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Renfe Transys
Buenos días. Se ha realizado un cargo en mi tarjeta, con fecha 19/08/2024, por importe de -4,05 €. El concepto es Renfe Transys Cadiz Madrid ES Compra. Yo no he realizado ninguna compra por ese importe. Soy titular de un abono que es el que uso sin necesidad de comprar ticket alguno. Es probable que tuviese ese día el móvil en la mano en el momento de validar el ticket , y se me cobro el importe del recorrido máximo de San Fernando a Cádiz, total 4,05 €, importe que se corresponde con el cargado en cuenta. Solicito devolución del ingreso indebido.
CINCO MESES ESPERANDO ANOTACIÓN DE AVIOS
Hace cinco meses - 8 de mayo de 2024 - realicé la primera solicitud para la anotación de Avios correspondientes a 4 vuelos que hice con AIR MAROC, la cual sigue sin resolverse. He intentado sin éxito resolver la situación a través de innumerables llamadas telefónicas, reclamaciones en la plataforma de contacto de IBERIA (contacto.iberia.com) y desde mi área personal en su página web. Pese a mis reiterados esfuerzos, no he recibido una solución satisfactoria. A día de hoy, cinco meses después, los Avios continúan sin estar reflejados en mi cuenta. Mi extracto muestra los Avios como "pendientes" con la anotación "ENVIADO AL PARTNER", sin que haya habido ningún avance desde entonces. Cada vez que intento reclamar nuevamente a través de contacto.iberia.com, recibo una respuesta automatizada que me instruye a completar el mismo formulario una y otra vez, lo cual he hecho en múltiples ocasiones, sin que se resuelva el problema. Además, en el último correo electrónico recibido por parte de IBERIA, se me insta a reclamar los Avios nuevamente, lo que resulta imposible ya que el sistema me devuelve un error con el mensaje: "ESTA SOLICITUD YA EXISTE". Llevo esperando cinco meses para la anotación de los Avios, los cuales son imprescindibles para la compra de un billete de avión. Esta demora es inaceptable y solicito una solución inmediata. Adjunto a este mensaje los correos electrónicos intercambiados hasta la fecha.
IBERIA Vuelo cancelado sin previo aviso
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Madrid al de Barcelona, que tenía su salida a las 11:30 horas del día 22 del mes de julio de 2024 por lo que la llegada normal a Barcelona debería haber tenido lugar a las 12:45 horas del día 22 de julio. Adjunto los siguientes documentos: billetes de avión, mail de IBERIA notificando la cancelacion del vuelo sin ninguna solucion, recibos de compra, Nº de pasajeros: 2, con ningun aviso por parte de IBERIA de antelación del momento de partida, se me ha comunicado, la cancelación del trayecto contratado. SOLICITO compensacion, Sin otro particular, atentamente.
Retraso vuelo Iberia MAD-HAVANA +3hrs
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de la Havana al de Madrid, que tenía su salida a las 18:45 horas del día 21 del mes de Julio de 2024 por lo que la llegada normal a Madrid debería haber tenido lugar a las 10:10 horas del día 22 Julio 2024. Adjunto los siguientes documentos: billetes de avión y los recibos de compra, Nº de pasajeros: 2 El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente.
CANCELACION VUELO
El pasado 25/08/2024 compramos unos vuelos Barcelona -Napoles el 10/11/2024 a las 7:40 y Napoles - Barcelona el 17/11/2024 a las 10:20 (número de reserva de vuelo NH5Q5Z). Posteriormente, el pasado 16/09/2024 nos modificasteis los horarios de los vuelos. Barcelona - Napoles a las 13:15 y Napoles - Barcelona a las 16:00. Finalmente, el pasado 21/09/2024 nos comunicasteis que nuestros vuelos se cancelaban sin motivo alguno. A pesar de habernos reembolsado el importe integro de los billetes los cuales fueron 51,97€ ida + vuelta por persona (un total de 259,85€) queremos denunciar la ESTAFA que habéis hecho con este vuelo ya que si actualmente intentamos sacar los billetes a través de vuestra página web, para el mismo destino, mismas fechas y horas modificadas (Barcelona - Napoles a las 13:15 y Napoles - Barcelona a las 16:00.) pasan a costar 879€. Con esto quiero dar a entender que realmente el vuelo NO se ha cancelado, sino que han cancelado nuestra reserva para vender nuestros billetes 619,15€ mas caros. Me parece una vergüenza que las compañías aéreas como Vueling haga este tipo de ESTAFAS y no se vean sancionados. Con esta reclamación quiero demostrar que Vueling no es una compañía aérea de la que fiarse, no es el primer vuelo que nos cancelan. Desde luego ni yo ni mi entorno volverá a comprar un vuelo con ellos. ESTAFADORES.
Cancelación de vuelo
Mi nombre es Juan Horacio Herrera y junto a mi acompañante, María Florencia Polo, presento una reclamación formal debido a los graves inconvenientes sufridos por la cancelación de nuestro vuelo, solicitando el reembolso de los gastos ocasionados y una compensación por los perjuicios vividos, conforme a nuestros derechos como pasajeros según el Reglamento (CE) N.º 261/2004. Teníamos programado un vuelo de Venecia a Barcelona (código de reserva: JJPV9V) el 24 de septiembre de 2023, con salida a las 15:25 y llegada a las 17:20. A pesar de que el vuelo figuraba como "programado" en las pantallas del aeropuerto y habiendo pasado los controles de seguridad, fuimos notificados de la cancelación del mismo sin previo aviso. Además, no había personal de Ryanair presente en el aeropuerto para brindar información o asistencia a los pasajeros afectados. Ante la falta de atención, nos vimos obligados a contactar el servicio de atención telefónica de Ryanair, después de varios intentos fallidos. Finalmente, a las 19:15 logramos comunicarnos en una llamada que duró 48 minutos. Sin embargo, no se nos pudo ofrecer una alternativa inmediata para volar a Barcelona. Nos informaron que no había disponibilidad de vuelos hasta el 27 de septiembre, por lo que se nos reubicó en un itinerario que consistía en un vuelo de Venecia a Palermo (código de reserva: JJPV9V, vuelo FR4847) el mismo 24 de septiembre a las 21:25, llegando a las 23:00, seguido de un vuelo de Palermo a Barcelona (código de reserva: AHPP5Y, vuelo FR3167) el 25 de septiembre a las 12:35, el cual sufrió un retraso adicional hasta las 12:50. Durante todo este tiempo, Ryanair no nos proporcionó ningún tipo de asistencia, como lo estipula el *Reglamento (CE) N.º 261/2004*, que establece el derecho de los pasajeros a recibir atención en casos de cancelaciones o retrasos significativos. Nos vimos forzados a asumir todos los gastos relacionados con comida (merienda, cena, desayuno) y alojamiento, generando gastos adicionales que no deberíamos haber afrontado. Asimismo, este contratiempo nos impidió presentarnos a nuestros respectivos trabajos el día 25 de septiembre, lo cual no solo resultó en la pérdida de un día laboral y el correspondiente descuento salarial, sino también en un impacto negativo en nuestra situación laboral. *Dado que el Reglamento (CE) N.º 261/2004 protege nuestros derechos como pasajeros*, solicitamos lo siguiente: 1. *El reembolso íntegro de todos los gastos en los que hemos incurrido*, incluyendo alimentos y alojamiento durante los días 24 y 25 de septiembre. 2. *Una compensación económica adecuada*, considerando los daños causados, el tiempo perdido y los perjuicios laborales sufridos. En caso de que no se nos brinde la compensación y el reembolso correspondientes, nos veremos en la obligación de presentar una denuncia ante los organismos de defensa al consumidor y las autoridades pertinentes. Quedamos a la espera de su pronta respuesta y una resolución satisfactoria para este incidente, confiando en que se respetarán nuestros derechos y se nos compensará adecuadamente por los daños sufridos. Atentamente,
Cobro equipaje de mano
En el aeropuerto de Barcelona, 18/09/2024 en el vuelo VY6338, con código de reserva KIYYJ nos cobraron a mí y a mi acompañante el equipaje de mano. En la zona de equipajes una persona del equipo nos dijo que debíamos facturar el equipaje de mano con un peso y tamaño inferior al que se explicita en las condiciones de su página web. Una vez atravesamos la puerta de embarque y nos montamos en el avión, todo el resto de pasajeros llevaban nuestras mismas maletas (se pueden encontrar fácilmente en Amazon) y nadie las había facturado. En la situación que explico se vulnera el artículo 97 de la Ley de Navegación Aérea y el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007 en el que La Ley de Navegación Aérea establece que el transportista está obligado a transportar de forma gratuita y en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo. Asimismo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), además señala en el asunto C-487/12 que el “equipaje debe considerarse, en principio, un elemento indispensable del transporte de los pasajeros y que su transporte, por consiguiente, no puede ser objeto de un suplemento de precio.... Esta ilegalidad está respaldada por sentencias como las siguientes: - Stc Juzgado Mercantil de Madrid nº 13 de fecha 24 de Octubre de 2019 ( nº 373/2019). - TJUE sentencia 18 de septiembre de 2014, asunto C-487/12. - Stc Juzgado Mercantil nº 3 de Alicante (nº 3/2020) 31/1/2020. V. Es por eso que exijo a VUELING que proceda a hacerme un reembolso por el importe de la facturación de mi equipaje de mano (88€).
VICIOS OCULTOS EN LA COMPRA DE UNA FURGONETA
Compré en octubre de 2023 una furgoneta a Subastacar ( Todo subasta S.L) con vicios ocultos, después de muchas llamadas, multitud de emails y WhatsApp, me vi obligado a mandar un burofax y exponiendo que era una ilegalidad venderme un vehículo con vicios ocultos como ocurre en mi caso. Me dijisteis cómo garantía que trabajáis con ellos, que fuera a un taller relacionado con vosotros (Talleres Tetuán, Tarragona ) y ellos y no me han solucionado nada después de una decena de veces de llevar mi furgoneta, el chivato del motor se sigue encendiendo, primero dijeron que era un fallo en el depósito de partículas y luego por lo visto de el adblue. Y vosotros os quejais que hicieron un análisis erróneo, pero no es mi problema!! Yo no soy el mecánico! Fuisteis vosotros los que me derivasteis a ese taller como socio vuestro . Así que quiero que me solucionen esto ya , porque si no , pondré una demanda . Basta ya de tomar el pelo a las personas.
Compra venta de una furgoneta de segunda mano con vicios ocultos
En octubre de 2023 me puse en contacto con subastacar (Todo subasta S.L) para comprar una furgoneta grande , al cabo de un mes se encendió el chivato luminoso de el motor , se lo comenté por correo electrónico y llamada a la empresa y no me contestaban , les mandé varios WhatsApp y tampoco , hasta que me vi obligado a enviarles un burofax diciéndoles que era un vicio oculto que tenía fallos y no habían dicho nada. Al poco me ofrecieron junto con su garantía "Atlántica" un taller asociado de ellos. Lo llevé varias veces porque a los días de "supuestamente arreglar" volvía a saltar el mismo chivato... Me queje de que no se solucionaba , el concesionario ni me contestó y la garantía el último email antes de verano me dijeron que el primer diagnóstico del taller era erróneo a lo que era realmente. Cuando eso es problema de ellos no mío! Yo no soy el mecánico, y fueron. Ellos los que decidieron ese taller! Y no me están arreglando nada ni solucionando nada . Les escribo y nada , no tengo respuesta.
Rembolso cobro abusivo maleta de cabina en la puerta de embarque
Concepto: Cobro de maleta de cabina en la puerta de embarque Fecha: 26/09/2024 Importe: €46.00 Esto es lo que defiende la reciente sentencia Nº 787/2022 de Madrid (abogada Silvia Campaña), que la maleta de mano pequeña forma parte de lo mínimo indispensable, que no deben custodiarla como ocurre con el equipaje facturado, que no supone ningún coste añadido para la compañía, no está amparado por el Reglamento 1008/2008 y la jurisprudencia que lo interpreta, y no puede ser sino considerada una cláusula “abusiva” al cercenar los derechos que el pasajero tiene reconocidos por ley (art. 97 LNA), generando un grave desequilibrio de prestaciones entre las partes contratantes en perjuicio del consumidor, de ahí que deba ser declarada nula y desterrada del contrato, conforme a lo dispuesto en los arts. 82. 1 y 4, 86.7, 87 y 89.5 de la LCGC. Sentencias además de la mencionada: - Stc Juzgado Mercantil de Madrid nº 13 de fecha 24 de octubre de 2019 ( nº 373/2019). - TJUE sentencia 18 de septiembre de 2014, asunto C-487/12. - Stc Juzgado Mercantil nº 3 de Alicante (nº 3/2020) 31/1/2020. - Stc del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, 18/09/2014, asunto C-487/12, apartado 40
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