El pasado Jueves , mi equipo portátil LENOVO, cubierto por la póliza de daño accidental nº LNM 0965466, sufrió una caída desde un escritorio que provocó daños en la carcasa y el cese de su funcionamiento. Tras declarar el siniestro con total veracidad, la aseguradora Domestic & General ha emitido una resolución denegatoria que resulta no solo infundada, sino contraria a la normativa de protección al consumidor.
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En dicha resolución, la compañía afirma, sin aportar un solo informe pericial o prueba técnica, que he utilizado "sugestión o artificio con intención de inducir a error". Rechazo categóricamente esta afirmación, que considero una maniobra para eludir sus obligaciones contractuales sin base objetiva.
FUNDAMENTOS DE LA QUEJA:
Vulneración del Art. 18 de la Ley de Contrato de Seguro: La aseguradora tiene el deber de indemnizar tras las investigaciones pertinentes. En este caso, han rechazado la cobertura basándose en una imputación de irregularidad genérica sin presentar el informe técnico que la sustente, el cual ya he solicitado formalmente por escrito.
Inexistencia de Prueba Técnica: Me han devuelto el equipo sin indicar qué daños son incompatibles con la caída declarada. Si la aseguradora alega una conducta irregular del asegurado, la carga de la prueba recae sobre ella. Una sospecha subjetiva no es base legal para denegar una cobertura.
Falta de Buena Fe Contractual: Al señalar un "artificio" sin pruebas, la compañía falta a los principios básicos de transparencia. Esta actitud me coloca en una situación de indefensión absoluta mientras se me priva de una herramienta de trabajo y uso diario indispensable.
Perjuicio Económico Directo: El portátil es necesario para mi actividad diaria. Cada día que el equipo permanece inutilizado por una denegación arbitraria, se incrementan los daños y perjuicios de los que haré responsable a la compañía.
PETICIÓN FINAL:
Exijo a Domestic & General Insurance Europe AG:
La revocación inmediata de la denegación y la aceptación del siniestro.
La reparación íntegra del equipo o, en su defecto, la sustitución por uno de iguales o superiores características según contrato.
La entrega inmediata del informe técnico completo que supuestamente justifica su decisión, bajo advertencia de que este caso será elevado a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) por mala práctica profesional.
De no recibir una solución satisfactoria, iniciaré acciones adicionales para reclamar no solo la cobertura, sino los daños y perjuicios derivados de esta injusta imputación.