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Problema reembolso señal por no compra vehículo
Entregué 500 € al Concesionario de Subaru Cabanas Motor SL como señal para iniciar las gestiones de compra de un vehículo. Finalmente, no firmé ningún contrato de compraventa ni ningún contrato de financiación. Al no continuar adelante con la operación, solicité la devolución de los 500 €, pero el concesionario se niega a devolverme el dinero. Además, he tenido problemas para contactar con la financiera relacionada con la operación. Solicito la devolución íntegra de los 500 € y que el concesionario justifique por escrito los motivos por los que retiene dicha cantidad, indicando las condiciones que considera aplicables. Adjunto el justificante del pago y las comunicaciones disponibles como prueba de los hechos.
Contrato Garantía
Hola, Compré mi coche de 2da mano en Diciembre en un concesionario,cuando me entregaron el vehículo se equivocaron al poner la fecha de garantía y constaba que entraba en vigor desde noviembre 2027 en vez de 2026. En Marzo el vehículo marcaba fallo motor,al llevarlo al taller me dijeron que tenía varias cosas importantes por reparar y que tenía que hacerlo para poder pasar la ITV en Junio. Ahí empieza el problema,como el contrato se hizo mal la empresa conformgest no me quería arreglar el vehículo.Me puse en contacto con el concesionario,ellos a su vez con Conformgest para solucionar la incidencia,después de decirle que si pues resulta que no...llevo desde Junio que me están mareando,el concesionario y un delegado de esta empresa me dicen que se efectuó el cambio en julio,en el taller no pueden repararlo porque conformgest dice que no está en contrato,cuando llamo a conformgest también me dicen que ellos no saben nada...un desastre!! 4 meses con el vehículo parado sin poder moverlo. Me voy a tener que esperar hasta finales de noviembre para llevarlo al taller y ya veremos si no ponen más pegas.
Incumplimiento de acuerdo
El pasado 20 de agosto firmé un acuerdo extrajudicial para que se me abonasen intereses indebidos por valor de 264,11 euros. En el plazo de 30 días deberían haber sido abonados cosa que no solo no ha sido así sino que no responden a ninguno de mis emails. Se excusan en que si envías un mail a reclamaciones tienen 30 días para contestarte, pues bien he esperado los 30 días (que me parece que eso no es ni legal) y tampoco me han respondido. Encima en agosto intentaron cargarme a mi cuenta 200 euros de la deuda que ya estaba saldada por medio de ese acuerdo, cosas que afortunadamente no llego a término, y tampoco me dieron explicaciones. A día de hoy sigo sin recibir el dinero del acuerdo.
MoneyMan (ID Finance) incumple un acuerdo firmado y no devuelve el dinero pactado
El pasado mes de julio presenté una reclamación extrajudicial a ID Finance Spain, S.A.U. (MoneyMan) en relación con siete préstamos. La empresa aceptó mi reclamación y se comprometió por escrito a cancelar dichos préstamos y devolverme 273,61 €, correspondientes a las cantidades abonadas que excedían el capital prestado. Acepté las condiciones y el acuerdo quedó firmado por ambas partes. Recibí el documento firmado por la empresa el 26 de agosto de 2026. Sin embargo, a fecha de hoy, 16 de octubre de 2026, todavía no he recibido el dinero comprometido. He contactado con la empresa por correo electrónico en varias ocasiones, los días 1, 5 y 7 de octubre, e incluso envié un requerimiento dando un plazo de cinco días para efectuar el pago. No he recibido respuesta ni el ingreso correspondiente. Me parece inadmisible que una entidad llegue a un acuerdo por escrito con un consumidor y después no cumpla con su compromiso, dejando al cliente sin el dinero y obligándolo a invertir todavía más tiempo y esfuerzo para reclamar lo que ya se le ha reconocido. Además, el acuerdo contiene una cláusula que prevé consecuencias económicas para el consumidor en determinadas circunstancias, lo que hace aún más preocupante esta situación: la empresa exige unas condiciones al cliente, pero, mientras tanto, no cumple con su propia obligación de pago. Publico esta reclamación para dejar constancia de lo sucedido y solicitar que ID Finance Spain, S.A.U. cumpla el acuerdo firmado y abone los 273,61 € pendientes. Considero que firmar un acuerdo debe implicar un compromiso real para ambas partes, no solo para el consumidor. Espero una respuesta y, sobre todo, el cumplimiento efectivo de lo pactado.
Problema con el curso
Hola! Contraté dos cursos a través de Ikan agency por llamada pero a día de hoy me he dado cuenta que no es lo mío. Yo accedí a meterme en esto porque creía tener derecho a cancelar si no me gustaba o no me iba bien, pero nadie me dijo que no podía cancelar si me metía en esto, si me lo hubieran hecho saber no hubiera accedido a meterme. Quiero el derecho a no tener acceso a ningún curso y que no me cobren más cuotas de los cursos porque no los uso y creo que es una tontería. Yo cuando contraté el curso me prometieron que en 30 días tendría beneficios y que no tengo a día de hoy y no me dijeron nada de que no se podía cancelar los cursos. No soy feliz pagando tanto dinero por algo que no hago servir ni haré servir nunca. Solo pido que me nieguen el acceso a los cursos y que no me cobren más cuotas porque tampoco puedo pagar tanto dinero. Espero que entendáis la situación y empatizeis conmigo. Gracias.
Interés abusivo en contrato de micro préstamo
"Contrato de micropréstamo n.º 2832718 / Crédito n.º 2857787 con TRIVE CREDIT SPAIN S.L. (myKredit). Capital prestado: 1.100 €. TAE aplicada: 4.657%. Tipo de interés: 1,30% diario. La entidad rechaza la nulidad alegando estadísticas de AEMIP. Solicito la nulidad del contrato por usura conforme a la Ley Azcárate de 1908 y que la deuda quede limitada al capital prestado de 1.100 €, descontando los 500 € ya abonados, quedando un saldo pendiente de 600 €."
Reclamación por suscripción de contratación confusa y cobros recurrentes de 468 €
El 27 de julio de 2024, tras realizar una compra en TradeINN, se produjo mi alta en el programa Privilegios en Compras, gestionado por Webloyalty Sàrl. La contratación se realizó a través de una oferta que destacaba un reembolso de 16,87 € por mi compra. No fui consciente de que estaba contratando una suscripción de pago recurrente de 18 € mensuales. Desde agosto de 2024 hasta septiembre de 2026 se realizaron 26 cargos de 18 €, por un importe total de 468 €, sin que durante todo ese periodo utilizara ninguno de los beneficios, descuentos o reembolsos del programa. Al detectar los cargos en octubre de 2026, cancelé inmediatamente la suscripción y solicité la devolución de las cuotas. Tras varias reclamaciones, la empresa ha aprobado dos devoluciones de 54 €, por un total de 108 €, pero mediante comunicación del 15 de octubre de 2026 ha rechazado devolver los 360 € restantes. La empresa me ha facilitado una reproducción del formulario de inscripción y el correo de bienvenida. Reconozco que ambos documentos contienen información sobre la cuota mensual. Sin embargo, considero que la presentación comercial de la oferta destacaba especialmente el reembolso de 16,87 €, mientras que las condiciones económicas de la suscripción aparecían de forma menos visible. Asimismo, el formulario facilitado es una reproducción sin cumplimentar y no constituye, por sí solo, una acreditación individualizada de que marqué expresamente la casilla de aceptación de los cargos recurrentes. Considero que las circunstancias de contratación pudieron inducirme a aceptar una oferta de reembolso sin comprender suficientemente que estaba contratando un servicio de pago mensual. Durante los más de dos años de suscripción no recibí ningún beneficio económico del programa. **Por todo ello, solicito:** 1. La devolución de los 360 € restantes, descontando los 108 € ya aprobados. 2. La acreditación individualizada de mi consentimiento a la suscripción, incluyendo el registro de aceptación de los cobros mensuales. 3. La revisión de la transparencia del proceso de contratación y de la información presentada al consumidor. Solicito una solución amistosa y la devolución de las cantidades pendientes.
⭐ 1/5 — DECEPCIONANTE TRATO AL CLIENTE. FACTOR HUMANO -10
Después de aproximadamente dos años como cliente de Prosegur Alarmas, mi experiencia termina con una profunda decepción y una sensación de absoluto desprecio hacia la fidelidad del cliente. Contraté la alarma para una vivienda que posteriormente vendí. Cuando solicité la baja, la empresa me ofreció unas condiciones para mantener el servicio y trasladarlo a otra vivienda. Acepté porque tenía intención de instalarla allí. Sin embargo, por problemas de ocupación en esa segunda vivienda, no pude realizar la instalación. Durante más de un año estuve pagando religiosamente las cuotas de una alarma que permanecía guardada en una bolsa, sin utilizarse. Algo que la empresa puede comprobar. Finalmente, el 9 de septiembre solicité la baja definitiva. Durante la gestión me aseguraron que todo estaba correcto y que no se me cobrarían más recibos. Mi sorpresa llegó en octubre, cuando me cargaron otra mensualidad. Al reclamar, la respuesta fue escudarse en una cláusula contractual que establece un mes de preaviso. Entiendo que existan contratos y condiciones, pero también debería existir algo llamado atención al cliente, empatía y coherencia con la información facilitada. ¿De verdad merece la pena cobrar una mensualidad adicional a un cliente que lleva más de un año pagando por un servicio que no ha utilizado? Lo más decepcionante no es el importe económico, sino la actitud de una empresa que parece priorizar el cobro de una última cuota frente a la satisfacción y fidelidad de sus clientes. Mi valoración del factor humano y de la atención recibida es de -10. No recomiendo Prosegur Alarmas por mi experiencia con la gestión de la baja y la atención al cliente. Una empresa no demuestra su calidad únicamente cuando consigue captar clientes, sino especialmente cuando estos deciden marcharse.
Desistimiento en plazo denegado y crédito vinculado con SeQura
El 6 de mayo de 2026 contraté a distancia el “Programa GP” de EQOM.IO S.L. (marca comercial E-com Growth Partners / Jaime Higuera) a través de la plataforma Hotmart, por un importe de 4.840 €. El pago se realizó mediante un crédito al consumo vinculado con SeQura, cuyos derechos de cobro fueron cedidos el 7 de mayo de 2026 a SeQura Funding 2 S.À R.L. Se me cobró una primera cuota de 449,53 €. A los pocos días comprobé que el servicio no se correspondía con lo ofrecido y dejé de utilizarlo. El 12 de mayo de 2026, seis días después de la contratación y dentro del plazo legal de 14 días, envié por escrito una notificación de desistimiento y solicitud de anulación del crédito vinculado. Ese mismo día y el 14 de mayo solicité además el reembolso a través de Hotmart, y el 13 de mayo presenté una reclamación oficial con número de registro. Todas mis solicitudes fueron rechazadas alegando que el programa no admite desistimiento. Esta negativa es contraria a la ley. El artículo 102 del Real Decreto Legislativo 1/2007 (Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios) reconoce el derecho a desistir en un plazo de 14 días de cualquier contrato celebrado a distancia. La excepción del artículo 103.m) solo se aplica al suministro de contenido digital cuando el consumidor ha dado su consentimiento previo y expreso y ha reconocido perder ese derecho, lo cual no ocurrió. Además, lo contratado es un programa de formación, coaching y acompañamiento, no un contenido digital descargable. La cláusula de renuncia al desistimiento es, por tanto, abusiva y nula. Acudí a la Junta Arbitral Provincial de Consumo de Sevilla (expediente 507/2026). SeQura rechazó someterse al arbitraje alegando que no puede cancelar el crédito mientras no se cancele previamente el curso. Por tanto, es EQOM.IO S.L. quien debe resolver esta situación. No se trata de un caso aislado: en esta misma plataforma constan varias reclamaciones contra EQOM.IO S.L. con el mismo patrón (crédito vinculado con SeQura y negativa al desistimiento). Por todo ello, solicito: Que se tenga por válidamente ejercido mi derecho de desistimiento y se resuelva el contrato. Que EQOM.IO S.L. comunique la cancelación a Hotmart y a SeQura para que se anule el crédito vinculado. El reembolso de la cuota abonada de 449,53 €. Adjunto la documentación que acredita todo lo expuesto.
Cobro de Prime PLUS sin consentimiento suficientemente informado, falta de transparencia y denegació
EXPOSICIÓN DE LOS HECHOS A la atención del Departamento de Reclamaciones de eDreams: Presento esta nueva reclamación por el cobro de 99,99 € efectuado el 22 de septiembre de 2026, correspondiente a una suscripción anual de eDreams Prime PLUS vinculada a la reserva de tren número 25625777362. El 7 de septiembre de 2026 realicé una reserva de tren a través de eDreams. Durante la compra se me ofreció un descuento asociado a la activación de una prueba gratuita de Prime PLUS. Acepté dicha prueba para beneficiarme del descuento en esa compra puntual, sin ser plenamente consciente de que posteriormente se generaría una obligación económica anual de 99,99 €. Mi intención era adquirir un billete de tren, no contratar una suscripción anual de pago. 1. IMPUGNACIÓN DE LA SUPUESTA DOBLE ACEPTACIÓN En su respuesta del 25 de septiembre de 2026, eDreams afirma que acepté expresamente la suscripción Prime en dos ocasiones durante el proceso de reserva. Rechazo haber prestado conscientemente dos consentimientos diferenciados e informados para contratar una suscripción anual de 99,99 €. No recuerdo haber realizado dos aceptaciones en las que se me presentara de forma clara, destacada e inequívoca dicha obligación económica. Sin embargo, eDreams utiliza esas supuestas aceptaciones para justificar el cobro y rechazar mi solicitud de devolución, sin aportar documentación que permita verificar su contenido. El artículo 97.8 del Real Decreto Legislativo 1/2007 atribuye al empresario la carga de probar el cumplimiento de las obligaciones de información precontractual. Asimismo, el artículo 98.2 exige que, en los contratos electrónicos que impliquen una obligación de pago, el consumidor reconozca expresamente dicha obligación y que la información económica esencial se presente de forma clara y destacada inmediatamente antes de efectuar el pedido. Por tanto, solicito que eDreams aporte las pantallas de contratación, el texto exacto de las condiciones mostradas y los registros de las dos supuestas aceptaciones, acreditando que el precio anual de 99,99 € y la conversión automática de la prueba gratuita en una suscripción de pago fueron comunicados claramente antes de prestar mi consentimiento. 2. FALTA DE TRANSPARENCIA EN EL AVISO DE RENOVACIÓN El 15 de septiembre de 2026 recibí un correo electrónico de eDreams titulado «Qué es lo próximo con Prime», anunciando la renovación automática de mi suscripción para el 22 de septiembre. Sin embargo, dicho correo no indicaba el importe de 99,99 € que se cargaría siete días después ni especificaba expresamente que comenzaría una anualidad de pago. Considero relevante esta omisión en una comunicación destinada precisamente a recordar la próxima renovación y sus consecuencias. Aunque el correo de bienvenida del 7 de septiembre contenía una referencia al precio anual, esta aparecía al final de una extensa comunicación principalmente promocional. La información incluida en un correo posterior a la contratación no demuestra, por sí sola, que el precio y las condiciones económicas se presentaran correctamente antes de contratar. 3. DESISTIMIENTO SOLICITADO INMEDIATAMENTE Y RECHAZADO El 22 de septiembre de 2026 se efectuó el cargo de 99,99 €. Ese mismo día, al conocer el cobro, cancelé la suscripción y solicité expresamente la devolución íntegra del importe, mediante una reclamación presentada ante OCU con referencia 15710350. eDreams rechazó mi solicitud alegando que el plazo de desistimiento había comenzado el 7 de septiembre, fecha de activación de la prueba gratuita, y no el día del cobro. Sin embargo, considero que esta respuesta no aborda la cuestión esencial: si antes de contratar recibí información clara, comprensible y expresa sobre la obligación futura de pagar 99,99 €. La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 5 de octubre de 2023, asunto C-565/22, establece que, en los contratos que comienzan con un periodo gratuito y posteriormente se convierten en servicios remunerados, resulta fundamental que el consumidor haya recibido información clara sobre el coste total al celebrar el contrato. Aunque no necesariamente surge un nuevo derecho de desistimiento al comenzar el periodo de pago, la validez de la información facilitada inicialmente resulta determinante. Por ello, solicito que eDreams acredite el cumplimiento de sus obligaciones de información antes de fundamentar la denegación del desistimiento en el transcurso del plazo. 4. FALTA DE ACREDITACIÓN DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO El artículo 97 del Real Decreto Legislativo 1/2007 exige facilitar información precontractual clara sobre el precio total, la duración del contrato y las condiciones de renovación. En su respuesta anterior, eDreams afirma que acepté la suscripción dos veces, pero no aporta las pantallas ni los registros que permitan verificar qué información económica se mostró. No cuestiono únicamente la renovación automática, sino que impugno que eDreams haya acreditado la obtención de un consentimiento suficientemente informado para asumir una obligación anual de 99,99 €. Solicito, por tanto, que se demuestre documentalmente que el precio, el carácter anual de la suscripción y las consecuencias de no cancelar la prueba gratuita se presentaron de manera clara y destacada antes de finalizar la compra. SOLUCIÓN SOLICITADA Por todo lo expuesto, SOLICITO FORMALMENTE: 1. La devolución íntegra de los 99,99 € cobrados el 22 de septiembre de 2026, mediante el mismo método de pago utilizado. 2. La revisión de la negativa a aceptar mi solicitud de desistimiento, presentada el mismo día del cargo. 3. La aportación de pruebas documentales de las dos supuestas aceptaciones expresas mencionadas por eDreams, incluyendo las pantallas de contratación, el contenido de las condiciones aceptadas y los registros disponibles. 4. La acreditación de que el precio anual de 99,99 €, la conversión automática de la prueba gratuita y las condiciones de cancelación fueron comunicados de forma clara y destacada antes de contratar. 5. La confirmación de la cancelación definitiva de Prime PLUS y de que no se producirán nuevos cargos. CONCLUSIÓN Mi intención al realizar la reserva era beneficiarme de un descuento puntual asociado a una prueba gratuita, no contratar conscientemente una suscripción anual de 99,99 €. Cuestiono expresamente haber prestado dos consentimientos suficientemente informados para asumir dicha obligación económica, tal como afirma eDreams sin aportar documentación acreditativa. Además, el aviso de renovación no indicaba el importe que se cobraría y solicité la cancelación y devolución el mismo día del cargo. Por todo ello, solicito que eDreams reconsidere su decisión y proceda a la devolución íntegra de los 99,99 € reclamados. En caso de mantener su negativa, solicito una respuesta motivada y acompañada de las pruebas documentales que acrediten el cumplimiento de sus obligaciones legales de información y consentimiento. De no obtener una solución satisfactoria, me reservo el derecho de acudir a las autoridades competentes en materia de consumo. Atentamente.
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