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Últimas reclamaciones

F. M.
10/03/2026

Problema con el cambio de una TV de FACILITEA

Hola, el 24/11/2025 realicé el pedido de una TV a través de FACILITEA. El 6/12/2025 mandé un correo solicitando un cambio del producto ya que estaba la pantalla completamente destrozada y se me contestó diciendo que un repartidor me contactaría para traerme una nueva. Nunca recibí tal llamada. Desde entonces he llamado en innumerables ocasiones a FACILITEA a todos los teléfonos que se me han dado, y nunca me han dado ningún tipo de información, me marean diciendo que llame a otro departamento y me van pasando de un teléfono a otro sin darme ninguna solución. Finalmente me dicen que no pueden hacer nada por mí y dicen que pasaran el problema a un departamento superior y que se pondrán en contacto conmigo. Nunca lo hacen. He acudido a la oficina de CAIXABANK y hemos llamado desde allí a FACILITEA con los mismos resultados. Ni siquiera son capaces de decirnos que pasa con el pedido llamando un compañero de CAIXABANK. La respuesta es la misma, ya te llamarán. Me parece inaceptable que se trate así a un cliente. HAN PASADO MÁS DE 3 MESES! No entiendo este silencio por parte de FACILITEA, yo sólo quiero que se me envíe el producto y si hubiese cualquier tipo de problema con ese producto cambiarlo por otro o que se me devuelva el dinero.

En curso
M. K.
09/03/2026

Cancelación de deuda

Asunto: Solicitud de intervención por deuda registrada en CIRBE – Banco La Caixa Estimados señores de la OCU, Me pongo en contacto con ustedes para solicitar su ayuda y asesoramiento en relación con una deuda antigua que sigue apareciendo registrada a mi nombre en la CIRBE, correspondiente a un préstamo con la entidad bancaria La Caixa. Se trata de un préstamo concedido aproximadamente en el año 2013 y que, según la información que aparece actualmente en el informe de CIRBE, continúa figurando con un importe pendiente de aproximadamente 5.700 euros. El problema que me encuentro es que esta información sigue apareciendo en el registro y actualmente me está bloqueando cualquier posibilidad de solicitar financiación, préstamo o hipoteca, a pesar de que: • No he recibido en los últimos años ninguna reclamación judicial ni extrajudicial por parte de la entidad. • No he firmado ningún reconocimiento de deuda posterior. • No tengo constancia de ningún procedimiento judicial abierto en relación con este préstamo. Hace aproximadamente dos meses, a través de mi abogado, enviamos una reclamación formal solicitando aclaración sobre el estado real de esta deuda y su posible cancelación o regularización, ya que han pasado muchos años desde el supuesto vencimiento del préstamo. A día de hoy no hemos recibido una respuesta clara ni una solución por parte de la entidad, y mientras tanto esta información continúa apareciendo en CIRBE, lo cual me está perjudicando gravemente a nivel financiero, impidiéndome acceder a financiación. Por todo ello, solicito su ayuda para: • Revisar esta situación. • Orientarme sobre los pasos que debo seguir para que se aclare definitivamente el estado de esta deuda. • En caso de que corresponda, solicitar la cancelación de esta información en los registros correspondientes. Adjunto a este correo la documentación de la reclamación previa enviada a la entidad bancaria. Agradecería mucho su intervención o asesoramiento para poder resolver esta situación que actualmente me está bloqueando financieramente. Quedo a la espera de su respuesta. Atentamente, Mante Karnaciukaite NIE: X3895813G Teléfono: 658344230 Correo electrónico: maylogisticexpres@gmail.com

En curso
A. M.
09/03/2026

Problemas con vehiculo

Compré un vehículo este verano con ellos. Una vehículo de noviembre del 2022, tres años de antigüedad. Y desde que lo tengo no ha hecho más que darme problemas desde el primer mes. Les he reclamado a ellos como intermediarios y al vendedor y ambos se desentienden excusandose en la garantia, cuando cualquier vehículo que compras tienes derecha a devolución por vicios ocultos de un año. No es normal que un coche tan nuevo de tantos problemas. Desde entonces, despues de estar toda la vida con caixabank, me he cambiado la nómina. Ellos solo saben que cobrar pero solucionar nada.

En curso
V. A.
06/03/2026

RECLAMACIÓN FORMAL – Nulidad de contrato por engaño y devolución de comisiones por descubierto

Por la presente, interpongo reclamación formal por la contratación del seguro xxxxxxx y los cargos asociados en mi cuenta xxxxxxxxxxxxxxxxxx . 1. Sobre el Seguro: En el momento de la contratación, se me informó verbalmente de que no existía permanencia. El hecho de que ahora se me impongan 3 años supone un vicio en el consentimiento por falta de transparencia radical. Solicitó la anulación inmediata de la póliza y la retrocesión de todas las primas cobradas. 2. Sobre las comisiones por descubierto: La entidad está generando descubiertos en mi cuenta al cargar recibos de un seguro cuya validez impugno. Exijo la devolución de todas las comisiones por descubierto y de reclamación de posiciones deudoras cargadas hasta la fecha. Según la jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS 566/2019 y recientes de 2025/2026), estas comisiones son nulas si no corresponden a un servicio real y efectivo. 3. Falta de entrega de documentación: Asimismo, denunció que a fecha de hoy no se me ha facilitado copia del contrato ni de las condiciones generales y particulares de la póliza en mi correo electrónico ni por ningún otro medio físico. Esto supone un incumplimiento de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, que obliga a la entidad a entregar la póliza al tomador. Por motivos de seguridad y para que quede constancia por escrito de todo el proceso, solicitó que cualquier comunicación relativa a esta reclamación se realice exclusivamente a través de este correo electrónico

En curso
S. A.
06/03/2026

CAIXABANK FINANCIADORA RECEPTACIÓN Y BLANQUEO DE CAPITALES A Dir. TECNOCASA/KIRON, ANTICIPA Y BBVA

RECLAMANTE : Consumidora especialmente vulnerable, con 68% de discapacidad y necesidad de tercera persona para su movilidad por afectada Esclerosis Múltiple, hoy progresiva, y sustracción de su vivienda habitual. ENTIDAD RECLAMADA CAIXABANK, S.A., en su condición de sujeto obligado financiero (Ley10/2010), entidad financiadora, interviniente directa y facilita la receptación del inmueble , e ilícito lucro obtenido por BBVA, Anticipa Real Estate (CEO) de Lanusei Investments, e inversores Ignacio Tomás Mangione, su socia Alicia Begoña Ojeda Ojeda, y red Tecnocasa/Kiron, sobre Finca 40624 Castelldefels, inscripciones 15ª, 16ª y 17ª. I. OBJETO RECLAMACIÓN Solicito NULIDAD RADICAL DE TÍTULOS, RESPONSABILIDAD CIVIL Y FINANCIERA, E INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS, por la intervención de CaixaBank en una operación : • Nula de pleno derecho arts. 6.3,1255,1275 CC. • Sin título válido ni tracto sucesivo art. 20LH. • Con discordancia Catastro–Registro–Padrón. • Sobre vivienda habitual de persona vulnerable. • Con indicios de blanqueo de capitales. • Enriquecimiento ilícito de terceros. La actuación vulnera Ley Hipotecaria, Código Civil, LEC, Ley 10/2010, Ley 5/2019, Directiva 2014/17/UE, TRLGDCU, Código de Consumo de Cataluña, Constitución Española, Carta de Derechos Fundamentales UE, STS 866/2021 y 869/2021, y ECO/805/2003. II. HECHOS PROBADOS (Docs. 1–20) 1.DOC. 1 — E-mail 30/07/2025 Anticipa reconoce inexistencia de consignación del precio de cesión. + Certificado intervención y reclamaciones ante OCU. Que ésta perjudicada no fue notificada por Juzgado del Acta Cesión Remate de 31/01/2024 contra Art.24 CE , y obtuvo tras forzada intervención OCU de 23/07/2025 , por omitido Burofax 25/06/25 y reclamaciones públicas de 08/07/25 contra ANTICIPA asunto “PRESUNTA SIMULACIÓN COMPRA-VENTA CESIÓN REMATE A TERCEROS”, y coetánea reclamación 10/07/25 contra BBVA , asunto “ALZAMIENTO DE BIENES Y PRESUNTA SIMULACIÓN COMPRA-VENTA CESIÓN REMATE A TERCEROS. ANTICIPA admite por e-mail 30/07/2025 (eml), que no consignó el pago de la cesión del remate del 31/01/2024 en la cuenta del juzgado. Aporta: • Certificado de pago BBVA 06/06/2023 sin título inscrito art.20 LH. • Transferencia privada un año de cesionaria Lanusei 06/01/2023 , sin identificación fiscal ni trazabilidad, remite a oficina 6352 un cajero Málaga , no “BBVA CESIONES Plza. Antoni Maura” . Inválida contra acto procesal. • Acta cesión 31/01/2024 otorga finca por 1.100.000 € por anacrónica subasta 2012, y expide Testimonio título , vulnera orden público. Jurisprudencia : • STS 13/04/2011 La consignación del precio del remate es requisito esencial; sin ella, la adjudicación es inválida. • STC 39/2015 La falta de notificación a ejecutada ni trazabilidad vulnera el art. 24 CE y vicia la ejecución. • STS 714/2018 La ausencia de requisitos esenciales provoca quiebra de la subasta. • DGSJFP 28/05/2024 y 10/03/2022 Sin acreditación del pago, la cesión es inescribible. Valor probatorio: Nulidad radical de la cesión y de toda la cadena posterior arts. 647.3 LEC, 149 LH, 6.3 y 6.4 , CC. 2. DOC. 2 — Certificado Inscripción 15ª nula por falta de título y tracto El registrador inscribe 17/03/2025 a favor Lanusei , sin consignación del precio remate sin título valido ni tracto sucesorio cedente BBVA ni cesionaria , con adjudicación por valor vil de “1.100.000€” contra imperativa legal y tuitiva, y sin trazabilidad fiscal ejecutivo 382/2011-1ª por proceso cerrado desde año 2013, sobre vivienda habitual ocupada por reclamante. Jurisprudencia : • STS 866/2021: adjudicación por precio inferior al 70% del valor de tasación = nulidad. • STS 869/2021: la protección del deudor hipotecario es orden público. • STS 295/2006, 625/2017, 643/2018: sin tracto sucesivo ni título válido del transmitente, la inscripción es imposible. • DGSJFP 22/05/2023 y 28/05/2024: falta de legitimación del cedente o cesionario y falta de pago del precio impiden la inscripción. Valor probatorio: infracción de arts. 6.3 y 6.4 CC, 647.3 y 671 LEC, 11 y 20 LH. Nulidad radical de la inscripción 15ª y de todas las posteriores. 3. DOC. 3 — Compra venta e hipoteca CaixaBank sobre título nulo El 25/11/2025 CaixaBank financia e inscribe compra venta entre Lanusei sin título valido por quiebra subasta Art.647.3 LEC , a inversores Mangione/Ojeda, adquieren al 7/10 y 3/10 Finca 40624 Castelldefels , y concede Hipoteca de 575.000 €, acepta Tasación de 1.810.886,11 € con discordancia Catastro-Registro-Padron contra normativa ECO /805/2003, y posesión BBVA, y permite Inscripciones 16ª y 17ª sobre título radicalmente nulo contra imperativa legal y tuitiva 671 LEC, en protocolos 10690 y 10691 ante Notario JAIME CALVO FRANCIA contra Art. 24 Ley Notariado . Jurisprudencia : • STS 241/2013: la buena fe registral no ampara cuando el adquirente conoce o puede conocer la nulidad del título. • STS 427/2017: el banco financiador debe verificar la legitimación del vendedor; si financia sin título válido, incurre en responsabilidad. • STS 840/2009 y 593/2014: los actos nulos no producen efectos y arrastran todos los posteriores. • STS 974/2012, 221/2016, 265/2015: el banco responde si facilita operaciones con indicios de blanqueo. Valor probatorio: operación especulativa, compradores profesionales, inexistencia de buena fe, arts.33 y 34 LH , e indicios de blanqueo. NULIDAD COMPRA VENTA E HIPOTECA arts. 6.3, 1255, 1275 CC. 4. DOC. 4 — Decreto de adjudicación 25/04/2024 , sin trazabilidad Firmado por Letrado Administración Justicia Antonio Torres Verdú , en domingo día inhábil 28/04/2024 , basado en : • Título falso protocolo núm. 679 de 23/04/2008” no de prestataria, admitió Auto 22/06/2011, advirtió Auto 02-11-23 previo a la cesión contra arts. 517.2 4ª LEC, y 18 Ley Notariado. • Sin consignación precio acta cesión 31/01/2024, quiebra de la subasta acredita ANTICIPA en su e-mail 30/07/25, contra Art.647.3 LEC . • Sin notificación acta cesión a ejecutada contra Artículo 24 CE • En proceso ejecutivo cerrado desde año 2013 constata histórico N.I.G: 0808942120118131827, confirmó e-mail 02/08/24 OAC Ciutat Justicia Barcelona (eml), certifica 26/07/2022 Juzgado Decano Barcelona, y sin expediente sede judicial electrónica , advirtió Decreto 20/06/2024 mismo LAJ Verdú , omite contra Protocolo 1/2024, TSJC, y Art.8 ss RDL 6/2023 de 19 Diciembre. • Adjudica Finca 40624 Castelldefels a LANUSEI INVESTMENTS SLU por precio vil “1.100.000€ contra imperativa Art. 671 LEC y sin trazabilidad fiscal, e imputa a principal 182.782.50€ por Art. 654.3LEC. • Con renuncia intereses y costas BBVA para no dejar rastro fiscal. • Sin título válido ni tracto sucesivo BBVA y LANUSEI contra Arts 20 y 149 LH. Jurisprudencia : • STS 13/04/2011 La consignación del precio del remate es requisito esencial; sin acreditación del pago, la adjudicación es inválida. • STS 714/2018 La falta de requisitos esenciales en la subasta provoca quiebra del procedimiento y nulidad de la adjudicación. • STC 39/2015 La falta de notificación y trazabilidad vulnera el art. 24 CE y vicia de raíz la ejecución. • STS 840/2009 y 593/2014 Los actos dictados sobre título nulo no producen efectos y arrastran toda la cadena posterior. • STS 295/2006, 625/2017, 643/2018 Sin tracto sucesivo ni legitimación del ejecutante, no puede dictarse Decreto de Adjudicación. • STS 866/2021 y 869/2021 La adjudicación por debajo del mínimo legal es nula; la protección del deudor es orden público. • DGSJFP 22/05/2023 y 28/05/2024 La falta de legitimación del adjudicatario o del cedente y la ausencia de pago del precio impiden la inscripción y evidencian la nulidad del Decreto. • STS 427/2017 La estafe procesal invalida la adjudicación y genera responsabilidad civil. Valor probatorio: NULIDAD RADICAL DECRETO ADJUDICACIÓN , art 6.3 y 6.4 CC. arrastrando la nulidad compraventa, e hipoteca financiada por CaixaBank y todas las inscripciones posteriores. DOC 1-10, sigue

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