Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
I. V.
24/07/2026
PROMOCION Y DESARROLLO DE EVENTOS Y FIESTAS CANARIAS SL

Incumplimiento de condiciones publicitadas - Concierto Don Omar Sevilla 18/07/2026

El día 29 de diciembre de 2025 adquirí cuatro entradas para el evento anunciado como "DON OMAR EN SEVILLA", celebrado el 18 de julio de 2026 en el Estadio La Cartuja (Sevilla), a través del canal oficial Vivaticket. Importe abonado: 96,80€ por entrada (88€ + 8,80€ de gastos de gestión), total 387,20€ por las cuatro entradas. La entrada emitida identificaba el evento bajo la referencia "DON OMAR EN SEVILLA", con hora de inicio 22:00h, sin mención alguna a un formato de festival ni a la participación de otros artistas. Sin embargo, el evento se desarrolló como un festival con actuaciones de Greeicy, Farruko y finalmente Don Omar, cuya actuación tuvo una duración aproximada de poco más de una hora. El servicio recibido no se correspondió con las condiciones en las que fue ofertado y contratado, generando una expectativa objetiva de asistir a un concierto protagonizado por Don Omar que no fue satisfecha. Solicito la devolución íntegra del importe abonado (387,20€) al no haberse prestado el servicio conforme a lo ofertado y contratado.

En curso
J. M.
24/07/2026

Reclamación a SeQura y Tradeando por anuncio engañoso y falta de transparencia.

Motivo de la reclamación: Prácticas comerciales desleales, duplicadad de contratos abusiva, falta de transparencia y anuncio engañoso [|].Descripción de los hechos:Contraté dos planes de formación con la empresa Retsinnal Group, S.L.U. (Tradeando.net), financiados a través de la entidad SeQura, suponiendo un coste total de 169 € mensuales por cada contrato (un total de 338 € al mes) [|]. Tras más de 3 meses de servicio, presento esta reclamación por los siguientes motivos:Duplicidad de cobros sin contraprestación: La empresa me mantiene activos dos contratos idénticos de 169 €/mes, pero en la realidad solo me prestan servicio para una única cuenta y un único tutor. Me están cobrando el doble de forma completamente abusiva [|].Incumplimiento de las condiciones (Tutoría deficiente): El servicio se vendió bajo la promesa de una "tutoría privada". Sin embargo, las condiciones impuestas limitan el acceso al tutor a una sola sesión de media hora al mes por contrato, un servicio totalmente desproporcionado e insuficiente para la cuota exigida. Anuncio engañosa sobre ganancias: La oferta comercial prometía rentabilidad e ingresos inmediatos [|]. No obstante, una vez dentro, imponen de forma obligatoria un periodo de práctica en simulador de mínimo un mes, obligándome a pagar cuotas íntegras sin ninguna posibilidad real de operar ni generar ingresos [|].Falta de transparencia: Se omitió deliberadamente en el proceso de venta que estaba firmando un contrato de financiación a largo plazo (12 cuotas), camuflándolo como una suscripción mensual cancelable [|].He solicitado formalmente la rescisión de ambos contratos y la revocación de los cobros previstos para el próximo 1 de agosto por correo electrónico, obteniendo una negativa por respuesta por parte de la empresa [|].Solución solicitada:Solicito la resolución y nulidad inmediata de los DOS contratos de suscripción con Retsinnal Group (Tradeando), la cancelación total de todas las cuotas pendientes en la financiera SeQura sin penalización económica (frenando urgentemente los cargos del 1 de agosto), y la baja definitiva de sus ficheros de datos . Atentamente Joel Alexander Martinez Bravo Gmail con el que accedo al trading de enrique morís joelalexanderbravo76@gmail.com

En curso
B. L.
23/07/2026

Contrato de permanencia

Estimados/as señores/as:  Quería poner una reclamación porque he intentado cancelar mi suscripción y me he encontrado con que tengo una oferta con permanencia que no puedo cancelar. El problema es que en ningún momento se me avisó de forma clara de que al aceptar esa oferta estaba adquiriendo un compromiso de permanencia. Si lo hubiera sabido, habría valorado si me interesaba aceptarla o no. Por ese motivo, os pido que reviséis mi caso y eliminéis esa permanencia para que pueda cancelar mi suscripción sin ningún tipo de penalización. También me gustaría que me indicarais cuándo y cómo se me informó de esa condición y dónde consta que la acepté expresamente. Sin otro particular, atentamente.

En curso
B. L.
23/07/2026

Permanencia

Estimados/as señores/as:  Me pongo en contacto con ustedes porque [Por favor, detalla aquí el contenido de tu reclamación]  SOLICITO […].  Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…

Resuelto
M. O.
23/07/2026
ALGESHOW, S.L.

Raveart Prod Summer Festival / Maria Villarejo Ortiz

Buenas tardes, este pasado fin de semana asistí al evento Summer Festival organizado por Raveart. Se produjo un cambio sustancial del cartel sin previo aviso ni notificación ninguna en ningún medio. Cancelación de al menos tres artistas (4AmKru, show anunciado como Live de artistas internacionales y única fecha en España; Benny page, artista internacional de renombre también y Yospeed que sin anunciar la cancelación ni si quiera salía en el lineUp que subieron dos días antes del festival) Ante estos hechos me remito a mis derechos de consumidora por un cambio sustancial del cartel del evento con ausencia de comunicación del mismo. Por medio del presente escrito, y en mi condición de consumidora, manifiesto formalmente mi solicitud de reembolso íntegro e inmediato del importe abonado por mi entrada para el festival Raveart Summer en Sevilla, debido al cambio sustancial del cartel anunciado respecto a las condiciones originalmente ofertadas y contratadas. La decisión de adquirir mi entrada se basó de forma directa en la programación artística inicialmente comunicada por la organización, siendo el cartel uno de los elementos esenciales del contrato celebrado entre el consumidor y el promotor del evento. La modificación relevante de dicho cartel altera de manera sustancial la prestación contratada, afectando directamente a mis expectativas legítimas como consumidora y al objeto principal por el que decidí asistir al festival. Entiendo que cambios menores o puntuales pueden formar parte de la organización de un evento de estas características; no obstante, cuando la modificación afecta de forma significativa al contenido anunciado, especialmente en relación con artistas principales o elementos determinantes de la programación, la prestación deja de corresponderse con aquello que fue publicitado y adquirido. En consecuencia, considero que existe un incumplimiento sustancial de las condiciones ofertadas, lo que legitima mi derecho a solicitar la devolución completa del importe pagado. Asimismo, recuerdo que la publicidad, comunicaciones oficiales, cartelería y demás información difundida por la organización forman parte de las condiciones bajo las cuales el consumidor toma su decisión de compra. Por tanto, cualquier alteración relevante posterior no puede imponerse unilateralmente sin ofrecer una solución adecuada, incluyendo el reembolso íntegro para quienes ya no deseen asistir al evento en las nuevas condiciones. Por todo ello, exijo la devolución completa y sin penalización del importe abonado por mi entrada, al no corresponderse el evento finalmente ofrecido con el que fue anunciado en el momento de la compra. En caso de no recibir una respuesta satisfactoria, me reservo el derecho a emprender las acciones oportunas ante los organismos de consumo competentes, así como a ejercer cualquier otra vía legal o administrativa que proceda para la defensa de mis derechos como consumidora. Sin más, quedo a la espera de una respuesta clara y de la tramitación inmediata del reembolso. Gracias de antemano. Un saludo, Maria Villarejo

En curso
A. M.
23/07/2026

Rechazo de apertura de cuenta conjunta - pasaporte exigido ilegalmente a ciudadano UE

Soy cliente que solicitó la apertura de una cuenta bancaria conjunta con mi esposa. Motivo de la reclamación: el proceso automático de apertura de MyInvestor exige exclusivamente el pasaporte para identificar a un ciudadano de la Unión Europea sin DNI español, y rechaza mi documento nacional de identidad francés (documento de identidad UE en vigor, con fotografía). Ante mi negativa a presentar un pasaporte —del que no dispongo ni tengo obligación legal de disponer como ciudadano comunitario— se me exige alternativamente un "NIE con fotografía", documento que no existe: el certificado de registro de ciudadano de la UE (NIE) no incorpora fotografía por su propia naturaleza, precisamente porque debe presentarse junto con el documento de identidad que sí la lleva. Lo que en realidad me reclaman corresponde a la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), reservada a ciudadanos extracomunitarios, categoría a la que no pertenezco. Fundamento legal: el artículo 6.1.a) del Real Decreto 304/2014 (Reglamento de la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales) establece que, para un ciudadano de un Estado miembro de la UE, el documento de identidad válido es el expedido por las autoridades de su país de origen. El Real Decreto-ley 19/2017 (transposición de la Directiva 2014/92/UE) reconoce además el derecho de todo residente legal de la UE a una cuenta de pago básica sin discriminación por nacionalidad, con motivos de denegación tasados que no concurren en mi caso. Gestiones realizadas sin éxito: entre el 1 y el 14 de julio de 2026 he enviado múltiples solicitudes formales, con toda la documentación adjunta, y realizado numerosas llamadas telefónicas. En cada llamada se me indica que el pasaporte es obligatorio; en cada correo se me redirige al teléfono, a la aplicación o a otra dirección, sin respuesta sobre el fondo. El 14 de julio, tras varios requerimientos formales, se me contestó por primera vez, únicamente para exigirme cumplimentar y firmar su formulario interno "Hoja de Reclamaciones" antes de tramitar nada. A día de hoy, más de tres semanas después de mi primera solicitud, la cuenta sigue sin abrirse. Perjuicio: este bloqueo me impide disponer de una parte relevante de mis ahorros destinada a inversión a través de esta entidad, generando una pérdida de oportunidad mientras el dinero permanece inmovilizado, además del tiempo invertido en gestiones reiteradas durante más de tres semanas. Solicito: La apertura inmediata y manual de la cuenta conjunta, sobre la única base de la documentación ya aportada. Una respuesta motivada por escrito indicando su base legal, en caso de mantener su negativa. El reconocimiento y, en su caso, la compensación del perjuicio económico y del tiempo ocasionados. En ausencia de solución satisfactoria, me reservo el derecho a trasladar este expediente al Servicio de Reclamaciones del Banco de España.

En curso
J. P.
23/07/2026

COBRO ABUSIVO SIN DETALLE DE GESTIÓN

JAVIER POZO A: Arriaga Asociados Número de reclamación - 15153647 10/06/2026 Estimados/as señores/as:  Me pongo en contacto con ustedes porque , interpongo una reclamación formal contra el bufete Arriaga Asociados debido a una reclamación de deuda que considero totalmente improcedente, abusiva y contraria a las cláusulas de su propio contrato de adhesión (Hoja de Encargo).  Soy una persona normal, que no entiende de juicios, ni comprende todo lo que se escribe en un contrato. El caso es que, observo que como todo el mundo comentaba, el interés legítimo de este bufete es hacia ellos mismos. Me siento realmente engañado por Arriaga Asociados con anuncios y palabras melosas que te hacen creer que vas a recuperar tu dinero, cuando ellos saben perfectamente que el juez acaba sentenciando con condena en costas, y todo lo que ganas se lo van a quedar ellos. SOLICITO La factura de los honorarios que nos han enviado después de prácticamente diez años,de multitud de llamadas, correos y disgustos (porque no contestaban y en las oficinas de Parla solo sabían que decirnos que la justicia es lenta,y que no había pasado tanto tiempo (diez años sin saber nada de nada )la factura no indica la provisión de fondos que inicialmente pagamos en el año 2018-No han puesto a mi disposición ningún importe sobrante.-No se ha detallado en la factura las cantidades y a que corresponde, solo honorarios.-Las cuantías no son acordes con las previsiones del asunto.ademas de no entender la hoja de encargo, ya que en las visitas de contratación en la oficina de Parla, siempre nos dijeron que nosotros no pagaríamos nada, que como era algo grupal con el dinero inicial ellos se lo quedaban en concepto de pago de sus servicios Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… NIF o NIE: 50426015X

En curso
L. A.
23/07/2026

Reclamación por renovación automática de Domestika Plus y solicitud de reembolso

El 16 de julio de 2025 adquirí un curso en Domestika por un importe de 5,99 €, creyendo que se trataba de una compra única. No fui consciente de que dicha compra implicaba la activación de una suscripción Domestika Plus con renovación automática anual. El 17 de julio de 2026 se cargó automáticamente en mi tarjeta un importe de 299 € correspondiente a la renovación de dicha suscripción. Tan pronto como detecté el cargo: * cancelé inmediatamente la suscripción; * solicité el reembolso a Domestika; * inicié una reclamación con mi banco (N26); * bloqueé mi tarjeta para evitar nuevos cargos. Además, el uso de mi cuenta demuestra que únicamente utilicé el curso adquirido originalmente y que no he disfrutado de los beneficios propios de Domestika Plus. Considero que la información relativa a la contratación y a la renovación automática de una suscripción anual de 299 € no fue suficientemente clara en el momento de la compra de un curso de bajo importe, por lo que solicito la devolución del cargo de 299 € realizado el 17 de julio de 2026. Solicito la mediación de la OCU para alcanzar una solución amistosa.

En curso
J. G.
23/07/2026

Deuda improcedente y practicas dudosas

Contraté con Verisure un sistema de alarma el 9 de octubre de 2023 sobre la base de una oferta comercial en la que la instalación y los equipos aparecían como gratuitos, con un pago inicial de 0 €, destacándose únicamente la cuota mensual del servicio y mantenimiento. En esa oferta no figuraba el precio total de la instalación ni de los equipos, ni se informaba de forma clara y destacada de que existiera un coste independiente de instalación de 1.485 € que pudiera reclamarse en caso de cancelación anticipada del contrato. Tras cumplir el período mínimo de permanencia de 2 años, solicité la baja del servicio, que fue efectiva el 30 de abril de 2026. Posteriormente, Verisure me reclamó el pago del supuesto importe pendiente de la instalación y cedió la gestión del cobro a CaixaBank Payments & Consumer, iniciándose además actuaciones de recobro. El 20 de marzo de 2026 presenté una reclamación formal impugnando dicha deuda y aporté como prueba la propia oferta comercial de Verisure, de la que, a mi juicio, se desprende que la instalación y los equipos eran ofrecidos como gratuitos y que no existía información transparente sobre un coste independiente de instalación. Durante la tramitación del conflicto solicité en dos ocasiones que Verisure acreditara documentalmente que la información precontractual me había sido facilitada antes de contratar y que demostrara cuándo estuvo realmente a mi disposición. También pedí el expediente electrónico completo de contratación y el registro cronológico ("Audit Trail") generado por Logalty. La empresa no aportó esa documentación y se limitó a afirmar que el contrato fue firmado electrónicamente. Además, la documentación inicial remitida por la propia empresa contiene una circunstancia que considero relevante: el documento denominado "Información previa" aparece con una marca temporal que resulta prácticamente simultánea o incluso posterior a la del contrato, circunstancia que, a mi juicio, plantea dudas razonables sobre si dicha información fue efectivamente puesta a mi disposición con la antelación exigida por la normativa de protección de los consumidores. Después de más de tres meses desde mi primera reclamación, y en seguimiento a mi segunda y tercera reclamación formal, Verisure respondió sin dar contestación expresa a las cuestiones esenciales planteadas, limitándose a reiterar que el contrato incluía el coste de la instalación, sin aportar la prueba documental que había solicitado. Si Verisure dispone realmente de la prueba de que informó al consumidor, de forma previa, clara y transparente, del coste de la instalación y de las consecuencias económicas de la cancelación anticipada, bastaría con que la aportara. Tras varios meses de reclamaciones y dos solicitudes expresas para que lo hiciera, esa prueba sigue sin haber sido facilitada. Considero que este asunto no consiste en discutir la existencia del contrato, sino en determinar si la empresa cumplió adecuadamente sus obligaciones de información precontractual y si la cláusula contractual que permite reclamar el coste de la instalación supera las exigencias de claridad y transparencia impuestas por la normativa de protección de las personas consumidoras. A mi juicio, la propia redacción de la cláusula contractual refuerza esas dudas, pues resulta objetivamente confusa y contradictoria, presenta una redacción objetivamente confusa y contradictoria, al mezclar en un mismo apartado la cuota mensual del servicio de mantenimiento con el supuesto precio aplazado de la instalación y los equipos, sin explicar de forma clara qué conceptos integran realmente la cuota mensual ni cuál es el verdadero contenido económico de la operación. Incluso llega a indicar que el precio de la instalación "se facturará íntegramente en el momento de la instalación", al tiempo que afirma que dicho importe se abonará mediante 36 cuotas incluidas en el recibo mensual, generando una evidente ambigüedad sobre cuándo nace realmente esa obligación de pago y cuáles son sus consecuencias económicas. Esta falta de claridad se ve agravada por el hecho de que la oferta comercial utilizada para captar al consumidor presentaba la instalación como "gratuita", con "0 €" de pago inicial, sin advertir de forma suficientemente destacada que existía un precio independiente de 1.485 € susceptible de ser reclamado posteriormente. En consecuencia, considero que un consumidor medio difícilmente podía comprender, antes de contratar, el verdadero alcance económico del contrato y las consecuencias que tendría una eventual cancelación del servicio. En mi opinión, la propia necesidad de interpretar varias cláusulas conjuntamente para comprender el verdadero coste económico del contrato evidencia que dicha información no fue presentada al consumidor de forma clara, sencilla y transparente, como exige la legislación de protección de los consumidores. A ello se añade que, pese a conocer desde el 20 de marzo de 2026 que la deuda había sido formalmente impugnada y que existía una controversia fundada sobre su procedencia, Verisure decidió trasladar posteriormente su gestión de cobro a CaixaBank Payments & Consumer y a una empresa de recobro. En mi opinión, esta forma de actuar resulta especialmente preocupante, ya que una deuda controvertida debería ser analizada y resuelta antes de someter al consumidor a actuaciones de recobro. Desconozco si esta actuación responde a un caso aislado o forma parte del procedimiento habitual de la empresa, pero considero que merece ser analizada por las autoridades de consumo por su posible incidencia sobre un número indeterminado de consumidores. Por todo ello, he solicitado el sometimiento del conflicto al Sistema Arbitral de Consumo y tengo previsto presentar una denuncia ante la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía para que investigue si el modelo de oferta comercial, la información precontractual, la redacción de las cláusulas contractuales, el procedimiento de contratación y las prácticas de gestión de reclamaciones y recobro utilizadas por Verisure cumplen las exigencias legales de protección de las personas consumidoras, cumplen las exigencias legales de transparencia o, por el contrario, responden a un modelo de comercialización que pudiera estar afectando de forma generalizada a un elevado número de consumidores. No cuestiono que exista un contrato firmado electrónicamente; lo que cuestiono es que Verisure pueda acreditar que el consumidor recibió, antes de contratar, una información suficientemente clara y comprensible sobre el verdadero coste económico de la operación Mi objetivo con esta reclamación no es únicamente obtener la anulación de una deuda que considero improcedente, sino también contribuir a que las autoridades competentes verifiquen estas prácticas y garanticen que los consumidores reciben, antes de contratar, una información clara, completa y comprensible sobre el verdadero coste económico de este tipo de servicios.

En curso
E. P.
23/07/2026

Me cortan el suministro de bombonas de butano a domicilio para 1 estufa de butano

Hola buenas tengo problemas con la distribuidora has abegondo bombonas de butano cepsa que me cortan el suministro a domicilio de las bombonas de butano que son 3 las que figuran en mi póliza y contrato para 1 estufa de butano que no va conectada a ninguna tubería y me exigen pasar la revisión del gas de los 5 años cosa que eso solo es necesario si se tiene otros electrodomesticos que funcionen con gas con lo cual no es el caso es una vergüenza y es denunciable a consumo 1 estufa no necesita revisión de 5 años y aparte se niegan a corregir mi póliza y contrato que figuran 4 bombonas cuando solo tengo 3 y ya especifica que es para 1 estufa de butano por favor arreglarlo ya porque esto es denunciable y va conta la ley

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