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Dejar de recibir llamadas
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque estoy recibiendo todos los días desde hace tiempo varias llamadas telefónicas de personas relacionadas con Ahorro Zen Energía, marca cuyo registro ha sido solicitado por Factor Energía S.A. En las llamadas se identifican como personal de Iberdrola, compañía con la que tengo contratado el suministro eléctrico y dicen que, por diferentes motivos en cada llamada, tienen necesariamente que cambiar la comercializadora a Ahorro Zen Energía. Como no acepto, me llaman una y otra vez desde teléfonos diferentes. Así todos los días, desde hace meses. Mediante la presente prohíbo expresamente o revoco cualquier autorización para llamadas comerciales a Ahorro Zen Energía, Factor Energía, S.A. o cualquier otra empresa o personal comercial , comisionista etc...que tuviera relación con las anteriores. SOLICITO Que dejen de llamarme por teléfono. De no obtener resultado, procederemos a interponer la correspondiente denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Solicitud de no reemplazo y devolución del importe del dinero
Según conversación por WhatsApp mantenida con vosotros en la que vuelvo a solicitar la devolución del importe de la compara del ordenador y tras ser el cuarto ordenador que se será sustituido os he solicitado que no me lo envíes y que me hagáis la devolución del mismo. A lo que he vuelto a recibir negativa por vuestra parte. Os he informado de que no me lo envíes peor insistís en ello. No lo voy a recepcionar y no me hago cargo de que pasará con la mercancía si igualmente decidís enviarlo. Hago constar fundamentación legal “En relación a su consulta, manifestarle que los artículos 114 y ss. del RDL 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios regulan la garantía legal, estableciendo la garantía de TRES AÑOS que se aplica a los productos y servicios destinados al consumo particular y privado que presenten faltas de conformidad o de DOS AÑOS en el caso de contenidos o servicios digitales. No obstante, si el producto se compró antes del 1 de enero de 2022 (fecha de la entrada en vigor de las modificaciones realizadas en la ley), el plazo de garantía es de dos años. En concreto, la ley dispone que el empresario está obligado a entregar los bienes de manera que sean conformes al contrato, lo que supone que deben cumplir una serie de requisitos subjetivos y objetivos que le sean aplicables(el artículo 115 y ss de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios). Requisitos subjetivos: ajustarse a la descripción, tipo de bien, calidad, funcionalidad y demás características acordadas; servir para los fines específicos que el cliente haya solicitado, que el empresario haya aceptado; y ser entregado con los accesorios e instrucciones en materia de instalación así como las actualizaciones que establezca el contrato. Requisitos objetivos: ser aptos para las finalidades a las que normalmente se destinan bienes del mismo tipo, cuando sea de aplicación tener la calidad de la muestra o modelos facilitado antes de la venta, entregarse con los accesorios e instrucciones que razonablemente el consumidor espere recibir; poseer las cualidades y características, en particular de durabilidad del bien, y la funcionalidad, compatibilidad y seguridad que presentan normalmente los bienes del mismo tipo que se pueda razonablemente cabe esperar. La instalación incorrecta del bien cuando esté integrada en el contrato y la realice el empresario; o cuando esté previsto que la realice el consumidor, y la instalación incorrecta se deba a deficiencias en las instrucciones de instalación proporcionadas por el empresario, se equipara a la falta de conformidad. Y el consumidor tendrá los mismos derechos que tendría si pretendiera exigir la garantía de un producto que tuviera un defecto anterior a la venta. Además, la ley contempla que el consumidor debe dirigir su reclamación contra el vendedor. Solo puede dirigirla contra el productor cuando le resulte imposible o le suponga una carga excesiva dirigirse frente al vendedor; es decir que la propia ley obliga al establecimiento vendedor a responder frente al consumidor de los defectos que tenga el producto adquirido. Respecto al plazo de tres años, en los dos primeros años se presume que la falta de conformidad del bien existía cuando se entregó (si estamos en el plazo anterior a la modificación de la ley en que el plazo de garantía era de 2 años, el plazo de presunción se reduce a los seis primeros meses). Si aparece un defecto durante ese tiempo posterior a la entrega, se presume, salvo prueba en contrario (a cargo del empresario), que ya existía con anterioridad a la entrega. Para poner los bienes en conformidad, el consumidor puede elegir entre reparar o sustituir el bien, salvo que la opción elegida sea imposible o suponga costes desproporcionados para el empresario. Esto quiere decir que el empresario se puede negar si es desproporcionada la opción elegida por el consumidor, en comparación con la otra opción. Estas medidas correctoras serán: Gratuitas para el consumidor, comprendiendo todos los gastos especialmente de envío, transporte, mano de obra y materiales Deberán realizarse en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor La recuperación del bien corre a cargo del empresario de la forma que menos inconvenientes genere al consumidor Si la reparación o la sustitución requiere retirar bienes ya instalados, los costes de la retirada e instalación correrán por cuenta del empresario Tanto la reparación como la sustitución para poner el bien o producto en conformidad, suspenden los plazos de la garantía legal así como el plazo de presunción de preexistencia del defecto o falta de conformidad. Además, debe saber que si la reparación o la sustitución no lograran poner el bien en conformidad con el contrato, el comprador podrá optar entre la rebaja del precio o la resolución del contrato. Finalmente decirle que en cualquiera de los supuestos, se puede reclamar una indemnización de los daños y perjuicios cuando proceda (esta reclamación suele tener que realizarse por vía judicial con acreditación de esos daños y perjuicios). Y además, el consumidor tendrá derecho a suspender el pago de cualquier parte pendiente del precio del bien o del contenido o servicio digital adquirido hasta que el empresario cumpla sus obligaciones (si el precio se ha financiado, no se puede suspender el pago, solo se puede suspender el pago si el precio hay que pagárselo directamente al vendedor).”
Problema por falta de parte de pago por un vehiculo
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque me compraron en OCASION PLUS de Zaragoza el 19 de febrero un vehículo por 6500 euros. No encontraba la ficha técnica y se ofreció la persona que nos atendió a solicitarla a través de su gestoría dejando la compra en 6400 euros, al cobrar 100 euros la gestoría por la gestión. Lo firmamos así en contrato y en conversación wasap posterior me piden firmar un contrato nuevo en el cual adelantan 5400 euros y en un plazo de una o dos semanas que es el tiempo estimado por la gestoría efectuarían el pago de los otros 1000 euros a lo cual, entendiendo que actuaban de buena fe, aceptamos A día de hoy no nos cogen el teléfono ni han pagado los 1000 euros pero tienen el vehículo a la venta por 9800 euros SOLICITO me abonen los 1000 euros como está firmado en contrato. Sin otro particular, atentamente. Mateo Martínez
Problema con reembolso
El día 21 de febrero hago un pedido en PCComponentes, Madrid, dado que en su página web prometen un servicio rápido. El 3 de marzo me interesé por el pedido y me dijeron que aún no se había enviado. Les informé que entonces quería anular el pedido. A pesar de eso, unos días más tarde enviaron el pedido y me llegó el día 13 de marzo con más de tres semanas de retraso. Debido a esa demora, yo perdí una venta y un cliente, así que ya no me interesa el producto. Rechazo la entrega y se devuelve. Ya estamos a 27 de marzo. Hasta ahora PCComponentes ha estado dándome largas para hacerme el reembolso. Su invento más reciente es decirme que me quieren dejar el dinero ¡¡“en cuenta para futuras compras”!! Ni loca volveré a hacer una compra con ellos. Hoy me llega un correo diciendo que ya me han reembolsado dejando el importe “en cuenta para futuras compras”. ¿Será legal eso? Como colmo, ¡solo me han reembolsado la mitad de lo que me corresponde! ¿Por qué? Pues, puede ser porque cambiaron el estado del envío de RECHAZADO a ENVIO INCOMPLETO o quizá es un intento de estafarme. No lo sé. Lo cierto es que esto ya es de pena. Caos, ineptitud y mal servicio.
Problema tarifas Asisa Mascotas
Estimados/as señores/as: Me dirijo a ustedes para comunicarles mi descontento por el servicio que nos ofrecieron respecto a nuestra perrita el pasado 2 de marzo. Era domingo y debido a la gravedad de los síntomas, nos vimos obligados a recurrir al servicio de urgencias de mascotas que nos corresponde por ser clientes de ASISA. Este es un servicio no contratado por nosotros específicamente, sino que ASISA nos lo incluye con posterioridad a la contratación del seguro, por lo que la única información de que disponemos es la ofrecida en su página web y en nuestra área personal de ASISA: https://www.asisa.es/asegurado/salud/asistencia-para-tus-mascotas En ella se indica expresamente que para utilizar el servicio de garantía de mascotas se hace “presentando en la clínica veterinaria tu tarjeta de asegurado de ASISA y tu DNI”, que no tiene carencias y que se puede utilizar desde el primer día. Cuando llamamos al teléfono 917883091 que aparece en la web y nos confirman el hospital de referencia, (Hospital Privet Aluche en el que por cierto, nos trataron estupendamente y estamos muy contentos con el servicio recibido), nos dicen que nuestra perrita tiene que estar dada de alta para utilizar el servicio con las ventajas de ASISA pero que al ser domingo, no es posible hacerlo y que podemos llevarla al hospital y después reclamar las facturas. Desde el hospital nos dicen que ellos no pueden aplicarnos las tarifas especiales si ASISA primero no la registra, por lo que únicamente nos aplicaron las tarifas especiales desde el lunes que es cuando la dieron de alta en el sistema de ASISA. Consideramos que no es justo que esas tarifas no se apliquen también para los servicios utilizados el domingo, que es cuando tuvimos mayores gastos por las pruebas, ingreso, análisis, etc.…ya que en ningún momento se indicaba en la página ni en ningún otro lugar, que ese registro de las mascotas debiera hacerse de lunes a viernes, algo que podríamos haber hecho meses atrás de haberlo sabido. Consideramos que hay un agravio comparativo respecto a cualquier persona que llame durante la semana con el mismo problema y que con una simple llamada quede registrada su mascota y pueda utilizar el servicio con todos los beneficios. Por todo lo anterior, solicitamos la aplicación de las tarifas especiales que nos corresponden por nuestra póliza en todos los servicios que proceda según tarifario https://www.asisa.es/asegurado/salud/asistencia-para-tus-mascotas, tanto para el domingo 2 de marzo como para el lunes 3 de marzo. Sin otro particular, quedo a la espera de vuestros comentarios.
Acusación por DDAA
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque llevamos desde octubre de 2023 viviendo en esta casa, y en noviembre de 2024 sin previo aviso nos cortaron la luz, sin dejar ningún papel, solo una pegatina en el contador. Nos acusan de tener una doble acometida (DDAA), que según el informe se comprueba debido a la diferencia de cargas. Les enviamos un informe de un electricista autorizado negando que existiera DDAA y que el contador está estropeado. Pero no lo aceptan , solo aceptan que firmemos una declaración jurada diciendo que hay DDAA y que la hemos quitado. Volvemos a contestar otro electricista, y este envía un informe donde se sigue diciendo que no hay DDAA y que la diferencia de cargas que se observa es debido a que el contador está estropeado. Pues el 27 de enero vuelven a venir sin avisar, vulnerando nuestros derechos de nuevo,y dicen que han vuelto a comprobar las cargas y ahora cambian de versión, y dicen que el contador está estropeado pero que no se cambia hasta que no se retire la doble acometida que sigue habiendo, y que no pueden cortar el enganche por estar antes del CGP. Solicito que me envíen fotos de la doble acometida pero no me envían ninguna prueba. Mi electricista insiste en que todo está bien menos el contador, y el pasado día 12 de marzo vuelven a venir sin avisar. Y ahora dicen que el contador está estropeado y que la doble acometida está cortada . Todo esto nos sorprende infinitamente, pues ahora vuelven a cambiar de versión, y dicen que alguien ha cortado la DDAA, cuando estamos negando su existencia con dos informes independientes. Somos familia con bono social, y no hemos defraudado nada, y nos dicen que nos van a facturar 7000 kW. Hace más de un mes, legalitas les envió un escrito al que no han contestado. En industria puse la reclamación en noviembre, pero no sé ha tramitado aún. La impotencia y la indefensión es absoluta. SOLICITO […]. Una inspección conjunta con mi electricista a fin de aclarar la situación lo antes posible, pues nos acusais de algo que nos pedías que retiremos, pero no nos decís, de existir, donde está la DDAA. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
Falta de material de formación
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque hace mas de dos meses que firme con vosotros un contrato en el que os comprometíais a enviarme los libros de formacion en un plazo de 15-20 dias laborables, pagué al momento, hace más de dos meses que firme el contrato y aun estoy a la espera de libros, ya que no me dais ninguna solución ni me respondéis a los correos electrónicos donde os comento mi situación, os adjunto copia de los varios correos ya reenviados y sin contestación alguna. He llamado más de 6 veces y solo me decís que hay una incidencia cuando no es problema mío, asi que nada, muchas gracias. SOLICITO […]. Que me mandeis los libros ya o me devolváis el dinero y os devuelvo el material. Sin otro particular, atentamente.
SOLICITUD DE INTERVENCIÓN POR PARTE DE LA COMERCIALIZADORA
Buenos días: Me pongo en contacto con ustedes porque hoy (27.03.2025) he sido atendida telefónicamente por MARIA ULTRAGO. He llamado a E DSITRIBUCION REDES DIGITALES para verificar la existencia de la reclamación de solicitud de intervención con código de referencia A16-0001481015 que ha puesto mi comercializadora GAS & POWER (Grupo Naturgy) a vuestra distribuidora y explicar el problema con mi suministro de electricidad de mi domicilio. Soy la nueva titular del suministro desde Noviembre de 2024, periodo en el que empecé a poner reclamaciones a mi comercializadora GAS AND POWER, debido a que desde Junio de 2024 me están emitiendo facturas con consumo estimado MUY alto de mi domicilio en el que no hay consumo eléctrico desde hace más de un año. La comercializadora reconoce el problema y me comunica que han puesto una reclamación de solicitud de intervención a vuestra distribuidora, que es quien debe mandar a un técnico para revisar el funcionamiento de mi contador. Debido a que actualmente no vive nadie en mi domicilio, le comunico a MARIA ULTRAGO que para que el técnico pueda ir a revisar el contador, que está en el interior de mi domicilio, necesito que la distribuidora me agende previamente una visita para que el técnico pueda acceder a mi domicilio, concretando fecha y hora. MARIA ULTRAGO ME COMUNICA FIRMEMENTE QUE NO HAY POSIBILIDAD ALGUNA PARA AGENDAR UNA VISITA Y QUE EL TÉCNICO PUEDE PASAR EN CUALQUIER MOMENTO SIN ESPECIFICAR FECHA DE LUNES A VIERNES DE 8.00H A 19.00H Y EN EL CASO DE QUE EL TÉCNICO VAYA A MI DOMICILIO Y NO HAYA NADIE EN MI DOMICILIO EN ESE MOMENTO, ES MI PROBLEMA(!!!). Ustedes creen que es manera de trabajar asumir que sus clientes puedan estar disponibles en su domicilio de lunes a viernes de 8:00h a 19:00h de la tarde sin especificar fecha? Insistiendo a María que esa NO puede ser una solución para mi caso particular, me informa que no tiene posibilidad de escalar mi problema y que no me puede ayudar o derivar a ningún departamento de la distribuidora que pueda agilizar o tratar de poder agendar una visita con el técnico para que pueda acceder a mi domicilio. SOLICITO QUE UNA VEZ LA DISTRIBUIDORA RECIBA LA RECLAMACIÓN DE SOLICITUD DE INTERVENCIÓN QUE MI COMERCIALIZADORA HA ENVIADO HOY A LA DISTRIBUIDORA, LA DISTRIBUIDORA SE PONGA EN CONTACTO CONMIGO PARA AGENDAR UNA VISITA CON FECHA Y HORA DE CUÁNDO EL TÉCNICO VAYA A MI DOMICILIO A REVISAR EL CONTADOR DE LUZ QUE DESDE JUNIO DE 2024 ESTÁ EMITIENDO FACTURAS CON CONSUMO ESTIMADO. Atentamente. Laia Cavia Gonzalez
PEDIDO SEUR NO LLEGA A CASA
Buenos dias: Todo viene a causa de esta reclamacion: https://www.ocu.org/reclamar/lista-reclamaciones-publicas/bicicleta-pedida-decathlon-no-/abd9094a0ce4b273b2 La bicicleta NO llega a casa y lo mas alucinante es que me pongo en contacto con SEUR a traves de telefono y chat me dicen los SEÑORITOS de que se encuentra en el almacen PERO no tienen previsto sacarlo a reparto y que por lo visto en almacen no esta NI LOCALIZADO. Increible lo de esta gentuza Entregar YA, no me vale mañana mañana y mañana, que ese no es mi problema porque se excusan con la frase “ejjjqueee tenemos muchos envios jijijiji”
Problema con el importa total de compra por la web
El 24 de marzo por la noche adquirí en la web de RENFE 3 billetes para el AVE de Córdoba a Málaga del 31 de marzo a las 18:34. El precio de cada billete era 26,65 €, excepto uno de ellos que con el descuento del 25 por 100 de la Tarjeta dorada se quedaba en 20 €, más 5 € cada uno por elección de asiento. Así se puede ver en la impresión de pantalla posterior incluso a la asignación del localizador y que, gracias a Dios, conservo. Pese a lo dicho, el total del importe cobrado no fueron los 88,30 € que deberían, sino 106,00 € (17,70 € de más). Mi único lapsus fue no sumar y no lo hice por que estaba viendo los precios individuales de cada billete y eran correctos. Inmediatamente advertí el error y llamé por teléfono y la operadora me confirmó que el precio del billete en ese trayecto era 26,65 €, que quizá por la existencia de errores así iban a hacer tareas de mantenimiento (?) y que podía pedir la devolución del exceso a través de la web, apartado reclamaciones, como así hice al día siguiente (en ese momento no pude porque la web ya había entrado efectivamente en tareas de mantenimiento). Me han respondido a la reclamación (PVSC.2025.040485) que era mi obligación comprobar todos los detalles, prescindiendo del hecho de que el precio que yo estaba viendo en pantalla por billete era 26,65 € más 5 € de elección de asiento. Les pido que reevalúen la reclamación y me devuelvan el dinero cobrado de más indebidamente, pues un error (al estudiar el caso) lo tiene cualquiera; en otro caso, tendrá que pensar que quizá RENFE se pueda haber convertido en una empresa de aprovechados y tendré que acudir a los Tribunales, si es menester, pues no es el dinero aquí lo importante, sino el prestigio de la empresa y los derechos de los consumidores.
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