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Incumplimiento de contrato y promociones
Tras reclamar las facturas que correspondían al mes de abril por teléfono y proceder a devolver los recibos por incumplir el contrato que les adjunto y la posterior oferta que les detallo, me he puesto en contacto con ustedes en numerosas ocasiones por correo electrónico explicándoles que:1.- Con fecha 31 de enero de 2018, tras un mes para subsanar error de dirección postal por parte de su comercial, se formaliza el contrato MMC1801317720389 (línea fija + internet + móvil) por el que mi factura mensual ascenderá a 36, 89€ precio final con impuestos incluidos (véase contrato adjunto).2.-¡DOS MESES MÁS TARDE! e INFINIDAD DE LLAMADAS DESPUÉS PARA QUE ME REALIZARAN LA PORTABILIDAD de ambos números, fijo y móvil, el día 3 de abril a las 14:43 horas me mejoran el contrato con una oferta exclusiva por las molestias e inconvenientes causados, de forma que la PORTABILIDAD SE REALIZA EL 4 DE ABRIL (Bienvenido a Másmóvil). Según prometieron, está grabado en conversación telefónica mantenida y posterior correo electrónico, mi cuota mensual durante los primeros 3 meses es de 26.65€, los 9 siguientes es de 36.65€.No solo no se aplican los descuentos, sino que del mes de abril se emiten 2 facturas (por importes de 41.15€ +14.65€) cuando mi contrato original incluye linea fija + móvil por 36. 89€ precio total. Es entonces cuando repetidamente les pido que las revisen y me aclaran que la promoción se aplica al mes siguiente y que la veré reflejada en el mes de mayo. Al parecer, y ¡sepa dios por qué!, la línea móvil no la habían incluido en el contrato de internet por lo que en la factura de abril no me habían aplicado el importe correcto. En teoría se procede a abono que vería en mi factura de mayo y a solicitar que tenga la línea móvil en el mismo contrato fijo+ internet, “puesto que en el momento en que ambos contratos se unifiquen se tarificará correctamente” me reiteran.Con total incredulidad observo que vuelven a tarificar mal y por separado en el mes de mayo atendiendo a “parámetros internos de crédito!?”. No me importan sus parámetros internos de crédito. Es por incumplimiento de contrato por lo que me veo obligada a reclamar por esta vía y solicitar que revisen las facturas emitidas y se carguen los importes correctos (36,65 del mes de abril + 26,65 del mes de mayo) cumpliendo con el contrato original y promociones ofrecidas. Contrato que repito incluye línea móvil+ fijo + internet. No tengo por qué pagar más de lo que estipula el contrato ni pagar línea móvil aparte. Cumplan con el contrato y las promociones ofrecidas.
Imposible darse de baja
Por motivos de cambio de domicilio me es imposible continuar con el servicio de línea fija e internet. En mi nueva casa no hay cobertura con Yoigo y quiero dar de baja el servicio de fibra óptica e internet.He llamado al 622, dónde se me ha redirigido al 800 622 053, llamando a este numero me deben de tener desviado al propio 622 y no puedo iniciar el proceso de baja, los agentes me comentan que ellos no pueden. Llamando desde otro teléfono e indicando que la consulta es para otra línea sí que reciben mi llamada y una centralita me deja elegir la opción baja/traslado, pero me mantienen a la espera durante largos periodos de tiempo superiores a 30 minutos. Lo he intentado varias veces y me está siendo imposible.
Problemas con las facturas
Me di de alta en más movil el 9/1/18 con un paquete de fibra+fijo+2 moviles por 65€, con oferta de 3 meses por 55€. Nunca pude firmar el contrato ya que no funcionaba el área personal, les puse una incidencia, me avisaron en marzo de que ya funcionaba, pero lo cierto es que lo intenté y tampoco, así que desistí.En abril me llaman que hay un problema con la instalación de casa, y que tiene que venir un técnico y cambiarán mi teléfono fijo. Les insisto en que si me cobrarán algo, y dicen que no, que es porque tuvieron problemas con vodafone.En mayo me llegan dos facturas, con dos teléfonos fijos. Tras varias llamadas, me dicen que me cancelan una de las líneas, pero continúan llegándome sms avisándome de impago, ya que decido echar para atrás una de las facturas, por 21€.Continúan llegándome los sms por impago, hoy, 5/6/18 me dicen que me van a cortar la línea, y además, también hoy me avisan por email de una nueva factura de 85€ (lo contratado eran 65€).Tras una hora al teléfono con ellos y pasar por varios departamentos en los que me comentan varias cosas, como que me han hecho una tarifa de autónomos y no debería ser así, que me han dado de alta un contrato nuevo en abril, o que hasta el 31 de mayo no se ha dado de baja el segundo teléfono fijo de casa y que debo pagarlo, y pero nadie le da solución, y finalmente siempre me pasan con cobros. Decido poner una reclamación, pero tampoco lo consigo, ya que simplemente me vuelven a pasar a cobros.
No puedo realizar llamadas
En el mes de abril realicé una portabilidad a masmovil desde vodafone de el teléfono fijo, internet y teléfono movil. Desde el mismo instante que me llegó la tarjeta de teléfono no he dejado de tener problemas porque no he podido realizar ni una llamada de teléfono. Hablando con soporte técnico me han abierto dos averias hasta la fecha números: 167539 y 1711334. En sendas averías me comunicaban que el servicio técnico se pondría en contacto conmigo para solventar el problema. Al cabo de una semana llamaba yo a masmovil para preguntar que ocurria, porqué no se habían contactado conmigo y la contestación que me dieron fué que la avería estaba cerrada. Es decir, la daban por solucionada sin haberla resuelto. Me enviaron un duplicado de la tarjeta y ocurria lo mismo. Después de un mes así la semana que pasada les puse una reclamación con número. MM177981 y cuando les llamo hoy me dicen que la reclamación la han cerrado. que llame después para ver si me pueden abrir otra avería. Llevo un mes sin poder llamar al movil y solicito que me arreglen es l servício o me compensen por las molestias ocasionadas .Un saludo
Problemas velocidad fibra
Contrate un servicio de fibra simétrica de 300 megas.. y de velocidad de subida solo llegan 30, según él instalador no se puede hacer nada por la infraestructura, indicando que además debían habérmelo dicho... Para mí la velocidad de subida es importantísima por ocio y trabajo. lo reiteré en la contratación si me llegarían simétricos, diciéndome tanto comercial como la persona verificadora del contrato que así eran, sin mencionar en nigun momento que pudiera ser que no... tal y como puedo demostrar teniendo tanto el mail como grabada la contratación...p.d: envio imagen del mail, las grabaciones de audios son demasiado pesadas y no se pueden volcar.
Cobro llamadas 22123
Buenas tardes,Reclamo el importe cobrado en mi última factura de 4 llamadas realizadas al 22123 (atención al cliente de Vodafone) desde Tailandia por los motivos que a continuación se explican.Al día siguiente de llegar a Tailandia recibo de Vodafone el siguiente mensaje:“VF Info: Bienvenido a Tailandia. Tienes activa la Tarifa de Viaje Mundo con la que disfrutas en tus viajes de los Minutos, SMS y GB de tu tarifa nacional por 15 E cada día de uso. Consulta las condiciones y los países incluidos asi como tarifas para resto de los destinos en Vodafone.es/tarifa-mundo. Atención al cliente 22123 gratuito”.Como yo no había activado esa tarifa en ningún momento llamo inmediatamente al número 22123 que indica que es gratuito y, a pesar de que lo indica claramente, nada más descolgar el teléfono la operadora le digo que estoy en Tailandia y que si esa llamada es gratis y me dicen que sí (podrán revisarlo en las grabaciones de sus llamadas que siempre dicen que hacen). A continuación, le digo que me desactive esa tarifa pues yo no la he activado y me dice que no hay problema.Al día siguiente vuelvo a recibir el mismo mensaje e inmediatamente vuelvo a llamar para lo mismo y me dicen que efectivamente les consta que llame el día anterior y que debe haberse enviado el sms por error.Al día siguiente nuevamente el mismo mensaje. Llamo al día siguiente pues en ese momento estaba ocupada y me dicen los mismo, y que no me preocupe.Vuelvo a recibir 2 veces más el mismo mensaje los días posteriores. (Pueden ver en los archivos adjuntos dichos mensajes).Al ver la factura (copia que adjunto) observo que me han cobrado 33.21 euros (iva incluido) por esas supuestas llamadas gratuitas. Llamo a reclamar y me dicen que las llamadas al 22123 son gratuitas pero que yo tengo 4 llamadas a otros números y ninguna al 22123. Los números son 600182116, 600182124, 600182687 y 600182938. números que curiosamente yo no he marcado nunca y que no existen (si prueban a llamar verán que dice que el número marcado no existe y es imposible establecer comunicación con ellos). Si no existen y no puedo establecer llamada con ellos, como es posible que me gasta 33 euros hablando con ellos??????Además, si se fijan son números con los 6 primeros números idénticos sería mucha casualidad que yo conociera a 4 personas con los 6 números primeros idénticos y que les llame a los 4 desde Tailandia.Curiosamente las llamadas al 22123 siempre aparecen reflejadas en la factura y sin embargo yo no tengo reflejada ninguna, cuando los operadores me han confirmado que efectivamente yo les llame el 28 y 29 abril y el 1 de mayo (curiosamente los días de las llamadas y a las mismas horas).Un dato más, si se fijan en las horas de los mensajes, verán que mis llamadas son realizadas 1 minuto después de recibir el mensaje (dado que llamaba inmediatamente para aclarar la situación)Tras reiteradas llamadas a VF siguen insistiendo en que el abono no es posible porque yo no he llamado al 22123, sino que yo tengo llamadas a otros números que no son VF, que si fueran al 22123 claro que serían gratuitas. Los teleoperadores no reconocen que esas llamadas realmente son las llamadas al 22123 y cuando dicen que espere para comprobarlo siempre acaban cortando la comunicación.Durante la última llamada realizada, tras las comprobaciones, me reconocen que esas llamadas si que son a atención al cliente pero que el 22123 no es gratuito desde fuera de España En ese caso, por qué todos los operadores anteriores decían que si que era gratis pero que no me hacían el abono porque las llamadas no eran a ese número?? Es que cada vez les interesa decir una cosa?¿No es una engaño el que en el mensaje claramente ponga que es gratuito?¿No es una engaño que, a pesar de que claramente lo ponga en el mensaje, yo lo pregunte al operador nada más comenzar la llamada y me diga que si que gratuito, y que no sea cierto? (Pueden revisar las grabaciones)¿por qué me mandan cada día ese mensaje a Tailandia? Por un supuesto error del sistema??? O para que llame al número de Atención “gratuito”?Una cosa más, cuando llamo para que me den copia de la reclamación puesta me dicen que no pueden hacerlo. Cuando les insisto para que me la lean, observo que omiten toda la información que yo les he proporcionado…
Vodafone me roba.
El motivo de mi queja es porque hace 3 semanas, vodafone me llamo haciéndome una oferta para pasarme con ellos, ya que el mes de mayo era el ultimo mes que me quedaba de permanencia en Orange.Acepte pasarme con ellos, me ofrecían la tarifa ONE, televisión gratis durante 3 meses, móvil, teléfono fijo y fibra en casa, todo ello por 39,90€ al mes, durante un año, con un descuento del 30%.El técnico vino el martes 8 a casa para instalarme la fibra, la televisión y la linea telefónica provisional hasta que hicieran la potabilidad de mi numero móvil y el numero telefónico de casa. Justo una semana después Orange me hizo una contra oferta y decidí quedarme con ellos, el problema viene cuando Vodafone me dice que tengo que pagar 319,56€ para cancelar la potabilidad ,lo cual son 150€ del técnico y 169,56 del descuento que me iban a hacer durante un año. Todo esto dentro de los 14 días que tenia, según Vodafone, para probar el producto, solucionar cualquier problema,darme de baja, etc... (y aun seguía con la fibra, el numero telefónico, el numero móvil con Orange).Si a mi me dicen que tengo 14 días para continuar o seguir, ¿porque motivo tengo que pagar tanto dinero?yo les dije que quería cancelar la potabilidad y ellos decían que tenia que aceptar pagar todo este dinero para cancelarlo, a todo esto, mi linea móvil y el fijo de casa aun no esta con Vodafone porque Orange me hizo la contra oferta y cancelo la potabilidad, lo que significa que solo me hicieron una pre-instalación, solo fibra y televisión gratis.Como estoy en los 14 días para darme de baja, les dije que si me tienen que cobrar algo que cobren lo que la LEY les permite ya que es una pre-instalación. Me dicen que en el contrato esta todo esto señalizado, yo hice todo esto vía telefónica, por lo cual yo no tengo contrato en mano, ni en los dos emails que me enviaron me decían estas cosas... solo me notificaban el producto que había solicitado y el precio de ello, en nungún sitio de los dos emails que me enviaron vi que tendría que pagar una penalización, ni por vía telefónica cuando me estaban haciendo esta oferta, es decir omitieron información.solicite las grabaciones y que me enviar el supuesto contrato y no me dieron NADA!Luego llamo otro día y una agente me dice que tengo que pagar 150€ del técnico mas IVA que ascendía a 180€, 90€ por todo los tramites que ellos tenias que hacer para la cancelación y 10€ por la potabilidad de la linea móvil y otros 10€ por el fijo de casa, (que no se hicieron efectivas). NO SE PONEN DE ACUERDO PARA ROBAR!!!!Solo quiero que me asesoren en esto porque es mi primera vez. Gracias.
Penalización por baja.
Mi queja es porque quiero cancelar la portabilidad en la vivienda en la que estoy de alquiler ahora mismo, pero me quieren cobrar la instalación del router. me lo vendieron como gratuito. Estoy dentro del plazo de desestimiento. Además, considero que han incumplido ya que me han quitado el numero fijo de telefono por uno provisional hasta la portabilidad, lo que es un alta nueva que no he solicitado, causandome un problema personal. Sigo siendo cliente de MOVISTAR y lo que han hecho es engañarme con la captación. No se me informó de la operativa y se me dijo solamente que una vez hecha la portabilidad si me iba se cobraba una penalización por los meses restantes. He llamado a Yoigo y me contraofertan, al no querer me dicen que tengo que pagar la instalación de la fibra en casa cuando me la vendieron gratuita. Se niegan a darme la grabación y me tienen que mandar un contrato que se supone que yo he firmado.
Reclamación por daños y perjuicios negligencia en entrega de mercancía rota
MOTIVACIÓN DE LA RECLAMACIÓN CONTRA UPS:- La presente reclamación causa origen en la negligencia atribuible a UPS España (en adelante, UPS) por un servicio prestado en el que entregan una mercancía rota. - El destinatario y legítimo propietario de la mercancía informó del daño a UPS a través del procedimiento establecido por esta última. - UPS decidió retirar la mercancía dañada para inspeccionar los daños (en lugar de realizar la inspección en el lugar de la entrega) y en su resolución, no sólo eludió cualquier responsabilidad por el daño causado, sino que devolvió la mercancía con más daños de los que tenía cuando la retiró para la inspección de daños. - UPS eludió asumir cualquier responsabilidad en base a que el embalaje no cumplía unos requisitos mínimos. Una valoración tan subjetiva y primaria que ni siquiera proporcionaba dato concreto alguno, ignorando por completo el verdadero nexo causal del daño: la negligencia manifiesta en la manipulación de la mercancía por parte de UPS, tal y como se volvió a evidenciar cuando producen más daños a la mercancía en su proceso de inspección de daños.- Además de ignorar el principio del nexo causal del daño, tal y como reiteradamente ha puesto de manifiesto la Jurisprudencia del Tribunal Supremo, sorprende que UPS, en su primaria justificación, no contemple la concurrencia de un incumplimiento flagrante del principio establecido en el Código Civil por el que el transportista obligado a la entrega de la cosa debe custodiarla y conservarla hasta que aquello se realice (artículos 1094 y 1602 -transporte- y ss. del Código civil). En este sentido, tal y como sostiene la doctrina y jurisprudencia del Tribunal Supremo, el deber instrumental y accesorio de conservar se atribuye al que debe dar (en este caso UPS), porque no ha cumplido este deber hasta que entrega lo que debe y sólo en contemplación del deber de entregar se establece en la ley el deber de conservar. Por tanto, sin aquél (conservar) no existe éste (entrega), y si el obligado (UPS) incumple el deber de entrega y custodia, surgirá su responsabilidad aunque sea por razón de no haber conservado. - Adicionalmente a lo anterior, tal y como se detalla a continuación en la sección de Antecedentes de Hecho, la falta de diligencia exigible a UPS no sólo alcanza al servicio de transporte de mercancía, entrega de mercancía e inspección de daños sino que el procedimiento completo se prolongó durante más de 3 meses hasta obtener respuesta definitiva por parte de UPS. Tres meses en los que el destinatario y propietario de la mercancía tuvo que insistir proactivamente y ponerse en contacto de forma reiterada con UPS (con el consiguiente desgaste y daño moral que ello supone), obteniendo evasivas y respuestas contradictorias.- Lo anterior se convierte más confuso y lesivo aun para el consumidor reclamante atendiendo al hecho de que UPS impone el uso de líneas 902 para la atención telefónica posventa al cliente. En caso de ser este número de alto coste constituiría una práctica tipificada como ilegal por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en su Sentencia de 2 de marzo de 2017 (http://curia.europa.eu/juris/document/document_print.jsf?doclang=FR&text=&pageIndex=0&part=1&mode=req&docid=188524&occ=first&dir=&cid=586472), en la que estableció que el número telefónico de los servicios postventa no deben exceder el precio de una llamada telefónica estándar, por considerar que vulnera la legislación de protección al consumidor y la Directiva europea sobre los derechos de los consumidores (Directiva 2011/83/UE). ANTECEDENTES DE HECHO DAÑOS PRODUCIDOS AL CONSUMIDOR IRRESPONSABILIDAD DE UPS EN LA SOLUCIÓN:1º. Con fecha 10/01/2018, la parte recurrente de la presente reclamación (en adelante, PabloA), estando de vacaciones en Filipinas, compra una mercancía en FELICITY HOME ACCESSORIES INC (en adelante FIRMA), una tienda radicada en Manila (Filipinas). La mercancía se compone de 5 elementos destinados a la decoración doméstica, cuyo valor de compra asciende a 82.300 (ochenta y dos mil trescientos) pesos filipinos (PhP). Se adjunta documento de factura a nombre de PabloA. Ver documento adjunto Factura compra de mercancía.2º. Con fecha 10/01/2018, para dar curso al transporte de la mercancía anterior al lugar de residencia de PabloA en Madrid (España), éste encomienda a la titular del comercio en Filipinas -FIRMA- que cotice el transporte y proceda a contratar el mismo en nombre propio, y por cuenta de PabloA, actuando como mandataria de este último. Así, la persona que de facto insta y paga el transporte es PabloA, siendo el comercio de Filipinas -FIRMA- (el que figura como remitente -impropio-) el que actúa como mandatario (en nombre propio y por cuenta de PabloA) para cursar el envío. Se adjunta documento emitido por FIRMA en el que acredita el pago realizado por PabloA por importe de 1.304 (mil trescientos cuatro) dólares americanos (USD) para la contratación del transporte con UPS. Ver documento adjunto Factura mandato de transporte. 3º. Con fecha 23/01/2018, UPS entrega la mercancía en el lugar establecido en Madrid (España). En el parte de entrega, el profesional de UPS hace constar que de los 5 bultos que componían la mercancía objeto de envío, 2 de ellos mostraban daños externos en el embalaje.Adicionalmente, en el momento de recepción de la mercancía, se paga al profesional de UPS la cantidad de 522,92 (quinientos veintidos con noventa y dos céntimos) euros en concepto de cargos sujetos a IVA, derivados del proceso de despacho de aduanas que realiza UPS. 4º. Con fecha 23/01/2018, PabloA procede con la apertura del embalaje de los 5 bultos, constatando que la mercancía interior de uno de los dos bultos señalados como dañados en el punto 3º se encontraba rota. En concreto, la mercancía rota es una figura de bronce, identificada como bird and turtle en el documento de Factura compra de mercancía (punto 1º), cuyo valor de compra fue de 38.000 (treinta y ocho mil) pesos filipinos (PhP). Se adjuntan fotografías:- Fotografías del paquete dañado antes de su apertura (Fotografía 1 paquete dañado y Fotografía 2 paquete dañado). Esta circunstancia del daño en el paquete la hizo constar en el parte de entrega el profesional de UPS que realizó la entrega.- Fotografía que refleja el daño -figura de bronce partida en dos partes- en el interior del paquete (Fotografía 2 mercancía rota)5º. Con fecha 26/01/2018, PabloA pone en conocimiento de UPS la incidencia del daño a través del procedimiento establecido por UPS. En la misma fecha, UPS informa de que un representante de UPS irá a retirar el envío para su inspección en el plazo de 5 días laborables, pudiendo hacer un contacto telefónico previo. Por tanto, UPS decide retirar la mercancía para su inspección, en lugar de proceder con la inspección en la dirección de entrega de la mercancía (que no hubiera requerido el desplazamiento de ésta). 6º. Con fecha 29/01/2018, se persona un representante de UPS para recoger la mercancía sin previo aviso, con lo que no puede retirarla ante la falta de previsión evidente. En este sentido, se comunica a UPS tal circunstancia y se le requiere que avisen con antelación a retirar la mercancía para poder organizar la entrega. UPS informa que pasa nota al centro de reparto correspondiente con número 1-83497337946 informando de lo que PabloA indica para que vuelvan a retirar la mercancía a inspeccionar y llamarle antes.7º. Con fecha 06/02/2018, PabloA vuelve a ponerse en contacto con UPS ante la absoluta inactividad y ausencia de información desde el 29/01/2018, cuando indicaron que un representante de UPS irá a retirar el envío para su inspección en el plazo de 5 días laborables, pudiendo hacer un contacto telefónico previo. En este sentido, a la fecha 06/02/2018, habiendo transcurrido más de 5 días laborables desde su último contacto, y no tenido ningún tipo de noticia ni de contacto por parte de UPS, PabloA envía e-mail a UPS para solicitar información del estado en que se encuentra el proceso de reclamación de daños, y qué ocurre con la inspección que se supone tenían que realizar para continuar con el procedimiento conforme a lo establecido.8º. Con fecha 06/02/2018, UPS informa a PabloA por e-mail que han transferido su información al centro de reparto correspondiente, con numero de referencia 1-83497337946, desde donde se pondrán en contacto con usted hoy 06/02 antes de las 16:30 hrs.9º. Con fecha 07/02/2018, siendo las 18:08 horas, una persona de UPS pasa a recoger la mercancía dañada y embalaje para su inspección. Véase documentos adjuntos:- Fotografía del paquete y de la mercancía dañada que se entregó a UPS para inspección de daños (Fotografía embalaje y mercancía dañada entregada a UPS”)- Fotografía del documento manuscrito y firmado por el profesional de UPS que retiró el paquete y mercancía dañada para su inspección (Justificante manuscrito UPS retirada de mercancía).10º. Con fecha 21/02/2018, UPS España envía a UPS Filipinas (donde se cursó el encargo de transporte por parte del remitente impropio) un documento de inspección de daños (en inglés) con información contradictoria, al hacer constar, por una parte, que UPS no ha podido investigar el daño porque no ha tenido acceso a la visualización del elemento dañado ni del embalaje (aun habiéndola retirado el 07/02), al tiempo que indican que UPS no se hace responsable de ningún daño producido ya que el embalaje no cumplía con unas directrices marcadas por UPS. Ver fotografía Inspección daños UPS.11º. Con fecha 21/02/2018, PabloA se pone en contacto por e-mail con UPS España solicitando aclaración del documento de inspección de daños , ya que los términos del mismo resultan contradictorios con el hecho de que UPS hubiera retirado (el 07/02) la mercancía dañada y embalaje para su inspección.12º. Con fecha 22/02/2018, UPS España responde al e-mail anterior alegando lo siguiente: Debo insistirle en que, tal y como se le comunicó en mensajes anteriores, en un caso de inspección de una rotura, toda la información acerca de las gestiones realizadas, y lo que deriva de éstas, le son comunicadas directamente al remitente por el departamento a cargo del caso. Dicho lo cual, le emplazo, nuevamente, a contactar con su proveedor para que le puedan informar adecuadamente.13º. Ante la respuesta anterior, PabloA se pone en contacto con el remitente impropio en Filipinas (FIRMA) para que solicite explicaciones a UPS Filipinas y que éste lo haga a su vez a UPS España. El remitente (FIRMA) pone en conocimiento de tal circunstancia a UPS Filipinas, concretamente de María Krisha Aceremo, del Dpto. Customer Service UPS Filipinas, que informa que ha tratado de ponerse en contacto en varias ocasiones con UPS España (la última vez el 15/03/2018) y no ha recibido ninguna respuesta de UPS España.14º. Con fecha 27/03/2018 (15:58 horas) al no recibir ningún tipo de información ni notificación por parte de UPS, PabloA se pone en contacto telefónico con UPS España (concretamente con una persona que se identifica con el nombre de Osiris, del Dpto. Atención al Cliente) para tratar de aclarar dónde se encuentra la mercancía que UPS retiró para la inspección de daños, y qué ocurre con el parte de inspección de daños. Este departamento informa que transifere notificación del caso al Dpto. de Incidencias para que se pongan en contacto con PabloA. 15º. Con fecha 28/03/2018 (10:01 horas), el Dpto. de Incidencias (concretamente con una persona que se identifica con el nombre de Eva) se pone en contacto telefónico con PabloA, y le comunica que no saben qué ocurre con la mercancía ni dónde se encuentra, y que se pondrán en contacto una vez realizadas las averiguaciones pertinentes. PabloA manifiesta que si no necesitan la mercancía para realizar más averiguaciones sobre el daño, procedan a restituirla al lugar donde la retiraron en Madrid.16º. Con fecha 09/04/2018 (12:35 horas), al no recibir ninguna noticia de UPS, PabloA vuelve a ponerse en contacto telefónico con el Departamente de Atención al Cliente de UPS (concretamente con una persona que se identifica con el nombre de María Jesús), donde se le informa que no es posible que no se hayan puesto en contacto transcurrido tan extenso lapso de tiempo, con lo que esta persona de UPS informa que cursa notificación interna al Departamento de Incidencias de UPS para que se pongan en contacto con PabloA en 24 horas y le den alguna explicación. 17º. Con fecha 10/04/2018 (11:07 horas) el Dpto. de Incidencias (concretamente con una persona que se identifica con el nombre de Eva) se pone en contacto telefónico con PabloA, y le comunica que no saben dónde se encuentra la mercancía, con lo que no pueden devolverla y han de iniciar un expediente de pérdida de mercancía. 18º. Con fecha 11/04/2018 (11:11 horas) el Dpto. de Incidencias (concretamente con una persona que se identifica con el nombre de Eva) se pone nuevamente en contacto telefónico con PabloA, y le comunica ahora (un día después) que la mercancía ha aparecido en Barcelona (número de seguimiento W-5115667212) y que el parte de reclamación de daños concluyó que no procedía indemnización en base a un criterio puramente subjetivo de UPS en base a las características que han de exigir al embalaje. Ante semejante contradicción de informaciones, PabloA manifiesta su disconformidad con la solución aportada por UPS, y solicita que le sea devuleta la mercancía y embalaje que fue retirado para el proceso de inspección. 19º. Con fecha 17/04/2018 (12:26 horas), UPS procede con la entrega de la mercancía y embalaje que retiraron para la inspección. Sorprende que el embalaje que entregan (con la mercancía en su interior) adolece de una forma distinta (concretamente la mitad de largo) al que el que retiraron cuando realizaron la inspección. La sorpresa no termina aquí, sino que cuando PabloA procede a abrir el embalaje, la mercancía del interior presenta más daños que los que tenía cuando UPS la retiró para realizar la inspección de daños. Concretamente la mercancía estaba partida en más partes, desconfigurando por completo su composición. Véase la comparativa entre los documentos adjuntos:- Fotografía del paquete y de la mercancía dañada que se entregó a UPS para inspección de daños (Fotografía embalaje y mercancía dañada entregada a UPS”)- Fotografía del paquete y de la mercancía dañada que devuelve UPS tras la inspección de daños (Fotografía 1 embalaje y mercancía dañada devuleta por UPS y Fotografía 2 embalaje y mercancía dañada devuleta por UPS).20º. Con fecha 18/04/2018 (12:02 horas), PabloA vuelve a ponerse en contacto telefónico con el Departamento de Atención al Cliente de UPS para poner en conocimiento la circunstancia del Punto 19º y solicitar una solución al problema. UPS informa que transfiere notificación al Centro Logístico de Coslada para que en 24 horas se pongan en contacto telefónico con PabloA y le den explicación. 21º. Con fecha 19/04/2018 (17:52 horas), habiendo trasncurrido más de 24 horas sin ninguna notificia de UPS, PabloA vuelve a ponerse en contacto telefónico con el Departamento de Atención al Cliente de UPS para informar de tal circunstancia, ante lo que le informan que vuelve a transferir notificación (con número 1-90645801369) al Centro Logístico de Coslada para que en 24 horas se pongan en contacto telefónico con PabloA y den explicación. 22º. Con fecha 19/04/2018 (18:26 horas), el responsable del Centro Logístico de Coslada se pone en contacto con PabloA este último le informa sobre el incidente, y el responsable del Centro Logístico de Coslada le informa que como no sabe qué departamento ha de hacerse cargo, transfiere comunicación al Dpto. de Incidencias para que determinen el departamento que ha de tomar una decisión. En este sentido, le informa que alguien de UPS se pondrá en contacto telefónico con PabloA antes del viernes 20/04/2018 a las 15:00 horas y que si ello no se produjera, sería él mismo quien se pondría en contacto con PabloA el mismo viernes. 23º. Con fecha 24/04/2018 (17:50 horas), siendo ya el martes de la semana siguiente y no habiendo tenido ningún contacto por parte de UPS desde el 19/04/2018, PabloA vuelve a llamar al Departamento de Atención al Cliente de UPS para informar de tal circunstancia. Nuevamente, este departamento cursa notificación al Centro Logístico de Coslada para que se pongan en contacto telefónico en un plazo máximo de 1 hora (contacto que nunca se produce), y también cursa notificación al Dpto. de Incidencias para que se pongan en contacto en un plazo máximo de 24 horas. 24º. Con fecha de 25/04/2018 (13:41 horas), el Dpto. de Incidencias de UPS se pone en contacto telefónico con PabloA para informarle de que UPS tampoco se hace responsable de los daños adicionales ocasionados por UPS durante el proceso de inspección de la mercancía, en base a que el embalaje no cumplía unos requisitos mínimos sin proporcionar dato concreto alguno. ¿Qué requisitos mínimos habría que exigir ahora, si precisamente es UPS la que decide retirar la mercancía para inspeccionar, y por tanto la obligada a custodiar y conservar la cosa? 25º. La contestación anterior de UPS colma las posibilidades de PabloA en tratar de resolver directamente con UPS la concatenación de negligencias incurridas por esta última, con lo que el damnificado decide iniciar el presente proceso a través de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), como primer paso para obtener una solución seria, conforme a Derecho y alineada con los Principios Europeos sobre el Derecho de daños y de protección de consumidores y usuarios. Este proceso no obsta para las eventuales diligencias que puedan incoarse por vía administrativa ante la Dirección General de Transportes de la Comunidad Autónoma de Madrid a través de expediente sancionador imputable a la autorización de Transporte no. OT-10245639-1 (expedida a UPS), ni en instancia judicial. CONSECUENCIAS JURÍDICAS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO:1º. La principal consecuencia de los hechos relatados en la sección anterior, supone un perjuicio económico por importe del valor de la mercancía dañada. Es decir, su valor de adquisición / reposición, de 38.000 (treinta y ocho mil) pesos filipinos (Php). A lo que habría que añadir los gastos de transporte atribuibles a dicha mercancía. Es decir, la cuantía atribuible al transporte de dicha mercancía, sabiendo que el importe total del transporte de los 5 bultos que componía el envío ascendía a 65.620 (sesenta y cinco mil, seiscientos veinte) pesos filipinos (Php).2º. La valoración subjetiva realizada UPS sobre el nexo causal del daño lo atribuye de forma desatinada esclusivamente al embalaje, cuando la entrega de mercancía rota, no sólo en el momento inicial de entrega, sino cuando reintegran la mercancía tras la inspección de daños, pone de manifiesto que las medidas adoptadas por UPS en su obligación de transporte han sido escasas y deficientes en todo momento. En este sentido, la jurisprudencia y la doctrina del Tribunal Supremo proclama que quien crea un riesgo, aunque su actuar originario sea lícito, debe perchar con los siniestros que aquél provoque, ante una actividad realmente creadora de riesgo y que de ella se favorezca el titular (S. 16 II 88 5 V 88), como ocurre en el presente caso en el que UPS se lucra de la actividad de transporte. 3º. El fundamento jurídico anterior casa con el hecho de que el transportista obligado a la entrega de la cosa debe custodiarla y conservarla hasta que aquello se realice (artículos 1094, 1602 y ss. del Código civil). En términos jurisprudenciales, el deber instrumental y accesorio de conservar se atribuye al que debe dar (en este caso UPS), porque no ha cumplido este deber hasta que entrega lo que debe y sólo en contemplación del deber de entregar se establece en la ley el deber de conservar. Sin aquél (conservar) no existe éste (entrega), y si el obligado (UPS) incumple el deber de entrega y custodia, surge su responsabilidad aunque sea por razón de no haber conservado. 4º. La apreciación de la responsabilidad imputable a UPS resulta de una comparación entre el comportamiento causante del daño y el requerido por el ordenamiento jurídico. Y en este sentido, constituye culpa un comportamiento que no es conforme a los cánones o estándares de pericia y diligencia exigibles según las circunstancias de las personas, del tiempo y del lugar (vid. STS Civil 1161/2016 424-14). En efecto, el artículo 147 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, dispone que los prestadores de servicios serán responsables de los daños y perjuicios causados a los consumidores o usuarios, salvo que prueben que han cumplido las exigencias y requisitos reglamentariamente establecidos y demás cuidados y diligencias que exige la naturaleza del servicio. De la contraposición de esta máxima con la realidad de los hechos descritos, se desprende que el acaecimiento de un evento dañoso como el sufrido por PabloA evidencia un rotundo defecto del servicio (replicado en diferentes instancias) que le fue prestado por parte de UPS.5º. A lo anterior, habría que añadir la responsabilidad de UPS por la deficiente gestión del incidente, plagado de anomalías injustificadas. El procedimiento completo se prolongó durante más de 3 meses hasta obtener respuesta definitiva por parte de UPS. Tres meses en los que el destinatario y propietario de la mercancía tuvo que insistir proactivamente y ponerse en contacto de forma reiterada con el Servicio de Atención de UPS (con el consiguiente desgaste y daño moral que ello supone), obteniendo evasivas en la asunción de responsabilidad y respuestas contradictorias. Lo anterior se convierte aun más confuso y lesivo para el consumidor reclamante atendiendo al hecho de que UPS remitía al reclamante a un número 902 para informarse y poner en conocimiento de UPS cualquier circunstancia relativa al incidente. Es decir, una línea con una operativa en que primero siempre ponen al cliente en espera (con un mensaje automático de todos nuestros agentes están ocupados...), y luego hay que explicar la queja. Una práctica que, en caso de implicar un alto coste para el consumidor, además está tipificada como ilegal por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en su Sentencia de 2 de marzo de 2017 (http://curia.europa.eu/juris/document/document_print.jsf?doclang=FR&text=&pageIndex=0&part=1&mode=req&docid=188524&occ=first&dir=&cid=586472), en la que estableció que el número telefónico de los servicios postventa no deben exceder el precio de una llamada telefónica estándar, por considerar que vulnera la legislación de protección al consumidor y la Directiva europea sobre los derechos de los consumidores (Directiva 2011/83/UE).
PROBLEMAS DE FACTURACIÓN
Buenos días. Acabo de recibir la factura correspondiente al periodo que comprende del 01/04/18 al 30/04/18, con la compañía telefónica MásMóvil. Mi sorpresa ha sido mayúscula, al percatarme de un cobro adicional en una de mis líneas, en concreto la del telf. 693.......... por una llamada cuya descripción se indica como consumo voz especial, del día 28/04/18 a las 18:51:38, de duración 32 minutos al número 11887. Quiero dejar claro, por medio de esta reclamación formal, que dicha llamada no ha sido efectuada desde mi móvil, de ninguna de las formas. En primer lugar, porque esa línea esta destinada a uso familiar y solo se permite llamadas a las otras dos líneas con esta misma compañía, que son al 678........... y 678........., como podrán comprobar perfectamente en la factura en cuestión, adjuntada en archivo. En segundo lugar, porque ese móvil, ha estado en todo momento dentro del domicilio, bajo mi supervisión y solo se ha utilizado un solo día (como he dicho antes, de uso restringido) en todo el mes de facturación, correspondiendo ese día al 27/04/18. Y no, como aparece erróneamente en factura más abajo, el 28/04/18 al número 11887. Quiero hacer constar, que habiéndome informado, en diferentes comunidades, tal como se recoge también en diferentes web, navegando por Internet, que el nº telf.: 11887 parece ser, corresponde a un número al que nadie haya marcado pero que de igual forma se le factura con costes además elevados. Debido a que he sido, unas victima más, de dicho engaño, exijo el reembolso total de la cuantía que se nos ha usurpado, necesitando por tanto, resolución inmediata de dicho problema. También hago constar mediante este escrito, que ésta, es la segunda vía formal por la que intento resolver esto. Ya que anteriormente, me he dirigido a la citada compañía telefónica MÁSMÓVIL, para reclamar y poner en conocimiento dicha incidencia, y no he recibido ninguna clase de solución, más que la de aceptar dicha injusticia, a la que no estoy dispuesto a someterme. Por tanto informo que para ello, utilizare las vías necesarias, que estén a mi alcance, para hacer llegar mi queja y mi disconformidad de los hechos y se me devuelva mi dinero.Espero su pronta respuesta y/o resolución. Gracias y un saludo.
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