Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
P. S.
31/01/2025

Problema con reembolso

En la oficina de Fuerteventura me entregaron un coche que no tenía aceite. Al llamar, me dijeron que lo cargara yo y me reembolsarían el monto al presentar el ticket cuando devolviera el coche. Me lo pusieron por escrito en un mail. Sin embargo, al devolver el coche no me reembolsaron nada. Al contrario, empezaron a marearme de un mail a otro, mientras la oficina de Fuerteventura se lavaba las manos y Atención al Cliente no me respondía. A la pérdida de tiempo en mis vacaciones y de dinero se suma ahora más tiempo perdido por intentar que hagan lo que dijeron que harían. Sigo sin recibir el reembolso (por no hablar de compensación o disculpas por parte de la empresa).

Cerrado
P. M.
31/01/2025

Paquete perdido

Hola. Entregué un paquete en un punto de Seur y lo han perdido. Lo dejé en un estanco y en el estanco no está y Seur tampoco lo tiene. No lo ha pedido recoger ya que el estanco lo ha perdido. Tengo el comprobante de entrega 97XDSH0000000000001704057 y en el seguimiento aparece como que está en el estanco. Ecoparcel se ha desentendido y Seur también. El nº de seguimiento de Seur es este: REC000053871801 Ecoparce se niega a darme la carta de reclamación.

Cerrado
N. V.
31/01/2025

Nadav Voloj

Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque alquilé un coche el 24 de junio 2024 con la empresa OKmobility en la modalidad Premium con conductor adicional. El coche lo recogió el conductor principal. Al presentar una tarjeta de débito le han cobrado los 100€ de depósito. Al retornar el coche correctamente el 5 de julio 2024, no le han hecho la devolución de los 100€. He intentado ponerme en contacto con uds. telefónicamente, pero ha sido imposible, así que he hecho 2 veces uso sus formularios de reclamación. El día 12 de noviembre recibí una contestación argumentando que el caso se escalaría y recibiría una respuesta en 5 días hábiles. El 25/11 reclamé que no había recibido ninguna contestación y recibí al día siguiente una respuesta que mi solicitud estaba en proceso de evaluación y que me darían una respuesta tan pronto como sea posible. El 15/12 he vuelto a reclamar y les he dado una fecha limite del 18/12 lo cual no he vuelto a recibir ninguna respuesta. A la reclamación les he adjuntado el comprobante de pago, un recibo bancario y comprobante de retorno correcto del coche. SOLICITO LA DEVOLUCIÓN DEL DEPÓSITO Sin otro particular, atentamente.

Cerrado
C. S.
31/01/2025

Derecho de retracto

Respetados Solicité ante la aerolínea se diera aplicación a mi derecho de retracto, respecto de los tiquetes Nos. 6630200222713 y 6630200222714, los cuales fueron comprados vía internet desde la web de esa aerolínea desde Bogotá a Madrid. En las diferentes respuestas recibidas por la entidad inicialmente negaron mi reclamación alegando que se trabaja de un desistimiento y es la última respuesta se me indica que como los tiquetes fueron comprados desde España no tengo derecho a la aplicación del retracto solicitado. Sin embargo, tales afirmaciones NO SON CIERTAS y van en contravía de las políticas de esa misma aerolínea publicadas en su página web y el contrato de transporte aéreo suscrito con ustedes al comprar los tiquetes hacia y desde Colombia. En el apartado del contrato de transporte “PLUS ULTRA LÍNEAS AÉREAS - TÉRMINOS Y CONDICIONES APLICABLES AL CONTRATO DE TRANSPORTE INTERNACIONAL AÉREO HACIA Y DESDE COLOMBIA”, en sus partes pertinentes se establece que: “A. Aplicación. Las condiciones y términos establecidos en este documento son complementarias a los Términos y Condiciones Generales de Transporte de la Aerolínea y aplican únicamente para el transporte de pasajeros y equipajes en vuelos internacionales hacia y desde Colombia, operados por PlusUltra, así como para los vuelos operados por otras empresas en el marco de ciertos acuerdos comerciales que tenga la Aerolínea”. “C. Normatividad Las normas nacionales colombianas, incluidos los tratados internacionales adoptados por Colombia, relevantes y aplicables al Contrato de Transporte y los Términos y Condiciones Generales de Transporte de la Aerolínea regulan: (i) lo no regulado en estos términos y condiciones especiales del contrato y (ii) el contrato de transporte mismo que deba ser regulado por las normas colombianas. Asimismo, harán parte integran de estos términos y condiciones, los términos y las condiciones que se incluyan en la reserva que recibirá el pasajero una vez haya celebrado el contrato, los cuales obedecen a las prescripciones de las normas aplicables”. 6. Retracto. En los contratos para la prestación del servicio de transporte aéreo de pasajeros que se perfeccionen a través de los mecanismos de venta a que se refiere Decreto 1499 de 2014 (métodos no tradicionales o a distancia), se entenderá pactado el derecho de retracto en favor del adquirente del tiquete, de acuerdo a lo siguiente: (a) Podrá ser ejercido, a través de cualquier canal de atención del vendedor, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la celebración del contrato. Solo podrá ser ejercido con una anterioridad igual o mayor cinco (5) días hábiles entre el momento de su ejercicio oportuno del retracto y la fecha prevista para el inicio del vuelo. c. Aplica para las ventas efectuadas a través de métodos no tradicionales o a distancia. (d) Las anteriores condiciones, son indispensables y no son excluyentes entre sí. (g) La aerolínea o agente de viajes que vendió el tiquete, deberá reembolsar el dinero al pasajero en un plazo máximo de treinta (30) días calendario a partir de la comunicación del retracto”. Estas condiciones del derecho de retracto están también publicadas en su página web para la compra de tiquetes desde y hacia Colombia donde se indica: “En los contratos para la prestación del servicio de transporte aéreo de pasajeros que se perfeccionen a través de los mecanismos de venta a que se refiere Decreto 1499 de 2014, se entenderá pactado el derecho de retracto en favor del adquirente del tiquete, de acuerdo con lo siguiente: (a) Podrá ser ejercido a través de los canales de atención de la aerolínea. (b) Deberá ejercerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de compra. (d) El vuelo adquirido no podrá estar programado para ejecutarse dentro de los (5) cinco hábiles siguientes a la fecha de compra. (d) Aplica para las ventas efectuadas a través de métodos no tradicionales y/o a distancia a que se refiere el Decreto 1499 de 2014 y siempre que la emisión del tiquete haya sido realizada en Colombia. (e) El pasajero tendrá derecho a la devolución de la tasa aeroportuaria. Se excluyen aquellas tasas, impuestos y o contribuciones que por regulación no sean reembolsables. Si no se acreditan los anteriores requisitos, no será procedente el retracto. En el evento en que se haga uso de la facultad de retracto, se resolverá el contrato de transporte. La aerolínea o agente de viajes que vendió el tiquete deberá reembolsar el dinero al pasajero en un plazo máximo de treinta (30) días calendario a partir de la comunicación del retracto” . Así las cosas, como los tiquetes fueron comprados por internet, es decir, a través de los mecanismos de venta no tradicionales a que se refiere el Decreto 1499 de 2014 de Colombia, norma aplicable al contrato de transporte suscrito con esa aerolínea, según el literal C transcribió en precedencia, puedo ejercer el derecho de retracto estipulado en el numeral 6 del mismo documento, tal y como lo hice desde el 13 de enero de 2025, radicado No. Plus Ultra - Reclamo 70595411134, a los tres (3) días siguientes a la celebración del contrato o compra de los tiquetes realizada por internet el diez (10) de enero de 2025 y con más de cinco (5) meses al inicio del vuelo. Por consiguiente, es mi derecho que esa aerolínea reembolse el dinero pagado por la compra de los tiquetes No. 6630200222713 y 6630200222714 en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario a partir de la comunicación del retracto. Como el derecho de retracto lo comuniqué a ustedes desde el trece (13) de enero de 2025, cuentan hasta el doce (12) de fe

Resuelto
A. M.
31/01/2025

Compromiso incumplido

Hola. Me hicieron una reparación en CITROËN STELLANTIS &YOU PALMA - Pol. Son Castelló, Carrer Setze de Juliol, 5, Nord, 07009 Palma, Illes Balears. Me hicieron un cargo indebido que reclame al Sr Antonio Perez Gonzalez, se comprometió a devolver dicho importe según la copia del email que les remito el 15 de noviembre de 2024.   Desde entonces no han atendido mi reclamación ni se molestan en  responder mis repetidos correos. La atención al cliente de CITROËN STELLANTIS &YOU PALMA es pésima, no solo por este asunto si no por otros que he tenido con ellos, fallos en la facturación, desprecio al cliente, nula comunicación, falta de vehículo de substitución, falta de limpieza en el vehículo tras su reparación, incumplimiento de acuerdos, desplazamientos a su sede innecesarios y hacer perder su tiempo al cliente reclamando las múltiples peticiones de atención para que cumplan lo acordado.

Resuelto
O. M.
30/01/2025

Cobro indebido

Nunca he usado sus servicios, no les conozco de nada y me han pasado cobros sin mi autorización.

Resuelto
S. H.
30/01/2025

Defecto fabricación

Buenas tardes, Compré un coche en Autointer Xativa en mayo de 2020, el coche tiene un defecto de fabricación, los famosos motores Puretech 1.2. En su defecto, la correa de distribución se deteriora de una forma precoz debido a su mala fabricación. Durante estos años, siempre he llevado el coche a un taller oficial, pues quería evitar problemas. Pero me encuentro en el problema que durante 2022 tuve un accidente y en vez de pasar la revisión en noviembre de este año, la pase en 2023 en abril, pues durante estos meses estuve invalida. Por este motivo la marca se lava las manos y no asume el coste de la reparación, en cuanto no es ni de un mal uso, ni por falta de revisiones, sino por un defecto de fabricación. Reclamo que se me aboné la reparación del vehículo, pues tengo todas las facturas oficiales, inclusive la reparación de la bomba de aforamiento del pasado año, también por un defecto de fabricación. Me compré el coche pensando que no tendría que estar en el taller aparte de las revisiones, al menos durante los primeros años, y resulta que tengo incluso más problemas que con mi coche antiguo de 12 años de uso. Gracias por su atención Espero respuesta Sandra Hernández

Resuelto
J. R.
30/01/2025

Fallo en la aplicación y me dieron los trayectos al revés T

Estimados/as señores/as: Mi nombre es José Miguel Ruiz Mondejar DNI 52749998G . El día 26 de enero a través de la aplicación de Ouigo intenté sacar 7 billetes de Valencia a Madrid para el 5 de marzo. Por un error de la aplicación me los dió al revés después de dar fallos. Llamé inmediatamente y al día siguiente muchas veces pero no me cogieron el teléfono. Al día siguiente me tocó sacar otra vez los billetes Valencia Madrid, ya iba la aplicación con un número localizador U5B7M5. Y haber una reclamación número 368344. Me contestaron que no me devolvían los 91 euros de los billetes mal dados. Yo avisé inmediatamente del error para que se anulasen y los vuelva a aprovechar otro cliente para el 5 de marzo. Un saludo

Cerrado
O. M.
30/01/2025
Reman Motors Parts

Rectificacion Motor

En agosto de 2024, mande reparar a Reman Motors Parts mi motor Mercedes Sprinter modelo 651955 W906, pague la reconstrucción (adjunto factura) y enviaron el motor al taller Boxamin para su montaje. Tras el montaje según procedimiento de Reman e incluso siendo mas restrictivos en el cambio de aceite, etc etc, el motor se avería en 60km que recorrí. Hable con Remana y me indicaron de hacer unas pruebas por parte del taller, tras hacer las pruebas indicaron de mandar desmontar el motor y llevarlo a Reman Motors. LO revisan e indican que esta averiado en la parte inferior y no cubre la garantía por no enviarles los videos del montaje, como indica su garantía. El montaje del taller si que lo viví, y creo que esta correcto al 99%, pero al no mandar los videos, no me quedo otra que asumir nuevamente la reparación del motor. En diciembre iniciaron la reconstrucción del motor (adjunto factura), tardaron bastante más de lo apalabrado y aunque encarecidamente lo solicitaba, siempre me daban largas, indicando que hay personal de vacaciones, baja o que faltaban piezas. Se recibe mas de un mes más tarde el día 23/01/2025, procede al montaje el taller Boxamin y cuando esta finalizando el montaje observa que no pueden colocar una valvula o sensor de presión de aceite, se lo comunico a Reman Motor Parts los cuales, tras consultarlo, al cabo de 4 horas me responden que ese otro 651924 pero que vale igual, solo diferencia esa válvula y que siga con el montaje sin problema. Ayer 29/01/2025 a la s18:00 fui al taller para ver el motor y la válvula y tratar el tema con el mecánico, acepte quedarme con ese motor (ya que decían que es el mismo y valdría sin problema), pero pedí a Reman Motor parts un escrito indicando que ese motor no es el que me corresponde, pero que vale igual, que la garantía cubre, etc etc, y por supuesto que hay un cable sin conectar del sensor el cual dará error en la centralita y que ellos me deben dar solución a esta gestion. Hoy 30/01/2025 me responden telefónicamente que no pueden hacer ese escrito, y no pueden responsabilizarse de un error de ustedes, y que desmonten todo del motor y se envíe a sus instalaciones para poder montarme el motor que me corresponde. SOLICITO: 1- Compensación económica por las horas de montaje y desmontaje, materiales etc que ha utilizado el taller a precio hora del taller. En su Garantía indican que sería según un programa y a 20€/h, eso seria en un error mecánico, de piezas etc., esta situación no es la misma ya que han mandado un motor que no es el mío, queriendo hacer que montara este motor indicando que podría valer para mi vehículo, esta situación no está contemplada en su garantía y tras las situación tan anómala y complicada que me ha acontecido con este motor y el anterior esta más que justificado. 2- El tiempo de espera de la segunda reconstrucción, mas ahora desmontar y volver a enviárselo, y que ustedes Remana Motors Parts, monten un nuevo motor, me han indicado que tardaran más de 2/3 semanas, ya que tienen mucho trabajo. Todo este tiempo de espera debe ser compensado, ya que si contamos desde agosto que les mande el motor , estoy sin furgoneta, pagando dos motores sin haber hecho nada malo por mi cuenta, ni incumplir nada, pero soy quien pago todo, y sigue pasando el tiempo sin mi camper. Este tiempo que se va a retrasar se debe compensar. 3- Considero que, como cliente, particular no se me está cuidando, quizás por no ser un taller, el cual les pueda dar más trabajo. Pero pagar un motor, no hacer mas que 60km, y no tengan prácticamente ninguna consideración en la segunda reparación, por ejemplo, pagar solo las piezas y no la mano de obra, etc etc, y mandarme un motor que no es el que corresponde… no entiendo su falta de empatía , comprensión o detalle ante esta situación tan anómala.

Cerrado
E. P.
30/01/2025

rotura de equipaje

Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Madrid al de Lanzarote, con fecha salida a las 8:45 horas del día 7 del mes de Diciembre de 2024. En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una tabla de surf. Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje llegó deteriorado consistiendo los desperfectos en estar la tabla partida por la mitad y chafada de la cola. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR) Aporto copia del PIR y el billete. Y, aporto también los siguientes documentos: fotos, certificado de irreparabilidad, factura de la tabla de reposición. SOLICITO, el abono de 1310 euros* en concepto de indemnización por los daños sufridos y justificados Sin otro particular, atentamente. * En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.

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