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Devolucion de 201,64 euro
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes por incumplimiento de contrato de alquiler. Con CLICK24 alquile una Skoda Fabia por el precio de 220,54 euros y el dia de la recogida recibo vehículo diferente con otro contrato y tuve que pagar el importe de 350 euros demás por un Volkswagen t-cross más abajo adjunto la documentación necesaria para demostrar lo dicho un saludo gracias SOLICITO la devolución del importe pagado previamente por el alquiler de la Skoda Fabia de 201.64 euros Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
Aire no funciona
Malisima experiencia en este hotel, desde que entramos en el hotel ya nos avisaron los mismos clientes que llevaban más de un mes sin aire acondicionado en las habitaciones, cuando reclamamos que no había aire en la habitación nos dieron un simple ventilador y ya está, no pudimos descansar y disfrutar de un servicio que teníamos pagado AIRE ACONDICIONADO EN LAS HABITACIONES, me arruinaron totalmente las vacaciones Sin poder tener un descanso por el calor que hacía en plena ola de calor. Solicito una compensación por no haber podido descansar y no haber tenido aire acondicionado en ningún momento
Contrate aire acondicionado en la habitación y no funcionaba
Experiencia malisima, llegamos a hotel reservado por medio de buscounchollo.com y me dicen los mismos clientes hospedados en ese hotel, que llevan más de un mes sin aire acondicionado en todas las habitaciones y que lo único que te ofrecen es un ventilador, claro yo había pagado una habitación con aire acondicionado no con ventilador , me pongo en contacto con buscounchollo.com y me dicen que me pueden ayudar a cambiarme de hotel pagando yo la diferencia de precio, con lo cual les digo que no porque yo no tengo que pagar nada por un servicio que ya tengo contratado y me dicen que es lo que hay. Pido una compensación económica ya que en los días 20 al 24 de julio de 2026 en plena ola de calor en Ibiza no he podido descansar y tener unas vacaciones dignas ya que tuve que estar mucho tiempo al teléfono para intentar que me hicieran caso, sin poder descansar en absoluto por la calor Solicito una compensacion económica por incumplir un servicio contrato Aire Acondicionado
Reclamación contra Noctorial / Galilei Rogers LLC por suspensión definitiva de dos cuentas, falta de
1. Objeto de la reclamación Presento esta reclamación por la suspensión definitiva y abrupta de mis dos cuentas después de haber superado todas las fases del programa de evaluación. Comencé con dos becas de Noctorial y completé las tres fases de ambas cuentas, alcanzando los objetivos del 5 %, 10 % y 5 % en cada una. Esto representa un 20 % de rentabilidad por cuenta, un 40 % acumulado entre ambas y aproximadamente 400 operaciones realizadas. Después de superar seis fases en total, y precisamente cuando correspondía acceder al fondeo, Noctorial denegó ambas cuentas y suspendió definitivamente mi acceso basándose principalmente en un supuesto hedging derivado de una incidencia puntual de aproximadamente 20 segundos. Considero que la decisión es desproporcionada, insuficientemente motivada y contraria a los principios de claridad y transparencia que deben regir las relaciones con consumidores. 2. Un incidente puntual no constituye una estrategia de hedging Mi operativa habitual se basa en introducir dos órdenes. Debido a esta forma de operar y a la configuración de la cuenta MT5 en modo hedging, se produjo una confusión puntual al ejecutar o revertir una posición. Durante aproximadamente 20 segundos coincidieron posiciones opuestas dentro de la misma cuenta. No se trató de una cobertura organizada entre diferentes cuentas, de una estrategia destinada a garantizar beneficios ni de una operación diseñada para manipular la evaluación. El incidente: * Ocurrió una única vez. * Duró aproximadamente 20 segundos. * Se produjo dentro de la misma cuenta. * No generó beneficio. * No proporcionó ninguna ventaja. * No modificó materialmente el resultado de la cuenta. * No formaba parte de mi estrategia. * No se repitió como patrón dentro de unas 400 operaciones. Una cuenta MT5 configurada en modo hedging permite técnicamente abrir posiciones independientes de compra y venta. Para un usuario que estaba aprendiendo el funcionamiento de la plataforma, una orden contraria puede abrir una posición adicional en lugar de cerrar automáticamente la anterior. Noctorial pretende convertir este error operativo puntual en una “estrategia prohibida”, pero no ha explicado qué ventaja obtuve, qué resultado fue manipulado ni cómo un solapamiento de 20 segundos sin beneficio puede considerarse una metodología de cobertura deliberada. 3. Generalización injustificada a partir de una sola operación Noctorial no se limita a cuestionar la operación concreta. A partir de este único incidente, califica toda mi actividad como: * “Operativa no replicable”. * “Uso no responsable del capital”. * “Estrategias prohibidas”. * “Metodologías especulativas extremas”. * Operativa incompatible con una evaluación profesional. Esta caracterización resulta desproporcionada y estigmatizante. Se están utilizando expresiones extremadamente graves para describir un único error de ejecución de unos 20 segundos, ignorando aproximadamente 400 operaciones, seis fases superadas, dos cuentas completas y una curva de equity claramente positiva y estable. Noctorial no aporta ningún análisis individualizado que demuestre que mis restantes operaciones fueran irresponsables, manipuladoras o imposibles de replicar. 4. La supuesta “operativa no replicable” Noctorial afirma que mi operativa “carece de una replicabilidad razonable en condiciones reales de mercado”, pero no proporciona ninguna prueba técnica. No indica: * Qué operaciones no podrían ejecutarse en mercado real. * Qué volumen habría impedido su ejecución. * Qué problema de liquidez existía. * Qué deslizamiento habría invalidado los resultados. * Qué precios fueron irreales. * Qué latencia o error de plataforma se aprovechó. * Qué operación produjo un resultado imposible de reproducir. Mi operativa se basa en una estrategia intradía enseñada por mi mentor, a quien se atribuye una trayectoria de aproximadamente 45 años como trader profesional en Wall Street y haber operado durante siete grandes crisis de mercado. Resulta difícil comprender que una metodología desarrollada y aplicada durante décadas en mercados reales sea declarada “no replicable” mediante una frase genérica y sin un solo cálculo técnico. La misma estrategia me permitió completar las tres fases de dos cuentas, generar un 20 % en cada una y mantener una curva de equity que refleja consistencia, control del drawdown y gestión del riesgo. Si esta operativa era supuestamente imposible de replicar, Noctorial debe explicar por qué permitió aproximadamente 400 operaciones y seis fases completas antes de detectarlo, y por qué solo plantea la objeción cuando corresponde conceder el fondeo. 5. Uso supuestamente irresponsable del capital Noctorial también menciona un “uso no responsable del capital”, pero no facilita ningún dato que lo demuestre. No especifica: * El porcentaje de riesgo supuestamente asumido. * El límite concreto que habría sido superado. * El tamaño de posición cuestionado. * El drawdown producido. * El número de operaciones afectadas. * El cálculo de riesgo utilizado. * La supuesta sobreexposición. Mis resultados muestran precisamente lo contrario: progresión sostenida, superación de todos los objetivos, control de las pérdidas y una curva de equity claramente ascendente. No es razonable describir toda la gestión del capital como irresponsable basándose en un misclick de 20 segundos que no produjo beneficio ni una ventaja material. 6. Fundamento contractual incorrectamente citado En el correo recibido, Noctorial indica que fundamenta su resolución en las secciones 9.1, 9.2 y 9.3 del contrato. Sin embargo, estas disposiciones regulan principalmente: * La prestación de los servicios “tal cual”. * La exclusión o limitación de responsabilidad de Noctorial. * La facultad de modificar elementos y funciones de los servicios. No son las cláusulas que definen las prácticas operativas prohibidas ni la cobertura. La prohibición de mantener simultáneamente compras y ventas en un mismo símbolo aparece en otro apartado, la cláusula 5.11.1(g). Esta cita contractual incorrecta demuestra que la resolución remitida no está suficientemente individualizada y parece responder a una plantilla general, no a un análisis técnico riguroso de mi caso. Incluso aceptando la existencia de esa regla, Noctorial tendría que diferenciar entre una estrategia intencionada de cobertura y una incidencia accidental de ejecución sin beneficio, sin ventaja y corregida en aproximadamente 20 segundos. 7. Falta de proporcionalidad Noctorial ha utilizado una única incidencia para: * Invalidar aproximadamente 400 operaciones. * Ignorar seis fases superadas. * Descartar un 20 % de rentabilidad en cada cuenta. * Cerrar simultáneamente dos cuentas. * Suspender definitivamente al cliente. * Calificar toda la operativa como no replicable e irresponsable. La consecuencia aplicada no guarda una proporción razonable con los hechos. No se me ofreció una advertencia, la eliminación de la operación afectada, una revisión técnica, una oportunidad de alegar ni una medida correctiva menos gravosa. Si esa operación no produjo beneficio ni ventaja, podría haberse excluido del resultado sin invalidar todo el trabajo desarrollado en ambas cuentas. 8. Falta de advertencia durante el programa Noctorial permitió que continuara operando y superara sucesivamente todas las fases. Si mi comportamiento era supuestamente incompatible con el programa, la empresa disponía de toda la información operativa y podría haberlo comunicado al detectar la incidencia. En vez de ello, permitió que continuara invirtiendo tiem
Incumplimiento de las condiciones del evento
Yo, D.ª Jenifer Muñoz Gómez, con DNI 04226044R, por medio del presente escrito interpongo reclamación por los hechos ocurridos con motivo del evento anunciado como concierto de Don Omar, celebrado el día 18 de julio de 2026 en el Estadio La Cartuja de Sevilla. EXPONE El día 18 de julio de 2026 asistí al evento celebrado en el Estadio La Cartuja de Sevilla tras adquirir una entrada que fue promocionada y comercializada por Cook Music Fest como un concierto de Don Omar. La decisión de compra estuvo motivada por la publicidad difundida por la propia organización, en la que se afirmaba de manera reiterada que el evento consistía en un concierto de Don Omar y que únicamente estaría acompañado por artistas invitados. Entre las publicaciones realizadas por la organización destacan, entre otras, las siguientes: • “El concierto de Don Omar del 18 de julio de 2026 en Sevilla…” • “¿Don Omar ofrecerá un show completo? Sí, y contará además con artistas invitados que complementarán la noche.” • “Es solo de Don Omar pero llevará artistas invitados.” • “Este concierto es solo de Don Omar.” • Publicaciones anunciando el Sold Out del concierto de Don Omar. Todas estas manifestaciones generaban de forma inequívoca la expectativa de asistir a un concierto completo de Don Omar, siendo los artistas invitados un complemento del espectáculo y no su contenido principal. Sin embargo, el evento desarrollado el día 18 de julio fue sustancialmente diferente a lo anunciado. En la práctica, el espectáculo consistió en un festival con numerosos artistas, ocupando gran parte de la duración del evento actuaciones de terceros, mientras que Don Omar realizó únicamente una actuación aproximada de una hora, muy inferior a la que razonablemente podía esperar cualquier consumidor atendiendo a la publicidad difundida. De haber sido informado de forma clara y transparente de que el evento consistía realmente en un festival con múltiples artistas y una actuación limitada de Don Omar, no habría adquirido la entrada, o al menos habría podido valorar libremente si me interesaba asistir. Entiendo que la publicidad utilizada fue susceptible de inducir a error a los consumidores respecto a la verdadera naturaleza del espectáculo, afectando de forma directa a nuestra decisión de compra. La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece que la oferta, promoción y publicidad forman parte del contrato y son exigibles aunque no aparezcan expresamente en la entrada o en las condiciones de compra. Asimismo, la Ley General de Publicidad considera ilícita y define como tal aquella que induce o puede inducir a error a los consumidores sobre las características esenciales del servicio ofertado. PERJUICIOS ECONÓMICOS Como consecuencia de la publicidad utilizada por la organización, asumí una serie de gastos que no habría realizado de haber conocido que el evento no se correspondía con lo anunciado. Los perjuicios económicos sufridos ascienden a: • Dos entradas para el evento: 209,00 €. • Billetes de avión: 128,00 €. • Alojamiento: 160,00 €. • Desplazamientos: 50,00 €.
Imposible cancelar suscripción
Buenas tardes Intento cancelar mi suscripción, al final del todo le doy a continuar, me sale un chat o un número de teléfono. En el chat indico de que quiero cancelar mi suscripción y me contesta que no me puede ayudar. Por muchas veces que intento cerrar la ventana y hacer click en Continuar, para cancelar la suscripción, de nuevo me sale la misma ventana. Llamo al teléfono indicando y me cuelgan. Es imposible cancelar la suscripción. Es una vergüenza que me impidan por todos los medios cancelar la suscripción cuando se supone que soy libre de hacerlo en cualquier momento. Nadie me puede obligar a pagar un servicio que ya no quiero utilizar. Lo que estáis haciendo es totalmente ilegal!
Cancelar suscripción
Estimados/as señores/as: Quería poner una reclamación porque he intentado cancelar mi suscripción y me he encontrado con que tengo una oferta con permanencia que no puedo cancelar. El problema es que en ningún momento se me avisó de forma clara de que al aceptar esa oferta estaba adquiriendo un compromiso de permanencia. Si lo hubiera sabido, habría valorado si me interesaba aceptarla o no. Por ese motivo, os pido que reviséis mi caso y eliminéis esa permanencia para que pueda cancelar mi suscripción sin ningún tipo de penalización. También me gustaría que me indicarais cuándo y cómo se me informó de esa condición y dónde consta que la acepté expresamente. Sin otro particular, atentamente.
Derecho al Desistimiento
Asunto: Reclamación contra Opositatest por vulneración del derecho de desistimiento Por la presente, interpongo una reclamación contra Opositatest por el cobro íntegro de un curso respecto del cual ejercí mi derecho de desistimiento dentro del plazo legal de 14 días. Contraté el curso en el mes de febrero. Únicamente accedí a dos temas y, desde entonces, no he vuelto a utilizar la plataforma ni sus contenidos. Dentro del plazo legal comuniqué de forma expresa mi decisión de desistir del contrato. La empresa pretende cobrarme el importe íntegro alegando una cláusula de sus condiciones generales según la cual, una vez iniciado el curso, se pierde el derecho de desistimiento. Sin embargo, dicha cláusula no me fue informada de forma clara y destacada antes de la contratación, ni presté una aceptación expresa para renunciar a mi derecho de desistimiento al acceder al contenido digital. No me niego a abonar, en su caso, la parte proporcional correspondiente al uso efectivo realizado, que fue mínimo, pero considero abusivo y contrario a la normativa de protección de consumidores exigir el pago de la totalidad del curso cuando ejercí el desistimiento dentro del plazo legal y apenas hice uso del servicio. Por ello, solicito que se deje sin efecto el cobro íntegro y se recalcule, en su caso, únicamente el importe proporcional que legalmente pudiera corresponder. En caso de no obtener una solución satisfactoria, ejerceré cuantas acciones legales sean necesarias para la defensa de mis derechos, incluyendo la reclamación de todas las cantidades cobradas indebidamente, junto con los intereses legales y cualquier otro importe que pudiera corresponder, así como la denuncia de estas prácticas ante los organismos competentes en materia de consumo. Solicito la intervención de la OCU para que medie en este conflicto y contribuya a que se respeten los derechos que me reconoce la legislación de protección de consumidores y usuarios.
Incumplimiento de condiciones publicitadas - Concierto Don Omar Sevilla 18/07/2026
El día 29 de diciembre de 2025 adquirí cuatro entradas para el evento anunciado como "DON OMAR EN SEVILLA", celebrado el 18 de julio de 2026 en el Estadio La Cartuja (Sevilla), a través del canal oficial Vivaticket. Importe abonado: 96,80€ por entrada (88€ + 8,80€ de gastos de gestión), total 387,20€ por las cuatro entradas. La entrada emitida identificaba el evento bajo la referencia "DON OMAR EN SEVILLA", con hora de inicio 22:00h, sin mención alguna a un formato de festival ni a la participación de otros artistas. Sin embargo, el evento se desarrolló como un festival con actuaciones de Greeicy, Farruko y finalmente Don Omar, cuya actuación tuvo una duración aproximada de poco más de una hora. El servicio recibido no se correspondió con las condiciones en las que fue ofertado y contratado, generando una expectativa objetiva de asistir a un concierto protagonizado por Don Omar que no fue satisfecha. Solicito la devolución íntegra del importe abonado (387,20€) al no haberse prestado el servicio conforme a lo ofertado y contratado.
Reclamación a SeQura y Tradeando por anuncio engañoso y falta de transparencia.
Motivo de la reclamación: Prácticas comerciales desleales, duplicadad de contratos abusiva, falta de transparencia y anuncio engañoso [|].Descripción de los hechos:Contraté dos planes de formación con la empresa Retsinnal Group, S.L.U. (Tradeando.net), financiados a través de la entidad SeQura, suponiendo un coste total de 169 € mensuales por cada contrato (un total de 338 € al mes) [|]. Tras más de 3 meses de servicio, presento esta reclamación por los siguientes motivos:Duplicidad de cobros sin contraprestación: La empresa me mantiene activos dos contratos idénticos de 169 €/mes, pero en la realidad solo me prestan servicio para una única cuenta y un único tutor. Me están cobrando el doble de forma completamente abusiva [|].Incumplimiento de las condiciones (Tutoría deficiente): El servicio se vendió bajo la promesa de una "tutoría privada". Sin embargo, las condiciones impuestas limitan el acceso al tutor a una sola sesión de media hora al mes por contrato, un servicio totalmente desproporcionado e insuficiente para la cuota exigida. Anuncio engañosa sobre ganancias: La oferta comercial prometía rentabilidad e ingresos inmediatos [|]. No obstante, una vez dentro, imponen de forma obligatoria un periodo de práctica en simulador de mínimo un mes, obligándome a pagar cuotas íntegras sin ninguna posibilidad real de operar ni generar ingresos [|].Falta de transparencia: Se omitió deliberadamente en el proceso de venta que estaba firmando un contrato de financiación a largo plazo (12 cuotas), camuflándolo como una suscripción mensual cancelable [|].He solicitado formalmente la rescisión de ambos contratos y la revocación de los cobros previstos para el próximo 1 de agosto por correo electrónico, obteniendo una negativa por respuesta por parte de la empresa [|].Solución solicitada:Solicito la resolución y nulidad inmediata de los DOS contratos de suscripción con Retsinnal Group (Tradeando), la cancelación total de todas las cuotas pendientes en la financiera SeQura sin penalización económica (frenando urgentemente los cargos del 1 de agosto), y la baja definitiva de sus ficheros de datos . Atentamente Joel Alexander Martinez Bravo Gmail con el que accedo al trading de enrique morís joelalexanderbravo76@gmail.com
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