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No sea ha efectuado el reembolso de una duplicidad de reserva de un vuelo
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque todavía no se ha efectuado el reembolso por parte de su compañía Edreams de una duplicidad de una reserva de un vuelo operado con la compañía Vueling. Estamos hablando de tres meses en los que he llamado constantemente a Edreams para resolverlo, ya que tengo el email de la compañía Vueling del 17 de marzo de 2026 , donde me confirman que se ha efectuado el abono de dicho vuelo con fecha del mismo día 17 de marzo de 2026 a la misma tarjeta con la que se tramito la reserva, al comprobar que existía la duplicidad de la reserva. SOLICITO que se efectué el reembolso de la reserva del vuelo duplicado a la misma tarjeta con la que se realizo el pago a la mayor brevedad, ya que han pasado ya tres meses desde que Vueling realizo el abono. Sin otro particular, atentamente.
Problema con el reembolso
Hola: El 26/5/2025 alquilé un vehículo en Aeropuerto Tenerife Norte.de duración una semana. A pesar de que yo había contratado un seguroBooking , los chicos que me atendieron, me dijeros que ese seguro no me servía para nada, porque era más comercial que efectivo.Me "recomendaron" unseguro a todo riesgo de 187,64€.Lo acepté. Circulé tranquilo toda la semana y después de la entrega me di cuenta de que el vehículo que me entregaron era el mismo modelo del contrato, pero otra matrícula. Mi sorpresa fue mayúscula.Se puede constatar con los archivos que adjunto de la entrega y devolución.Son matrículas parecidas, pero diferentes Es decir,fui circulando con un vehículo que no tenía seguro, por un error grave de quien se encargó de la entrega.No quiero pensar en que si hubiera tenido un accidente grave,el conflicto que me hubiera ocasionado He contactado con atención al cliente y su respuesta es que aunque llevaba otro vehículo , estaba cubierto en todo mumento, porque ellos lo tenían registrado en su sistema.Me parece inverosímil esa justificación De ser así ,si se hubieran dado cuenta , deberían haberme informado y enviarme otro cantrato con la modificación.( me lo ha indicado un profesional de seguros) Reclamo me sea devuelto el importe del seguro que no me cubrió.
Pedido nunca llegó
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque no he recibido un pedido tras más de 2 horas de espera. Gracias a que tengo contacto con el restaurante he podido manejar la situación, pero mi dinero no lo he recibido. SOLICITO reembolso total del pedido. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
Pago de vuelo alternativo
Por la presente, presento una reclamación formal contra la compañía aérea por el incumplimiento de sus obligaciones y los perjuicios ocasionados tras la cancelación del vuelo con origen Lyon (LYS) y destino Madrid (MAD), programado para el día 31 de mayo de 2026 a las 14:25 horas. La compañía canceló el vuelo avisando con apenas dos horas de antelación en el propio aeropuerto. Las únicas tres alternativas que nos ofrecieron en ese momento fueron: Un vuelo de sustitución gratuito, pero cuya única opción viable era para el siguiente domingo 7 de junio de 2026 (una semana más tarde). El reembolso del billete. Un bono para gastar en la propia aerolínea. Ninguna de las tres alternativas solucionaba el problema inmediato de presentarme en mi puesto de trabajo de forma presencial en Madrid el lunes 1 de junio. Aceptar el vuelo de reemplazo implicaba faltar una semana al trabajo y costear una estancia de siete días en Lyon. Ante la total falta de soluciones viables por parte de la aerolínea, acepté el reembolso del billete original (92,35 €) y me vi en la obligación logística de adquirir urgentemente por mis propios medios un nuevo billete de otra compañía con destino Madrid, por un importe de 197,78 € (el de menor coste disponible). Dado que el reembolso original de 92,35 € ha sido totalmente insuficiente para cubrir el perjuicio económico real causado por su falta de asistencia e infraestructuras, solicito la mediación de la OCU para exigir a la compañía: La compensación económica por cancelación (Artículo 7 del Reglamento CE 261/2004): La indemnización fija y obligatoria de 250 € que corresponde por ley para vuelos de hasta 1.500 km cancelados con menos de 14 días de antelación. Esta cantidad me corresponde legítimamente y cubrirá el sobrecoste del billete que tuve que asumir por su falta de alternativas operativas de regreso. Adjunto los siguientes documentos: 1. Comunicación de vuelo cancelado 2. Nuevo vuelo de regreso Agradezco de antemano la gestión y mediación de la OCU en este asunto, y quedo a la espera de sus noticias sobre la evolución del caso. Atentamente, Carmina Montes Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea
Pago de vuelo alternativo
Por la presente, presento una reclamación formal contra la compañía aérea por el incumplimiento de sus obligaciones y los perjuicios ocasionados tras la cancelación del vuelo con origen Lyon (LYS) y destino Madrid (MAD), programado para el día 31 de mayo de 2026 a las 14:25 horas. La compañía canceló el vuelo avisando con apenas dos horas de antelación en el propio aeropuerto. Las únicas tres alternativas que nos ofrecieron en ese momento fueron: Un vuelo de sustitución gratuito, pero cuya única opción viable era para el siguiente domingo 7 de junio de 2026 (una semana más tarde). El reembolso del billete. Un bono para gastar en la propia aerolínea. Ninguna de las tres alternativas solucionaba el problema inmediato de presentarme en mi puesto de trabajo de forma presencial en Madrid el lunes 1 de junio. Aceptar el vuelo de reemplazo implicaba faltar una semana al trabajo y costear una estancia de siete días en Lyon. Ante la total falta de soluciones viables por parte de la aerolínea, acepté el reembolso del billete original (92,35 €) y me vi en la obligación logística de adquirir urgentemente por mis propios medios un nuevo billete de otra compañía con destino Madrid, por un importe de 197,78 € (el de menor coste disponible). Dado que el reembolso original de 92,35 € ha sido totalmente insuficiente para cubrir el perjuicio económico real causado por su falta de asistencia e infraestructuras, solicito la mediación de la OCU para exigir a la compañía: La compensación económica por cancelación (Artículo 7 del Reglamento CE 261/2004): La indemnización fija y obligatoria de 250 € que corresponde por ley para vuelos de hasta 1.500 km cancelados con menos de 14 días de antelación. Esta cantidad me corresponde legítimamente y cubrirá el sobrecoste del billete que tuve que asumir por su falta de alternativas operativas de regreso. Adjunto los siguientes documentos: 1. Comunicación de vuelo cancelado 2. Nuevo vuelo de regreso Agradezco de antemano la gestión y mediación de la OCU en este asunto, y quedo a la espera de sus noticias sobre la evolución del caso. Atentamente, Carmina Montes Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea
Cobro indebido
Expongo: - Que como persona pasajera, portaba una mochila y una riñonera con mi documentación. - Que en el momento del embarque, se puso la riñonera en el exterior para poder acceder a la documentación más cómodamente. - Que en el embarque del trayecto realizado, una trabajadora impidió el paso solicitó como condición obligatoria abonar 60€ sin previo aviso y exclusivamente con tarjeta, argumentando que había "dos bultos de equipaje" (la riñonera y la mochila, a pesar de que la riñonera entraba perfectamente en la mochila). - Que la trabajadora se negó a aportar explicaciones y menos por escrito, así como información sobre cómo cursar una reclamación; aparte de tener un trato amenazante e irrespetuoso. - Que la cláusula aplicada es abusiva por ser contraria a lo establecido en el artículo 97 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea que establece que «No se considerará equipaje a este efecto los objetos y bultos de mano que el viajero lleve consigo. El transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos….” - Que existen sendos precedentes legales en España en este ámbito, tales y como: Sentencia Nº 787/2022 de Madrid En la que se indica que la maleta de mano pequeña forma parte de lo mínimo indispensable, que no deben custodiarla como ocurre con el equipaje facturado, que no supone ningún coste añadido para la compañía, no está amparado por el Reglamento 1008/2008 y la jurisprudencia que lo interpreta, y no puede ser sino considerada una cláusula “abusiva” al cercenar los derechos que el pasajero tiene reconocidos por ley(art. 97 LNA), generando un grave desequilibrio de prestaciones entre las partes contratantes en perjuicio del consumidor, de ahí que deba ser declarada nula y desterrada del contrato, conforme a lo dispuesto en los arts. 82. 1 y 4, 86.7, 87 y 89.5 de la LCGC . Además a: Sentencia del Juzgado Mercantil de Madrid nº 13 de fecha 24 de Octubre de 2019 ( nº373/2019).y Sentencia del TJUE 18 de septiembre de 2014, asunto C-487/12 - Que igualmente en este sentido se ha pronunciado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) , en su sentencia de 18 de septiembre de 2014 (Vueling Airlines, S.A, / Instituto Galego de Consumo de la Xunta de Galicia), en la que también distinguía entre el equipaje facturado y el de mano y alegaba, considerando el primero como no esencial y por lo tanto las compañías pueden cobrar por él, y, el segundo, como "indispensable", por lo que no puede suponer un plus en el precio del billete. - Que además, los bultos o bulto entraban perfectamente en el espacio habilitado bajo el asiento y no interfirieron en el viaje en absoluto. - Que los bultos o bultos permanecieron en dicho espacio bajo el asiento todo el trayecto, sin ser llevados a bodega o situados en el compartimento superior de la cabina, lo que evidencia el sinsentido del cobro. Por ello, solicito: La pronta devolución del importe de 60€ cobrado por llevar una riñonera en el exterior en el momento del embarque. Se adjunta la tarjeta de embarque, el recibo del cobro y fotos de la mochila (riñonera en su interior; de tamaño comparable al equipaje de otros pasajeros no multados, a la derecha) bajo el asiento.
PROBLEMA DE REEMBOLSO
03/06/26 SALVADOR CUADRADO Y MARIA ANTONIA TARODO A: RYANAIR REFUND DOBLE PAGO DE LA RESERVA DE MILAN A MADRID DEL 1.06.26 Su Localizador 754921310 y RYANAIR K2B8YG y WQ7QHB PASAJEROS. SALVADOR CUADRADO MARIA ANTONIA TARODO FLIGHT MILAN BERGAMO A MADRID 1.06.26 REF. REFUND DOBLE PAGO DE LA RESERVA DE MILAN A MADRID DEL 1.06.26 KIWI.COM Estimados señores. Como Vds. me indicaron en sus escritos, del mes de Marzo, he realizado las reclamaciónes del REFUND a RyanAir no solo en el mes de Marzo y la ultima el 3.06.26, y su respuesta del 12.06.26. Siempre Ryanair dice que de acuerdo con las normas OTA,organización que representa a las agencias intermediarias de viajes, son Vds.los que deben solicitar el REFUND de ciento veinticuatro con setenta euros (124,70€ ), que Vds. depositaron en Ryanairpor mi cuenta. Este importe más los gastos de Comisión y Seguro hacen el pago de ciento sesenta y cinco con catorce euros(165,14€) que se cargaron en mi tarjeta de crédito el 13.3.26, Su reserva 754921310, es la de Ryanair K2B8YG duplicada con la WQ7QH. Como esta reserva fue la primera registrada, no se puede anular por parte de Ryanair. La reserva K2B8YG del vuelo de Milan Bergamo a Madrid del 1.6.26. Esta que no ha sido utilizada, es la que Vds. han de solicitar y realizar el reembolso, a mi tarjeta de crédito. SALVADOR CUADRADO MARIA ANTONIA TARODO T.+34679113934 salcua@yahoo.es
Cambio de tarifa y condiciones de viaje
Buenos dias, bajo la reserva P77KZ realicé la compra (para mi hijo) de unos vuelos de bilbao a Nueva York haciendo escala en Madrid . Para el viaje de Madrid a NY (JFK) contraté la tarifa "Turista Premium", más cara y más comoda (mi hijo mide casi 2m). Ni en el vuelo de ida, ni en el de vuelta se ha cumplido esto, ya que viajó en Turista (por lo visto ambos aviones, el de ida y el de vuelta) carecían de este espacio, por lo que he pagado por un servicio no obtenido. Me siento engañado. Esta situación reiterada hace que pierda la confianza en la compañia aérea. Reclamo, como mínimo la devolución integra de la diferencia de precio entre ambas opciones. El perjuicio causado por haber tenido a una persona de casi 2m de estatura en un asiento con el espacio en el que se viaja en turista no sé valorarlo, pero definitivamente me lleva a replanteármelo para prócimos viajes.
TIEMPOS DE USO DE LA MOTO
Hola, Cada vez que alquilo una moto y hago un viaje, los minutos que dice la aplicación que he usado la moto siempre son 3-4 minutos más de los que realmente he usado la moto. No sé cómo calculan el tiempo, pero no hay constancia de que haya una certificación de que el tiempo usado indicado en la aplicación sea correcto. ¿Me pueden confirmar que ese tiempo está certificado y que no ponen más tiempo del realmente usado? Saludos. Rafael
Falsa información sobre envío e imposibilidad de comunicación
Buenas tardes. Quiero realizar una reclamación contra la empresa GlobalTrans, partner del gigante GLS (según pone en la propia página web de GlobalTrans), por aportar información falsa sobre el estado del envío e imposibilitar deliberadamente cualquier tipo de contacto o información al cliente. Desarrollo del caso. Al efectuar la compra, se me indicaba que recibiría el paquete el día 8 de junio. Al no recibir el paquete, al día siguiente (9 de junio) traté durante todo el día de ponerme en contacto con el transportista a través de los medios que figuran en su página web (dos teléfonos y un whatsapp), sin recibir ninguna respuesta. El 10 de junio apareció un registro de "en reparto", pero el pedido no se repartió, y por la noche apareció un registro de "ausente", lo cual es falso, ya que estuve todo el día en casa y además tengo servicio de portería, y no se realizó ningún intento de entrega (en caso de que el transportista contradiga este hecho, se puede comprobar en las cámaras de seguridad de la comunidad si hubo o no un intento de entrega). El 11 de junio seguí intentando contactar con el transportista, de nuevo sin éxito, y de nuevo también se realizaron dos registros en la página de seguimiento del pedido de "en reparto". Hoy, día 12 de junio, una vez más se ha realizado un registro por la mañana de "en reparto", y por tercer día consecutivo no he recibido el paquete. Además, esta mañana he recibido también una respuesta por correo de la empresa asegurándome que el paquete estaba "en reparto". Es la única comunicación por parte de la empresa que he recibido hasta ahora. Conclusión. Creo que la empresa GlobalTrans ha mentido sobre el estado del envío al decir que se encontraba en reparto, y creo también que obstaculizan deliberadamente la comunicación con el cliente, precisamente para evitar reclamaciones por el pésimo servicio que ofrecen. Por lo que veo en otras reclamaciones, creo que esto no es un caso aislado sino el modelo de negocio de esta empresa, que, para mayor vergüenza, insisto en que se vende a sí misma en su página como "partner" de GLS, uno de los mayores grupos empresariales de logística y distribución en Europa. Quiero denunciar este total abuso a los consumidores, e instar a que se tomen medidas contra esta empresa. Documentación aportada. 1 - Captura de pantalla de la web de seguimiento, la cual se puede consultar introduciendo el número de pedido (GBT0003682122). 2 - Hilo de correos con atención al cliente, único contacto que he recibido de la empresa GlobalTrans, en el que se me indica que el pedido está en reparto. 3 - Conversación de whatsapp con el asistente virtual de atención al cliente, sin respuesta.
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