Últimas reclamaciones

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D. P.
21/01/2025

Reclamación importes cobrados en proceso concursal

1. Que en fecha * de mayo de 2023, el Juzgado de lo Mercantil n.º * de * ****** declaró mi concurso de acreedores mediante auto n.º [***/2023]. 2. Que el procedimiento concluyó con la resolución de exoneración del pasivo insatisfecho (EPI), dictada el * de septiembre de 2023, que extinguió las deudas preexistentes, incluyendo las contraídas con su entidad, y en concreto: • Préstamo personal n.º 0140*******0004. • Tarjetas de crédito VISA CLIP Y VISA TÚ 3. Que, a pesar de la normativa concursal, durante el periodo comprendido entre febrero de 2023 (presentación de la solicitud) y agosto de 2023, su entidad permitió y cobró los siguientes importes: • 333,52 € mensuales correspondientes al préstamo personal, por un total de 2.001,12 € (6 meses). • 110 € mensuales de la tarjeta de crédito VISA CLIP, por un total de 660 € (6 meses). • 110 € mensuales de otra tarjeta de crédito VISA TÚ, por un total de 660 € (6 meses). TOTAL A RECLAMAR: 3.321,12 €. 4. Que dichos pagos no eran exigibles, ya que: • Desde la declaración del concurso (9 de mayo de 2023), todas las acciones de cobro debían haberse paralizado automáticamente, según el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC). • La exoneración del pasivo insatisfecho extinguió cualquier obligación pendiente, de acuerdo con el artículo 491 del TRLC. 5. Que, además, el cobro de estas cantidades constituye un enriquecimiento injusto, ya que su entidad retuvo importes a pesar de que no tenía derecho a exigir ni percibir pagos durante el procedimiento concursal. 6. Que, en respuesta a posibles alegaciones sobre la exoneración, debo señalar que: • La exoneración cubre las deudas pendientes al momento de su resolución, pero no incluye las cantidades cobradas indebidamente durante el procedimiento. • Las cantidades ya abonadas no estaban amparadas por la exoneración, sino sujetas a las reglas de paralización y suspensión establecidas en el artículo 56 del TRLC. POR TODO ELLO, SOLICITO: 1. La devolución inmediata de las cantidades cobradas indebidamente, por un total de 3.321,12 €, correspondientes a los pagos realizados durante el procedimiento concursal. En caso de no recibir una respuesta favorable, me reservo el derecho de: • Escalar esta reclamación al Banco de España y al Juzgado de lo Mercantil n.º * de * ****** • Emprender acciones legales en defensa de mis derechos.

Cerrado
D. P.
21/01/2025

Exoneración de deuda y reclamación de cuotas.

1. Que esta entidad no fue incluida en el listado de acreedores del procedimiento concursal tramitado ante el Juzgado Mercantil n.º * de * ******, que concluyó con la resolución de exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) el * de septiembre de 2023, conforme a lo dispuesto en el artículo 491 del TRLC. 2. Que, durante dicho procedimiento, esta entidad permitió una disposición de 2500€ el 07/08/2023 (Estando el deudor en Concurso de Acreedores desde Mayo de ese año), aplicando además una comisión de 100€ y continuó cobrando cuotas de 78€ mensuales vinculadas a la línea de crédito, incurriendo en las siguientes irregularidades: • Disposición de 2.500 € (07/08/2023): Realizada antes de la exoneración, en una etapa concursal en la que las acciones de cobro y las disposiciones debían estar suspendidas conforme al artículo 56 del TRLC. 3. Comisión indebida de 100€ que deriva de la disposición anterior, lo cual la convierte en improcedente. 4. Que los cobros realizados por cuotas durante el concurso y posteriormente a la exoneración ascienden a un total de 1.326€ (Desde septiembre de 2023 hasta la fecha actual de enero de 2025), vulnerando: • Artículo 56 del TRLC: Prohíbe acciones de cobro tras la declaración del concurso. • Principio de igualdad de acreedores (art. 198 TRLC): Benefició a esta entidad sobre otros acreedores. • Artículo 1895 del Código Civil: Constituye enriquecimiento injusto. Las cuotas cargadas a partir de septiembre de 2023 corresponden a una deuda que debió incluirse y quedar exonerada conforme al artículo 491 del TRLC 5. Que los intereses aplicados a la disposición (TAE 16,02 %) superan el tipo medio establecido por el Banco de España para productos similares, configurándose como usurarios, conforme a la doctrina de la STS 628/2015 (caso Wizink). JURISPRUDENCIA Y BASE LEGAL APLICABLE 1. STS 381/2019: • Confirma que las deudas no declaradas en el listado inicial del concurso también están afectadas por la exoneración, salvo excepciones expresas. • Refuerza la competencia exclusiva del Juzgado Mercantil para interpretar y garantizar el cumplimiento de las resoluciones de exoneración. 2. AP Barcelona, Sección 15ª, Sentencia de 18 de febrero de 2021: • Declara nulos los cobros realizados durante un procedimiento concursal, independientemente de si fueron voluntarios o no. • Reafirma que los acreedores tienen la obligación de paralizar cualquier acción de cobro tras la declaración del concurso, según el artículo 56 del TRLC. 3. AP Madrid, Sección 28ª, Sentencia de 21 de marzo de 2022: • Obliga a devolver los pagos indebidos realizados durante un procedimiento concursal, argumentando que la normativa concursal prevalece sobre cualquier cláusula contractual o acto del deudor. 4. STS 628/2015 (Caso Wizink): • Considera usurarios los intereses que exceden notablemente el promedio del mercado, especialmente cuando no están justificados económicamente o carecen de transparencia contractual. 5. Principio de igualdad de acreedores (Artículo 198 del TRLC): • Establece que todas las deudas deben tratarse de manera igualitaria durante el concurso, evitando beneficios indebidos para un acreedor en detrimento de otros. 6. Enriquecimiento injusto (Artículo 1895 del Código Civil): • Prohíbe que una entidad financiera retenga importes cobrados durante un procedimiento concursal, ya que constituye un beneficio ilegítimo a costa del deudor. SOLICITO: 1. Devolución de cobros indebidos por valor de 1326€ (78€ en cuotas desde febrero de 2023 hasta la actualidad) • Que esta entidad reconozca como indebidos los cobros realizados durante y posteriormente al procedimiento concursal, por un total de 1.326 €, y proceda a su devolución inmediata. 2. Declaración de exoneración de la deuda restante: • Que se declare exonerada la deuda de 2600€ y vinculada a esta línea de crédito, en virtud del artículo 491 del TRLC, y teniendo en cuenta que en pleno proceso concursal, la entidad no debiera haber concedido crédito sin autorización judicial, haciendo que la disposición de este crédito vulnerase las normas del concurso. Me reservo el derecho a: • Escalar esta reclamación al Banco de España, solicitando una investigación por incumplimiento de la normativa concursal. • Presentar una solicitud formal ante el Juzgado Mercantil para garantizar la devolución de los cobros indebidos y la revisión de las condiciones aplicadas a las disposiciones de crédito.

Cerrado

Reclamación importes cobrados en proceso concursal

1. Que esta entidad figuraba como acreedor en el procedimiento concursal tramitado ante el Juzgado Mercantil n.º * de * ******, en el cual se dictó auto de exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) el * de septiembre de 2023, conforme a los artículos 489 y 491 del TRLC. 2. Que, durante el procedimiento concursal, esta entidad continuó cobrando las cuotas correspondientes al préstamo, vulnerando el artículo 56 del TRLC, que establece la paralización automática de todas las acciones de cobro tras la declaración del concurso. 3. Que los pagos realizados durante este periodo ascienden a un total de 595,8€ (99,3€ desde febrero de 2023 hasta septiembre de 2023), que deben ser considerados como cobros indebidos por las siguientes razones: • Vulneración del artículo 56 del TRLC, que obliga a la suspensión de acciones de cobro. • Contravención del principio de igualdad de acreedores (art. 198 TRLC). • Enriquecimiento injusto según el artículo 1895 del Código Civil. 4. Que la jurisprudencia aplicable refuerza esta posición: • AP Barcelona, Sección 15ª, 2021: Declara nulos los cobros realizados durante el concurso, incluso si fueron voluntarios. • AP Madrid, Sección 28ª, 2022: Obliga a devolver pagos indebidos realizados durante el concurso. SOLICITO: 1. Que esta entidad reconozca como indebidos los cobros realizados durante el procedimiento concursal y proceda a la devolución inmediata de 595,8€.

Resuelto
E. S.
20/01/2025
Tecnotramit

Devolución provisión de fondos

Con fecha 22 de Julio de 2024, vendimos la vivienda sita en la calle Higinio Rodríguez 19 3A, junto con dos plazas de garaje. De cara a los trámites y a la cancelación de la hipoteca, se nos solicitó una provisión de fondos de 1432€, de los cuales, 6 meses más tarde aún no hemos recibido la parte sobrante. Tras diversos correos, se nos contesta que la cancelación está pendiente de notaría, a lo cual, se les preguntan plazos (algo que entre 30 y 45 días debería estar hecho) y ni si quiera se nos contesta. Esperamos que nos de una solución en la mayor brevedad posible, sino tendremos que tomar otras medidas legales para recuperar un dinero que nos pertenece.

Resuelto
L. M.
20/01/2025

CAJAMAR ME ROBA

Tengo una cuenta con esta entidad. La he utilizado para que me abonen la BECA, ya que soy estudiante. Me han cobrado 30€ de apertura. Al no tener fondos, ya que es una cuenta para solicitar la BECA, cuando la he recibido me han cobrado todos los meses anteriores más un recargo. Cuando he reclamado, me dicen que no me lo devuelven y además me van a seguir cobrando 20€ mensuales de mantenimiento. ¿Es esto legal? ¿Se puede cobrar por mantenimiento de cuenta 240€ al año? ¿No es esto una práctica usurera? ¿Tengo razón cuando titulo la reclamación como un robo? Solicito ayuda. Necesito saber cómo reclamar este abuso para que me devuelvan mi dinero. Gracias.

Resuelto
F. M.
19/01/2025

Descuentos de mi tarjeta bancaria

Quise pedir un préstamo online en 24credito y me pidieron que para verificar mi cuenta tenía que pagar 1,99: euros pero cuando pagué me descontaron de mi tarjeta bancaria 1,99 más 28 euros sin mi consentimiento y dicen que los 28 euros son por la suscripción a su plataforma yo nunca pedí suscripción con dichos estafadores

Cerrado

Reclamación de factura

Estimados/as señores/as: Me dirijo a ustedes para comunicarles [Por favor, detalla aquí el contenido de tu reclamación. No incluya datos personales.] Me reclaman una factura de telefónica y la verdad que no tengo ni idea de esa factura les pido que me mande la factura correspondiente de la deuda y no recibo respuesta por lo tanto no sé si es una estafa o otra cosa Muchas gracias Adjunto los siguientes documentos: [enumerar documentación que se aporta: p.ej. contrato, escritura, extracto bancario, otros documentos …] SOLICITO: […]. Por favor que me ayuden Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…

Resuelto
P. M.
17/01/2025

acoso telefonico

Que, esta recibiendo llamadas diciendo que son de Wizink, para la apertura de cuenta, gestión de cuenta, tarjeta de crédito, gestión de un impago, oficina de recobros asociada a Wizink etc, las llamadas se suceden diversos días de la semana y a cualesquiera hora (incluida la hora de la comida). Que las llamadas proceden de los siguientes números: 917 87 47 47, 900 814 890, 658 39 76 19, 653 74 63 07, 658 58 85 91, 918220119,876 66 55 20, 917 90 05 05, 911 17 90 53, 930 46 08 62, 973 93 04 79, 605 93 03 87, 930 26 64 30, 658 21 40 18, 693 11 66 79, 625 76 22 26, 654 01 57 19, 693 11 66 44, 848 98 02 15, 848 98 02 31, 953 17 03 87, 924 29 09 17, 924 29 09 24, 621 19 75 06, 692 10 84 39, 692 10 84 46, 605 91 55 07, 692 10 85 26, 675 98 38 30, 692 10 84 71, 935 95 80 89, 613 11 70 23, 623 27 92 12,621 62 90 21, 984 34 09 73, 984 34 09 84, 984 29 68 24, 959 77 11 90, 959 77 11 82, 960 25 89 85, 959 77 11 80, 685 93 98 02, 625 09 15 57, +34 635 58 38 57, 692 94 21 66, +34 932 92 80 00, 693 12 96 35, +34 645 27 21 48, 656 94 89 95, 693 12 49 80, 911 84 28 94, 602 44 10 15, 868 20 21 76, 619 81 73 94, 618 75 70 25, 699 27 43 54, 634 34 14 26, 612 47 11 16, 672 55 05 96, 602 52 83 43, 606 58 31 68, 621 26 40 60, Que cuando solicito que me envíen por email la oferta que me dicen hacer por teléfono, dicen “que solo envían el documento/contrato formalizado” Por lo expuesto SOLICITA: Que cese el acoso telefónico por parte de WIZINK BANK SAU CIF A81831067. C/ ULISES, 16 - 18 , 28.043 Madrid, y/o de cualesquiera de empresas asociadas o a las que hayan efectuado cesión mi número a otras empresas.

Cerrado
N. C.
17/01/2025

Usurpación de identidad

Estimados/as señores/as: Me dirijo a ustedes para comunicarles que COFIDIS ha permitido que una persona ajena a mí, con simplemente tener mi DNI, pudiera crearse una cuenta en COFIDIS y solicitar un contrato a mi nombre sin ningún tipo de verificación externa de su parte para asegurarse de que yo quería realizar esa gestión. SOLICITO: Que se ponga una inmediata solución a esta situación, por el bien mío y el de muchas otras personas que hayan podido sufrir este tipo de estafas, las cuales serán muchas dado que COFIDIS no sigue ningún tipo de protocolo real para la verificación legítima a la hora de solicitar créditos online. Sin otro particular, atentamente.

Resuelto
J. S.
17/01/2025

Reembolso y baja

Pido el reembolso de la suscripción y la baja de esta

Cerrado

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