bastidas Carvajal, con NIE Z1594761S, titular del contrato con referencia N° MMC 25120423782841 (anterior contrato con referencia Nº MC250008279516) asociado a la línea 661755801, presento la siguiente reclamación: A finales del mes de noviembre de 2025, tras haber cambiado temporalmente de operador, solicité nuevamente el alta del servicio de fibra con MásMóvil en mi domicilio tras una conversaci{on con el departamento de bajas ya que me aplicaron un descuento y hasta ese momento el servicio no había tenido incidencias. La reconexión del servicio se realizó correctamente utilizando el mismo router que la empresa me había proporcionado cuando fui cliente con anterioridad. Sin embargo, pocos días después el servicio fue cancelado desde el propio sistema de MásMóvil sin que dicha baja hubiese sido solicitada por mi parte. Tras contactar en varias ocasiones con el servicio de atención al cliente para restablecer el servicio, distintos agentes confirmaron que la cancelación no fue solicitada por mí, sino que se trató de un error interno del sistema de la compañía. El día 4 de diciembre de 2025 contacté nuevamente con el servicio de atención al cliente y fui atendido por la misma agente con la que había hablado el día anterior, Mariela Márquez. Quien tras no haber podido ofrecerme otra solución a la incidencia, me dijo que debía realizar una nueva contratación. En un primer momento acepté dicha opción, pero al conocer que la fecha prevista para la reconexión sería el 9 de diciembre decidí retractarme, al considerar injustificado tener que esperar varios días para restablecer un servicio cuya interrupción se había producido por un error imputable exclusivamente a la compañía. Adjunto la conversación de esa misma llamada, en la que a partir del minuto 12:00 se escucha a la agente indicar que “tal vez el sistema canceló la contratación anterior”, señalando este hecho como el motivo por el cual era necesario generar una nueva contratación. Durante los días posteriores realicé múltiples contactos con el servicio de atención al cliente sin que se ofreciera una solución efectiva ni se restableciera el servicio. Finalmente, el día 12 de diciembre, tras hablar con otra agente, se acordó realizar una nueva instalación para el día 17 de diciembre. Al preguntarle expresamente sobre la posible aplicación de una penalización por permanencia, la agente indicó que, al tratarse de una baja producida por un error interno del sistema, “no tendría por qué haber ninguna penalización”. Ante la falta de una solución efectiva por parte de MásMóvil, y al no haberse restablecido la conexión tras múltiples gestiones, así como tras haber sido contactado por los técnicos para modificar la fecha de instalación prevista (adjunto pruebas de los mensajes recibidos), me vi obligado a contratar el servicio con otro operador para poder disponer nuevamente de conexión a internet en mi domicilio, esto siendo ya finales de diciembre y tras más de 2 semanas sin servicio de fibra. Actualmente, la compañía está reclamando el pago de una penalización por permanencia, la cual considero totalmente improcedente, ya que la interrupción del servicio se produjo por un error imputable a la propia empresa y no por una solicitud de baja por parte del cliente. Dispongo además de grabaciones de otra llamada con otra agente del servicio de atención al cliente en las que reconoce expresamente que la cancelación del servicio se produjo por un error del sistema (grabación adjunta del 15 de diciembre). Asimismo, debe tenerse en cuenta que, conforme a la normativa vigente en materia de telecomunicaciones y protección de los derechos de los usuarios, en particular la Ley 11/2022, General de Telecomunicaciones, los operadores están obligados a garantizar la correcta prestación del servicio contratado y a resolver con diligencia las incidencias imputables a su propia operativa. En este caso, la interrupción del servicio se produjo como consecuencia de un error interno del sistema de la compañía, reconocido por su propio servicio de atención al cliente, lo que constituye un incumplimiento imputable al operador. En estas circunstancias, no resulta jurídicamente procedente exigir al cliente el cumplimiento de una cláusula de permanencia ni imponer penalizaciones derivadas de una situación provocada por la propia empresa. Igualmente, conforme al principio de buena fe contractual recogido en el artículo 1258 del Código Civil y a la normativa de protección de consumidores y usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007), resultaría abusivo trasladar al consumidor las consecuencias económicas de un error interno del operador, especialmente cuando este ha sido reconocido por la propia compañía. Por todo lo anterior, solicito formalmente: 1. La anulación inmediata de cualquier cargo o penalización por permanencia asociada a este contrato. 2. La cancelación de cualquier deuda derivada de esta incidencia. 3. La confirmación por escrito de la resolución favorable de esta reclamación. 4. La anulación e impugnación formal de la deuda reclamada por penalización, al tratarse de un cargo improcedente derivado de un error del propio operador reconocido por su propio servicio de atención al cliente. En caso de no recibir respuesta en el plazo legal establecido, o de no obtener una resolución satisfactoria, procederé a trasladar la presente reclamación ante los organismos competentes en materia de consumo y telecomunicaciones, incluyendo la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, así como, en su caso, ante las autoridades de consumo correspondientes o el sistema arbitral de consumo. Atentamente: Álvaro Oswaldo Bastidas Carvajal NIE Z1594761S Plaza Del Rio Cuarto, N°4, Piso 1, Puerta M Población de Vinarós Provincia de Castellón 661755801 alvarobcarvajal@gmail.com
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