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Últimas reclamaciones

J. T.
11/02/2026

Solicito devolución inmediata

Contraté un vehículo con esta empresa , pagando un contrato donde el coche me lo dejaban en el aeropuerto y jamás lo hicieron. Me cobraron una cantidad por dejarlo allí, y tuve que ir en taxi a recogerlo a su empresa , pagando el taxi también . Solicito la devolución de la fianza que entregué de 200 euros que aparece en el contrato más la devolución de un cobro de depósito de coche en aeropuerto de 50 euros que nunca se realizó por parte de ellos. Aporto documentación de contrato, fotografías y whasap de todo.

En curso
M. R.
07/02/2026

LA FRANQUICIA DEL ALQUILER DE COCHE

Estimados/as señores/as:  DE CLICKRENT Me pongo en contacto con ustedes porque [Por favor, detalla aquí el contenido de tu reclamación]  PORQUE EN MI TARIFA DE ALQIILER INA INCLUIDA LA FRANQUICIA Y EL REEMBOLSO DE LA MISMA. Tarifa RELAX Y RSTABA MARCADO CON UN CHEK VERDE. Al llegar a su mostrador me piden una tarjeta de crédito para la franquicia y física, para tomar nota de todos los datos de la misma .O sea un cheque en blanco para cargar cualquier importe . me negué SOLICITO […].  Se me devuelva el importe del alquiler del coche 78 euros más 1000 euros por daños y perjuicios Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…

En curso
A. R.
04/02/2026

Cobro de franquicia

Contraté un coche de alquiler con la empresa a través de un comercializador y al llegar al aeropuerto me entero de que la empresa con la que alquilo es clickrent Málaga. Entonces recibo un correo que me dice que tengo que presentar una tarjeta de crédito física y dar el pin de la misma en la oficina. La tarifa que Contraté era Relax y ponía bien claro que no tenía franquicia ni reembolso de franquicia. Por lo tanto pretenden quedarse con mi tarjeta y mis datos bancarios cuando mi tarifa los tenía incluidos en las coberturas . SOLICITO SE ME DEVUELVA EL IMPORTE DEL ALQUILER 75 EUROS. MÁS DAÑOS Y PERJUICIOS POR PUBLICIDAD Y CONTRATO ENGAÑOSOS Y DE MALA FE DE 1000 EUROS

En curso
W. Z.
31/01/2026

Cobro abusivo y desproporcionado por daños en vehículo de alquiler

Contrato de Alquiler: CR2495078MD Fecha del incidente: 26/01/2026 Descripción de los hechos: Al finalizar mi contrato de alquiler con ClickRent, la empresa me cobró 660,00€ por un pequeño impacto (chinazo) en la luna delantera de menos de 10mm. Este daño es reparable según los estándares del sector y tiene un coste de mercado de aproximadamente 70€-90€. La empresa ha aplicado una tarifa plana de manera injustificada, negándose a proporcionar la factura del taller que demuestre que realmente pagaron ese importe por la reparación. Fundamentos: Cobro Abusivo: El cargo viola el Artículo 85.6 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores (LGDCU), que prohíbe las indemnizaciones desproporcionadamente altas. Enriquecimiento Injusto: Según el Artículo 1.101 del Código Civil, solo debo pagar el daño real causado (la reparación), no una penalización arbitraria que genera lucro para la empresa. Falta de Transparencia: La empresa no ha aportado prueba documental (factura) del coste de la reparación. Solicitud: Solicito el reembolso inmediato de 580,00€ (la diferencia entre los 660€ cobrados y el coste estimado de la reparación de 80€).

En curso
D. P.
30/01/2026

Cargo de 50€ por identificación del conductor

Estimados señores, Me dirijo a ustedes en relación con el cargo de 50 € en concepto de “gastos de gestión” aplicado a mi cuenta tras la identificación del conductor de un vehículo alquilado. Tal y como ustedes mismos reconocen en su comunicación, la actuación realizada por ClickRent se limita exclusivamente al cumplimiento de una obligación legal, esto es, la identificación del conductor ante la autoridad sancionadora. Dicha actuación no constituye un servicio adicional, voluntario ni solicitado, sino un deber impuesto por la normativa vigente, cuyo incumplimiento conllevaría responsabilidad para la empresa arrendadora. En este contexto, el cobro de una tarifa fija de 50 €, sin desglose alguno ni acreditación del coste administrativo real incurrido, resulta manifiestamente desproporcionado y carece de justificación objetiva. Asimismo, hasta la fecha no se ha facilitado copia del contrato firmado ni la cláusula concreta que, de forma clara, transparente y aceptada expresamente, habilite dicho cargo. De conformidad con la normativa de protección de consumidores y usuarios, y en particular con lo dispuesto en los artículos 82 y siguientes del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, este tipo de cláusulas pueden ser calificadas como abusivas, al imponer al consumidor el pago de importes no vinculados a un coste real ni a un servicio efectivamente prestado. Por medio del presente escrito, les requiero formalmente para que procedan a la devolución inmediata del importe de 50 €.

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