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No confirmación de la cancelación de la continuidad de la póliza
A quien corresponda:Tengo contratada con Helvetia Seguros la póliza de seguro de mi coche hasta el próximo 22 de julio de 2020.El pasado 11 de mayo les comuniqué por correo electrónico, adjuntando un documento firmado electrónicamente y estando amparada por el artículo 22 de la Ley de Contrato de Seguro con la antelación suficiente, mi voluntad de dar de baja a su vencimiento la póliza connúmero T2 A09 0008289. Esta póliza está suscrita con Helvetia Compañía Suiza, Sociedad Anónimade Seguros y Reaseguros. Especifiqué en mi correo que desde el mismo día que se enviaba, desde el día 11 de mayo, tuviese efecto mi deseo que no prorrogarla póliza que referencio, sin renunciar a las posibles coberturas, garantías y prestaciones yaincluidas hasta el último día de la póliza, que es el día 22 de julio 2020.En virtud del artículo 22 de la Ley de Contrato de Seguro, se cumple mediante este escrito elplazo de preaviso en él previsto, es decir, un mes de anticipación a la conclusión del periodo delseguro en curso. Les rogué que procedieran a tramitar esta solicitud lo más rápido posible, y me enviasenconfirmación de los trámites efectuados.A fecha de hoy no he recibido confirmación por escrito de la baja de renovación de mi póliza y no me responden al teléfono en la oficina en la que gestioné el seguro, la oficina de Los Realejos.
No reembolso e incumplimiento de las condiciones. Condiciones modificadas sin previo aviso
Buenos días,Solicité la devolución del importe de los abonos para el festival Les Artsy se me informó que estaba fuera de plazo y por ello, no era posible.Por la presente, solicito nuevamente el reembolso, ya que incumple con el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. (BOE miércoles 1 de abril de 2020, Núm. 91 ).En el mismo documento, consta la siguiente información, que puede ser verificada en el siguiente enlace:Sección 3.ª Medidas de protección de consumidores________________________________[Bloque 48: #a3-8]Artículo 36. Derecho de resolución de determinados contratos sin penalización por parte de los consumidores y usuarios.1. Si como consecuencia de las medidas adoptadas durante la vigencia del estado de alarma los contratos suscritos por los consumidores y usuarios, ya sean de compraventa de bienes o de prestación de servicios, incluidos los de tracto sucesivo, resultasen de imposible cumplimiento, el consumidor y usuario tendrá derecho a resolver el contrato durante un plazo de 14 días desde la imposible ejecución del mismo. La pretensión de resolución solo podrá ser estimada cuando no quepa obtener de la propuesta o propuestas de revisión ofrecidas por cada una de las partes, sobre la base de la buena fe, una solución que restaure la reciprocidad de intereses del contrato. Las propuestas de revisión podrán abarcar, entre otras, el ofrecimiento de bonos o vales sustitutorios al reembolso. A estos efectos, se entenderá que no cabe obtener propuesta de revisión que restaure la reciprocidad de intereses del contrato cuando haya transcurrido un periodo de 60 días desde la solicitud de resolución contractual por parte del consumidor o usuario sin que haya acuerdo entre las partes sobre la propuesta de revisión.2. En los supuestos en los que el cumplimiento del contrato resulte imposible de acuerdo con el apartado anterior, el empresario estará obligado a devolver las sumas abonadas por el consumidor o usuario, salvo gastos incurridos debidamente desglosados y facilitados al consumidor, en la misma forma en que se realizó el pago en un plazo máximo de 14 días, salvo aceptación expresa de condiciones distintas por parte del consumidor y usuario.3. Respecto de los contratos de prestación de servicios de tracto sucesivo, la empresa prestadora de servicios podrá ofrecer opciones de recuperación del servicio a posteriori y sólo si el consumidor no pudiera o no aceptara dicha recuperación entonces se procedería a la devolución de los importes ya abonados en la parte correspondiente al periodo del servicio no prestado por dicha causa o, bajo la aceptación del consumidor, a minorar la cuantía que resulte de las futuras cuotas a imputar por la prestación del servicio. Asimismo, la empresa prestadora de servicios se abstendrá de presentar a cobro nuevas mensualidades hasta que el servicio pueda prestarse con normalidad, sin que ello dé lugar a la rescisión del contrato, salvo por la voluntad de ambas partes.Como organizadores y responsables, mandaron un email informando del cambio de fecha, sin dar información sobre la posibilidad de cancelación, ni redirigiendo a las condiciones generales, en las cuales os amparáis para no afrontar el reembolso que corresponde.Las condiciones generales de contratación, son las vigentes en el momento de la compra y por tanto, las que riguen en todo momento durante la relación comercial. Las condiciones generales que acepté en el momento de la compra son las que aparecen en el siguiente enlace: https://www.festivaldelesarts.com/wp-content/uploads/docs/condiciones-generales_houseofmusic.pdf donde se informa: La entrada no puede ser objeto de devolución, ni cambio, salvo cancelación total del evento, o modificación de la fecha de celebración del mismo. La Promotora se reserva el derecho de modificar, suspender o alterar cualquiera de las actividades y actuaciones propuestas en el cartel. Si la cancelación es total la Promotora devolverá el importe de la entrada en las condiciones que se publicarán por este mismo medio, a excepción del coste de distribución, al tratarse éste de un servicio prestado por los canales de venta en el momento de la compraventa de la entrada. En ningún caso se devolverá el importe de las entradas si la cancelación se ha producido una vez comenzado el festival.Sin embargo, y misteriosamente, las condiciones a través del enlace propio de la web de Les Arts,https://www.themusicrepublic.es/docs/la-condiciones-generales-es.pdf ,parece haber sido modificada mágicamente, sin haber informado al usuario, en este caso a mí, en ningún momento. Aquí la continuación que se ha modificado de manera totalmente irregular:Si el Festival fuese cancelado como consecuencia del Covid-19 o cualquiera de sus variantes, el promotor ofrecerá al usuario el cambio de su entrada por otra entrada para acceder a un Festival de similares características en una nueva fecha fijada por el promotor en el plazo de un año desde la fecha en la que debía celebrarse el Festival, o la devolución del precio de la entrada (excepto gastos de distribución, servicio que se ha prestado) que deberá solicitar el usuario a través de los canales puestos a su disposición por el promotor (ayuda@festivaldelesarts.com) en el plazo de catorce días naturales desde la publicación de la cancelación o aplazamiento del Festival (desde el 17 de abril de 2020 al 1 de mayo de 2020) Por todo lo expuesto, solicito que se devuelva el importe de las entradas, descontando como corresponde al Decreto, los gastos de gestión. En caso contrario, no me quedará otra alternativa que dirigirme a los organismos correspondientes a notificar las irregularidades.Quedo a la espera, gracias.
Pedido que no llega aunque esta en reparto
Hola, el día 27 hice una compra que según seur llegaba el día 29, ese día en el seguimiento ponía que estaba en reparto, estuve esperando todo el día pero no llegó, el lunes día 1, lo mismo en reparto me espero todo el día pero no llega y ayer martes lo mismo. Hoy día 3 ya ni siquiera hacen el reparto.
Reclamo extinción deuda indevida
Que con fecha 29 de mayo de 2020, he recibido una llamada telefónica por parte de la AsesoríaJurídica mencionada anteriormente, desde el número 685242624, que no pude atender en esemomento, devolviendo la misma poco después, sobre las 9,38h aproximadamente. Se puso alteléfono Dña. Daniela Fernández. Me atendió amablemente y me comenta que la conversaciónquedará grabada y que el motivo de la misma es para comunicarme que, según ustedes, tengo unadeuda contraída con MOVISTAR por importe de 121 euros.Les comunico que yo solicité la baja de toda relación con MOVISTAR en septiembre de 2018 yentregué todo el material que me dijeron. De hecho la última factura corresponde a septiembrede 2018, por un importe de 23,23 euros, la pagué en el momento correspondiente y puedeapreciarse que fue menor de lo habitual (adjunto copia). La factura del mes anterior, agosto 2018,es de 61,87 euros, importe normal que corresponde mensualmente al contrato en vigor en esemomento. Se deduce de lo anterior que como consecuencia de la finalización del contrato, mefacturan solo los días en que el contrato ha estado en vigor, no todo el mes (adjunto copia de lafactura).Cual es mi sorpresa, que al cabo de mucho tiempo, concretamente el 2 de mayo de 2019,telefónica móviles carga en mi cuenta bancaria un importe de 31,94 euros. Pensé que sería unerror de la compañía de telefonía y comunique al banco que no pagara nada más y anule el pagoefectuado. No tiene sentido que de septiembre 2018 a mayo 2019 (8 meses aproximadamente) nome facturen nada y de buenas a primeras empiecen de nuevo a facturarme mensualidades sin másexplicación. Yo no había contratado nada de nuevo ni tenia pagos pendientes de ese periodo detiempo.El 18 de junio de 2019, me llaman desde los teléfonos: 910210926 y 640012422 para decirme,entre otras cosas, que tengo deuda por un teléfono asociado.Después de muchas llamadas al 1004 y otros teléfonos, me dijeron que para poder iniciar elproceso de baja del teléfono asociado tengo, obligatoriamente, que pagar primero la factura,mencionada anteriormente, de 31,94 euros. Aunque no lo consideraba justo, así lo hice y pagué encorreos (adjunto justificante). Lo hice, fundamentalmente,para que me dejaran vivir tranquilo, uno que ya ha cumplido los 70 años, lo que quiere es, paz, armonía y sobresaltos los justos.. Los disgustos y preocupaciones que nos dan a los mayores, conestos temas, a los que nos estamos acostumbrados, no tiene precio, se siente uno indefenso eimpotente.Una vez efectuado el pago, vuelvo a llamar al 1004 sobre las 11,15 horas del 10 de julio de 2019,se pone al teléfono la agente Dña. Belén Vicente, no me resuelve nada, hay interferencias ycuelga. Vuelvo a llamar seguidamente y se pone otra agente, Dña Ana Camas, me atiendecorrectamente y me informa de lo ocurrido diciéndome que consiste en lo siguiente: Que la líneaasociada del teléfono 679896188 estaba dada de baja pero se ha activado sola y ha generadofacturas.Esta misma agente, me dice que hará los trámites oportunos para dar de baja el teléfono y anularlas facturas. Que me llamaran o me notificarán por escrito que el tema está resuelto.No he recibido nada al respecto, por el contrario las llamadas recibidas son de su Asesoría Jurídicay no para solucionarme el problema, sino para continuar reclamándome cantidades mayores (121euros) bajo amenaza de tramitarlo vía judicial, cuestión que considero poco razonable y unainjusticia.
Reclamacion copia de contrato
Hola buenos días, llevo reclamando muchos mese, que puedan mandarme copia del contrato de la tarjeta de crédito, ya que no aparece por ningún sitio en la web, y tampoco hay posibilidad de aumentar la cuota de pago de la tarjeta.Por más que llamo para solicitar la información o para conseguir hora para pasarme por la delegación, uds no hacen caso y las llamadas las cuelgan, también e enviado por la web, solicitando mi que comento y no obtengo ninguna respuesta, necesito porfavor puedan hacerme llegar dicha información.Saludos
atención al cliente Conforama
Buenas, realicé un pedido vía online a la tienda de Conforama de Sagunto de 1535,62 como era financiaciada me puse en contacto con atención al cliente al número 902 55 74 15, mi sorpresa que no me atiende nadie espero y espero y al ver que no atienden cuelgo después de 10 minutos, vuelvo a llamar y lo mismo...cuando veo la factura de móvil veo un cargo de 5,60 y 2,22 más iva de este teléfono de que si por lo menos me hubieran atendido....pero nadie lo hizo.Después veo que aceptan el pago(financiación)el 27 y que lo traen como muy pronto el 7 de Julio(el pedido está hecho oficialmente desde el 27 a la tienda de Sagunto y me lo están preparando en Alfafar, y cuando lo.hice ponía en que 6 días laborales estaba el producto....y me toca esperar más de un mes...)y quiero reclamar el que se cambiara de rienda el pedido ya que Sagunto lo tengo al lado y el stock si lo recogía yo lo tenía esa misma semana pero al traerlo lo hacían a la siguiente...)y ahora me toca esperar y me urge la mudanza por eso hice el pedido, si se que tarda tanto hubiera ido personalmente ha hacerlo a Sagunto y confirmado la fecha de entrega antes del pago...
Reclamó el renbolso que ya Iberia renbolso a agencia de viajes mi tierra.
Reclamó un renbolso a agencia mi tierra en Alicante. Puesto que está empresa no da respuesta ninguna ni por vi a Telefónica ni por vía wasap. Me puse en contacto con Iberia y ya Iberia me confirmo con un e-mail de que Iberia avia ya abonado ya el renbolso de los billetes a agencia de viajes mi tierra en alicante
Problema de reembolso
Hola,Realicé una compra de dos entradas para el RESURRECTION FEST 2020 y ante la cacelación del evento por el Covid 19 la empresa sólo me abona un importe incompleto, en el que faltan 17 euros. Entiendo que no abona GASTOS DE GESTIÓN aunque tampoco detalla los importes totales pagados y aquéllos que no permite solicitar o que no va a reembolsar, tal y como indica la normativa actual con relación a las cancelaciones de eventos por COVID 19.Presupongo que el importe que falta de diferencia entre el cargo que han hecho en mi tarjeta para el pago de la entradas de 327 euros y los 310 que me permiten solicitar corresponde a los gastos de gestión. A pesar de que les he indicado esta información en el email habilitado para la devolución de entradas y de que le he manifestado mi disonformidad con esta opción, en la que además falta información legal necesaria, no he obtenido respuesta. Y tengo un plazo limitado de 15 días para hacer esta solicitud. Entiendo que con el silencio el objetivo es forzar la aceptación de estas condiciones por mi parte antes de perder el total de las entradas. Simplemente quiero que me permitan solicitar el abono de las entradas íntegro, puesto que la cancelación del evento no es una variable en la que yo tenga intervención sino que es la propia empresa organizadora del RESU quien se ve obligada a cancelar. De este modo no pueden repercutir este coste en el usuario, en mi caso que no puedo asistir en 2021, una penalización y devolución incompleta del importe. Gracias
Mantenimiento en período de garantía
Buenas tardes, Tengo una máquina de agua depuradora de osmosis en garantía, y solicito que vengan a realizarle la limpieza de filtros antes de finales del mes de agosto sin que me obliguen a adquirir otra máquina para la cal del agua, de coste 38euros *36 cuotas, como condiciones excepcionales, ya que su supuesto valor de mercado es de 53euros *36 cuotas, como me han ofrecido hoy, para garantizar la mía, vendiéndomela como pieza de mantenimiento de la depuradora que adquirí no hace todavía ni dos años y que me costó 49,95 euros * 38 cuotas, que seguiré pagando hasta septiembre del 2021.Lo que solicito es un poco de seriedad, y que no vengan a mi domicilio en medio de una pandemia sin antes informarme bien a qué vienen exactamente, y que cuando lo hagan sea ya finalizado el periodo de alarma, cumpliendo en condiciones las medidas de seguridad e informando bien del mantenimiento que van a hacer y del coste que puede suponerme la limpieza de los filtros
Cancelacion tarjeta de credito
Buenas tardes,Kutxabank me ha cancelado la tarjeta de credito visa debit k26 al entrar en situacion de erte.Estoy de acuerdo con la cancelacion de la tarjeta ya que Kutxabank cumple los reglamentos y estatutos del Banco España.Kutxabank no me ha comunicado previamente su decisión y me ha causado perjuicios importantes con lo cual exijo que vuelva a activar la tarjeta de crédito y me de lo comunique con el debido tiempo según los estatutos y reglamentos.Asimismo, quiero reclamar los intereses generados al ser una tarjeta revolving.Considero que dicha contratación adolece de vicios de nulidad, conforme al Código Civil y legislación especial aplicable, vulnera mis derechos como consumidor y minorista, por tratarse de un contrato de adhesión con condiciones generales no negociadas, y cláusulas abusivas que imponen la renuncia o limitación de derechos, incumplen los criterios del control de transparencia establecidos por Tribunal Supremo en STS 9-05-2013 y otras, y así mismo infringen lo dispuesto en la ley de represión de la usura de 23/07/1908 por aplicar también intereses usurarios.Al respecto, el Tribunal Supremo, en su sentencia de 25 de noviembre de 2015, establece que basta para considerar usurario un préstamo/crédito cuando esté previsto aplicar un tipo de interés notoriamente superior al normal del crédito y manifiestamente desproporcionado.
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