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Reclamación de reembolso vuelos
Les adjunto el texto ( junto con su versiones en PDF y las facturas correspondientes) que en principio considero adecuado para reclamar a Iberia. A un amigo que adquirió, pospuso y finalmente canceló los mismo vuelos que yo, aunque venía a Madrid desde otro punto de España, se le ha devuelto la totalidad del importe de los vuelos. A la atención de la Compañía Iberia Muy señores Míos: Adquirí en su compañía un billete numero 075-2528073176 al precio de 920 euros correspondiente a: Un vuelo de Madrid a la Habana con salida el 25 de Noviembre a las 12,10 y llegada a la Habana a las 16,40; y regreso salida de la Habana el 4 de Diciembre a las 19,05 y llegada a Madrid el 5 de diciembre a las 10,00 La fechas de dichos vuelos fueron pospuestas por mi parte y el billete modificado con la penalización correspondiente de 201 euros y se pasó al billete Numero 075-2529257228 que correspondía salida de Madrid el 08 marzo a las 12,10 y llegada a la Habana el 8 de Marzo a las 17,40 y regreso salida de la Habana el 17 de Marzo a las 19,40 y llegada a Madrid el 18 Marzo a las 9,35 Adjunto las copias de ambos billetes. Días antes de la salida de estos últimos vuelos su compañía me comunicó (adjunto copia) que se hacían modificaciones en los vuelos de ida y vuelta, retrasando la salida de 12,10 a 12,20 y de llegada de de 17,40 a 17,50. Pero lo que me hacían especial trastorno son las modificaciones en el viaje de Vuelta. Se adelantaba una hora la salida, se hacía una parada intermedia, y se retrasaba la llegada en una hora y 10 minutos Alargar el tiempo de vuelo, de por sí largo, en 2 horas y 10 minutos suponía una modificación nada trivial La parada intermedia con su correspondiente aterrizaje y despegue incrementaba el riesgo del viaje. El retraso en la llegada me hacía incompatible realizar una gestión fechada hacia meses. Les comuniqué en tiempo y forma la renuncia a dichos vuelos y posteriormente les solicité información sobre retorno del monto total o parcial del billete. Su compañía me transfirió la cantidad de 46,49 euros que considero simbólica; adjunto copia. Solicito me reintegren la totalidad del billete y en todo caso la totalidad de las tasas aeroportuarias (4 aeropuertos) y demás servicios, combustibles y consumibles no utilizados en los viajes, Un saludo Rafael Juan Carlos Cantera Fernández Correo electrónico rjccantera@gmail.com Telefono 659959857
Discusion con trabajadora
Hola, en Wiber del aeropuerto de sevilla Llegamos a dejar el coche alas 15:10 el dia 14 de Junio del 2026 vemos una furgoneta lista para salir vacia, nos miran el coche todo esta correcto y nos dicen que esperemos que venga el compañero del aeropuerto y nos llevan, pasan 10 minutos y entro para comentarles haber si es posible que nos lleve otra persona mientras si compañero vuelve a lo que me.contesta la trabajadora con pelo corto y rizado morena con mucha prepotencia que hay que esperar y que ahi son dos personas y solo un conductor y le respondo que yo he trabajado en un rent a car y ya eramos unas 8 personas fuera que lo normal teniendo otra furgoneta preparada es adelantar tiempo y llevar a la gente que estamps esperando a lo que me responde que ella nos ha preparado la furgoneta con aire acondicionado, ahh bueno a eso yo deberia de dar las gracias... enfin me voy afuera esperamos otros 10 minutos mientras otros clientes le comentan lo mismo a lo que pasa totalmente. Una vez llega el conductor del aeropuerto le comento que si esta solo para el trayecto al aeropuerto y nos indica que hay mas personas que nos podrian llevar cosa que yo pensaba que es lo normal. Acto seguido ya subida en el shuttle sale esta trabajadora y me reprocha de malas maneras que ella esta trabajando y no podia llevarnos siendo mentira porque no estaban atendiendo a nadie y provocando un mal estar y una discusion. Muy poco profesional y mal educada a gritos y malos gestos delante de todos los clientes.
No sea ha efectuado el reembolso de una duplicidad de reserva de un vuelo
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque todavía no se ha efectuado el reembolso por parte de su compañía Edreams de una duplicidad de una reserva de un vuelo operado con la compañía Vueling. Estamos hablando de tres meses en los que he llamado constantemente a Edreams para resolverlo, ya que tengo el email de la compañía Vueling del 17 de marzo de 2026 , donde me confirman que se ha efectuado el abono de dicho vuelo con fecha del mismo día 17 de marzo de 2026 a la misma tarjeta con la que se tramito la reserva, al comprobar que existía la duplicidad de la reserva. SOLICITO que se efectué el reembolso de la reserva del vuelo duplicado a la misma tarjeta con la que se realizo el pago a la mayor brevedad, ya que han pasado ya tres meses desde que Vueling realizo el abono. Sin otro particular, atentamente.
Problema con el reembolso
Hola: El 26/5/2025 alquilé un vehículo en Aeropuerto Tenerife Norte.de duración una semana. A pesar de que yo había contratado un seguroBooking , los chicos que me atendieron, me dijeros que ese seguro no me servía para nada, porque era más comercial que efectivo.Me "recomendaron" unseguro a todo riesgo de 187,64€.Lo acepté. Circulé tranquilo toda la semana y después de la entrega me di cuenta de que el vehículo que me entregaron era el mismo modelo del contrato, pero otra matrícula. Mi sorpresa fue mayúscula.Se puede constatar con los archivos que adjunto de la entrega y devolución.Son matrículas parecidas, pero diferentes Es decir,fui circulando con un vehículo que no tenía seguro, por un error grave de quien se encargó de la entrega.No quiero pensar en que si hubiera tenido un accidente grave,el conflicto que me hubiera ocasionado He contactado con atención al cliente y su respuesta es que aunque llevaba otro vehículo , estaba cubierto en todo mumento, porque ellos lo tenían registrado en su sistema.Me parece inverosímil esa justificación De ser así ,si se hubieran dado cuenta , deberían haberme informado y enviarme otro cantrato con la modificación.( me lo ha indicado un profesional de seguros) Reclamo me sea devuelto el importe del seguro que no me cubrió.
Pedido nunca llegó
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque no he recibido un pedido tras más de 2 horas de espera. Gracias a que tengo contacto con el restaurante he podido manejar la situación, pero mi dinero no lo he recibido. SOLICITO reembolso total del pedido. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
Pago de vuelo alternativo
Por la presente, presento una reclamación formal contra la compañía aérea por el incumplimiento de sus obligaciones y los perjuicios ocasionados tras la cancelación del vuelo con origen Lyon (LYS) y destino Madrid (MAD), programado para el día 31 de mayo de 2026 a las 14:25 horas. La compañía canceló el vuelo avisando con apenas dos horas de antelación en el propio aeropuerto. Las únicas tres alternativas que nos ofrecieron en ese momento fueron: Un vuelo de sustitución gratuito, pero cuya única opción viable era para el siguiente domingo 7 de junio de 2026 (una semana más tarde). El reembolso del billete. Un bono para gastar en la propia aerolínea. Ninguna de las tres alternativas solucionaba el problema inmediato de presentarme en mi puesto de trabajo de forma presencial en Madrid el lunes 1 de junio. Aceptar el vuelo de reemplazo implicaba faltar una semana al trabajo y costear una estancia de siete días en Lyon. Ante la total falta de soluciones viables por parte de la aerolínea, acepté el reembolso del billete original (92,35 €) y me vi en la obligación logística de adquirir urgentemente por mis propios medios un nuevo billete de otra compañía con destino Madrid, por un importe de 197,78 € (el de menor coste disponible). Dado que el reembolso original de 92,35 € ha sido totalmente insuficiente para cubrir el perjuicio económico real causado por su falta de asistencia e infraestructuras, solicito la mediación de la OCU para exigir a la compañía: La compensación económica por cancelación (Artículo 7 del Reglamento CE 261/2004): La indemnización fija y obligatoria de 250 € que corresponde por ley para vuelos de hasta 1.500 km cancelados con menos de 14 días de antelación. Esta cantidad me corresponde legítimamente y cubrirá el sobrecoste del billete que tuve que asumir por su falta de alternativas operativas de regreso. Adjunto los siguientes documentos: 1. Comunicación de vuelo cancelado 2. Nuevo vuelo de regreso Agradezco de antemano la gestión y mediación de la OCU en este asunto, y quedo a la espera de sus noticias sobre la evolución del caso. Atentamente, Carmina Montes Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea
Pago de vuelo alternativo
Por la presente, presento una reclamación formal contra la compañía aérea por el incumplimiento de sus obligaciones y los perjuicios ocasionados tras la cancelación del vuelo con origen Lyon (LYS) y destino Madrid (MAD), programado para el día 31 de mayo de 2026 a las 14:25 horas. La compañía canceló el vuelo avisando con apenas dos horas de antelación en el propio aeropuerto. Las únicas tres alternativas que nos ofrecieron en ese momento fueron: Un vuelo de sustitución gratuito, pero cuya única opción viable era para el siguiente domingo 7 de junio de 2026 (una semana más tarde). El reembolso del billete. Un bono para gastar en la propia aerolínea. Ninguna de las tres alternativas solucionaba el problema inmediato de presentarme en mi puesto de trabajo de forma presencial en Madrid el lunes 1 de junio. Aceptar el vuelo de reemplazo implicaba faltar una semana al trabajo y costear una estancia de siete días en Lyon. Ante la total falta de soluciones viables por parte de la aerolínea, acepté el reembolso del billete original (92,35 €) y me vi en la obligación logística de adquirir urgentemente por mis propios medios un nuevo billete de otra compañía con destino Madrid, por un importe de 197,78 € (el de menor coste disponible). Dado que el reembolso original de 92,35 € ha sido totalmente insuficiente para cubrir el perjuicio económico real causado por su falta de asistencia e infraestructuras, solicito la mediación de la OCU para exigir a la compañía: La compensación económica por cancelación (Artículo 7 del Reglamento CE 261/2004): La indemnización fija y obligatoria de 250 € que corresponde por ley para vuelos de hasta 1.500 km cancelados con menos de 14 días de antelación. Esta cantidad me corresponde legítimamente y cubrirá el sobrecoste del billete que tuve que asumir por su falta de alternativas operativas de regreso. Adjunto los siguientes documentos: 1. Comunicación de vuelo cancelado 2. Nuevo vuelo de regreso Agradezco de antemano la gestión y mediación de la OCU en este asunto, y quedo a la espera de sus noticias sobre la evolución del caso. Atentamente, Carmina Montes Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea
Cobro indebido
Expongo: - Que como persona pasajera, portaba una mochila y una riñonera con mi documentación. - Que en el momento del embarque, se puso la riñonera en el exterior para poder acceder a la documentación más cómodamente. - Que en el embarque del trayecto realizado, una trabajadora impidió el paso solicitó como condición obligatoria abonar 60€ sin previo aviso y exclusivamente con tarjeta, argumentando que había "dos bultos de equipaje" (la riñonera y la mochila, a pesar de que la riñonera entraba perfectamente en la mochila). - Que la trabajadora se negó a aportar explicaciones y menos por escrito, así como información sobre cómo cursar una reclamación; aparte de tener un trato amenazante e irrespetuoso. - Que la cláusula aplicada es abusiva por ser contraria a lo establecido en el artículo 97 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea que establece que «No se considerará equipaje a este efecto los objetos y bultos de mano que el viajero lleve consigo. El transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos….” - Que existen sendos precedentes legales en España en este ámbito, tales y como: Sentencia Nº 787/2022 de Madrid En la que se indica que la maleta de mano pequeña forma parte de lo mínimo indispensable, que no deben custodiarla como ocurre con el equipaje facturado, que no supone ningún coste añadido para la compañía, no está amparado por el Reglamento 1008/2008 y la jurisprudencia que lo interpreta, y no puede ser sino considerada una cláusula “abusiva” al cercenar los derechos que el pasajero tiene reconocidos por ley(art. 97 LNA), generando un grave desequilibrio de prestaciones entre las partes contratantes en perjuicio del consumidor, de ahí que deba ser declarada nula y desterrada del contrato, conforme a lo dispuesto en los arts. 82. 1 y 4, 86.7, 87 y 89.5 de la LCGC . Además a: Sentencia del Juzgado Mercantil de Madrid nº 13 de fecha 24 de Octubre de 2019 ( nº373/2019).y Sentencia del TJUE 18 de septiembre de 2014, asunto C-487/12 - Que igualmente en este sentido se ha pronunciado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) , en su sentencia de 18 de septiembre de 2014 (Vueling Airlines, S.A, / Instituto Galego de Consumo de la Xunta de Galicia), en la que también distinguía entre el equipaje facturado y el de mano y alegaba, considerando el primero como no esencial y por lo tanto las compañías pueden cobrar por él, y, el segundo, como "indispensable", por lo que no puede suponer un plus en el precio del billete. - Que además, los bultos o bulto entraban perfectamente en el espacio habilitado bajo el asiento y no interfirieron en el viaje en absoluto. - Que los bultos o bultos permanecieron en dicho espacio bajo el asiento todo el trayecto, sin ser llevados a bodega o situados en el compartimento superior de la cabina, lo que evidencia el sinsentido del cobro. Por ello, solicito: La pronta devolución del importe de 60€ cobrado por llevar una riñonera en el exterior en el momento del embarque. Se adjunta la tarjeta de embarque, el recibo del cobro y fotos de la mochila (riñonera en su interior; de tamaño comparable al equipaje de otros pasajeros no multados, a la derecha) bajo el asiento.
PROBLEMA DE REEMBOLSO
03/06/26 SALVADOR CUADRADO Y MARIA ANTONIA TARODO A: RYANAIR REFUND DOBLE PAGO DE LA RESERVA DE MILAN A MADRID DEL 1.06.26 Su Localizador 754921310 y RYANAIR K2B8YG y WQ7QHB PASAJEROS. SALVADOR CUADRADO MARIA ANTONIA TARODO FLIGHT MILAN BERGAMO A MADRID 1.06.26 REF. REFUND DOBLE PAGO DE LA RESERVA DE MILAN A MADRID DEL 1.06.26 KIWI.COM Estimados señores. Como Vds. me indicaron en sus escritos, del mes de Marzo, he realizado las reclamaciónes del REFUND a RyanAir no solo en el mes de Marzo y la ultima el 3.06.26, y su respuesta del 12.06.26. Siempre Ryanair dice que de acuerdo con las normas OTA,organización que representa a las agencias intermediarias de viajes, son Vds.los que deben solicitar el REFUND de ciento veinticuatro con setenta euros (124,70€ ), que Vds. depositaron en Ryanairpor mi cuenta. Este importe más los gastos de Comisión y Seguro hacen el pago de ciento sesenta y cinco con catorce euros(165,14€) que se cargaron en mi tarjeta de crédito el 13.3.26, Su reserva 754921310, es la de Ryanair K2B8YG duplicada con la WQ7QH. Como esta reserva fue la primera registrada, no se puede anular por parte de Ryanair. La reserva K2B8YG del vuelo de Milan Bergamo a Madrid del 1.6.26. Esta que no ha sido utilizada, es la que Vds. han de solicitar y realizar el reembolso, a mi tarjeta de crédito. SALVADOR CUADRADO MARIA ANTONIA TARODO T.+34679113934 salcua@yahoo.es
Cambio de tarifa y condiciones de viaje
Buenos dias, bajo la reserva P77KZ realicé la compra (para mi hijo) de unos vuelos de bilbao a Nueva York haciendo escala en Madrid . Para el viaje de Madrid a NY (JFK) contraté la tarifa "Turista Premium", más cara y más comoda (mi hijo mide casi 2m). Ni en el vuelo de ida, ni en el de vuelta se ha cumplido esto, ya que viajó en Turista (por lo visto ambos aviones, el de ida y el de vuelta) carecían de este espacio, por lo que he pagado por un servicio no obtenido. Me siento engañado. Esta situación reiterada hace que pierda la confianza en la compañia aérea. Reclamo, como mínimo la devolución integra de la diferencia de precio entre ambas opciones. El perjuicio causado por haber tenido a una persona de casi 2m de estatura en un asiento con el espacio en el que se viaja en turista no sé valorarlo, pero definitivamente me lleva a replanteármelo para prócimos viajes.
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