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Últimas reclamaciones

B. W.
04/11/2026

Dar de baja contrato

El 30 de septiembre 2026 he enviado un mail con carta firmada y my carta de identidad a Movistar Prosegur Alarmas para terminar mi contrato. Y Movistar no hace nada. Yo pregunto una cita para recoger la instalacion y no quieren hacer nada. Ahora preguntan un pagamiento siguiente y dicen que el dato de baja es fin de noviembre mientras que es fin de octubre. Gracias por su ayuda!

En curso
J. F.
27/10/2026

Problema baja de fallecido

RECLAMACIÓN FORMAL POR BAJA NO TRAMITADA TRAS FALLECIMIENTO DEL TITULAR Destinatario: Movistar Prosegur Alarmas, S.L. Asunto: Solicitud de baja no tramitada desde el 9 de octubre de 2026 y devolución de recibos posteriores. Datos de la persona reclamante Nombre y apellidos: Jose Luis Fernández Aparicio en representación de Julia Aparicio DNI/NIE: 07747647M Domicilio: Calle Ibiza 27 5B Madrid 28009 Correo electrónico: juavecomolaseda@gmail.com Teléfono: 689 37 87 01 Datos del titular fallecido Nombre y apellidos: Julia Aparicio Veloso Dirección de instalación: C/albita 27 5B 28009 Madrid EXPONE Primero. Que el titular del contrato de alarma suscrito con Movistar Prosegur Alarmas ha fallecido, circunstancia que se acreditó mediante el correspondiente certificado de defunción. Segundo. Que el día 9 de octubre de 2026 se remitió a la empresa un correo electrónico solicitando la baja del servicio como consecuencia del fallecimiento del titular. Tercero. Que, pese a dicha solicitud, la baja no se ha tramitado correctamente y se han seguido efectuando cobros correspondientes al servicio con posterioridad a la fecha indicada. A este respecto para continuar el proceso de baja comentan desde la empresa que llamaron al teléfono....de una fallecida ! No obstante después de la revisión de dicho teléfono no existen ni mensajes ni llamadas perdidas desde Movistar Prosegur Alarmas Cuarto. Que esta situación está ocasionando un perjuicio económico a la familia del fallecido y exige una solución definitiva, con revisión de la facturación y de los importes cargados después de la solicitud. SOLICITA 1. Que se tramite inmediatamente la baja definitiva del contrato y se confirme por escrito la fecha efectiva de cancelación. 2. Que se tenga en cuenta la solicitud remitida el día 9 de octubre con efectos inmediatos. 3. Que se revisen y anulen las facturas y cargos posteriores que no procedan, y se devuelvan las cantidades cobradas indebidamente. 4. Que se paralicen los futuros cobros del contrato una vez efectiva la baja. 5. Que se facilite una liquidación final detallada y una respuesta escrita a esta reclamación. Atentamente José Luis Fernández Aparicio en nombre de Julia Aparicio Veloso

En curso
S. R.
15/10/2026

⭐ 1/5 — DECEPCIONANTE TRATO AL CLIENTE. FACTOR HUMANO -10

Después de aproximadamente dos años como cliente de Prosegur Alarmas, mi experiencia termina con una profunda decepción y una sensación de absoluto desprecio hacia la fidelidad del cliente. Contraté la alarma para una vivienda que posteriormente vendí. Cuando solicité la baja, la empresa me ofreció unas condiciones para mantener el servicio y trasladarlo a otra vivienda. Acepté porque tenía intención de instalarla allí. Sin embargo, por problemas de ocupación en esa segunda vivienda, no pude realizar la instalación. Durante más de un año estuve pagando religiosamente las cuotas de una alarma que permanecía guardada en una bolsa, sin utilizarse. Algo que la empresa puede comprobar. Finalmente, el 9 de septiembre solicité la baja definitiva. Durante la gestión me aseguraron que todo estaba correcto y que no se me cobrarían más recibos. Mi sorpresa llegó en octubre, cuando me cargaron otra mensualidad. Al reclamar, la respuesta fue escudarse en una cláusula contractual que establece un mes de preaviso. Entiendo que existan contratos y condiciones, pero también debería existir algo llamado atención al cliente, empatía y coherencia con la información facilitada. ¿De verdad merece la pena cobrar una mensualidad adicional a un cliente que lleva más de un año pagando por un servicio que no ha utilizado? Lo más decepcionante no es el importe económico, sino la actitud de una empresa que parece priorizar el cobro de una última cuota frente a la satisfacción y fidelidad de sus clientes. Mi valoración del factor humano y de la atención recibida es de -10. No recomiendo Prosegur Alarmas por mi experiencia con la gestión de la baja y la atención al cliente. Una empresa no demuestra su calidad únicamente cuando consigue captar clientes, sino especialmente cuando estos deciden marcharse.

En curso
C. M.
06/10/2026

Penalización en el periodo de desistimiento

Con la fecha del 2 de septiembre se hizo el contrato 1-50000544427/02.09.2026 entre el titular DCM y Prosegur Alarmas Espana SLU. En el 11 de septiembre se instaló la alarma, pero, insatisfecho con la calidad del equipamiento y con la diferencia entre lo que me fue presentado y la realidad de la alarma, me desistí con la baja núm. 34192324/18.09.2026, dentro de los 14 días de acuerdo con el artículo 102.1 del TRLGDCU. De acuerdo con la oferta hecha, la instalación del equipamiento y la primera cuota eran 0 euros (gratuitos), pero, aun así, se mencionaba en el contrato que tengo que pagar una penalización que es el importe a pagar en caso de baja en periodo de desistimiento: costes de instalación del kit no abonados en la contratación. De hecho, se ha emitido por Prosegur Alarma la factura (ni se que representa) por 300 euros supongo como penalización por el ejercicio de mí derecho de desistimiento, que en mí opinión es contrario al artículo 102.1 y 2 del TRLGDCU, además, utilizando la cuenta IBAN de una tercera persona que no había acordado ningún orden SEPA (en incumplimiento del art. 6 AEPD). Además, se ha domiciliado un IBAN que no era del titular, utilizando la cuenta IBAN de una tercera persona que no había acordado ningún orden SEPA para este contrato. El art. 102 TRLGCU reconoce al consumidor que celebra en su domicilio un contrato con un empresario (art. 92 TRLGCU) el derecho a desistir del contrato durante un período de catorce días naturales sin indicar motivo alguno y sin incurrir en ningún coste distinto de los previstos en los arts. 107.2 y 108 (STS 167/2021). De acuerdo con el artículo 102.1 del TRLGDCU serán nulas de pleno derecho las cláusulas que impongan al consumidor y usuario una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento o la renuncia al mismo. La instalación no puede considerarse servicio completamente ejecutado y no hay prueba que yo había renunciado expresamente al desistimiento legal. El ejercicio del derecho de desistimiento no implicará gasto alguno para el consumidor en los contratos celebrados fuera de establecimiento mercantil. En estos casos, se considera lugar de cumplimiento aquel en el que el consumidor haya recibido la prestación. Serán nulas de pleno las cláusulas que impongan al consumidor una penalización por ejercer su derecho de desistimiento. Esto significa, por ejemplo, que un consumidor siempre podrá cancelar un contrato dentro del plazo legal de 14 días sin pagar multas o recargos, sin importar el motivo de la cancelación. Si, por ejemplo, el consumidor solicita que el servicio comience durante los 14 días de desistimiento, puede abonar la parte proporcional al servicio efectivamente prestado hasta el momento en que comunica su desistimiento, pero en mí caso es 0 euros, porque la primera cuota pactada era 0.

En curso
R. M.
26/09/2026

contrato cancelado sin avisar

HOLA, AYER RECIBI UN CORREO QUE HOY HE VISTO DONDE ME DECIA MOVISTAR PROSEGUR QUE ME CANCELABAN EL CONTRATO POR NO APORTAR JUSTIFICANTE DE QUE LA CASA DONDE SE HIZO EL SERVICIO DE ALARMA , NUNCA ME DEJIERON ESO AL HACER EL CONTRATO Y AYER A LAS 12 DE LA NOCHE ME QUEDE SIN ALARMA SIN PREVIO AVISO, HOY LES HE LLAMADO Y ME DECIAN QUE AL NO APORTAR EL JUSTIFICANTE DE QUE LA CASA ERA MIA ME CANCELABAN EL CONTRATO, SIN AVISAR . SIN DECIRME NADA, PUEDEN HACER ESTO? ES LO QUE YO QUIERO SABER, SI YO CANCELO EL CONTRATO QUE TENIA DE 2 AÑOS TENGO PENALIZACION Y ELLOS CANCELAN SIN MAS SIN AVISAR, ES LEGAL ESTO? , GRACIAS

Cerrado

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