Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
J. S.
25/08/2026

No cancelan renovación

Buenos días, Tras finalizar una suscripción al diario El Mundo, me renuevan automáticamente por un año y 120 euros. Lo cual en mi economía actual supone una molestia grande. Inmediatamente que veo el cargo , el mismo día e incluso siendo de madrugada les solicito la cancelación y el reembolso puesto que no quería renovarlo. El diario no me había enviado el correo alertando de la finalización 15 días antes, incumpliendo lo que indica la Ley de servicios de atención a la clientela que indica que deben avisar con 15 días de antelación de la renovación de la suscripción. Tras varias comunicaciones solicitándoles la cancelación y el reembolso , solo responden que no, evitando el tema del aviso con 15 días de antelación y diciendo que al inicio de la contratación ya se sabe que se renueva, lo cual parece hasta ofensivo. Es una lastima que un diario como El mundo, del que me consideraba lector durante muchos años realice actos de este tipo, primando únicamente el cobro de su suscripción.

Cerrado
F. V.
25/08/2026
Sogeviso

Falta de información clara y previa sobre los requisitos de acreditación de la unidad de convivencia

Quiero presentar una reclamación formal por el procedimiento de adjudicación de las viviendas de alquiler asequible de la promoción Usera-Orovilla (Madrid), promovida por Culmia y gestionada por Sogeviso dentro del programa de vivienda asequible del Ayuntamiento de Madrid. Nuestra solicitud ha sido denegada por no poder acreditar 5 años de convivencia previa, requisito que, según se nos ha indicado, sería necesario para ser considerados pareja de hecho y formar una misma unidad familiar o de convivencia. El motivo principal de esta reclamación es que no consideramos que dicho requisito estuviera explicado de forma clara, expresa y accesible cuando realizamos la inscripción, abierta el 29 de julio de 2026. En la web de la promoción se utilizaba el concepto de “unidad familiar o de convivencia”, pero no encontramos una advertencia clara de que una pareja no casada tuviera que acreditar cinco años de convivencia estable e ininterrumpida para ser considerada una misma unidad. No es una cuestión secundaria: esta condición determina quién puede integrar la solicitud, qué ingresos se computan, cómo se analiza la solvencia y si la candidatura puede continuar o quedar excluida. Si era un requisito aplicable, debía aparecer de forma inequívoca antes de inscribirse. Tras recibir la denegación, consultamos de nuevo en la web de Sogeviso. Su sistema indicó expresamente: “El requisito de convivencia previa de 5 años no aparece como obligatorio en las bases.” A continuación explicaba que, para parejas de hecho, se exigía una relación análoga a la conyugal con al menos dos años de antelación y convivencia estable y notoria no inferior a cinco años, pero añadía que esto “solo afecta a la definición de pareja de hecho y no es un requisito general para la inscripción en el proyecto”. También concluía: “No se exige 5 años de convivencia previa para la inscripción general, salvo para acreditar la condición de pareja de hecho, si corresponde.” Sin embargo, al realizar posteriormente otra consulta sobre qué constituye una “unidad familiar o de convivencia”, el chat de Sogeviso ofrece una formulación distinta, encabezada como “Según fuentes oficiales”. En esa respuesta afirma que, para ser considerados pareja de hecho, se requiere una relación análoga a la conyugal con al menos dos años de antelación y “convivencia estable y notoria de al menos cinco años, acreditada documentalmente”. Por tanto, los propios canales de Sogeviso han ofrecido respuestas diferentes o, como mínimo, ambiguas sobre un requisito determinante para nuestra exclusión. En una consulta se afirma que “el requisito de convivencia previa de 5 años no aparece como obligatorio en las bases”; en otra, se incorpora esa exigencia dentro de las condiciones para constituir una unidad de convivencia. Aunque pudiera sostenerse que los cinco años no son un requisito general, sino una condición específica para acreditar una pareja de hecho, para una pareja no casada que presenta su solicitud conjuntamente ese requisito sí es determinante, porque de él depende que ambos miembros sean reconocidos como una misma unidad de convivencia. Existe además una circunstancia que aumenta nuestras dudas sobre la fuente utilizada. La redacción que actualmente proporciona el chat —dos años de relación y convivencia estable y notoria durante un período ininterrumpido no inferior a cinco años— coincide sustancialmente con la que contenía anteriormente el artículo 6 de la Ley 19/2021, reguladora del Ingreso Mínimo Vital. Esa regulación fue modificada y dicha redacción dejó de estar vigente desde el 1 de junio de 2024. No afirmamos que Sogeviso esté aplicando esa norma, ya que el chat no identifica la fuente; precisamente por ello solicitamos que se indique qué “fuente oficial” concreta se está utilizando y por qué sería aplicable a una promoción de vivienda asequible de Usera en 2026. Si el requisito procede de los pliegos o bases del programa municipal, debe identificarse el documento y la cláusula. La respuesta actual del chat se limita a indicar “Según fuentes oficiales”, sin facilitar documento, organismo, cláusula, fecha de publicación ni enlace donde el solicitante pudiera comprobar ese requisito antes de inscribirse. Después de la denegación hemos tratado de localizar esa fuente en la información pública de la promoción y del programa municipal, sin encontrar claramente la cláusula específica aplicable a Usera-Orovilla. Sí hemos encontrado una condición similar en documentación de otras promociones gestionadas por otros operadores, pero esas bases no pueden sustituir las condiciones que debían estar publicadas para Usera-Orovilla. Si el requisito deriva del expediente municipal o de sus pliegos, Culmia y Sogeviso deberían poder identificar el documento y la cláusula concreta. Si procede de unas bases específicas de Usera-Orovilla, deberían acreditar que estaban publicadas y accesibles antes del 29 de julio de 2026. También solicitamos que se aclare si la definición de “unidad familiar o de convivencia”, las FAQ, los requisitos o cualquier documento asociado a la promoción han sido modificados desde la apertura del procedimiento. La diferencia entre las respuestas obtenidas hace esencial conocer qué contenido estaba disponible en la fecha de inscripción y qué contenido puede haberse incorporado después. A todo ello se suma una grave dificultad para obtener explicaciones. Hemos intentado contactar con Sogeviso por teléfono y por correo para conocer la base del requisito aplicado, pero resulta imposible obtener atención efectiva. No conseguimos hablar con una persona que pueda revisar o explicar el caso y por correo tampoco obtenemos una respuesta individualizada y documentada. Por todo ello, solicitamos: 1. La versión exacta de las bases, requisitos y FAQ de Usera-Orovilla vigentes y públicamente accesibles el 29 de julio de 2026. 2. El documento, página y cláusula exactos donde se establecía la exigencia de cinco años de convivencia para una pareja no casada. 3. La fecha de publicación de dicha condición y acreditación de que estaba disponible antes de la inscripción. 4. Una explicación de por qué los propios canales de Sogeviso han proporcionado respuestas diferentes sobre este requisito. 5. La identificación de las “fuentes oficiales” citadas por su chat: documento, organismo, cláusula, fecha y enlace, aclarando si el criterio procede de la Ley 19/2021 o de una base específica del programa. 6. Confirmación de si las bases, requisitos, FAQ o definición de unidad de convivencia han sido modificados después del 29 de julio de 2026 y, en su caso, el contenido anterior y posterior. 7. Una explicación individualizada y por escrito del motivo exacto de nuestra denegación y su fundamento documental. 8. Que, si no puede acreditarse que esta exigencia estaba publicada de forma clara, expresa y accesible antes de nuestra inscripción, se revise nuestra exclusión y se nos permita continuar en el procedimiento. 9. Que se habilite un canal efectivo de atención telefónica o escrita para resolver dudas y formular alegaciones. No cuestionamos que existan requisitos objetivos para acceder a una vivienda de alquiler asequible. Lo que cuestionamos es que un requisito capaz de determinar la exclusión no aparezca explicado de forma clara antes de participar y que, posteriormente, los propios canales de la entidad proporcionen información distinta sin identificar la fuente contractual que lo sustenta. Podemos aportar como prueba la comunicación de denegación, las capturas de las respuestas contradictorias de Sogeviso, el correo enviado inmediatamente después reproduciendo esa información y los intentos de contacto realizados. Atentamente, Mario de Mora Ref. MADR10000540 25/08/2026

Cerrado
I. D.
25/08/2026
Flyscreenmaxx.es

Producto incompleto

Hola, realice un pedido de 2 mosquiteras y solo llegó una mosquitera. El vendedor confirma que hubo un error en la conversación que hemos mantenido en PayPal. El vendedor se ha comprometido a enviar el producto antes de que acabe la garantía PayPal pero no ha realizado ningún envío por lo que no he recibido el producto completo. PayPal solicita una reclamación en la OCU o una denuncia en la guardia civil para poder elevar el caso. Solicito al vendedor que reembolse el importe de la compra ya que no he recibido el artículo que falta.

Resuelto
A. P.
25/08/2026

Requerimiento de devolución íntegra de mi documentación fiscal

A la atención de Declarando Asesores 3.0, S.L.: Mi actividad fue dada de alta el 15/07/2024. Asimismo, en su comunicación de 03/07/2026 se me indicó que mi plan se renovaba el 10/07/2026, fecha que tomo como referencia de finalización o renovación contractual. Durante la prestación del servicio subí y mantuve en la plataforma documentación fiscal de mi actividad, incluyendo facturas recibidas, tickets, justificantes y datos de ingresos y gastos. Ya no dispongo de acceso efectivo a parte de esa documentación, pese a necesitar conservarla para cumplir mis obligaciones tributarias y atender cualquier comprobación de la AEAT. Les requiero formalmente para que, en el plazo máximo de siete días hábiles, me faciliten por vía electrónica: 1. Una copia íntegra de todos los documentos que subí a la plataforma, en su formato original y con sus adjuntos: facturas, tickets, justificantes y demás documentación fiscal. 2. Un export completo de mis datos: ingresos, gastos, facturas emitidas, clientes, proveedores, libros registro, impuestos presentados, balances y cualquier documento generado o almacenado en relación con mi cuenta. 3. Un inventario de los documentos entregados y confirmación expresa de que la documentación se ha preservado hasta su entrega efectiva. Solicito expresamente que no se suprima, altere ni bloquee ningún documento o dato asociado a mi cuenta hasta que la entrega se haya realizado íntegramente y haya podido verificarla. Esta solicitud se formula conforme a la cláusula 12 de su contrato de encargo de tratamiento, que contempla la devolución de los datos y copias al finalizar el servicio según indique el autónomo responsable. Respecto de mis datos personales, ejerzo también mis derechos de acceso y portabilidad. Si algún documento no pudiera entregarse, solicito que indiquen por escrito qué archivo falta, desde cuándo, la causa, el alcance de la incidencia, la existencia de copias de seguridad y las medidas adoptadas para recuperarlo. Agradeceré confirmación de recepción e identificación de la persona responsable de tramitar esta solicitud. Si no recibo una solución satisfactoria, me reservaré el ejercicio de las acciones que correspondan. Atentamente,

Cerrado
M. C.
25/08/2026

Choque de furgoneta a puerta de almacén

El día 24 de agosto a las 12 del mediodía día vino el repartidor y nos chocó la puerta del almacén él alegó que no tenía cámara trasera nos tiró las cajas dentro del almacén y se fue ni siquiera se disculpó y tampoco dio solución alguna, la puerta tiene daños no abre ni cierra bien. Reclamó que den parte al seguro alguna, ya hemos puesto la denuncia a la policía tenemos todo los vídeo y fotos para que alguien se haga cargo del daño.

Cerrado
P. R.
25/08/2026

pedido no recibido

PEDIDO NO RECIBIDO – PEDIDO Nº 5443 Empresa reclamada: SmoothSuper Número de pedido: 5443 Producto: Ventilador de Techo con Luz LED y Mando a Distancia | Motor DC Silencioso, Aspas Retráctiles, 6 Velocidades y Temporizador Cantidad: 2 unidades Importe total pagado: 51,98 € Gastos de envío: Gratuitos HECHOS Realicé una compra a través de la página web de SmoothSuper correspondiente al pedido nº 5443, consistente en 2 ventiladores de techo, por un importe total de 51,98 €. A fecha de hoy, no he recibido los productos. He intentado ponerme en contacto en varias ocasiones con el servicio de atención al cliente de SmoothSuper mediante correo electrónico para solicitar información sobre el estado del pedido y buscar una solución, pero no he recibido respuesta a ninguno de mis mensajes. Considero especialmente preocupante que, después de haber realizado el pago, no haya recibido los productos ni haya obtenido ninguna respuesta por parte de la empresa. SOLICITO Solicito a SmoothSuper que proceda, en un plazo razonable, a una de las siguientes opciones: La entrega efectiva de los 2 ventiladores correspondientes al pedido nº 5443, facilitando información clara sobre el envío y seguimiento. En caso de no poder realizar la entrega, la devolución íntegra de los 51,98 € abonados, mediante el mismo medio de pago utilizado para realizar la compra. Asimismo, solicito que la empresa responda a las comunicaciones que le he enviado y facilite una explicación sobre el motivo por el que el pedido no ha sido entregado. Adjunto como documentación justificativa la confirmación del pedido, el justificante del pago y las comunicaciones enviadas al servicio de atención al cliente sin obtener respuesta. Solicito que quede constancia pública de esta reclamación para conocimiento de otros consumidores.

Cerrado
E. M.
25/08/2026

Retraso de dos semanas y paquete no entregado

Realicé un pedido en Planeta Huerto y la fecha prevista de entrega era el 6/8/2026 en mi casa, en donde siempre hay alguien. A fecha de hoy he recibido un aviso conforme se ha entregado y no es verdad, puesto que no tenemos ningún paquete ni tampoco la llamada previa a mi teléfono, tal como informan en el estado del pedido, en respuesta a la petición de la empresa vendedora. Muy mal servicio, estoy a la espera de recibirlo...

Resuelto
C. M.
25/08/2026

Reclamación por avería recurrente y falta de solución por parte de Kia

El vehículo fue llevado a Kia Alcalá a mediados de julio de 2026 debido a problemas relacionados con el motor. En ese momento se me indicó que no debía seguir utilizando el vehículo, pero no pudieron darme cita hasta el 3 de agosto. El vehículo me fue entregado el 7 de agosto. Sin embargo, el 9 de agosto, cuando me dirigía a Miramar, volvieron a encenderse los testigos de avería de motor y gases y el vehículo perdió potencia, por lo que tuve que dejar de utilizarlo. Ante esta situación, conseguí una cita el 11 de agosto en Kia Gandía. Allí se realizaron nuevas comprobaciones y se me informó de problemas relacionados con los inyectores y los calentadores, entre otras cuestiones. Considero especialmente preocupante que, después de haber advertido previamente de la avería y de que el propio concesionario me indicara que no utilizara el vehículo, este fuera entregado y, apenas dos días después, volviera a presentar una avería grave, incluyendo pérdida de potencia y encendido de los testigos de motor y gases. Solicito que Kia se haga responsable de la reparación que corresponda, que se determine de forma clara y por escrito el origen de la avería y que se realicen las actuaciones necesarias para que el vehículo quede correctamente reparado, sin que tenga que asumir costes que correspondan a la garantía o a una reparación que ya debería haberse realizado correctamente. Asimismo, solicito que se tengan en cuenta todas las actuaciones realizadas anteriormente por los concesionarios Kia y que se me facilite por escrito el diagnóstico completo, las reparaciones efectuadas y las piezas que hayan sido sustituidas. Adjunto la documentación de la que dispongo, incluyendo justificantes, órdenes de reparación, diagnósticos, facturas y comunicaciones con los concesionarios. Solicito la intervención de OCU para que Kia dé una solución definitiva al problema y determine las responsabilidades correspondientes.

Cerrado
J. R.
25/08/2026

Instalación de placas solares incompleta

Buenas tardes Edp me instalo placas solares adjunto desglose de la factura. El otro día les llamé y les dije que no podía instalar una batería porque no me dejaron en el inversor el conector de comunicaciones, su respuesta que eso no es obligatorio. Después de gastarme más de 12.000 euros Eso me responden cuando llamé a atención al cliente. El inversor viene nuevo en caja y me tienen que dejar todo incluido instrucciones puesto que se les ha pagado, llevo 2 semanas buscando la pieza puesto que cuando compras el inversor viene y me está costando muchísimo el conseguirla además llevo ya 2 semanas sin poder beneficiarme de la batería perdiendo dinero por su culpa, espero se les pueda mutar por la mala atención recibida. Un saludo José.

Cerrado
J. R.
25/08/2026

Instalación de placas solares incompleta

Buenas tardes Edp me instalo placas solares adjunto desglose de la factura. El otro día les llamé y les dije que no podía instalar una batería porque no me dejaron en el inversor el conector de comunicaciones, su respuesta que eso no es obligatorio. Después de gastarme más de 12.000 euros Eso me responden cuando llamé a atención al cliente. El inversor viene nuevo en caja y me tienen que dejar todo incluido instrucciones puesto que se les ha pagado, llevo 2 semanas buscando la pieza puesto que cuando compras el inversor viene y me está costando muchísimo el conseguirla además llevo ya 2 semanas sin poder beneficiarme de la batería perdiendo dinero por su culpa, espero se les pueda mutar por la mala atención recibida. Un saludo José.

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