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INSUFICINCIA EN EL RESARCIMIENTO DEL DAÑO
Con fecha 23 de agosto 2025 me dirijo a la estación de autobuses de Marbella para comprar personalmente dos billetes de autobús en la compañía Avanza para que me trasladen a mí y a mi hija con parálisis cerebral severa (en silla de ruedas) a Málaga el miércoles 27 de agosto. La razón de acudir a comprarlo con anterioridad y en persona es para cerciorarme de que el día del viaje, la compañía sepa que necesitará llevar un autobús adaptado o la plataforma que permita acceder a mi hija dentro del autobús. Esto queda confirmado por el agente de ventanilla el día de la compra. Como ustedes comprenderán, para mí es más cómodo hacer la compra online como todo el mundo. Pero no, me traslado en persona. El día del viaje ( 27 de agosto), acudo con mi hija a la estación y el conductor no nos deja montar en el autobús porque no está adaptado y no han traído la plataforma elevadora de acceso porque "la compañía no le ha avisado y sintiéndolo mucho no puede subir". El propósito del viaje era coger un tren iryo desde Málaga destino Madrid, por lo que corriendo intento trasladarme a Málaga en taxi adaptado, que no encuentro ninguno en la estación de autobuses de Marbella, así que desesperados, decidimos ir en nuestro coche particular (desmontaje en piezas de la silla para que quepa en maletero, coger manualmente a mi hija de 19 años y sentarla sin ningún tipo de adaptación para coche, mi marido se ausenta más de tres horas de su trabajo para llevarnos a Málaga y volver etc...). Cuando pongo la reclamación en la empresa AVANZA, me piden disculpas y me dicen que me hacen la devolución de los dos billetes que compré: 4,35 € + 4,35€. Total: 8,70 €. Me dicen que como no puedo aportar una factura de taxi, que no me pagan más. Me parece injusto, frustrante y cero profesional. Por una falta de comunicación y organización de la empresa, mi marido, mi hija y yo hemos tenido que correr una maratón para llegar a destino sin indemnizar todo el daño causado.
denegación de embarque
envié esta reclamación a Ryanair: Estimados, Nos dirigimos a ustedes para reiterar nuestra reclamación por la denegación de embarque sufrida en el vuelo Marrakech – Madrid el día 29 de agosto, pese a haber realizado correctamente el check-in online y presentarnos una familia de 6 personas con pasaportes europeos, con asientos numerados y una hora antes del embarque. El trato recibido y la ausencia de ayuda nos provocaron una situación de gran impotencia y estrés, al no encontrar personal de Ryanair que nos asistiera y al recibir únicamente la opción de un vuelo alternativo para el 5 de septiembre, lo cual era totalmente inaceptable. Además, queremos especificar los gastos adicionales que nos supuso regresar a Madrid debido a la denegación de embarque: 288,88 € por alquiler de coche 308,21 € en taxi desde Marrakech hasta Tánger 161,49 € en compra de billetes de ferry Gasto adicional en gasolina (factura adjunta) Adjuntamos los tickets y facturas correspondientes como prueba de dichos gastos. Solicitamos a Ryanair la compensación adecuada conforme al Reglamento CE 261/2004, tanto por los gastos ocasionados como por el grave perjuicio, estrés y pérdida de tiempo sufridos y de gastos que no contábamos con ellos. Quedamos a la espera de su pronta respuesta. Atentamente,
Tasa por nombre erroneo en sistema
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de VIENA al de BARCELONA , que tenía su salida a las 16:15 horas del día 21 DE OCTUBRE DE 2025 con un coste de 74,70 €. Dicho importe fue abonado mediante TARJETA BANCARIA Aporto la documentación de la reserva de dicho viaje En las condiciones y términos de la contratación se establece que el pasajero puede solicitar el cambio . Antes de la salida he intentado hacer un cambio y no he podido porque hay que pagar una tasa de 230 € !!!! . Aporto pantallazo Las aerolíneas no pueden cobrar un extra a los pasajeros por corregir su nombre en la reserva del billete de avión. Así lo ha determinado la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en una reciente resolución. En el dictamen, publicado el pasado 28 de febrero 2023, la Agencia indica que esta gestión se ampara dentro del derecho a rectificación a los datos personales, recogido en el artículo 16 del Reglamento Europeo sobre Protección de Datos (RGPD), por lo que debe ser gratuita. El derecho de rectificación de datos, así como cualquier otro derecho recogido en la normativa de protección de datos personales, es gratuito. En su resolución, la AEPD recuerda que la ley europea de privacidad reconoce en su artículo 16 el derecho a la rectificación, que define como el derecho de los ciudadanos a obtener, sin dilación indebida del responsable del tratamiento, la rectificación de los datos personales inexactos que le conciernan. Teniendo en cuenta los fines del tratamiento, el interesado tendrá derecho a que se completen los datos personales que sean incompletos, inclusive mediante una declaración adicional. Al cobrar ese recargo (ya fuera por error o a propósito), el organismo indica que se está vulnerando este precepto, ya que el trámite debería de haber sido gratuito. Por todo esto solicito la devolución del importe cobrado. Caso contrario, emprenderé las acciones legales pertinentes.
Compensación económica por retraso
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Palma de Mallorca al de Barcelona, que tenía su salida a las 8:00horas del día 20 del mes de Agosto de 2025 por lo que la llegada normal debería haber tenido lugar a las 9:00 horas del mismo día. Adjunto los siguientes documentos: Detalle de la compra y tarjeta de embarque. El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente. Miguel David Czernikowski Vallini
Compensación insuficiente
Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Barcelona-El Prat al de Menorca, con fecha de salida a las 14:50 horas del día 13 de agosto de 2025. En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una maleta con ropa y artículos de aseo para cuatro personas (dos adultos y dos niños), ya que se trataba de un viaje familiar de vacaciones. Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje no apareció por la cinta correspondiente, recibiéndolo 50 horas después. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR). Adjunto el documento PIR y el billete. Ante el retraso en la entrega del equipaje facturado, me vi obligada a realizar los siguientes gastos: ropa, productos de higiene personal, calzado y otros artículos de primera necesidad para toda la familia, cuyo importe total ascendió a la suma de 669 €. Aporto la justificación documental de dichos gastos. SOLICITO la cantidad de 669 € como indemnización por los daños producidos por retraso en la entrega del equipaje facturado. La compañía aérea, Vueling, me ha ofrecido únicamente 150 €, alegando que es el importe máximo según su política interna, sin facilitarme dicha política ni indicar dónde está publicada. Además, en varias llamadas telefónicas previas, se me aseguró que se me reembolsaría el importe total si presentaba los justificantes de compra, lo cual he cumplido. Considero que esta compensación es insuficiente y no se ajusta a lo establecido en el Convenio de Montreal, que regula la responsabilidad de las aerolíneas en casos de retraso en la entrega de equipaje. Sin otro particular, atentamente.
Daños y perjuicios
Nº de contrato 6041549834 / Reserva 1192753042 EUROPCAR FUERTEVENTURA Aeropuerto de Fuerteventura El Matorral s/n, El Matorral 35610 RECLAMACIÓN POR SERVICIO DEFICIENTE Estimados señores: En agosto alquilé un coche en su empresa para recoger en el aeropuerto de Fuerteventura. Por averías que presentaban, tuve que cambiar hasta dos veces de vehículo, con largos tiempos de espera y varios desplazamientos entre Corralejo y el aeropuerto. En consecuencia, perdí un día completo de vacaciones. Paso a relatar y especificar más en detalle. Primer vehículo: Nº de contrato 6041549834 / Reserva 1192753042. El día 21/08 recogí OPEL CORSA 6104MJV a las 9:15. El día 22/08 ya aparecía un mensaje de advertencia de “problema en los neumáticos” en el panel de control del vehículo. A las 11:39 contacté con Europcar y me aseguraron por teléfono y por escrito, mediante SMS, que en 40/45 minutos la asistencia llegaría. 4 horas 30 minutos más tarde, hacia las 15:00 llegó la grúa, intentó subsanar el problema y decidió finalmente remitirnos al aeropuerto a fin de cambiar de vehículo. Segundo vehículo: llegada al aeropuerto a las 16:44 y cambio de coche por un Citroen CT 8669MKG. De camino a destino, en plena autopista, vuelve a saltar la alarma en el salpicadero, mismo error que el vehículo anterior. A las 17:44 contacto con el agente de Europcar: debo volver al aeropuerto, de nuevo, a fin de subsanar el problema. Tercer vehículo: Finalmente, me asignaron un vehículo en buenas condiciones, Skoda Kamiq 8636NCT. Llegada a destino hacia las 18: 30. Cabe añadir que la compañía ni tan siquiera se hizo cargo de la retirada y entrega en destino de los vehículos, aún siendo su responsabilidad el estado de los mismos. Toda esta debacle, molestias y problemas, ocasionó la pérdida de todo un día de vacaciones, con el costo personal, emocional y económico que conlleva. En consecuencia, pido que se compense el perjuicio causado por su deficiente servicio. Atentamente, Miren Adjunto copia de documentación: contratos de alquiler. También a su disposición SMS de Europcar y Grúas Serafín.
Retraso 4h Ave. Me corresponde reembolso del 100% del importe y renfe me ofrece el 50%
Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en tren combinado desde la estación de Barcelona-Sants al de Santiago de Compostela, que tenía su salida a las 17:10 horas del día 12 del mes de agosto de 2025 por lo que la llegada normal a Santiago debería haber tenido lugar a las 20:18 horas del día 12. El billete tenía un coste de 96.40€. Nº de pasajeros: 1 El tren llego al destino a las 00:20 horas, sufriendo un retraso de 4horas con el horario previsto originariamente de llegada. Adjunto los siguientes documentos: los billetes del tren y la captura de la reclamación que me propone renfe del 50% SOLICITO la compensación que me corresponde conforme a a la política de puntualidad de la compañía, Sin otro particular, atentamente. Ana Castro
Indemnización por incumplimiento del compromiso de puntualidad de RENFE
Buenas noches: El día 30 de agosto del presente año, realizamos mi familia y yo un viaje de retorno de nuestras vacaciones con el tren ALViA número 02165 desde la estación de PUERTO DE SANTA MARIA(con salida a las 16,41 horas)y llegada a MADRID a las 20,55 horas. Escogimos este tren porque era directo a Madrid,sin tener que hacer trasbordo en Sevilla y por lo tanto cambiar de tren,evitando alargar el viaje.Por supuesto el precio era más elevado. Al poco de subir al tren empezaron los problemas,haciendo varias paradas sin informar del motivo,hasta que el tren se detuvo definitivamente en Córdoba.Alli fue donde Renfe nos informó de que la causa de la detención prolongada(más de una hora)había sido el CHOQUE DE UNA PALOMA contra uno de los cristales del tren.No tenemos pruebas de ello y es la palabra del revisor de Renfe contra la nuestra.Lo que parece ilógico es que tuviéramos que esperar que nos remolcase el tren siguiente al nuestro porque no hubiera otra manera de solucionar el problema. Aparte de demorar la llegada del tren a Madrid a las 12 de la noche,más de TRES HORAS después de la hora a la que teníamos que haber llegado,sobrepasando en exceso los 90 minutos que la Compañía alega para poder indemnizar,es que nadie nos ofreció bebida ni comida,sino que tuvimos que comprarla nosotros,haciendo una cola interminable y consiguiendo a nuestra costa solo una bolsita de galletas al ser lo único que quedaba en el tren.Se agotaron las existencias de la cafetería y hubo pasajeros que no pudieron tomar nada de nada.Falló además el aire acondicionado de uno de los trenes y en el nuestro hacía un frío tremendo,originando el tremendo constipado que nos cogimos tras el viaje. La compañía nos envió por email disculpas y que podíamos comprobar el estado de la indemnización de los billetes,24h después de la llegada del tren,lo que interpretamos como derecho a percibir indemnización de nuestros billetes. La sorpresa ha sido consultar al no recibir respuesta,que no teníamos derecho a indemnización porque el retraso había sido debido a fuerza mayor ajeno a la compañía,lo que entiendo injustificado en base a la jurisprudencia existente y a la legislación europea.No hay ninguna prueba de que se produjera la rotura del cristal más que la palabra del revisor y el email que nos mandó Renfe .¿Porque el tren empezó a detenerse en varias zonas si el cristal ya estaba roto?o es que entonces no estaba roto?…Renfe no tiene más solución que esperar que nos remolque el tren siguiente para solucionar el problema del cristal…no me lo creo. ¿Es licito que la compañía no tuviera ningún tipo de atención con los viajeros en cuanto a comida y bebida y llegara a agotar existencias,cuando estuvimos más de una hora parados en la estación de Córdoba?Nos sentimos abandonados y tampoco fueron para traer mantas porque hacía un frío terrible.Tercermundista.
Retraso por incendios de Galicia
📄 Reclamación formal a RENFE A la atención del Servicio de Atención al Cliente de Renfe Asunto: Reclamación por cancelación y deficiencias en el servicio en trayecto Barcelona – Santiago de Compostela (13/08/2025) Yo, [NOMBRE Y APELLIDOS], con DNI [XXXXXXXX], expongo lo siguiente: 1. Hechos El día 13/08/2025 adquirimos billetes con trayecto Barcelona Sants – Madrid Atocha en AVE y conexión en Madrid Chamartín – Santiago de Compostela a las 17:10h. A las 16:17h, RENFE notificó la cancelación de todos los trenes entre Madrid y Galicia, sin ofrecer alternativa inmediata de transporte ni alojamiento. Durante más de 4 horas en la estación, solo se ofreció devolución o cambio de billete, siendo inviable por no disponer de alojamiento. Se nos obligó a permanecer en la zona de embarque sin cobertura, lo que me impidió teletrabajar y cumplir con obligaciones laborales ya planificadas. Costes asumidos directamente por el cliente: Hotel en Madrid: 94 € Cena: 13 € El 14/08/2025, tras presentarnos a las 06:00h, permanecimos en la estación hasta las 15:30h, nuevamente sin información adecuada, cobertura ni alternativa de transporte, perdiendo 8,5 horas laborales adicionales. El tren sufrió nuevas interrupciones y transbordos en autobús hasta llegar a Santiago a las 00:55h del 15/08/2025. Costes adicionales sufridos: Alquiler de coche perdido: 138 € Transporte familiar Santiago: 10 € Cena de urgencia: 10 € 2. Derechos del viajero vulnerados De acuerdo con el Reglamento (CE) nº 1371/2007 y la normativa española aplicable: Artículo 16: En caso de cancelación, el viajero tiene derecho a reembolso del billete o a transporte alternativo en condiciones comparables lo antes posible. RENFE no ofreció ninguna alternativa adecuada, obligando al viajero a asumir alojamiento y manutención. Artículo 18: En caso de retraso superior a 60 minutos, el viajero tiene derecho a compensación mínima del 25% del precio del billete, y del 50% si el retraso supera las 2 horas. En mi caso, el retraso fue de más de 24 horas, por lo que corresponde el 100% de devolución de los billetes. Artículo 18.2 y 18.3: Además de la devolución, el transportista debe ofrecer atención proporcional a la espera, incluyendo alojamiento y manutención, cosa que RENFE no garantizó a todos los pasajeros de manera igualitaria. Código Civil y jurisprudencia española: proceden indemnizaciones por daños emergentes y lucro cesante derivados de la negligencia en la prestación del servicio, que incluyen los costes directos (hotel, manutención, alquiler de coche perdido, transporte adicional) y las pérdidas ocasionadas (jornada laboral perdida). 3. Daños económicos reclamados Hotel: 94 € Cena día 13/08: 13 € Alquiler de coche perdido: 138 € Transporte adicional Santiago: 10 € Cena día 14/08: 10 € Subtotal gastos directos: 265 € Adicionalmente: Devolución íntegra de los billetes, por retraso superior a 24h. Indemnización por daños y perjuicios laborales: pérdida acreditada de 2 jornadas laborales completas de teletrabajo (12,5 horas) que deben ser compensadas económicamente, dado que RENFE no ofreció condiciones mínimas para ejercer mi actividad. 4. Solicitud Solicito formalmente: Devolución íntegra del importe de los billetes adquiridos. Compensación adicional del 100% del importe de los mismos, conforme al art. 18 del Reglamento (CE) 1371/2007. Reembolso de todos los gastos acreditados: 265 €. Indemnización complementaria por lucro cesante y daños morales derivados de la imposibilidad de cumplir con mi jornada laboral y el estrés causado por la deficiente gestión de RENFE. En caso de no recibir respuesta satisfactoria en el plazo legal, procederé a elevar la presente reclamación a través de la OCU, la Junta Arbitral de Transporte y, en última instancia, la vía judicial.
Falta limpieza, higiene en el vehículo entregado y cobro diferente en la web contratada
Estimados Sres de Ocu: Mi reclamación se basa en las condiciones deficientes y nula higiene del vehículo de alquiler que la empresa rent a car Golcar nos entregó en el aeropuerto Paris Beauvais el día 15 de Agosto. A parte tuve que pagar un sobrecoste diferente en la agencia del aeropuerto. El día 28 de Agosto , les escribí a la oficina de atención al cliente de la empresa , pero aún no me han contestado. Les envío el escrito que les dirigi a la cuenta mail de Golcar : Estimados Sres. de Golcar: El día 2 de Agosto del actual, reserve por la web de Golcar un turismo para poder retirarlo del aeropuerto de Paris Beauvais , con fecha del alquiler del 15 de Agosto a las 11 de la Noche hasta el día 24 a las 16.30 horas del actual. Que estando en el mostrador de Golcar del aeropuerto , la empleada nos manisfestó que iba a cerrar , nos cobro mas importe del acordado en la web, añadiendo otros conceptos .Que ante mi petición que me los explicase los conceptos de importe añadidos, me respondía que iba a cerrar y que si no estaba interesado que no tenía problema en cancelar la reserva. Nos entrega la llave de un turismo marca Suzuki Swit matricula HE 820 SM , nos acercamos al parkin donde esta estacionado y observamos que el vehículo no esta en estado aceptable para entregar a nuevos clientes.El estado es deficiente en falta de higiene en su interior , suciedad en moqueta , polvo en el salpicadero , etc .Exteriormente presenta en la carrocería un estado deficiente en limpieza , cristales sucios , chapa de carroceria sucia, etc... Que vuelvo a la oficina y pido explicaciones de porque se me ha entregado un vehículo que no esta APTO para su entrega,.Que la dependienta tramita el cambio de vehículo, entregandome otro turismo, volvemos al parkin y en este caso se trata de un turismo Skoda Kamiq matricula HD902 HE. que al observarlo tanto interiormente como exteriormente, el vehículo no esta APTO para su entrega , porque interiormente presenta un estado lamentable de limpieza y higienización y el exterior un deplorable estado de limpieza, me dirijo nuevamente a la oficina y la empleada esta cerrando el mostrador , me dice que puedo cancelar el contrato , que me ha entregado un modelo superior y que ella se tiene que ir pues ha superado su tiempo de trabajo. Le pido que me ponga en contacto con un superior o encargado de la agencia Golcar para comunicarle las deficiencias de ambos vehículos , me dice que vaya al aeropuerto al día siguiente, le digo que no es posible pues el hotel esta retirado del aeropuerto, ella cierra el mostrador y se va del lugar. Posteriormente una vez viendo la situación de desamparo y no teniendo otra opción en ese momento , son pasadas las 12 de la noche y soy responsable del resto de personas que me acompañan ( pues el vehículo lo contraté yo con Golcar), opto por cargar las maletas y para limpiar el cristal delantero le doy al pulsador de los limpia parabrisas, no teniendo agua en su interior , no pudiendo realizar la limpieza de los cristales,. Que como no estaban en condiciones hecho agua de mi botella de mi consumo particular sobre el cristal y accióno los limpiaparabrisas para poder visualizar la vía de tránsito y sobre todo por la oscuridad añadida por ser de noche. - Envío fotos y videos del estado de los dos vehículos estando en el aparcamiento de Golcar del aeropuerto antes de retirar de él el turismo Skoda. - Envio copia contratación web con el precio . - Envio copia contrato mostrador agencia Golcar aeropuerto. - Correo de aceptación entrega turismo en la agencia aeropuerto. Una vez relatado lo sucedido, donde aporto pruebas visibles de las deficiencias de los dos vehículos ofrecidos por la agencia del aeropuerto y que no estaban APTOS ambos para ofrecérselos aún nuevo cliente sin antes higienizarlos y limpiarlos pues el cliente paga por un servicio de contratación de un turismo donde esta incluida la limpieza del mismo, aparte la situación de desamparo la nula empatización de la empleada con el cliente. Los cargos extra añadidos en la agencia del aeropuerto que difieren del importe contratado en la web A la empresa Golcar, SOLICITO:: Que la empresa Golcar , reintegre los importes indebidamente cobrados. Ante la incidencia de entrega de los dos vehículos que no eran aptos para la circulación por falta de limpieza y higienización en su interior y exterior, que soluciones me puede aportar para resarcir las molestias y enfados sufridos tanto por mí como las personas que me acompañaban. Un saludo
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