Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
M. B.
12/09/2026

PROBLEMA NEUMATICOS Y VIBRACIONES EN COLUMNA DE DIRECCION

ESTE PROCEDIMIENTO VIENE DE OTRA RECLAMACION ANTERIOR EN NORAUTO DE LA DEHESA EN ALCALA DE HENARES, DONDE NO HAN QUERIDO DAR UNA SOLUCIÓN ALEGANDO QUE NO PODIAN HACER NADA MAS. ME PONE UN EMAIL EL DIRECTOR DEL CENTRO DE PARQUE CORREDOR EN TORREJON DE ARDOZ PARA INTENTAR SOLUCIONAR EL PROBLEMA DE VIBRACIONES EN COLUMNA DE DIRECCION DE MI VEHICULO (CITROEN C-4); ME DAN CITA PARA DIA 1 DE SEPTIEMBRE A LAS 11,00 HORAS; ESPERO , ME AVISAN QUE YA ESTA EL COCHE LISTO; VOY NHACIA LA M-50 Y SIGUEN LAS VIBRACIONES; HABLO CON NEL DIRECTOR DEL CENTRO Y ME DERIVA AL JEFE DE TALLER: AL LLEGAR LE COMENTO Y SALE A PROBAR EL VEHÍCULO (LE ACOMPAÑO) Y VERIFICA EL PROBLEMA DE LAS VIBRACIONES; ME DICE QUE LER VAN A CAMBIAR LOS NEUMATICOS DELAANTEROS Y PREGUNTA SI SIGO QUERIENDO LA MISMA MARCA; RESPONDO QUE SI, QUIERO LOS HANKOOK; NO ME SAVISAN Y PREGUNTO SI ESTA LISTO EL VEHÍCULO; ME DICEN QUE LO PUEDO RECOGER Y EL JEFE DE TALLER ME DICE QUE LO PRUEBE Y LE DIGA; PRUEBO EL COCHE Y APARENTA TENER MENOS VIBRACIONES. POSTERIORMEMNTE HE REALIZADO UN VIAJE DER 500 KMS. Y SIGO TENIENDO LOS MISMOS PROBLEMAS DE VIBRACIONES. ESCRIBO AL GERENTE DEL CENTRO Y ME DAN CITA PARA EL PASADO JUEVES, DIA 10; DESPUES DE DOS HORAS Y HACER OTRA VEZ EL EQUILIBRADO DE LAS RUEDAS, EL VEHÍCULO SIGUE IGUAL, VIBRACIONES EN COLUMNA DE DIRECCIÓN. EN ESTA OCASION , NI EL DIRECTOR DEL CENTRO NI EL JEFE DE TALLER HAN QUERIDO DAR LA CARA, ENTERANDOME POR UNO DE LOS EMPLEADOS, SEGÚN HA MIRADO EN EL ORDENADOR, QUE NO HAN SIDO SUSTITUIDOS LOS NEUMATICOS, COMO ME HABIAN DICHO EL PASADO DIA 1. ESTOY CANSADO DE ESTA SITUACION Y DE LAS PALABRERIAS QUE, A LO LARGO DE ESTE PERIPLO, HE TENIDO QUE OIR. OTRA RAZON DE PESO ES QUE LOS NEUMATICOS SON DE DISTINTOS AÑOS DE FABRICACION, UNO ES DE 2025 Y EL OTRO ES DE 2026. RESUMIENDO, O LAS MAQUINAS QUE UTILIZAN NO ESTAN CORRECTAMENTE EQUILIBRADAS O ES UNA ANOMALIA DE LOS NEUMATICOS Y DEBEN CAMBIARLOS.

En curso
M. H.
12/09/2026

Funcionan muy bien, el envío me llegó en 24 horas

Feliz con mis colegiales Barefoot, me llegaron en 24 horas y encima Gratis. Les pedí consejo por la talla y me ayudaron a elegirla. Muy contenta.

En curso
F. M.
11/09/2026
Espanha Facil

SOLICITUD DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL Y REEMBOLSO ÍNTEGRO

Presento esta reclamación contra ESPAÑA FÁCIL SERVIÇOS LTDA., por incumplimiento de las obligaciones asumidas en el contrato de prestación de servicios de asesoría para visado de estudios y regularización en España. El importe total contratado fue de R$ 2.340,67, correspondiente al servicio de asesoría para visado/autorización de estudios. El contrato establece expresamente que el servicio contratado incluye, entre otras obligaciones, la asesoría y revisión de la documentación, la preparación del expediente, el seguimiento del trámite y, especialmente, después de la resolución favorable, la gestión de una cita para la toma de huellas necesaria para la expedición de la TIE, además de la indicación de la documentación y cumplimentación de los formularios correspondientes. Sin embargo, las obligaciones contractuales no fueron cumplidas de manera efectiva y satisfactoria. En particular, el servicio relacionado con la gestión de la TIE no fue prestado conforme a lo contratado. Asimismo, tuve que realizar personalmente gestiones que, de acuerdo con el contrato y con la finalidad del servicio contratado, correspondían a la empresa. Por este motivo, considero que existe un incumplimiento contractual relevante, que justifica la resolución del contrato y la restitución de las cantidades abonadas. El propio contrato contiene disposiciones que refuerzan mi reclamación. La cláusula 7.3 establece que, cuando no exista entrega efectiva de tareas o comunicaciones comprendidas en la cláusula 7.2, corresponde el reembolso del importe abonado, con una eventual deducción del 15 %. Sin embargo, en mi caso no solicito simplemente una cancelación voluntaria del servicio, sino la resolución del contrato como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones asumidas por la empresa. Asimismo, considero que las cláusulas que pretendan impedir o limitar de forma desproporcionada el derecho del consumidor a resolver el contrato cuando existe incumplimiento empresarial pueden resultar contrarias a la normativa española de protección de los consumidores. En particular, el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre (TRLGDCU) considera abusivas las cláusulas no negociadas individualmente que, contra las exigencias de la buena fe, causen un desequilibrio importante en perjuicio del consumidor. El artículo 86 del mismo texto legal establece específicamente que son abusivas las cláusulas que limiten o excluyan la facultad del consumidor de resolver el contrato por incumplimiento del empresario, así como aquellas que supongan una renuncia o limitación de los derechos legalmente reconocidos al consumidor. El artículo 83 del TRLGDCU establece, además, que las cláusulas abusivas son nulas de pleno derecho y se tienen por no puestas. Por otra parte, el artículo 1124 del Código Civil español establece que, en las obligaciones recíprocas, la facultad de resolver el contrato está implícita cuando una de las partes no cumple las obligaciones que le corresponden, pudiendo la parte perjudicada solicitar la resolución contractual y, en su caso, el resarcimiento correspondiente. En consecuencia, considero que no resulta jurídicamente admisible que la empresa pretenda retener el importe abonado alegando cláusulas contractuales que limiten mi derecho a resolver el contrato cuando la propia empresa no ha cumplido adecuadamente las prestaciones contratadas. También dejo constancia de que el objeto principal de mi reclamación no es ejercer un simple derecho de desistimiento, sino solicitar la resolución del contrato por incumplimiento contractual y la restitución íntegra de las cantidades pagadas. Por todo lo anterior, SOLICITO: La resolución del contrato de prestación de servicios por incumplimiento de las obligaciones asumidas por ESPAÑA FÁCIL SERVIÇOS LTDA. El reembolso íntegro del importe de R$ 2.340,67, sin descuentos ni retenciones administrativas, al tratarse de una resolución motivada por incumplimiento contractual de la empresa. Que no se sustituya el reembolso por un crédito, bono o prestación futura, ya que dicha solución no ha sido solicitada y no constituye una restitución efectiva del importe abonado. Que la empresa facilite una respuesta formal y fundamentada a esta reclamación, indicando concretamente qué servicios fueron efectivamente prestados, en qué fechas y aportando, en su caso, documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas. En caso de no alcanzarse una solución amistosa, solicito que se deje constancia formal de mi reclamación y de mi oposición a cualquier retención del importe abonado que no esté debidamente justificada. Solicito, por tanto, que ESPAÑA FÁCIL proceda al reembolso íntegro de R$ 2.340,67, como consecuencia de la resolución contractual por incumplimiento de las obligaciones asumidas. Me reservo expresamente el ejercicio de las demás acciones que puedan corresponderme para reclamar la restitución de las cantidades abonadas y, en su caso, los daños y perjuicios derivados del incumplimiento contractual.

Resuelto Gestionada por nuestros expertos
A. R.
11/09/2026

No se quieren hacer cargo de un porrazo que me dieron el día 14 por la mañana por qué dicen que por

Estimados/as señores/as: El día […], deje mi coche a fin de que se efectuaran las reparaciones siguientes […]. El día fijado para recoger el coche, se me comunica que se han realizado unas reparaciones que no se han solicitado y no constan en el presupuesto que se realizó. Estas reparaciones son: […] La factura tuve que pagarla en su totalidad porque de lo contrario, no me dejaban sacar mi vehículo del taller. SOLICITO: El reembolso de [... €], importe de las reparaciones no pedidas. Aporto [enumerar documentación que se aporta: p.ej presupuesto, resguardo de entrega del vehículo, factura de gastos] Sin otro particular, atentamente Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…

Cerrado
B. B.
11/09/2026

Problema con el reparto de una compra hecha en Amazon y pendiente de entregar por Ontime

Quiero presentar una queja formal en relación con la entrega correspondiente al número de seguimiento de Ontime 999955005859. Esta mañana, aproximadamente a las 9:30 h, recibí un SMS informándome de que el pedido se encontraba en reparto. Desde ese momento he permanecido en mi domicilio, pendiente de recibirlo, y no he salido de casa en todo el día. Sin embargo, a las 15:07 h he recibido una actualización en el seguimiento indicando que el destinatario estaba “ausente”. Esta información es completamente incorrecta, ya que me encontraba en el domicilio a esa hora y continúo en él. No se ha realizado ningún intento de entrega que yo haya podido atender. Considero inaceptable tener a una persona durante todo el día pendiente de la recepción de un pedido para que posteriormente el repartidor indique falsamente que el destinatario estaba ausente. Solicito que se registre formalmente esta incidencia y la correspondiente queja respecto al servicio de reparto, y que se revise lo sucedido con el repartidor responsable. Asimismo, agradecería que me confirmaran cuándo se realizará realmente la entrega del pedido. Dispongo de los SMS y de la información de seguimiento que acreditan tanto que el paquete estaba en reparto desde esta mañana como que a las 15:07 h se registró la supuesta ausencia.

En curso
J. S.
11/09/2026

Declarando no devuelve 210 € de IVA del Kit Digital pese a reconocerlo por escrito

En diciembre de 2024 contraté con Declarando Asesores 3.0 S.L., como Agente Digitalizador del programa Kit Digital, la solución «Puesto de Trabajo Seguro», que incluía un ordenador portátil. Aboné 210 € en concepto de IVA (factura 2024-6235, de 4 de diciembre de 2024). El 3 de marzo de 2026 Declarando me comunicó por escrito que no podía entregar el ordenador y me ofreció cancelar esa parte, indicando literalmente: «Por supuesto, los 210€ pagados en depósito de IVA se te abonarán». Acepté la devolución. Desde entonces lo he reclamado por correo electrónico en siete ocasiones entre el 23 de abril y el 29 de junio de 2026, incluidos una reclamación formal y un último requerimiento. No responden a los correos desde el 13 de mayo. Por WhatsApp, el 3 de julio de 2026 me dijeron que tenían «anotada la devolución de tus 210 euros para mediados de agosto», y el 7 de julio que la tenían «apuntado exactamente para el 15» y que, si el día 20 no la había recibido, volviera a escribirles. El 20 de agosto lo hice; el 21 me contestaron que iban a revisarlo y me pidieron disculpas por la demora. Desde entonces no he recibido ni el dinero ni ninguna respuesta, pese a volver a escribir el 25 de agosto y el 2 de septiembre. Conservo la factura, el justificante de pago, los correos y la conversación de WhatsApp. Solicito la devolución inmediata de los 210 € mediante transferencia a la cuenta desde la que realicé el pago, y que se me confirme por escrito la fecha del ingreso.

En curso
W. J.
10/09/2026

Problema con la reparación de vehículo

Estimados/as señores/as: El día 14/08/26, deje mi coche en NORAUTO BARCELONA ESPLUGUES- CALLE LAUREA MIRO 146 ESPLUGUES DE LLOBREGAT a fin de que se efectuaran las reparaciones siguientes Montaje de 2 copelas de suspensión COPELA MONROE MK305. Recogí mi coche de su taller el día 14/08/26 y pagué la correspondiente factura de 195,00 €. Saqué el coche de su taller, mi vehículo empezó a presentar los siguientes defectos RUIDO FUERTE EN EL AIRE ACONDICIONADO EN EL LADO QUE HAN CAMBIADO LA COPELA, que tienen relación con la reparación efectuada en ese taller. Me puse en contacto con con ustedes, expliqué el problema y les envié un vídeo donde se puede apreciar el ruido. Me indicaron que llevara el vehículo mismo taller para revisarlo y que no era necesario solicitar cita. El día 09/09/26, acudí al establecimiento a las 8:30 h siguiendo esas indicaciones. Al llegar, expliqué nuevamente el problema, pero no revisaron el vehículo ni el vídeo. Me indicaron que no había ningún mecánico disponible y que debía solicitar cita, contradiciendo las instrucciones que había recibido previamente. La reparación aún esta en garantía pues esta avería ha sido antes de que transcurrieran los 3 MESES de la reparación [o 2.000 km, lo que llegue antes]. SOLICITO: La reparación de la avería dentro de la garantía. Aporto FACTURA, EMAIL DE LA CONVERSACIÓN en la que se indica que no necesitaría cita… Sin otro particular, atentamente

En curso
S. P.
10/09/2026

Problema con el reembolso de la fianza

Hola, el 19 de Agosto alquilamos una caravana con yescapa en Barcelona. Durante el check-in se nos indicaron los desperfectos siendo uno de ellos la goma desgastada y volteada alrededor de la puerta lateral de acceso a la caravana. El 25 de Agosto por la noche intentemos abrir la caravana usando la llave electrica pero esta no se abrió al tirar del pomo y este se soltó quedando sin resistencia. Al dia siguiente se avisó al propietario de lo ocurrido. Al hacer el check-out el propietario nos informó que yescapa le había dicho que tenía que retenernos la fianza para el arreglo de dicho pomo. No estamos de acuerdo en asumir el pago de algo que ya estaba en mal estado o falta de mantenimiento. Tampoco estamos de acuerdo ya que el pomo se ha usado correctamente y la avería se debe a desgaste natural al abrir la puerta. He intentado contactar con los mediadores de yescapa pero reiteran que si el desperfecto no estaba en el check-in y sí en el check-out el coste lo asume el viajero. Los términos y condiciones del contrato especifican que: "El propietario se compromete a cubrir los costos de todas las reparaciones del vehículo, siempre que no se deban a negligencia del viajero y este haya utilizado el vehículo de manera responsable" (Artículo 8 https://www.yescapa.es/rental-contract). Hoy hemos recibido una factura con el cobro del arreglo del pomo de 200 euros la cual no menciona que el pomo se haya roto por mal uso. La factura solo menciona arreglo del mecanismo interno del pomo. Consideramos injusto e ilegal hacernos pagar por algo sin antes demostrar que ha sido por mal uso con el debido informe pericial. Reclamamos la devolución integra de la fianza y la revisión detallada de lo ocurrido. Atentamente Richard Hayman

Cerrado
M. C.
10/09/2026

Daños por instalación

Estimados/as señores/as:  Me pongo en contacto con ustedes porque el pasado mes de junio, tras hacer la compra de un baúl de techo con sus respectivas barras, decidí pagar su instalación. Mi sorpresa viene cuando al día siguiente a primera hora de la mañana y con la luz del sol (porque el coche se me entregó pasadas las 22h y ya era de noche), veo que se me ha arañado el techo del coche al arrastrarlas durante su instalación. Tras 4 reclamaciones telefónicas y tras 2 meses sin respuesta alguna, me llaman y me hacen llevar el coche para que el coordinador de taller y el jefe vean los desperfectos, a pesar de que en las reclamaciones se adjuntan fotos de los daños y del antes y después de la instalación del producto.  El jefe de taller, cuyo nombre no ha mencionado, ha negado que ese daño se haya hecho en su taller, y tras insistirle en que vimos la instalación y que no estaban ni él ni la persona que menciona, se pone a chillarme y se va de donde nos encontrábamos, a lo que le digo que voy a poner una reclamación física, y de forma muy prepotente me dice que a ver si la pago primero. A todo esto, me vuelve a responder y me dice que él lo que no va a hacer es arreglarme todo el coche, cuando lo único que se ha reclamado han sido los arañazos del techo que tienen la anchura de las barras que instalaron. En ningún momento este señor que afirmaba ser el jefe del taller se ha dirigido a mi persona en tono normal o sin prepotencia. SOLICITO la devolución del importe de la instalación de las barras de techo y el pago del arreglo de los daños causados en el techo del coche. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…

En curso
F. P.
10/09/2026

Plazos de Ejecución

Soy propietario de un robot aspirador Cecotec Conga 7490 Ultimate X-Treme, adquirido con anterioridad a la presente reclamación. Durante el mes de julio de 2026, el producto comenzó a presentar un funcionamiento defectuoso, por lo que fue enviado al servicio técnico de Cecotec para su revisión y reparación. El producto entró en las instalaciones/taller de Cecotec el día 7 de agosto de 2026, circunstancia que la propia empresa ha reconocido expresamente por escrito. El día 20 de agosto de 2026 contacté con Cecotec para conocer el estado de la reparación. La empresa me informó por escrito de que el producto se encontraba en sus instalaciones y manifestó expresamente que: > “los plazos de reparación pueden llegar hasta 30 días, contados desde el momento que entra al taller”. Asimismo, Cecotec indicó que el producto había entrado en taller el 7/08/2026, que se encontraba “en plazos y en curso” y que trasladaba el asunto al departamento correspondiente para intentar agilizar la reparación. En otra comunicación de la propia empresa, Cecotec volvió a reconocer que el producto se encontraba en reparación desde el 7 de agosto y manifestó que “el plazo legal es de hasta 30 días desde que está al taller”, indicando igualmente que la reparación continuaba en curso. Sin embargo, transcurrido dicho periodo, el producto no había sido reparado ni se me había proporcionado una solución efectiva. Finalmente, el día 8 de septiembre de 2026, Cecotec me comunicó que el producto no podía ser reparado y debía ser sustituido. Posteriormente, Cecotec me informó de que no disponía de stock del mismo modelo, Conga 7490 Ultimate X-Treme, por lo que procedería a ofrecerme otro modelo como sustitución. La alternativa ofrecida ha sido una Conga M100 X-Treme, que es un modelo diferente al producto originalmente adquirido. Antes de aceptar dicha sustitución, he solicitado/considero necesario conocer las condiciones exactas de la misma, ya que Cecotec no ha especificado de forma clara si el producto que se me ofrece es completamente nuevo o si se trata de un producto reacondicionado/reacondicionado procedente de otra unidad, ni se me han concretado de forma suficiente las condiciones de garantía aplicables al producto de sustitución y la fecha concreta en la que se efectuará la entrega. Considero que la situación me está ocasionando una demora y perjuicio innecesarios, al haber permanecido el producto en poder del servicio técnico desde el 7 de agosto de 2026, sin que dentro del periodo de 30 días comunicado por la propia empresa se haya conseguido reparar el producto ni ofrecer una solución efectiva. La normativa de garantía de bienes establece que la puesta en conformidad debe realizarse de forma gratuita, en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor. Asimismo, cuando la reparación no resulta posible, procede valorar la sustitución o, en determinadas circunstancias, la reducción del precio o la resolución del contrato. No pretendo obtener un beneficio adicional, sino que se respete mi derecho a disponer de una solución efectiva ante la falta de conformidad del producto adquirido. SOLICITO 1. Que Cecotec proceda sin más demora a poner el producto en conformidad, mediante una sustitución adecuada, al haber reconocido que la unidad original no puede ser reparada. 2. Que, al no existir stock del modelo originalmente adquirido, la sustitución se realice por un producto equivalente o superior y en condiciones adecuadas, sin ningún coste para mí, incluidos transporte, entrega y cualquier otro gasto derivado de la sustitución. 3. Que Cecotec confirme por escrito y antes de efectuar la sustitución que la unidad ofrecida es un producto nuevo y no reacondicionado, o, en caso contrario, que indique expresamente su condición y las condiciones de garantía que se aplicarán. 4. Que se me informe por escrito de la fecha concreta o plazo cierto de entrega del producto de sustitución. 5. Que se me confirme expresamente el periodo y condiciones de garantía aplicables a la unidad de sustitución, teniendo en cuenta que se trata de un modelo diferente al originalmente adquirido. 6. Que se tenga en consideración que el producto permanece en el servicio técnico desde el 7 de agosto de 2026 y que la propia Cecotec me comunicó por escrito un plazo de hasta 30 días desde la entrada en taller, plazo que transcurrió sin que se hubiera reparado ni solucionado el problema. 7. En caso de que Cecotec no pueda ofrecer una sustitución adecuada, nueva y en un plazo razonable, solicito que se valore la resolución del contrato y el correspondiente reembolso del importe abonado, de conformidad con los derechos que me reconoce la normativa de garantía y protección de los consumidores. Solicito la intervención de la OCU para que medie ante Cecotec y ayude a conseguir una solución efectiva y conforme a la normativa, teniendo en cuenta especialmente las comunicaciones escritas de la propia empresa en las que reconoce tanto la fecha de entrada del producto en taller como el plazo de reparación indicado.

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