Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí

Volumen excesivo de los altavoces

Desde finales de septiembre, coincidiendo con unas obras en las vías entre el tramo de Castelldefels-Sitges de la linea R2 de Rodalies, el volumen de los altavoces de la estación de tren de Gavá (Barcelona) ha sido aumentado notablemente, molestando mucho a los vecinos que vivimos en los bloques contiguos a la estación, especialmente en las primeras horas de la mañana y de la tarde/noche. Rogamos que se module el volumen de dichos altavoces, ya que no es necesario que estén tan fuertes y permitirnos así un correcto descanso.

En curso
J. B.
18/10/2025

Cobro indebido por equipaje de mano

Cogí el vuelo FR5274 de Ryanair operado el día 11 de octubre de 2025 con origen en Cagliari y destino en Valencia en el que viajábamos 3 personas con el número de reserva E2CJNX. Durante el proceso de embarque, se me exigió el pago de 92€ por dos maletas de cabina cuyas dimensiones y peso cumplían estrictamente con las condiciones establecidas por la compañía para el equipaje de mano permitido en cabina. Considero que este cobro resulta improcedente y contrario a la normativa vigente, así como a la jurisprudencia europea en la materia, puesto que la maleta de mano pequeña forma parte de lo mínimo indispensable y no deben custodiarla como ocurre con el equipaje facturado por lo que no supone ningún coste añadido para la compañía y por tanto, no está amparado por el Reglamento 1008/2008 y la jurisprudencia. Fundamentos legales y jurisprudencia: 1. Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), asunto C-487/12, de 18 de septiembre de 2014: El TJUE establece que el equipaje de mano constituye un elemento indispensable del transporte aéreo de pasajeros y, por tanto, debe ser transportado sin coste adicional, siempre que cumpla con los requisitos razonables de peso y dimensiones y respete las normas de seguridad aplicables. 2. Reglamento (CE) n.º 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de septiembre de 2008, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad, artículo 22.1: Si bien reconoce la libertad de las aerolíneas para fijar precios respecto a servicios adicionales, no permite aplicar suplementos sobre elementos esenciales del transporte como el equipaje de mano que cumple los requisitos mencionados. 3. Ley 48/1960, de 21 de julio, de Navegación Aérea (España), artículo 97: “El transportista estará obligado a transportar juntamente con los viajeros, y dentro del precio del billete, el equipaje y los objetos que lleve consigo, dentro de los límites de peso y volumen que fijen los Reglamentos”. 4. Jurisprudencia nacional reciente: Diversos juzgados españoles han condenado a Ryanair a devolver los importes cobrados por equipaje de mano, considerando que dicho cobro es abusivo y nulo, al tratarse de un elemento indispensable del transporte aéreo. Como ejemplos: • Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Alzira, Valencia, sentencia de fecha 13/02/2025. • Juzgado de Primera Instancia nº 23 de Valencia, sentencia de fecha 15/01/2024. • Juzgado Mercantil nº 13 de Madrid. Sentencia 373/2019 de fecha 24/10/2019. • Juzgado Mercantil nº 3 de Alicante. Sentencia 3/2020 de fecha 31/01/2022. 5. Resolución del Parlamento Europeo de octubre de 2023: Insta a la Comisión Europea a aprobar normas comunes sobre el tamaño y precio del equipaje de mano, recordando que, según la jurisprudencia europea, “no debe estar sujeto a un suplemento de precio” cuando cumple los requisitos razonables. 6. Sentencia 787/2022 del Juzgado Mercantil nº 1 de Madrid, que considera abusivo el cobro de suplementos por la maleta de cabina, ya que este tipo de equipaje constituye un elemento indispensable del transporte aéreo y no genera costes adicionales relevantes para la aerolínea. Por tanto, la práctica de cobrar por este equipaje ha sido declarada ilegal por la justicia española. Por todo lo anterior, sirva la presente como reclamación formal relativa al cobro de 92 € por el transporte de dos maletas de cabina. Son 2 cargos reflejados en el recibo con el concepto “1x products.ssr.PBAG” de 46€ cada uno. SOLICITO la devolución íntegra del importe de 92 € cobrado indebidamente por el transporte de las maletas de cabina. Adjunto a esta reclamación el recibo del pago realizado y fotografías del equipaje, a fin de acreditar el cumplimiento de las condiciones exigidas y su perfecta ubicación en la cabina. Sin otro particular, y esperando una pronta resolución favorable, les saluda atentamente, Jose Blanes Garrido jbgarrido@gmail.com

En curso
E. M.
18/10/2025

Anuncian parada en la que no paran

En el tramo Pontevedra Sanxenxo anuncian una parada (ancianos pontevedra campolongo) en la cual no paran ni hacen amago de parar. Al llamar por teléfono para reclamar dicha irregularidad te cuelgan teléfono tras tener que esperar más de 20 mins para que te atiendan. Anuncian una parada que no está activa, haciendo perder tiempo al usuario. .

En curso
A. G.
18/10/2025

Cargo indebido tras devolución del vehículo — Reserva nº 2716507

Estimados/as señores/as: El día 6 de julio de 2025 realicé una reserva a través de la página web de Indie Campers, correspondiente al alquiler de una furgoneta camper (matrícula GY-250XW) con recogida y devolución en Madrid. El alquiler finalizó el 17 de julio de 2025 y, tal y como se había pactado, ese día entregué el vehículo en la base de Madrid. Tras la revisión presencial, el personal de Indie Campers me comunicó telefónicamente que todo estaba correcto y que se procedería a la devolución de la fianza. Sin embargo, semanas después recibí un correo electrónico con un supuesto “Damage Report”, en el que se me imputaban daños en el parachoques del vehículo. Dichas fotografías no permiten apreciar los daños de forma concluyente, carecen de metadatos y no se corresponden con el momento de la devolución. A pesar de ello, el 17 de julio de 2025 se me realizó un cargo unilateral de 1.337,14 € en mi tarjeta, sin aviso previo, sin autorización y sin haber recibido informe alguno que lo justificara. El 14 de agosto de 2025 remití una reclamación formal a Indie Campers solicitando la devolución del importe y la entrega de la documentación (informe de entrega, fotografías con metadatos, árbol de daños, factura o presupuesto de reparación). A día de hoy no he recibido ninguna respuesta por parte de la empresa. El vehículo fue entregado en perfecto estado y no sufrió ningún daño durante el periodo de alquiler. Considero, por tanto, que el cargo aplicado es indebido y contrario a lo pactado en el contrato, que prevé la retención temporal de la fianza hasta comprobar el estado del vehículo, pero no permite la realización de cargos posteriores sin pruebas fehacientes. Adjunto la documentación acreditativa. Solicito la anulación del cargo y la devolución inmediata de 1.337,14 €, así como que la empresa facilite las pruebas objetivas de los daños si realmente existiesen.

En curso
J. M.
18/10/2025

Problema con la indemnización

Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de MADRID - BARAJAS al de VARSOVIA - CHOPIN, con fecha salida a las 19:15 horas del día 17 del mes de octubre de 2025 En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una maleta de 32kg, de la marca Scott, donde llevaba todo el equipaje para pasar un Erasmus de 4 meses en Polonia. Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje no apareció por la cinta correspondiente, recibiéndolo 3 días después. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR). Aporto el documento PIR y el billete. Ante el retraso en la entrega del equipaje facturado, me vi obligada a realizar los siguientes gastos, ropa interior, pijama, cosas de aseo, cuyo importe total ascendió a la suma de 196,45€. Aporto la justificación documental de dichos gastos. SOLICITO la cantidad de 196,45 € como indemnización por los daños producidos por retraso en la entrega del equipaje facturado. Sin otro particular, atentamente. Julia Mastral * En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.

En curso
C. M.
18/10/2025

Se niegan a reparar un defecto desde la entrega

Hola, compre un vehículo en noviembre del 2024, en el concesionario de Tarragona. El coche lo compré por internet ya que aquí en Valencia acabábamos de sufrir la Dana y no podíamos desplazarnos. Cuando me lo entregaron en su concesionario de Paterna Valencia, anoté y le hice saber al empleado que se encargó de la entrega de que al vehículo le faltaba una pieza de plástico donde se sujeta el cierre de la guantera y por lo tanto esta se queda colgando de la parte izquierda y no cierra del todo. Ellos se tomaron nota del defecto y me dijeron que lo tenia que solucionar con el concesionario donde lo había comprado, que esto era error suyo y tenían que arreglarlo, ya que no se trataba de una reparación sino de algo que ya estaba así en el momento de la compra. Enseguida se lo hice saber al comercial de Tarragona que me vendió el coche. Yo esto no lo podía saber hasta que me lo entregaron porque no vi el coche físicamente y el comercial dice que "no se dio cuenta" de este defecto. Me facilitó el contacto del jefe de taller de Tarragona para que me lo solucionaran, he hablado por WhatsApp (tengo todos los mensajes) un montón de veces, este señor me ha estado dando largas para al final decirme que no lo van a solucionar porque no entra en garantía. No se trata de una reparación que tenga que arreglar la garantía si no de algo que ya estaba así cuando recogí el coche y de lo que se tomaron nota en el documento de entrega. Volví a hablar con el comercial de venta, me dijo que me ayudaría pero a fecha de hoy va a hacer un año y no me solucionan nada. He intentado por mi cuenta arreglar esto, he preguntado en la casa Hunday pero esa pieza solo se puede conseguir en un desguace y yo no se como gestionarlo. Es Flexicar quien tiene que hacerse cargo, no debería ser responsabilidad mía. Si yo pudiera comprar la pieza y ponerla, ya lo hubiera hecho, por no llegar a estos extremos, pero para mi es imposible. También he consultado con un mecánico, por ver si lo solucionaba yo, pero este me dice que no puede ayudarme y que sino lo soluciono, fallará también la pieza de la derecha ya que está soportando todo el peso de la guantera. Exijo que me faciliten la pieza que falta, no es necesario ni reparación ni mecánico, ya que es algo que puedo poner yo misma. Por favor solución urgente, llevo 11 meses con esto y no me parece normal siendo solo una pequeña pieza de plástico que para ellos debería ser trivial. Un saludo.

En curso
A. D.
17/10/2025

Cobro indebido en local de Europcar Madrid Barajas

Buenas tardes Realicé una reserva en Europcar a través de la plataforma Rentcars en la que pagué el alquiler directamente online quedando una pequeña a ser cobrada en la oficina de Europcar de Madrid Barajas. Cuando fui a retirar el auto me dijeron que me tendrían una cantidad de mi tarjeta que sería devuelta al terminar el alquiler, la cantidad no fue devuelta si o que se hizo efectivo el cobro. Adjunto los siguientes documentos: Voucher de reserva do de aparece l cantidad cobrada online t la cantidad remanente Parte de reserva facilitado en la oficina de Europcar Madrid Barajas do de aparecen las cantidades que se me cobraron pese a haber pagado ya con el intermediario.

En curso
M. D.
17/10/2025

Reembolso

Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque tenía una reserva en el vuelo número FR2446 de Leeds-Bradford a Málaga el domingo 24 de agosto a las 20:40. A las 11:05 de la mañana de ese mismo día mi madre falleció, por lo que me fui al aeropuerto para intentar cambiar mi billete al vuelo de las 15:40 con número FR2457. Se me hizo este cambio en el mostrador de facturación de Ryanair y pagué 94.68 libras por él. La persona que me atendió, personal de Swissport, la compañía de handling de Ryanair en dicho aeropuerto, me explicó que, una vez tuviera el certificado de defunción de mi madre, lo enviara a Ryanair y que me devolverían esta cantidad que había pagado por el cambio. El día 1 de septiembre envié un correo electrónico con el certificado de defunción y el recibo del pago a consultas@ryanair.com, la única dirección de correo electrónico que pude encontrar online. A día de hoy, no he recibido respuesta a este correo. Con respuesta me refiero a una contestación al contenido del mismo, porque sí recibí un email automatizado dirigiéndome al portal myRyanair. Empecé un hilo de mensajes en el portal myRyanair el 6 de septiembre explicando mi situación y, de nuevo, las respuestas fueron mensajes automatizados que no eran relevantes a mi situación. También lo intenté vía chat el día 8 de septiembre. Ahí se me informó por primera vez de que debería haber rellenado un formulario de devolución antes de volar y que la compañía no podía hacer nada por mí. Yo expliqué que no se me habló de este formulario en el momento de realizar el cambio, si no lo hubiera cumplimentado. Llegados a este punto, me puse en contacto con el aeropuerto de Leeds-Bradford para preguntar por qué el personal del aeropuerto no me había informado acerca del formulario. Desde el aeropuerto me remitieron a Ryanair, diciendo que como el cambio me lo había hecho personal de Swissport y ésta es la empresa de handling de Ryanair, tenía que tratar con Ryanair (también me puse en contacto con Swissport el día 9 de septiembre, pero no me han respondido). Trasladé esto a Ryanair en el hilo del portal myRyanair mencionado anteriormente. Una de las comunicaciones que recibí a continuación incluía el formulario de devolución, que yo cumplimenté y envié el día 12 de septiembre. Al rellenarlo me dio la impresión de que no se ajustaba enteramente a mi situación, ya que se trata de un formulario para pedir la devolución del importe de los billetes a causa de fallecimiento, pero cuando éste se ha producido con más tiempo antes del viaje. Cuando contesté al mensaje en el que venía este formulario, expliqué que yo no quería el importe de los billetes, sólo el del cambio a causa del fallecimiento de mi madre el mismo día en que viajaba, tal y como me habían dicho en el aeropuerto. También intenté hacerles ver que, aun habiendo cumplimentado el formulario antes de mi vuelo, hubiera sido imposible aportar un certificado de defunción, ya que mi madre había fallecido horas antes y aún no estaba disponible. El último mensaje del hilo establece que Ryanair no está dispuesta a alterar su postura. Durante todo este proceso he tenido comunicación con diferentes agentes, en inglés y en español, siempre teniendo la sensación de que nadie estaba leyendo mis mensajes porque todos los que recibía como respuesta eran mensajes “precocinados”, sin referencias a mi caso ni ningún tipo de personalización. Así que me siento ignorada, y además me siento engañada, porque yo he hecho mi parte, lo que se me pidió hacer en el aeropuerto de Leeds-Bradford en el momento del cambio de billete, que les puedo asegurar que no fue por gusto ni por capricho. Siento que se me ha mal informado y que nadie está dispuesto a asumir responsabilidad por ello. Por no mencionar todo el tiempo que me han hecho perder y la frustración que me ha provocado tratar con sus canales de atención al cliente, tan difíciles de navegar por lo estandarizados y automatizados. SOLICITO que Ryanair revise mi caso y se me devuelva el dinero que pagué por el cambio de billete. Sin otro particular, atentamente.

En curso
N. F.
17/10/2025

Denegación de embarque

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión (FR3008) desde el aeropuerto de Malpensa (MXP) al de Madrid (MAD), que tenía su salida a las 17:20 horas del día 17 del mes de octubre de 2025, por lo que la hora normal de llegada a Madrid habría sido 19:45 Nº de pasajeros: 1 Llegado el día y hora de salida de mi vuelo, me presento en el aeropuerto y se me comunica que se me deniega el embarque por sobreventa (" overbooking") y me recolocan en otro vuelo que llegó al destino con 22 horas y 45 minutos de retraso en comparación con el original. En ningún momento renuncié voluntariamente a mi plaza. Adjunto los siguientes documentos: [enumerar documentación que se aporta: p.ej. los billetes de avión, tarjeta de embarque, denegación de embarque…] Tarjetas de embarque del vuelo al que se me denegó el embarque y el vuelo que me asignaron al día siguiente SOLICITO: la compensación que reconoce la legislación europea. Sin otro particular, atentamente. Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea

En curso
J. A.
17/10/2025

Equivocación de fecha billete tren Ouigo

Hola he comprado cinco billetes de ida y vuelta de Zaragoza a Córdoba con transbordo en Madrid del 9 de abril al 13 de abril, a viéndome equivocado en la fecha por error. Que tenía que ser del 2 al 6 de Abril Solicito que me den solución o la devolución del importe.

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