Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
M. I.
22/06/2025
Nissan Loreto Motor

Reclamación por defectos de origen en vehículo nuevo y posible incumplimiento de garantía legal

Estimados señores, el día 23/11/2024, adquirí un vehículo nuevo marca Nissan, modelo Qashqai, con matrícula 9211MWT, en el concesionario/taller Loreto Motor de Jerez de la Frontera. Desde el momento de la entrega, el coche ha presentado diversos fallos o defectos, quise devolverlo en el momento y no me dejaron. Le volví a ver más fallos y lo llevé al taller, los cuáles no se solucionaron y salieron más fallos, con lo que hice una lista y me dicen que hay cosas de la lista que no entrarían en garantía y que tengo que firmar una autorización para que revisen el coche, pero que tendré que pagar lo que no entre en garantía, cuando lleva presentando fallos desde que se adquirió y se han sumado más, con lo que no firme la autorización y solicité la devolución del coche a mi asesor de ventas y no me contestan . En definitiva, no me hacen ni caso con nada y supongo que tendré también mis derechos.

Cerrado
A. A.
21/06/2025

Imposible realizar el check y nos lo cobran

El pasado 17 de junio, viajamos desde Zaragoza a Roma con Wizz Air. Tuvimos problemas para realizar el check-in online a través de su plataforma, ya que no nos permitía completar el proceso. Sin embargo, al llegar al aeropuerto de Zaragoza pudimos realizarlo sin problema en persona. En cambio, en el vuelo de regreso desde Roma a Bilbao el 20 de junio, nos enfrentamos a la misma situación: no fue posible realizar el check-in online, aunque esta vez incluso recibimos una imagen por parte de Wizz Air como si el proceso ya estuviera completado (adjuntamos dicha imagen como prueba). Pese a ello, al llegar al aeropuerto con antelación, el personal nos informó de que ese check-in no era válido y que, al no haber acudido con más de tres horas de antelación, se nos cobraría 48 euros por persona para poder realizarlo allí mismo. No se nos ofreció ninguna alternativa ni solución, por lo que nos vimos obligadas a abonar dicho importe injustamente. Nos resulta incoherente y poco profesional que, ante la misma situación y con la misma aerolínea, se apliquen criterios distintos en función del aeropuerto, y más aún cuando el error tiene su origen en el mal funcionamiento de la plataforma online de Wizz Air, algo que hemos comprobado afecta también a otros usuarios según hemos podido leer en diversas reseñas y foros. Solicitamos por tanto el reembolso íntegro del importe cobrado en Roma por el check-in (96 euros en total), ya que consideramos que se trata de un cobro indebido derivado de un fallo técnico por parte de la compañía.

Cerrado
M. G.
21/06/2025

IBERIA NO VUELA EN PAGAR LO QUE DEBE

IBERIA NO PAGA Son dos problemas: 1) He presentado ya unas cuantas reclamaciones a Iberia, y no resuelve el problema, simplemente me ignora. Cuando llamo unas amables telefonistas "escalan" el expediente (tiene que ir ya a la altura del K2), pero sigo sin obtener el dinero que pagué por un vuelo que no me llegó. 2) Resulta que el 8 de abril adquirí un vuelo para ese mismo día a Milán, desde Alicante. Lo adquirí con Bizum, pero Iberia necesita (yo no lo sabía) 24 horas para autorizar el pago con Bizum. Como el vuelo era el mismo día, lo perdí, porque hasta que comprueban el pago (24 horas) no me envían las referencias del vuelo. Desde el 8 de abril estoy intentando reclamar la devolución de los 616,44 euros que me costó el vuelo, y no hacen más que darme largas, "escalando" el expediente a no sé qué esferas: la última la escalaron a la Área de Gerencia. Los expedientes son los siguientes (todos con la documentación solicitada): 20250425-59633550 P20250512.60198171 20250611 61583478 P20250615 61765582 Me sorprende que una gran empresa como Iberia utilice estas tácticas tan cutres de desatención al cliente que reclama para dilatar el pago de una reclamación justa.

Cerrado
M. G.
21/06/2025

RECLAMACIÓN FORMAL CONTRA KIA POR DEFECTO DE FABRICACIÓN Y FALTA DE RESPUESTA

Expongo que soy propietario de un vehículo KIA Rio, matrícula 5752 JWC, número de bastidor KNADM51GAG8166952, adquirido el 10 de enero de 2017. Que desde los primeros años de uso, el vehículo presentó múltiples fallos relacionados con sobrecalentamiento y pérdida de potencia, siendo trasladado en reiteradas ocasiones al taller oficial KIA de Cehegín (Murcia) durante el periodo de garantía, sin que se ofreciera una solución definitiva. El vehículo llegó a permanecer inoperativo durante varios periodos prolongados, acumulando casi un año de inmovilización sin diagnóstico claro ni constancia documental, sin vehículo de sustitución, y con intervenciones técnicas ineficaces que no resolvieron el problema, causándome un perjuicio considerable. Muy poco tiempo después de finalizar la garantía, el vehículo quedó completamente averiado en Zaragoza. Fue trasladado al taller oficial KIA Autosalduba S.A., donde se identificó de inmediato la causa del fallo, procediendo a la sustitución del convertidor catalítico, dos sondas lambda, un sensor de temperatura y otros elementos, por un importe total de 2.959,43 €, cuyo justificante de pago adjunto a la presente reclamación. En enero de 2025 recibí una comunicación oficial de KIA Iberia y del Ministerio del Interior sobre una campaña de revisión técnica referida a un defecto térmico en el sistema de frenos y su unidad de control, aplicable expresamente al modelo de mi vehículo (TBS 131.24.R1). Considero que tanto el fallo sufrido como la avería diagnosticada guardan relación directa con el defecto reconocido en dicha campaña. El pasado 12 de mayo de 2025 acudí al taller oficial KIA de Murcia para solicitar explicaciones y plantear la posible vinculación entre la avería y la campaña, pero se rechazó cualquier relación, a pesar de las evidencias mecánicas, técnicas y documentales aportadas. El trato recibido fue poco colaborativo y no se me ofreció solución alguna. Posteriormente contacté con el Servicio de Atención al Cliente de KIA Iberia por teléfono y correo electrónico, donde se me remitió a presentar una reclamación formal por escrito, la cual envié el 13 de mayo. Hasta la fecha no he recibido respuesta satisfactoria ni solución al problema. ✅ Por lo tanto, me gustaría solicitar que se reconozca la relación directa entre la avería sufrida y el defecto reconocido por KIA en la campaña de revisión técnica (comunicada oficialmente bajo el código TBS 131.24.R1), y que se proceda a la devolución íntegra del importe abonado en la reparación efectuada en el taller oficial KIA Autosalduba S.A., por un total de 2.959,43 €, según factura adjunta. Asimismo, solicito el reconocimiento del perjuicio causado por la prolongada inmovilización del vehículo durante el periodo de garantía sin solución efectiva ni entrega de vehículo de sustitución, y la correspondiente compensación por valor de 1.000 €, derivada de la evidente mala praxis y falta de diligencia en el tratamiento del caso. En consecuencia, la cantidad total reclamada asciende a 3.959,43 €, en concepto de gastos abonados y daños y perjuicios. Subsidiariamente, solicito que se valoren todas las pruebas aportadas y, en su caso, se determine la responsabilidad correspondiente al fabricante y/o a los talleres oficiales intervinientes, de conformidad con lo previsto en la normativa vigente en materia de defensa de los consumidores y usuarios.

Cerrado
J. B.
21/06/2025

Alteración del viaje

Estimados/as señores/as: Tengo contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Chicago (EE.UU:) al de Edmonton (Canadá), que tiene su salida a las 13:40 horas del día 13 del mes de julio de 2025, con su correspondiente vuelo de vuelta de Edmonton a Chicago que tiene su salida a las 8:05 el día 20 del mes de julio de 2025. Es un billete para tres pasajeros con equipaje de cabina, con un coste de 541,17 €. Dicho importe fue abonado mediante tarjeta de crédíto. Se trata de un vuelo directo en el que figura como transportista la compañía WestJet en código compartido con otras aerolíneas Antes de la salida Kiwi.com me comunica que ha habido un cambio de itinerario porque la compañía ha incluido una escala. El vuelo ahora cambia de horario y realiza una escala en Calgary (Canadá) con lo que el vuelo tanto el de ida como el de vuelta no es directo, e incrementan su duración en cerca de tres horas con un horario mucho peor (llegada a las 00:30 del día siguiente). Entre las alternativas que se me ofrecen están los mismos vuelos directos con los horarios que yo había reservado, pero pagando ahora una cantidad muy superior por el cambio. Buscando por internet los vuelos con los horarios que yo reservé siguen apareciendo como disponibles aunque a un precio muy superior al de mi reserva. Aporto las capturas de pantalla que demuestran el itinerario original, el itinerario modificado, y la oferta que se me hace del mismo itinerario con la misma compañía pero al doble de precio SOLICITO, se me mantengan los horarios de los vuelos o se me proporcione un vuelo directo a Edmonton y no haciendo escala que es lo que yo había contratado. Entiendo que he adquirido una tarifa que no admite modificaciones; pero entiendo que la compañía tampoco puede hacer modificaciones unilateralmente, salvo caso de fuerza mayor,que no parece ser el caso, ya que los vuelos que yo contraté están programados con los mimos horarios Sin otro particular, atentamente. Javier Bustamante

Cerrado
F. G.
21/06/2025

Reclamación conforme al reglamento CE 261/2004 y jurisprudencia sobre cláusula “no show”

Yo, Fernando Garrido de la Fuente, con DNI 51456889-R, me dirijo a ustedes como titular de la reserva de vuelo ida y vuelta Madrid–Catania con referencia de la reserva TCYWI4, cuyo precio total fue de 148,55 €. Con fecha 29 de marzo de 2025, fui informado de un retraso en el vuelo de llegada a Catania correspondiente a la segunda parte del trayecto (Roma–Catania) que imposibilitaba mi llegada a destino en el horario necesario. Ante la ausencia de una alternativa razonable por parte de ITA Airways, me vi obligado a adquirir un billete alternativo el 25 de mayo de 2025 por un importe de 94,72 €, para poder cumplir con mis obligaciones personales/profesionales. Posteriormente, a la hora de ir hacer el check-in del viaje de vuelta 24 horas antes de la salida de mi vuelo, fui notificado después de llamada telefónica con la compañía por problemas con el check-in de que, por no haber tomado el segundo tramo del vuelo original, se cancelaban los trayectos de regreso, sin mi consentimiento. Esta acción, además de injustificada, es contraria a lo dispuesto por el Tribunal Supremo español (STS 631/2018, de 13 de noviembre) que declaró nula la cláusula “no show” por abusiva y contraria a los derechos del consumidor. Esa doctrina está plenamente vigente y aplicable en España. Como consecuencia de esa cancelación improcedente, tuve que adquirir un nuevo billete de regreso a Madrid por un coste de 655,96 €. Por todo ello, solicito formalmente: 1. Reembolso del billete alternativo de ida a Catania: 94,72 € 2. Reembolso del nuevo billete de regreso a Madrid: 655,96 € 3. Reembolso proporcional del billete original (ida y vuelta): 148,55 € 4. Cualquier otra compensación adicional que proceda conforme al Reglamento (CE) 261/2004. Solicito resolución en un plazo máximo de 14 días naturales. En caso contrario, me veré obligado a remitir esta reclamación a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y a otros organismos competentes.

Cerrado
J. D.
21/06/2025

Reclamación conforme al Reglamento (CE) 261/2004 y jurisprudencia sobre cláusula “no show”

Yo, Jorge De Santos Ruiz, con DNI 50887392-F, me dirijo a ustedes como titular de la reserva de vuelo ida y vuelta Madrid–Catania con referencia de la reserva 3BZDWH, cuyo precio total fue de 138,99 €. Con fecha 29 de marzo de 2025, fui informado de un retraso en el vuelo de llegada a Catania correspondiente a la segunda parte del trayecto (Roma–Catania) que imposibilitaba mi llegada a destino en el horario necesario. Ante la ausencia de una alternativa razonable por parte de ITA Airways, me vi obligado a adquirir un billete alternativo el 25 de mayo de 2025 por un importe de 94,72 €, para poder cumplir con mis obligaciones personales/profesionales. Posteriormente, a la hora de ir hacer el check-in del viaje de vuelta 24 horas antes de la salida de mi vuelo, fui notificado después de llamada telefónica con la compañía por problemas con el check-in de que, por no haber tomado el segundo tramo del vuelo original, se cancelaban los trayectos de regreso, sin mi consentimiento. Esta acción, además de injustificada, es contraria a lo dispuesto por el Tribunal Supremo español (STS 631/2018, de 13 de noviembre) que declaró nula la cláusula “no show” por abusiva y contraria a los derechos del consumidor. Esa doctrina está plenamente vigente y aplicable en España. Como consecuencia de esa cancelación improcedente, tuve que adquirir un nuevo billete de regreso a Madrid por un coste de 387,99 €. Por todo ello, solicito formalmente: 1. Reembolso del billete alternativo de ida a Catania: 94,72 € 2. Reembolso del nuevo billete de regreso a Madrid: 387,99 € 3. Reembolso proporcional del billete original (ida y vuelta): 138,99 € 4. Cualquier otra compensación adicional que proceda conforme al Reglamento (CE) 261/2004. Solicito resolución en un plazo máximo de 14 días naturales. En caso contrario, me veré obligado a remitir esta reclamación a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y a otros organismos competentes. Atentamente, Jorge De Santos Ruiz jdesantos83@gmail.com / +34 659 265 720

Cerrado
R. C.
21/06/2025

Denuncia por incumplimiento de contrato en alquiler de coche online

Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque contraté un alquiler de coche en la página web de https://www.stressfreecarrental.com, donde en sus términos decía claramente que no se me añadiría ningún recargo por ser conductor joven a la hora de recoger el coche en el proveedor (imagen adjunta). Pero una vez allí, este no me alquiló el vehículo puesto que decían que tenía que pagar este recargo por conductor joven, por lo que al final no realicé el alquiler. He hablado con stressfreecarrental, pero se niegan a devolverme el dinero, primero aludiendo a que si estaba en sus condiciones el recargo, pero al hacerles ver el texto que dice que no se aplica al cumplimentar correctamente el alquiler han dejado de contestar a mis correos (pdf adjunto). SOLICITO como mínimo un reembolso de la totalidad del dinero por haber incumplido sus condiciones y por el servicio no prestado. Sin otro particular, atentamente.

Cerrado
V. D.
21/06/2025

Darse de Baja y devolución saldo

Hola..llevo varios meses queriéndome dar de baja de dicha empresa de telepeaje. He enviado varios email a pagatelia@verramobility.com según informan como atención al cliente He devuelto los dispositivos y siguen sin contestar ni darme de baja. Respuestas automática de como dar la baja y nada más.

Cerrado
S. G.
20/06/2025

Caducidad tarjeta regalo ilegal

Compré una tarjeta regalo en septiembre de 2024 y por motivos personales el titular aún no ha podido canjearla y no sabe si podrá viajar en el próximo año. Es ilegal poner caducidad a las tarjetas regalo, esto es un hecho. Solicito que me den una solución y que eliminen esta condición absurda y abusiva.

Resuelto

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