Últimas reclamaciones

F. B.
13/01/2026

Reembolso por retraso vuelo NT5203 del 08/01/26

FRANCISCO JAVIER BARCIA VAZQUEZ CALLE ESCULTOR JUAN JAEN DIAZ 22 LAS PALMAS DE GRAN CANARIA PALMAS (LAS) 35017 franciscobarciavazquez@gmail.com 606429659 Dado que el Reglamento CE 261/2004 prevé compensaciones para los supuestos de cancelación y denegación de embarque en vuelos. Asimismo, en caso de retraso de vuelos el pasajero también tiene derecho a compensación de acuerdo con lo establecido en la sentencia de fecha 23 de octubre de 2012, del Tribunal de Justicia de la Unión Europea C-581/10 y C-629/10), cuando lleguen al destino final tres horas o más después de la hora de llegada inicialmente prevista por el transportista aéreo, salvo que concurran circunstancias extraordinarias que escapan al control efectivo del transportista aéreo. Teniendo en cuenta que mi vuelo del 08/01/2026, que tenía prevista la salida a las 19:25 desde el aeropuerto de A Coruña con destino a Gran Canaria (NT5203), finalmente salió a las 00:11 sin que existieran esas circunstancias excepcionales. Y dado que el TJUE (caso Wallentin-Hermann, C-549/07) estableció claramente que: Los problemas técnicos derivados del mantenimiento normal de las aeronaves o de su funcionamiento no constituyen circunstancias extraordinarias. Esto incluye: • Fallos detectados en inspecciones • Errores en sistemas • Problemas surgidos en verificaciones previas al vuelo • Averías imprevistas si forman parte del riesgo normal de explotación Teniendo en cuenta lo anterior, no han concurrido dichas causas extraordinarias y tampoco que se me avisó con la antelación establecida en el Artículo 5.1.c) del Reglamento (CE) 261/04, por lo que la compañía debe abonarme una compensación. Considerando que la distancia entre A Coruña[LCG] A Coruña, ESPAÑA y Las Palmas[LPA] Gran Canaria, ESPAÑA, es superior a 1.500 kilómetros y teniendo en cuenta el Artículo 7 del Reglamento (CE) 261/2004, la compensación debe ser de 400 euros por pasajero. El mismo problema ya lo tuvimos hace 2 años finalizando con el abono de los 400 euros correspondientes tras la emisión del informe de AESA. Por favor, ahórrenos las molestias y no traten de demorar el paga que saben que me corresponde, evitarían que de publicidad a la que sería una política con el cliente inaceptable, que perjudicaría la imagen de la compañía. Espero su respuesta.

En curso
G. V.
11/12/2025

DAÑO EN EQUIPAJES NO REPUESTOS

Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión con su compañia BINTER CANARIAS desde el aeropuerto de GRAN CANARIA al de VIGO, con fecha de salida 6 de ABRIL de 2025 y regreso el 13 de ABRIL de 2025. En el vuelo de regreso, en el aeropuerto de salida facturé el equipaje y al llegar al aeropuerto de destino, en este caso GRAN CANARIA, el equipaje llegó deteriorado consistiendo los desperfectos en 2 maletas con roturas. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR) con número de referencia LPANT24909. En correo electrónico, recibido de la direccion centralequipajes@bintercanarias.com el 14 de abril de 2025 , se me comunica : Estimado Sr. , Le pedimos disculpas por la incidencia, y le informamos del procedimiento a seguir para el trámite de su expediente: En Gran Canaria disponemos de las tiendas asociadas Paco Martínez, donde cambiarán sus maletas por unas maletas nuevsa, de características similares. Las tiendas se encuentran en: • Las Palmas de G.C: C.C. Las Arenas, C.C. El Muelle, C.C. La Ballena, C.C. Alisios, C/Triana 49 • Vecindario: C.C. Atlántico. • Jinámar: C.C. El Mirador • Mogán: C.C. Mogán Mall Rogamos nos indique a qué tienda prefiere acudir, ya que tenemos que enviar una autorización a la misma. Debe llevar consigo lo siguiente: • Maletas rotas • Parte de Incidencias Dispone de seis meses, desde la fecha de la incidencia, para realizar el cambio. A la espera de su respuesta, reciba un cordial saludo y disculpe las molestias. En dicha comunicación se extiende un plazo unilateral, que limita mis derechos para recibir la indemnización por rotura de equipaje en el transporte, no existiendo cobertura legal para tal plazo en la ejecución de la indemnización. En correo electrónico enviado por mi parte a centralequipajes@bintercanarias.com el 22 de Octubre de 2025 solicito la autorización de la compañia para ir a recoger los equipajes nuevos, correo al que no obtuve respuesta. Tras llamada a la línea de atención de BINTER, me es comunicado que la compañia no se hace cargo de la restitución de equipaje transcurridos 6 meses de la incidencia. SOLICITO : La indemnización de mi equipaje por 2 maletas nuevas de características similares , ya que legalmente no hay un plazo máximo para ejercer los derechos por rotura de equipaje, reconocida esta por el transportista. Sirva la presente comunicación como reclamación previa a actuaciones legales. Atentamente,

Cerrado
L. G.
08/11/2025

Retraso de vuelo y pérdida de siguiente vuelo

Buenos dias . El dia 29 de octubre mi esposa Misleydi Dominguez Ramos con DNI 79198693X y yo Luis Orestes García Rosado con DNI 79208574R volamos con la compañía Binter desde Murcia destino Gran Canaria en vuelo número NT 5703 que hacia el trayecto Murcia a Gran Canarias donde en Gran Canarias debíamos hacer el siguiente enlace con vuelo NT 0849 destino Tenerife Sur, a lo que estando en la espera de la salida del vuelo hacia Las Palmas De Gran Canaria vemos que esta retrasado la salida por Maniobras Militares en el areopuerto de Murcia o eso fue lo que se nos informó. Cuando logramos salir hacia Gran Canaria le explicamos a la azafata nuestro problema que teníamos un tránsito a la llegada a Gran Canaria y segun la azafata no había problema ya que nos daba tiempo. Cuando aterrizamos en Gran Canarias la persona que estaba dirigiendo la salida de los pasajeros nos señaló para una guagua que debíamos subirnos en ella para llevarnos a la salida ,aunque le dijimos que eramos tránsito supongo que no nos escucho ,también mal por la azafata que sabiendo nuestro problema aún sabiendo que no era nuestra culpa no hizo nada por adelantarnos entre la multitud ,cuando finaliza el trayecto de la guagua nos damos cuenta que nos saco a zona de recogida de equipaje y no a tránsito, que sabíamos que era para la puerta A11 por que lo dijeron a la llegada del vuelo . Cuando logramos entrar nuevamente a zona de embarque ,nos dicen que el vuelo ya estaba cerrado y nos hacen entrega de otro billete que salía al dia siguiente, número NT805 salida 30 de octubre con embarque a las 07:45 . Nadie nos busco una solución para poder quedarnos en un hotel ,solo nos ofrecen pasar la noche en el areopuerto ya que no ofrecen otra solución, no habiendo sido culpa nuestra esa pérdida de vuelo . Tuvimos que pasar toda la noche en una silla de la sala de Embarque hasta las 7:45 del dia 30 para poder embarcar para Tenerife Sur . Me parece una falta muy grande de Respeto y consideración al cliente primero por la azafata del primer vuelo Murcia -Gran Canarias que no prioriza a los tránsitos sabiendo que pueden perder el vuelo por dicho retraso y segundo por la persona que indicaba la subida al bus que aún diciéndole que veníamos de tránsito nos señala un bus que no iba para donde debíamos y tercero que la compañía la única solución que nos ofrece es darnos unas nuevas tarjetas de Embarque y que nos quedemos a pasar la noche en la sala del areopuerto. No se lo deseo a nadie ya que dos horas ,tres horas lo puedes llevar bien pero toda una noche es duro . Pido se nos de una indemnización por el mal trato recibido y por la poca humanidad de esta compañía al solo ofrecer un nuevo billete y con palabras dulces ...pasen la noche aqui en la zona de Embarque..no podemos ofrecer nada mas . Deseo este correo llegue donde pueda llegar para que esta compañía no vuelva a darle este trato poco humano a otros clientes ,que simplemente ponen su confianza en ellos . Debo tambien decir que mi esposa que padece de piedras en los riñones ,algo que le comentamos a la persona que nos llevó los nuevos billetes, le comentamos que ella estaba sufriendo molestias del primer vuelo y que por favor no nos dejara tirados en el areopuerto toda la noche para que ella pudiera descansar y nada ,no le importo ,solo dijo que no podía darnos otra solución, tengo los informes de lo que estoy diciendo . Envío billetes y informe que colabora el problema de mi señora y por lo cual ,le afectaba pasar toda la noche tirada en el areopuerto.

Cerrado
R. D.
24/10/2025

Negación a reclamación

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Palma de Mallorca al de Tenerife Norte, que tenía su salida a las 15:30 horas del día 18 del mes de Octubre de 2025 por lo que la llegada normal a Tenerife norte debería haber tenido lugar a las 17:50 horas del día 18. Adjunto los siguientes documentos: tarjeta de embarque Nº de pasajeros: 1 El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente.

Cerrado
M. C.
06/10/2025

Indemnización por retraso de más de 3 horas

El vuelo NT5412 del día 15 de septiembre de 2025, sufrió un retraso de más de 3 horas a consecuencia de una restructuración debido a causas técnicas, que no permitió su operación conforme al horario programado. La compañía no acepta que el retraso fue de 3 h y 10 min alegando para evitar la indemnización que se retrasó 2 h y 50 minutos. Adjunto la tarjeta de embarque, así como capturas de las conversaciones mantenidas con mis familiares que demuestran el horario de salida desde las Palmas y la llegada al aeropuerto de Villanubla en Valladolid.

Cerrado

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