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Problema con reembolso
Estimados/as señores/as: El día 30 de Abril de 2025 procedimos a hacer efectiva una reserva, realizada a través de la página web de Budget, de un coche mediano / Grupo B en la oficina de Gijón de la calle Alfredo Truan. El alquiler del coche finalizaba el día 2 de Mayo de 2025, por lo que tal y como habíamos pactado, ese día se hizo la entrega del coche en el mismo garage en el que se recogió. El coche se devolvió en perfecto estado y la persona responsable de Budget lo vio y confirmó que todo estaba correcto y sin problema, y que no nos teníamos que preocupar de nada más. Sólo entregar las llaves y marcharnos. Posteriormente, recibimos una comunicación en la que se nos informa de unos daños que presenta el vehículo en la Luna parabrisas delantera y se nos reclaman 1.018,74 euros. El coche cuando se devolvió no tenía esos daños, y así lo confirmó la persona que trabaja en el garage de Budget. Al ir a la oficina a reclamar una vez recibida esta comunicación, se nos dijo que no podíamos hablar con el responsable y que tampoco podíamos ver el coche para revisar los daños nosotros mismos. Aún más, el día 25 de Abril al recoger el coche se nos ofreció un seguro extra que cubría todo posible daño, que contratamos por el mensaje tranquilizador de la persona administrativa que dijo que cubría todo daño posible a todo riesgo. Para sorpresa nuestra, cuando mencionamos este seguro a la hora de reclamar en ventanilla se nos dijo que no incluye daños de lunas, información que no está disponible ni especificada en el contrato firmado. Adjunto fotocopia de los siguientes documentos: contrato alquiler, foto del tique de Repsol, comunicaciones por la reclamación. Solicito, se anule dicha reclamación y la devolución del depósito y los cargos realizados en mi tarjeta por importe de 1.018,74 euros. Sin otro particular, atentamente.
Reclamación por incumplimiento de servicio de parking reservado
A raíz del intercambio de emails con Parkos, presento la siguiente reclamación formal por el incumplimiento del servicio de parking "Aparca and Go" reservado a través de la plataforma PARKOS y gestionado por el servicio Car and Fly Garage, con código de reserva 84HB2M4D , para el día 30/04/2025 en el aeropuerto de Barcelona - El Prat. El pasado día 30/04/2025 a las 16:40h, al llegar a la terminal acordada para la entrega del vehículo, nos encontramos con la presencia de la policía, que estaba retirando vehículos en doble fila y amenazando con llevarse los coches con grúa. El personal de su empresa, encargado de recoger nuestro vehículo, después de decirnos varias veces que teníamos que esperarnos en la marquesina blanca y la policía no nos dejaba, y dar 3 vueltas, porque insistían que teníamos que esperar allí. Nos informaron que no podían hacerse cargo de la recogida de nuestro coche debido a esta situación, ya que el personal se tenía que llevar los coches que ya estaban aparcados en doble fila, ya que la policía estaba llamando a la grúa, y no tenían a personal disponible para realizar la recogida. Nosotros estábamos muy nerviosos, porque necesitábamos una solución inmediata, al haber contratado un servicio, ya que eran las 17:10h y nos iban a cerrar facturación y perder el vuelo. Lo único que nos ofrecían es que, como nuestro vehículo no había estado registrado como recogido, podíamos aparcarlo en el parking del aeropuerto y reclamar a la compañía la devolución del importe del parking Por teléfono, nos indicaron que presentáramos una reclamación para solicitar la devolución del importe pagado y la compensación por los gastos del parking alternativo. Debido a esta circunstancia, nos vimos obligados a estacionar el vehículo en el parking más cercano del aeropuerto ya que no teníamos margen de maniobra, íbamos a perder el vuelo. Intentamos reservar el parking por la web de Parkos ya que vimos anteriormente que salía por 59€ pero al ser el mismo día, ya no aparecía la posibilidad de reserva, incurriendo en un gasto de 146 euros, más los 23€ que ya habíamos pagado por el servicio de "Aparca and go" no realizado, además de sufrir estrés y la posibilidad de perder nuestro vuelo. Este incumplimiento del servicio contratado, que garantizaba la recogida del vehículo en la terminal, nos causó un perjuicio económico y logístico significativo. Por lo expuesto, solicito: La devolución íntegra del importe pagado por el servicio de parking reservado a través de Parkos, por un total de 23€. La compensación por los gastos adicionales ocasionados al tener que aparcar en otro parking , por un total de 146€. En la cadena de emails, tenéis los documentos adjuntos, tanto del recibo de parking, de la reserva, de las llamadas a vuestros compañeros y de la policía en la marquesina blanca con los coches en doble fila. Quedo a la espera de su confirmación de recepción de esta reclamación y de una pronta resolución y respuesta.
Problema con el reembolso
Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en tren desde la estación de Madrid al de Oviedo, que tenía su salida a las 11:23 horas del día 30/04/2025. El precio del billete fue de 25 euros por persona Nº de pasajeros: 2 Debido al apagón del 28/04/2025, nuestro trayecto de Asturias a Madrid fue interrumpido, nos devolvieron a Oviedo ya a día 29/02/2025, así que ya no pudimos llegar a Madrid y evidentemente el viaje de vuelta que era para el día 30 a las 11:23 ya no lo realizamos. El número de tren era el 04121 SOLICITO el reembolso del importe de los billetes que asciende a 50 euros. Sin otro particular, atentamente.
problema con el reembolso
Hola, realizamos una reserva de un coche en la oficina de Alzira en febrero . Tras realizar el pago el día 3/3/ 25y tras 30 días sin recibir el vehículo ,tras muchas llamadas y sin dar una solución ni el vehículo,revocamos nuestro interés y solicitamos el reembolso que ha fecha 6/5/25 continuamos sin recibir. Estamos en contacto con la oficina de Alzira , nos indican que la trasferencia está autorizada desde hace dos semanas pero ni nos mandan justificante de la trasferencia ni tampoco del dinero. Obviamente estamos tomando medidas legales.
Registrado como daño pérdida de dos cables que nunca estuvieron en el vehiculo
Estimados/as señores/as: El día 9/4 2025 procedí a hacer efectiva una reserva , realizada a través de la página web del coche Link and Co, matricula 2007MGR en la sede de OK mobility del aeropuerto de Madrid. El alquiler del coche finalizaba el día 16 de abril por lo que tal y como habíamos pactado, ese día se hizo la entrega del vehículo. El coche se devolvió en perfecto estado. Al devolver el vehículo se nos acusó de haber "extraviado" 2 cables de carga que supuestamente estaban localizados bajo el maletero, en el compartimento de la rueda extra. En ningún momento al recoger el coche o en el contrato se mencionaron dichos cables y la compañia no pudo en ese momento ni en posterior correspondecia electronica demostrar que los cables se encontraban en el vehiculo en el momento de recogida del vehiculo. Nosotros no abrimos el compartimento en ningun momento durante el alquiler del coche. De hecho nos recomendaron hacer un video del efterforskning del coche, pero en ningun momento se nos informo que teniamos que comprobar el interior o el compartimento de rueda extra. Posteriormente, nos han reclamado 1450 euros por daños en el vehiculo (cables) Adjunto copia de los siguientes documentos: contrato Solicito la devolución de los cargos realizados en mi tarjeta por importe de 1450 euros Sin otro particular, atentamente.
COBRO ABUSIVO POR EQUIPAJE
El día 30 de marzo de 2025, mi acompañante y yo teníamos reservado el vuelo FR1447 de Ryanair, con salida desde el aeropuerto Menara de Marrakech y destino Las Palmas de Gran Canaria. En la puerta de embarque se nos exigió el pago de 864 dirhams marroquíes (equivalentes a 85,97 euros) por las mochilas que llevábamos como equipaje de mano, a pesar de cumplir con las condiciones establecidas por la propia aerolínea. Según la política oficial de Ryanair, la tarifa estándar incluye una bolsa de mano pequeña de máximo 40 x 20 x 25 cm, sin ninguna limitación de peso. Ambas personas llevábamos mochilas que cumplían con esas dimensiones. Una de las mochilas fue introducida en el medidor sin inconvenientes. La otra sobresalía aproximadamente 1 o 2 centímetros. Para ajustarnos a las exigencias, decidimos desechar ropa y artículos personales, tras lo cual la mochila entró por completo en el medidor. Aun así, la empleada de la puerta de embarque nos exigió que ambas mochilas fueran pesadas. Alegó que sobrepasaban un supuesto límite de peso de 5 kg. Esto carece de fundamento, ya que Ryanair no establece en ningún momento un peso máximo para la bolsa incluida en la tarifa estándar, siempre que esta respete las dimensiones indicadas. Es decir, el peso no es un criterio aplicable según su propia normativa. Pese a exponer esta información, y ante la actitud inflexible y autoritaria del personal, se nos conminó al pago del importe mencionado. Se nos dijo que si no lo abonábamos, no se nos entregarían ni los pasaportes ni las tarjetas de embarque, lo que nos dejó sin alternativa y bajo coacción. El pago fue efectuado con tarjeta física, sin mostrarnos previamente el importe ni el dispositivo de cobro, lo que generó aún más desconfianza. Cabe destacar que en el vuelo de ida con la misma aerolínea no hubo ningún problema. Además, al llegar a Las Palmas consultamos directamente en el mostrador de Ryanair, donde se nos confirmó que no existe ningún límite de peso para el small bag. Esto confirma que el motivo alegado por el personal en Marrakech fue incorrecto y contrario a la política oficial de la empresa. Tras el vuelo, presentamos una reclamación formal a Ryanair, proporcionando fotografías que mostraban que la mochila encajaba correctamente en el medidor, cumpliendo las dimensiones. Su respuesta fue contradictoria: en un primer mensaje nos indicaron que el problema fue el peso (lo cual ya es en sí contrario a su normativa); y en el siguiente, cambiaron el argumento afirmando que la mochila excedía el tamaño permitido, contradiciendo la prueba gráfica enviada y nuestra experiencia directa. Además, consideramos relevante destacar que este no es un caso aislado. Hemos sabido de numerosos viajeros que han sufrido situaciones similares en el aeropuerto de Marrakech, lo que parece revelar un patrón de prácticas abusivas dirigidas a forzar el cobro de cargos injustificados en ese punto específico de embarque. Ante la falta de resolución satisfactoria por parte de la aerolínea, y dada la evidente contradicción entre su actuación y sus propias políticas oficiales, solicitamos la intervención de la OCU para exigir la devolución del importe cobrado indebidamente (85,97 euros), así como para denunciar estas prácticas que consideramos arbitrarias, abusivas y lesivas para los derechos de los consumidores. Adjuntamos las pruebas disponibles, incluidas fotografías, copias de los mensajes intercambiados con la aerolínea y justificantes del pago realizado, y quedamos a disposición para aportar cualquier otra documentación o testimonio que se requiera para el análisis del caso. Esperamos que esta reclamación sea atendida con la seriedad que merece y se tomen las medidas pertinentes para garantizar que este tipo de abusos no se sigan produciendo.
Problema de reembolso
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Fuerteventura al de Santiago de Compostela , que tenía su salida a las 15:55 horas del día 29 del mes de abril de 2025 por lo que la llegada normal a Santiago de Compostela debería haber tenido lugar a las 19:30 horas del día 29 , con un coste de 70,24 €. Adjunto los siguientes documentos: [ los billetes de avión, factura, cargo, confirmación del reembolso] Nº de pasajeros: 2 Con 2 meses de antelación del momento de partida, se me ha comunicado, la cancelación del trayecto contratado. SOLICITO el reembolso del importe de los billetes Sin otro particular, atentamente.
Avión muy deteriorado sin servicio de entretenimiento
El avión estaba muy viejo y deteriorado. Los asientos no se reclinaban o estaban rotos y la única posición era reclinado. Habían reparaciones con cinta aislante en asientos y muebles del WC. Nos comunicaron que no habría internet a bordo por un problema técnico. Pero que igualmente disfrutaríamos de entretenimiento a bordo. Y la verdad fue que no funcionaban las pantallas de entretenimiento a ordo y solo se podía conectar con el dispositivo propio de cada pasajero si es que tenían. Además no funcionaban los cargadores de debajo del asiento. Por lo que nos pasamos más de 8h mirando por la ventana. El vuelo lo cumplió con la características que nos vendieron al comprar los pasajes. Por ello solicito un reembolso parcial del viaje. favor, explica brevemente el motivo de tu reclamación
Clausulas abusibas equipaje
Estimados señores de EasyJet, Me pongo en contacto con ustedes en relación con mis vuelos con código de reserva K8T756L con fechas del 10 de marzo de 2025 y número de vuelo EZS1392 y 17 de marzo de 2025 con número de vuelo EZS1391, Sevilla - Ginebra ida y vuelta. Durante el proceso de embarque, fui obligado a pagar una cantidad de 58 euros a la ida y 72.12 euros a la vuelta debido a llevar un único bulto como equipaje de mano que incumplía las cláusulas de equipaje de mano. Este cobro, a mi entender, es indebido y vulnera los derechos de los pasajeros, conforme a la legislación aplicable y la jurisprudencia más reciente. Me permito detallar a continuación los fundamentos legales que apoyan mi reclamación: Cláusula abusiva: Tal y como ha señalado la reciente sentencia Nº 787/2022 del Juzgado de Madrid, el equipaje de mano constituye un elemento esencial del pasajero que no puede ser objeto de un cobro adicional, ya que no representa un coste adicional significativo para la aerolínea ni afecta a la seguridad o control de la misma. Desprotección del Reglamento 1008/2008: El cobro por el exceso de dimensiones de un equipaje de mano no está amparado por el Reglamento (CE) 1008/2008 sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad, y por tanto, contraviene los derechos de los pasajeros. Ley de Navegación Aérea y Condiciones Generales de Contratación: Según el artículo 97 de la Ley de Navegación Aérea, el pasajero tiene derecho a llevar consigo un equipaje de mano sin coste adicional. Además, conforme a los artículos 82.1 y 4, 86.7, 87 y 89.5 de la Ley de Condiciones Generales de la Contratación (LCGC), la cláusula que establece este cobro es nula, por generar un desequilibrio de derechos entre las partes. Sentencias adicionales que avalan mi posición: Sentencia del Juzgado Mercantil de Madrid Nº 13, de 24 de octubre de 2019 (Nº 373/2019). Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, 18 de septiembre de 2014, asunto C-487/12. Sentencia del Juzgado Mercantil Nº 3 de Alicante, 31 de enero de 2020 (Nº 3/2020). Por lo tanto, exijo la devolución del importe cobrado indebidamente de 130.12 euros en virtud de lo anteriormente expuesto. Adjunto a este correo el recibo de dicho pago y el resguardo bancario correspondiente, junto con mi reserva y tarjeta de embarque. En caso de no recibir una respuesta favorable, me veré obligado a iniciar acciones legales pertinentes, ya sea a través de una reclamación extrajudicial ante el Centro Europeo del Consumidor en España, o, en última instancia, proceder con una demanda en juicio verbal, dado que la cuantía no excede de 2.000 euros. Agradezco de antemano su atención y confío en que este asunto se resolverá de manera amistosa. Espero su respuesta en un plazo de 14 días. Atentamente, Eduardo Fernández Burraco email: eduferbur@gmail.com Adjuntos: Recibos del cobro de 58 euros + 75.12 euros Reserva y tarjeta de embarque del vuelo
Clausulas abusibas equipaje
Estimados señores de EasyJet, Me pongo en contacto con ustedes en relación con mis vuelos con código de reserva K8T756L con fechas del 10 de marzo de 2025 y número de vuelo EZS1392 y 17 de marzo de 2025 con número de vuelo EZS1391, Sevilla - Ginebra ida y vuelta. Durante el proceso de embarque, fui obligado a pagar una cantidad de 58 euros a la ida y 72.12 euros a la vuelta debido a llevar un único bulto como equipaje de mano que incumplía las cláusulas de equipaje de mano. Este cobro, a mi entender, es indebido y vulnera los derechos de los pasajeros, conforme a la legislación aplicable y la jurisprudencia más reciente. Me permito detallar a continuación los fundamentos legales que apoyan mi reclamación: Cláusula abusiva: Tal y como ha señalado la reciente sentencia Nº 787/2022 del Juzgado de Madrid, el equipaje de mano constituye un elemento esencial del pasajero que no puede ser objeto de un cobro adicional, ya que no representa un coste adicional significativo para la aerolínea ni afecta a la seguridad o control de la misma. Desprotección del Reglamento 1008/2008: El cobro por el exceso de dimensiones de un equipaje de mano no está amparado por el Reglamento (CE) 1008/2008 sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad, y por tanto, contraviene los derechos de los pasajeros. Ley de Navegación Aérea y Condiciones Generales de Contratación: Según el artículo 97 de la Ley de Navegación Aérea, el pasajero tiene derecho a llevar consigo un equipaje de mano sin coste adicional. Además, conforme a los artículos 82.1 y 4, 86.7, 87 y 89.5 de la Ley de Condiciones Generales de la Contratación (LCGC), la cláusula que establece este cobro es nula, por generar un desequilibrio de derechos entre las partes. Sentencias adicionales que avalan mi posición: Sentencia del Juzgado Mercantil de Madrid Nº 13, de 24 de octubre de 2019 (Nº 373/2019). Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, 18 de septiembre de 2014, asunto C-487/12. Sentencia del Juzgado Mercantil Nº 3 de Alicante, 31 de enero de 2020 (Nº 3/2020). Por lo tanto, exijo la devolución del importe cobrado indebidamente de 130.12 euros en virtud de lo anteriormente expuesto. Adjunto a este correo el recibo de dicho pago y el resguardo bancario correspondiente, junto con mi reserva y tarjeta de embarque. En caso de no recibir una respuesta favorable, me veré obligado a iniciar acciones legales pertinentes, ya sea a través de una reclamación extrajudicial ante el Centro Europeo del Consumidor en España, o, en última instancia, proceder con una demanda en juicio verbal, dado que la cuantía no excede de 2.000 euros. Agradezco de antemano su atención y confío en que este asunto se resolverá de manera amistosa. Espero su respuesta en un plazo de 14 días. Atentamente, Eduardo Fernández Burraco email: eduferbur@gmail.com Adjuntos: Recibos del cobro de 58 euros + 75.12 euros Reserva y tarjeta de embarque del vuelo
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