Estimados señores de EasyJet,
Me pongo en contacto con ustedes en relación con mi vuelo del 23 de julio de 2024, con código de reserva K7MB91R y número de vuelo EZS1392 desde Sevilla a Ginebra. Durante el proceso de embarque, fui obligado a pagar una cantidad de 58 euros debido a que mi equipaje de mano supuestamente excedía mínimamente las dimensiones permitidas.
Este cobro, a mi entender, es indebido y vulnera los derechos de los pasajeros, conforme a la legislación aplicable y la jurisprudencia más reciente. Me permito detallar a continuación los fundamentos legales que apoyan mi reclamación:
Cláusula abusiva: Tal y como ha señalado la reciente sentencia Nº 787/2022 del Juzgado de Madrid, el equipaje de mano constituye un elemento esencial del pasajero que no puede ser objeto de un cobro adicional, ya que no representa un coste adicional significativo para la aerolínea ni afecta a la seguridad o control de la misma.
Desprotección del Reglamento 1008/2008: El cobro por el exceso de dimensiones de un equipaje de mano no está amparado por el Reglamento (CE) 1008/2008 sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad, y por tanto, contraviene los derechos de los pasajeros.
Ley de Navegación Aérea y Condiciones Generales de Contratación: Según el artículo 97 de la Ley de Navegación Aérea, el pasajero tiene derecho a llevar consigo un equipaje de mano sin coste adicional. Además, conforme a los artículos 82.1 y 4, 86.7, 87 y 89.5 de la Ley de Condiciones Generales de la Contratación (LCGC), la cláusula que establece este cobro es nula, por generar un desequilibrio de derechos entre las partes.
Sentencias adicionales que avalan mi posición:
Sentencia del Juzgado Mercantil de Madrid Nº 13, de 24 de octubre de 2019 (Nº 373/2019).
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, 18 de septiembre de 2014, asunto C-487/12.
Sentencia del Juzgado Mercantil Nº 3 de Alicante, 31 de enero de 2020 (Nº 3/2020).
Por lo tanto, exijo la devolución del importe cobrado indebidamente de 58 euros en virtud de lo anteriormente expuesto. Adjunto a este correo el recibo de dicho pago y el resguardo bancario correspondiente, junto con mi reserva y tarjeta de embarque.
En caso de no recibir una respuesta favorable, me veré obligado a iniciar acciones legales pertinentes, ya sea a través de una reclamación extrajudicial ante el Centro Europeo del Consumidor en España, o, en última instancia, proceder con una demanda en juicio verbal, dado que la cuantía no excede de 2.000 euros.
Agradezco de antemano su atención y confío en que este asunto se resolverá de manera amistosa. Espero su respuesta en un plazo de 14 días.
Atentamente,
Eduardo Fernández Burraco
email: eduferbur@gmail.com
Adjuntos:
Resguardo del banco
Recibo del cobro de 58 euros
Reserva y tarjeta de embarque del vuelo EZS1392