1. Que en fecha * de mayo de 2023, el Juzgado de lo Mercantil n.º * de * ****** declaró mi concurso de acreedores mediante auto n.º [***/2023].
2. Que el procedimiento concluyó con la resolución de exoneración del pasivo insatisfecho (EPI), dictada el * de septiembre de 2023, que extinguió las deudas preexistentes, incluyendo las contraídas con su entidad, y en concreto:
• Préstamo personal n.º 0140*******0004.
• Tarjetas de crédito VISA CLIP Y VISA TÚ
3. Que, a pesar de la normativa concursal, durante el periodo comprendido entre febrero de 2023 (presentación de la solicitud) y agosto de 2023, su entidad permitió y cobró los siguientes importes:
• 333,52 € mensuales correspondientes al préstamo personal, por un total de 2.001,12 € (6 meses).
• 110 € mensuales de la tarjeta de crédito VISA CLIP, por un total de 660 € (6 meses).
• 110 € mensuales de otra tarjeta de crédito VISA TÚ, por un total de 660 € (6 meses).
TOTAL A RECLAMAR: 3.321,12 €.
4. Que dichos pagos no eran exigibles, ya que:
• Desde la declaración del concurso (9 de mayo de 2023), todas las acciones de cobro debían haberse paralizado automáticamente, según el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC).
• La exoneración del pasivo insatisfecho extinguió cualquier obligación pendiente, de acuerdo con el artículo 491 del TRLC.
5. Que, además, el cobro de estas cantidades constituye un enriquecimiento injusto, ya que su entidad retuvo importes a pesar de que no tenía derecho a exigir ni percibir pagos durante el procedimiento concursal.
6. Que, en respuesta a posibles alegaciones sobre la exoneración, debo señalar que:
• La exoneración cubre las deudas pendientes al momento de su resolución, pero no incluye las cantidades cobradas indebidamente durante el procedimiento.
• Las cantidades ya abonadas no estaban amparadas por la exoneración, sino sujetas a las reglas de paralización y suspensión establecidas en el artículo 56 del TRLC.
POR TODO ELLO, SOLICITO:
1. La devolución inmediata de las cantidades cobradas indebidamente, por un total de 3.321,12 €, correspondientes a los pagos realizados durante el procedimiento concursal.
En caso de no recibir una respuesta favorable, me reservo el derecho de:
• Escalar esta reclamación al Banco de España y al Juzgado de lo Mercantil n.º * de * ******
• Emprender acciones legales en defensa de mis derechos.