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Factura
El día 10/08/2025 dos personas realizamos el viaje Praga-Valencia. La compañía Smartwings nos cobró el importe de facturación de 2 equipajes de mano aunque ya lo habíamos pagado previamente a la agencia de viajes online eDreams. Smartwings nos explicó que teníamos que hacer la reclamación de dicho importe a eDreams pero no nos facilitó la factura correspondiente, entregándonos únicamente un recibo sin validez fiscal. Actualmente eDreams se niega a hacernos el abono del importe pagado ya que Smartwings se niega a hacernos la factura. Necesito URGENTEMENTE la factura detallada correspondiente al recibo que adjunto. He contactado 4 veces con Smartwings y se niega a hacer la factura solicitada.
Cancelación de reserva
Buenos días!! Ayer 27/08/25 la empresa Monbus se negó a dejarme acceder al vehículo alegando que no había plazas disponibles aun cuándo disponíamos de reserva, la cual según el conductor no servía ya que habíamos llegado tarde (faltaban 2 minutos para la salida del autobús). En ningún lugar de dicha reserva (billete) consta la necesidad de estar unos minutos antes de la hora de salida. Esta situación además de la pésima calidad de la atención al cliente y la cantidad de quejas interpuestas a esta empresa, hacen que eleve yo también mi queja ante ustedes. Quedo a su disposición en caso de necesitar más información.
Incumplimiento Grave y Sistemático del Reglamento (UE) 2021/782. Ref. A0437949 - (17/08/2025)
Estimados Sres., Por medio del presente escrito, y en relación a la referencia A0437949, formalizo una reclamación formal por los gravísimos y múltiples incumplimientos del Reglamento (UE) 2021/782 sufridos durante mi viaje en el tren MD 18063 con destino Donostia/San Sebastián, el día 17 de agosto de 2025. Como usuario habitual de este servicio, mi experiencia aquel día superó cualquier nivel de negligencia y desatención tolerado hasta la fecha. Sin embargo, lo más grave no fue el incidente en sí, sino el intento inadmisible de RENFE de eludir sus responsabilidades amparándose en una supuesta “fuerza mayor”, argumento que carece por completo de fundamento, y su absoluta incompetencia a la hora de gestionar la incidencia y asistir a los pasajeros. 1. Improcedencia de la causa de "Fuerza Mayor" (Art. 19.1): Su invocación del Artículo 19.1 del Reglamento (UE) 2021/782 es completamente improcedente. Como demuestran los anuncios públicos realizados por ADIF en la red social X (adjuntos a esta queja), la incidencia a las 13:59 horas fue causada por “un problema de infraestructura derivado del tren MD 34461”. Se trata, por tanto, de un fallo directamente atribuible al gestor de infraestructuras y a la operadora, un escenario interno y previsible en el marco de la explotación ferroviaria que en ningún caso puede ser calificado como fuerza mayor en los términos del Art. 19.10. Pretender lo contrario constituye un tratamiento vejatorio hacia los clientes, a quienes se supone incapaces de comprender la realidad de los hechos. 2. Incumplimientos Sustanciales de sus Obligaciones de Asistencia y Reexpedición: Aun en la hipótesis –totalmente rechazable– de que existiera fuerza mayor, RENFE incumplió de forma flagrante las obligaciones que le impone el Reglamento en tales situaciones: Art. 18.1 y 18.3: No se me ofreció ni reembolso inmediato ni reexpedición en condiciones comparables. Ante la falta de opciones de viaje comunicadas en el plazo de 100 minutos, me vi obligado a organizar mi propio transporte hasta el destino final, con el coste e inconvenientes que ello supuso. Art. 20.1–3: La asistencia básica fue inexistente. No se proporcionó comida, bebida, alojamiento ni transporte alternativo. El tren fue inmovilizado y fui abandonado en la estación de Andoain a las 02:00 de la madrugada, sin información, sin asistencia y sin medios para continuar mi viaje, en una situación de desamparo total. Art. 20.4: No se emitió certificación alguna por escrito del retraso, incumpliendo una obligación formal clave para el viajero. 3. Incumplimiento de la Obligación de Informar con la Debida Diligencia (Arts. 9.2, 20.1 y 10): Este es uno de los incumplimientos más graves y demostrables. ADIF informó públicamente del problema de infraestructura a las 13:59 horas. Yo subí al tren en la estación de Arévalo a las 14:33 horas, es decir, 34 minutos después de que la incidencia fuera conocida y publicada. En ningún momento, ni en el andén ni al acceder al tren, se me informó de la gravedad de la situación, del retraso previsible ni de mis derechos. Se me permitió embarcar en un servicio que ya sabían gravemente afectado, incurriendo en una falta de información transparente y proactiva que vulnera los Arts. 9.2 (información durante el viaje), 20.1 (deber de informar de retrasos en cuanto la información esté disponible) y 10 (acceso a información en tiempo real). Este hecho por sí solo desmonta cualquier intento de justificación y demuestra una gestión negligente de la crisis. 4. Conclusión e Incumplimiento Contractual: RENFE incumplió de manera incontestable su obligación contractual de transportarme desde Arévalo hasta Donostia/San Sebastián. Ninguna invocación al Art. 19.1 puede justificar la ausencia total de asistencia, la falta de información y las graves deficiencias en la gestión de la incidencia. Por todo lo expuesto, y en virtud de los derechos que me asisten según el Reglamento (UE) 2021/782, EXIJO: El reintegro inmediato de todos los gastos razonables en los que incurrí para llegar a mi destino final, conforme al Artículo 18.3. Una compensación económica adecuada por el incumplimiento, que incluya como mínimo los 13,90 € indebidamente denegados, según lo establecido en el Artículo 19.2. El reconocimiento y abono del valor de la asistencia (comida, bebida, alojamiento, transporte) que se me negó ilegalmente, de acuerdo con los Artículos 20.1 a 20.3. La emisión y envío de una certificación oficial que detalle el retraso del tren MD 18063, tal como estipula el Artículo 20.4. Ante la falta de una respuesta satisfactoria y motivada en el plazo legal, me veré obligado a trasladar esta reclamación, con toda la documentación adjunta (incluidas las publicaciones de ADIF que demuestran la falsedad de sus argumentos y la hora de embarque), a la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, a la Comisión Europea y a las asociaciones de consumidores competentes, dando la máxima publicidad a este caso para conocimiento de todos los viajeros. A la espera de su pronta y diligente respuesta, reciban un atento saludo. Antonio Muñoz Fernández Fundamento jurídico citado: Arts. 9.2, 10, 18.1, 18.3, 19.1, 19.2, 19.10, 20.1, 20.2, 20.3, 20.4 y 28.2 del Reglamento (UE) 2021/782 del Parlamento Europeo y del Consejo. Anexos: Capturas de pantalla de los anuncios de ADIF en X.
Reclamación por cambio de vuelo no notificado (Reserva nº 23539238510)
Estimados señores de eDreams, Yo, Verónica Salido Galdón (DNI 73589371C), y Milena García Donate (DNI 26754405T), nos dirigimos a ustedes para presentar una reclamación formal en relación a nuestra reserva de vuelo a Malta, con el número de localizador 23539238510. A continuación, detallamos los hechos que motivan esta reclamación: 1. Detalles de la reserva original El 2 de julio de 2025 realizamos la reserva de un viaje a Malta. Los vuelos contratados eran los siguientes: Vuelo de ida: Barcelona a Malta el 11 de agosto a las 11:15 h (llegada 13:30 h). Vuelo de vuelta: Malta a Barcelona el 15 de agosto a las 11:00 h (llegada 13:20 h). 2. Incidente y cambio de vuelo no autorizado El 14 de agosto de 2025, al intentar realizar el check-in del vuelo de vuelta a través de la web de eDreams, encontramos un error que nos redirigía a la aerolínea Vueling. Para nuestra sorpresa, el horario de vuelo que aparecía en Vueling era completamente diferente al de nuestra reserva inicial: el vuelo de vuelta a Barcelona había sido modificado del 15 de agosto a las 11:00 h a las 21:50 h. Intentamos ponernos en contacto con su servicio de atención al cliente, pero nos fue imposible. Al comunicarnos directamente con Vueling, nos informaron que el cambio de horario se había notificado el 7 de julio de 2025 y que había sido confirmado por eDreams sin nuestro consentimiento ni conocimiento. Como titular de la reserva, nunca recibí este correo electrónico ni autoricé dicha modificación. 3. Perjuicios económicos y personales Este cambio de vuelo no notificado nos causó una serie de gastos extraordinarios y graves inconvenientes, ya que residimos en Valencia y habíamos planificado nuestro itinerario en base al horario original. Pérdida de transporte terrestre: Teníamos contratado un BlaBlaCar de Barcelona a Valencia para las 17:30 h, que tuvimos que cancelar perdiendo la totalidad del importe. Tuvimos que contratar otro BlaBlaCar a un precio diferente para poder regresar a casa. Pérdida de tiempo y cansancio: A causa del cambio, tuvimos que dejar el hotel en Malta a la hora prevista (11:00 h) y pasar más de diez horas cargadas con nuestras mochilas, esperando hasta la salida del vuelo a las 21:50 h. El vuelo llegó a Barcelona a las 00:10 h, y tuvimos que esperar en el aeropuerto hasta las 06:30 h de la mañana para ser recogidas por el nuevo BlaBlaCar. Todo esto nos generó un enorme agotamiento físico y mental. 4. Solicitud de compensación Considerando la falta de notificación, la gestión negligente de la reserva y los perjuicios económicos y personales que hemos sufrido, solicitamos una compensación por las molestias y los gastos ocasionados. Esperamos una pronta respuesta y una solución satisfactoria a esta situación. Atentamente, Verónica Salido Galdón y Milena García Donate. Teléfonos de contacto: 630505450 (Verónica Salido Galdón) // 654758126 (Milena García Donate) Correos electrónico: veronicasalido9@gmail.com (Verónica Salido Galdón) // milegarciadonate@outlook.es (Milena García Donate)
solicitud reembolso por denegación de embarque
Buenas. he realizado una reclamación al Iberia por denegación de embarque el dia 2 julio 2025 y me reembolsan unicamente LAS TASAS. Solicito me sea reembolsado el importe completo de los billetes. Además, con el perjuicio de verme obligada a adquirir otros billetes mucho más costosos, para no perder el importe del resto del viaje.
Problemas con el Rembolso
Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Madrid al de La Habana, con fecha salida a las 14:30 horas del día 29 del mes de Enero de 2025 En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en: 1 perfume 2 neumáticos para bicicleta. 2 cámaras para bicicleta 2 pedales para bicicleta 2 haraganes de limpieza 3 escobas 1 dispensador de arroz 4 cortinas blancas y doradas para salón 8 forros para sillas de comedor 1 teléfono inalámbrico negro 1 estuche de 100 velas 10 metros de Maya de sombreado 6 forros de cojines 1 espejo redondo para baño 1 estuche de fusibles para el coche 4 estuches de esponjas de fregar 4 estuches de estropajo de aluminio 2 paquetes de toallitas de colores para cocina 1 juego de alfombra para baño y cortina azul El equipaje no llegó a destino y antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea y tuve en varias ocaciones que viajar hasta las oficinas para poder obtener información.realice otra reclamación con numero IZT-481276 y aun no obtengo respuesta Ante la pérdida del equipaje facturado, solicito el abono de 1800 euros en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados que consistieron en [indicar con detalle] Adjunto los siguientes documentos: 1-Comprobante de la compra de la 2da maleta 2-Comprobante de la compra del billete de avión en la agencia SOLICITO la cantidad de [….] euros* en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… * En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.
Reclamacion coste asistencia grua
En calidad de arrendatario del vehículo objeto de la reserva nº RR4QON - Contrato RRP2XS formulo la presente reclamación formal en base a los siguientes HECHOS 1. El día 18 de agosto de 2024 se me entrega un vehículo Kia Rio matrícula 2744 MMN. 2. El día 21 de agosto, debido a fallos electrónicos reiterados (pantalla bloqueada e inoperativa), se me entrega un segundo vehículo, un Ford Focus matrícula 4833 MCB. 3. El 23 de agosto, el citado vehículo presenta una avería en la batería, quedando imposibilitado para arrancar, pese a encontrarse debidamente estacionado en la vía pública. 4. Ese mismo día acude una grúa de Grúas Miguel Bazar Racing, S.L., que constata el defecto de la batería, limitándose a recargarla y recomendando su sustitución inmediata en taller. 5. A las 17:46 horas del mismo día 23, el vehículo es entregado en las instalaciones de la arrendadora. 6. No obstante, se me ha cargado en cuenta la cantidad de 566 € (492,17 € + IVA) bajo el concepto de “asistencia en carretera fuera de la provincia, con una distancia entre 50 km y 190 km”. FUNDAMENTOS • La avería del vehículo, consistente en un fallo de batería, constituye un defecto propio del bien arrendado, cuya reparación y consecuencias deben ser asumidas exclusivamente por la empresa arrendadora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1554 del Código Civil, que obliga al arrendador a mantener la cosa arrendada en estado de servir para el uso a que ha sido destinada. • El cargo efectuado carece de fundamento, toda vez que el servicio de grúa se prestó dentro de la misma provincia (Las Palmas), tanto si se encontraba el vehículo en Lanzarote como en Fuerteventura, ambas pertenecientes a dicha demarcación. • A mayor abundamiento, la distancia entre el establecimiento de Record Go en Arrecife y Corralejo es inferior a 50 km: • 30 km entre Arrecife y Playa Blanca (tramo terrestre). • 15 km de travesía en ferry (Playa Blanca – Corralejo). • 1 km desde el puerto de Corralejo hasta el punto de estacionamiento. En consecuencia, resulta improcedente la aplicación del cargo efectuado, al no cumplirse los requisitos que justificarían un recargo por “asistencia fuera de provincia y superior a 50 km”. SOLICITO 1. La devolución inmediata e íntegra de la cantidad de 566 €, indebidamente cobrada. 2. La compensación por los perjuicios ocasionados, consistentes en la pérdida de tiempo y las molestias derivadas de la entrega y sustitución de dos vehículos averiados durante el mismo período de alquiler. Advierto que, en caso de no obtener una respuesta satisfactoria en el plazo máximo de 10 días hábiles, me veré en la obligación de acudir a las instancias competentes en materia de consumo y de iniciar las acciones legales pertinentes para la defensa de mis derechos, incluyendo la reclamación de daños y perjuicios. Sin otro particular, Atentamente, Manuel Villanueva Basarte DNI: 02916623Q Telefono de contacto : 687830338 Adjunto Contrato original, modificado, y factura cobrada.
Cargos indebidos
Me dirijo a ustedes para presentar una reclamación formal respecto a un alquiler realizado en Sevilla, ya que desde el 29 de julio de 2025 estoy intentando resolver una situación absolutamente inaceptable y aún no he recibido ninguna solución ni respuesta clara por su parte. El resumen de los hechos es el siguiente: El 29 de julio recibí un correo en el que se me imputaban supuestos daños al vehículo, que niego haber causado. Aun así, y a pesar de no disponer de pruebas suficientes debido a la urgencia de no perder mi vuelo, acepté pagar la cantidad que se me solicitaba en un inicio (557,60 €) por sentido de responsabilidad. El 18 de agosto, tras múltiples intentos de comunicación, recibí finalmente respuesta, en la que se me indicaba que debía realizar una transferencia por 568,10 € a una cuenta bancaria. Procedí al pago de dicha cantidad de buena fe, pero jamás recibí confirmación de la recepción del dinero ni ninguna aclaración. El 24 de agosto, en lugar de obtener respuesta a mis reclamaciones, recibí una nueva factura en la que se aumentaba arbitrariamente la deuda a 629,73 €. El 25 de agosto, sin autorización y sin justificación alguna, se cargó en mi cuenta bancaria un nuevo importe de 354,73 €. En total, he abonado ya 922,83 €, sin explicación clara, sin facturación transparente y sin recibir ninguna contestación a mis repetidas solicitudes de aclaración. Dispongo de capturas de pantalla, transferencias y toda la documentación necesaria que prueba cada uno de los puntos mencionados. A causa de esta gestión deficiente y de estos cobros indebidos, me encuentro actualmente en una situación económica muy grave, sin posibilidad de afrontar mis gastos básicos del mes, lo cual considero un atropello inaceptable hacia un cliente que incluso accedió a pagar un cargo injusto solo por cerrar el asunto de manera responsable. Por todo lo anterior, exijo de manera inmediata: 1. La devolución íntegra de los importes cobrados indebidamente (922,83 €). 2. Una explicación detallada y por escrito de por qué se han producido estos incrementos arbitrarios y cobros sin justificación. 3. Una respuesta urgente a esta reclamación, en un plazo máximo de 7 días naturales desde la recepción de este correo. En caso de no obtener respuesta satisfactoria, procederé a presentar reclamación formal ante la Junta Arbitral de Consumo y, si fuera necesario, ante las autoridades competentes de consumo a nivel europeo (ODR de la UE). Espero una respuesta rápida y la devolución inmediata de mi dinero.
Reclamación de daños de vehículo de alquiler
El pasado 4 de julio de 2025 alquilé un vehículo de Europcar Mobility Group Germany (EMobG Services Germany GmbH) en su oficina de Múnich North, con devolución el 9 de julio en el aeropuerto de Múnich. El vehículo era un Kia Ceed SW, matrícula HH-WP8238, y el número de contrato fue 1099158913. Desde el primer momento, la experiencia fue deficiente y poco transparente. Toda la documentación que se me entregó estaba redactada exclusivamente en alemán, idioma que no hablo ni comprendo, y no se me ofreció una versión en inglés ni en español. El agente que me atendió tampoco se esforzó por explicarlo adecuadamente: su nivel de inglés era limitado y no facilitó una comprensión mínima de lo que estaba firmando. Me vi obligado a firmar un contrato que no entendía, sin ninguna asistencia ni garantía de que la información esencial (estado del vehículo, seguros, daños previos, condiciones, etc.) me estuviera siendo correctamente comunicada. Además, no se realizó inspección alguna del vehículo en mi presencia en el momento de la entrega. No se revisó el coche conmigo, ni se me mostró el parte de daños existente, ni se me ofreció la posibilidad de verificar su estado. El proceso fue apresurado y poco profesional, hasta el punto de que el empleado incluso olvidó entregarme la silla infantil que había reservado porque estaba atendiendo a otro cliente, lo que tuve que reclamar personalmente. Tras devolver el coche el 9 de julio, recibí días después una reclamación por email de 868,85 €, supuestamente por un rasguño de 2 a 5 cm en la llanta delantera derecha. Esta reclamación incluía una factura de reparación y un cargo adicional por gestión. Posteriormente, recibí una segunda carta en la que se me exigía el pago antes del 28 de agosto, amenazando con nuevas acciones. En el parte de devolución consta expresamente que yo no estaba conforme con el daño. A pesar de ello, Europcar insiste en que el daño no existía antes y que debo asumirlo, sin aportar prueba alguna más allá de esa afirmación unilateral. Incluso afirman que "de haber estado presente al inicio, yo lo habría visto", lo cual invierte de forma inaceptable la carga de la prueba y coloca al consumidor en situación de indefensión. Yo no causé daño alguno al vehículo durante el período de alquiler, y así lo manifesté al técnico en el momento de la devolución. Todo indica que dicho daño pudo haber estado presente previamente y que, por su propia falta de procedimientos claros de revisión y entrega, Europcar pretende ahora imputármelo. Lo que solicito a la OCU Que se archive la reclamación por daños realizada por Europcar, ya que no se ha demostrado que el daño fuera causado bajo mi responsabilidad, ni se me ofreció la oportunidad de revisar o comprender el contrato de forma adecuada. Que Europcar revise sus prácticas y procedimientos de entrega de vehículos a consumidores internacionales, garantizando que: los contratos se presenten en un idioma comprensible (inglés o español), los clientes tengan la oportunidad de revisar el estado del vehículo junto con un agente, y se firme un parte conjunto de verificación del estado. Que se advierta a Europcar sobre la vulneración de derechos básicos del consumidor europeo, especialmente en materia de transparencia contractual y buena fe. Que, en caso de persistencia en esta reclamación sin pruebas concluyentes, se valore la apertura de un expediente sancionador o acciones colectivas. Adjunto toda la documentación relevante (contrato en alemán, correos enviados), a disposición para su análisis.
Perdieron mis dos maletas facturadas
A la atención de SATA Azores Airlines, Por la presente, formulo una reclamación formal respecto a la gestión de mis dos maletas facturadas en el vuelo [indicar número de vuelo y fecha]. Ambos equipajes fueron extraviados por su compañía, siendo entregados únicamente dos semanas después de mi llegada al destino. A la recepción, las maletas estaban visiblemente dañadas, abiertas, precintadas con cinta adhesiva y con pertenencias en su interior rotas y deterioradas. Les recuerdo que, conforme al Convenio de Montreal y la normativa europea vigente, la compañía aérea es plenamente responsable de los daños derivados de la pérdida, retraso y deterioro del equipaje facturado. Por tanto, exijo la correspondiente indemnización económica por: El retraso de 14 días en la entrega de las maletas, que me obligó a afrontar gastos adicionales de primera necesidad. Los daños materiales sufridos en las maletas y en los objetos de su interior, cuyo valor detallo en el inventario adjunto. Advierto a SATA que, de no recibir una respuesta satisfactoria y el pago de la indemnización en un plazo máximo de 10 días naturales, procederé a: Presentar una denuncia formal ante la OCU y las autoridades de consumo competentes. Reclamar judicialmente los daños y perjuicios ocasionados, con intereses y costas a su cargo. Hacer pública esta situación en los canales de denuncia y reclamación de pasajeros aéreos. No voy a tolerar que se vulneren mis derechos como consumidor y pasajero. Espero su respuesta inmediata. Atentamente, GABRIEL ROMERO 73109174V ignitefilms@live.com +34699213918
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