Últimas reclamaciones

P. C.
06/10/2026

Cobros indebidos

En relación a la denegación de mi reclamación sobre operaciones ilegítimas bajo el expediente 26/212829, manifiesto mi más absoluta disconformidad amparándome en el Real Decreto-ley 19/2018, de servicios de pago, que transpone al derecho español la Directiva Europea PSD2, establece en su artículo 45 una obligación clara: cuando un cliente niega haber autorizado una operación de pago, el banco debe reembolsar el importe íntegro de forma inmediata. Solo puede negarse si demuestra que el cliente actuó con negligencia grave. Expongo el caso de manera publica para dar a conocer el tipo de prácticas de su entidad, las cuales perjudican a los clientes basándose en argumentos sin base legal que los respalde. Por ello, solicito la devolución inmediata de la cantidad de 737 euros sustraídos por terceros de forma ilegítima y sin mi consentimiento o me veré obligada a emprender acciones judiciales.

En curso
S. A.
06/10/2026

Denegación importes

En relación a la denegación de mi reclamación sobre operaciones ilegítimas bajo el expediente 26/212829, manifiesto mi más absoluta disconformidad amparándome en el Real Decreto-ley 19/2018, de servicios de pago, que transpone al derecho español la Directiva Europea PSD2, establece en su artículo 45 una obligación clara: cuando un cliente niega haber autorizado una operación de pago, el banco debe reembolsar el importe íntegro de forma inmediata. Solo puede negarse si demuestra que el cliente actuó con negligencia grave. Expongo el caso de manera publica para dar a conocer el tipo de prácticas de su entidad, las cuales perjudican a los clientes basándose en argumentos sin base legal que los respalde. Por ello, solicito la devolución inmediata de la cantidad de 737 euros sustraídos por terceros de forma ilegítima y sin mi consentimiento o me veré obligada a emprender acciones judiciales.

Cerrado
D. U.
30/09/2026

Reclamación por la concesión de un préstamo

Estimados/as señores/as: Me dirijo a ese Servicio de Atención al Cliente en relación con un préstamo de 1.200 euros concedido por Kutxabank a mi hijo, de 18 años de edad, mediante contratación online. En mi condición de padre, me preocupa especialmente el procedimiento seguido por la entidad para evaluar la capacidad de pago de mi hijo antes de aprobar dicha operación. En el momento de la concesión del préstamo, mi hijo no disponía de empleo ni de ingresos propios, circunstancias que, a nuestro juicio, hacían especialmente relevante una evaluación suficiente de su capacidad presente y futura para atender las obligaciones derivadas del crédito. Por ello, y sin cuestionar con carácter general la posibilidad de que una persona de 18 años pueda acceder a financiación, solicito que Kutxabank explique de forma concreta cómo se realizó en este caso la evaluación de solvencia previa a la contratación. En particular, SOLICITO: 1. Que se me informe, en la medida legalmente procedente y con respeto a la normativa de protección de datos, de qué información económica y financiera fue tenida en cuenta para evaluar la solvencia de mi hijo antes de aprobar el préstamo. 2. Que se indique qué comprobaciones se realizaron sobre sus ingresos, situación laboral, endeudamiento y capacidad de pago, y qué documentación o información fue utilizada para ello. 3. Que se informe de si se realizaron consultas a CIRBE u otras bases de datos de solvencia o riesgo crediticio, indicando, en su caso, cuáles fueron las fuentes consultadas. 4. Que se explique qué criterios o parámetros de solvencia permitieron considerar viable la operación, teniendo en cuenta que el solicitante tenía 18 años y carecía de empleo e ingresos propios. 5. Que se informe de si la decisión de concesión fue adoptada mediante un sistema automatizado de evaluación de riesgo o scoring, y, en tal caso, que se facilite información suficiente sobre los criterios utilizados para adoptar dicha decisión, dentro de los límites establecidos por la normativa aplicable. 6. Que se facilite copia de la documentación y registros relativos a la evaluación de solvencia realizada con carácter previo a la concesión del préstamo, en la medida en que legalmente puedan ser facilitados al titular de la operación. 7. Que se indique expresamente qué evaluación de la capacidad presente y futura de devolución del préstamo realizó la entidad antes de proceder a su aprobación.

En curso
A. B.
24/07/2026

Mala praxis y cobro indebido de comisiones en gestión de herencia e hipoteca (Oficina Areitio, Vitor

Reclamo por la pésima gestión de Kutxabank (oficina Areitio, Vitoria-Gasteiz) en la tramitación de la herencia y cancelación de un préstamo hipotecario de un familiar fallecido. Los hechos: para poder vender la vivienda y cancelar la hipoteca, el banco nos exigió el pago de 73,11 € por la emisión de un simple certificado de saldo del préstamo, condicionando la entrega del documento al pago previo. Según los criterios de buenas prácticas del propio Banco de España, este tipo de certificados —necesarios para la cancelación económica de un préstamo— no deberían tener coste alguno. A esto se suma que, durante todo el proceso, no recibimos ninguna información ni orientación por parte de la oficina sobre los pasos a seguir ni sobre las comisiones que se seguirían cargando en la cuenta tras el fallecimiento. Resultado: meses después, la cuenta —abierta únicamente para gestionar la herencia y la cancelación de la hipoteca— acumuló otros 48,55 € en comisiones de mantenimiento, sin previo aviso. Hemos presentado una reclamación formal al Servicio de Atención al Cliente, que ha respondido justificando los cobros sin apenas hacerse cargo de la nula información y acompañamiento recibidos, así como con contradicciones en las tarifas aplicadas. Vamos a elevar el caso al Banco de España. Si estáis gestionando una herencia con Kutxabank, pedid por escrito toda la información sobre comisiones desde el primer día.

Cerrado
J. A.
09/06/2026

incumplimiento de campaña

Estimados/as señores/as: Como cliente de la Entidad el pasado 7 de Abril me ofrecieron la adscripción a la campaña online en condiciones ventajosas para mí, al contratar/por ser titular de cuenta corriente abierta online Acepté dicha promoción y condiciones, reiterándose en más de una ocasión que la promoción se me pagaría antes del 31 de mayo, y que yo estaba correctamente ha escrito a la campaña, la cual además estaba publicada a la entrada de la sucursal bancaria en la que certifique mi identidad para formalizar la apertura de la cuenta. Transcurrido un tiempo prudencial desde la apertura de la misma y tres varias reclamaciones me informan que no es posible abonar esa promoción porque la apertura de mi cuenta se realizó pasada. La fecha límite que es del día 31 de marzo, esto me hubiese gustado saberlo antes de comprometerme a abrir la cuenta con ustedes. Adjunto los siguientes documentos: comunicación con mi agente de la cuenta, y si fuera necesario puedo aportar el testimonio de testigos que confirmarán que cuando ratifiqué mi identidad en la sucursal, se me confirmó mi correo correcta inscripción a la campaña de nómina SOLICITO: que se abone dicha promoción en mi cuenta de su banco, dado que de lo contrario, nos encontramos ante un caso de publicidad indebida, ya que ustedes tenían publicada la promoción más allá de su fecha de inscripción límite y además he preguntado en más de una ocasión a varios de sus agentes, con respuesta afirmativa. Sin otro particular, atentamente. Jose Antonio, Alonso Paz

Cerrado

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