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Daños en un vehículo que no realicé
Estimados/as señores/as: El viernes 24/10/2025 procedí a hacer efectiva una reserva , realizada a través de la página web ENTERPRISE de una furgoneta de carga diésel grande12 m3. La reserva estaba establecida a las 13:00 h, pero cuando mi hijo y yo llegamos a la hora, me comentaron que no disponían de furgoneta; me manifestaron que cuando hubiera disponibilidad me llamarían. A las 14:00 h al ver que no había recibido ninguna llamada nos dirigimos a las oficinas de la empresa. EL retraso en la entrega del vehículo me causaba un gran inconveniente porque debía desplazarme 150 km y en el destino me esperaba un albañil para realizar unas labores en mi segunda residencia. Al final hacia las 14:15 h entró en el pabellón de la empresa una furgoneta Volkswagen Crafter. Mi hijo y yo revisamos muy someramente la zona de carga y el perímetro de la furgoneta y apresuradamente firmamos el contrato, a fin de que pudiera cargar cuanto antes el material y dirigirme al pueblo. El alquiler del coche finalizaba el día 26/10/2025 por lo que tal y como habíamos pactado, ese día se hizo la entrega de llaves en el buzón del pabellón de Enterprise al estar sus oficinas cerradas. La furgoneta se devolvió sin haber ocasionado en la misma ningún daño. El lunes 27 por la tarde llamé a Enterprise al comprobar que no se había realizado la devolución de la fianza , y me comentaron que tras la revisión de la furgoneta detectaron una abolladura en el nervio superior izquierdo. Le dije que eso no podía ser porque en ningún momento cargue nada con altura ni golpeé la furgoneta. Al día siguiente me pasaron un video y unas fotos del vehículo. según manifestaron no se detectó en la revisión que realizaron el día que me la entregaron. El día 28/10/2025, a pesar de haber hablado con un operador de la empresa y haber enviado un correo a la dirección que me habían indicado (es.dru@ehi.com) donde exponía que en ningún caso había originado daños en el vehículo, el día 24 de octubre me hicieron un cargo de 500 € , el día 30 de octubre de otros 500 € y por último el día 2 de noviembre de 442,49 €. En el correo del 2 de noviembre detallan que del importe total 1250 € corresponden al cargo por los daños. La furgoneta cuando le dejé estacionado no tenía esos daños. Adjunto varios pdfs de los siguientes documentos: [contrato alquiler del vehículo, informe de daños y pérdidas, correo enviado por mí a la empresa, fotos facilitadas por la empresa una vez recepcionaron el vehículo, cargos por los daños] Solicito, se produzca la devolución de los cargos realizados en mi tarjeta por importe de 1.250 euros por unos daños que no realicé en la furgoneta. Sin otro particular, atentamente. Juan Domingo Guede
Reclamación por sanción de la DGT derivada de una titularidad no corregida – Jeep Compass 8948-LMK
Yo, CHRISTIAN BRYAN RUMICHE MOSCOSO, con DNI/NIE 51264309T, quiero presentar una reclamación contra Flexicar S.L. por los siguientes hechos: Este año 2025, inicié una operación de compraventa con Flexicar para un Jeep Compass, matrícula 8948-LMK. La operación fue cancelada y nunca llegué a recibir el vehículo, ya que Flexicar me devolvió los 2.000 € entregados en concepto de señal. Sin embargo, el vehículo sigue figurando a mi nombre en la DGT, lo cual me ha provocado un grave perjuicio: he recibido una sanción de la Dirección General de Tráfico (Expediente 03-006-737.636-6) por carecer de seguro obligatorio con fecha 03/08/2025, a pesar de que nunca fui propietario efectivo ni tuve el coche en mi posesión. Este error administrativo de Flexicar, al no haber corregido la titularidad tras la cancelación, me hace responsable de una multa injusta y me expone a futuras sanciones por un vehículo que no me pertenece. ⸻ Solicito: 1. Que Flexicar gestione de inmediato la corrección de la titularidad del vehículo Jeep Compass 8948-LMK en la DGT, eliminando cualquier vinculación con mi nombre. 2. Que asuma los costes o sanciones derivados de su error (expediente DGT 03-006-737.636-6). 3. Que emita un documento firmado donde conste que el vehículo nunca me fue entregado y que la operación fue cancelada con devolución de importe. 4. Que se me confirme por escrito la solución y la fecha en que se haya subsanado la situación. No obstante, es responsabilidad de Flexicar resolver de forma inmediata el origen de este problema. De no recibir una respuesta y confirmación formal de regularización en un plazo máximo de cinco días hábiles, me veré obligado a continuar con las acciones legales y administrativas pertinentes para la defensa de mis derechos.
CARTELERÍA OBRAS METRO
SE HA CUMPLIDO UN AÑO DE LA PUESTA EN SERVICIO DEL SEGUNDO ACCESO AL VESTÍBULO NORTE ALCÁZAR GENIL DEL METRO DE GRANADA SITO EN CAMINO DE RONDA 22. LA CARTELERA ANUNCIANTE DE LAS OBRAS AÚN CONTINÚA INSTALADA EN LA VÍA PÚBLICA. RUEGO SU RETIRADA. GRACIAS.
Pérdida de equipaje
Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de GRAN CANARIA al de GRANADA, con fecha salida a las 10:15 horas del día 27 del mes de octubre de 2025. En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una maleta azul de la marca American tourister. El equipaje no llegó a destino y antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR). Ante la pérdida del equipaje facturado, solicito el abono de 191,40 euros en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados que consistieron en rotura de la maleta y gastos realizados por productos de primera necesidad que hubo que abonar ante la pérdida del equipaje. Adjunto los siguientes documentos: 1. Tarjeta de embarque 2. PIR 3. Facturas de compras: transportes usados, compra de productos de primera necesidad. SOLICITO la cantidad de 191,40 eurosen concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados. Sin otro particular, atentamente. * En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.
Daño en scooter persona sin movilidad y maleta: Asumen responsabilidad pero después no dan respuesta
Asunto: Reclamación a EgyptAir – Daños en scooter de movilidad y maleta rota (Casos SSHMS15819 / INS REF 30/2025) Estimados señores, Me dirijo a ustedes en relación con la reclamación presentada el 2 y el 6 de julio de 2025 ante EgyptAir por los daños ocasionados en el scooter de movilidad de mi padre (persona con discapacidad) y por la rotura de una maleta durante dos vuelos distintos de la compañía. Los incidentes fueron verificados y registrados por el personal de EgyptAir en el aeropuerto de Sharm el Sheikh, generándose la referencia SSHMS15819 / INS REF 30/2025. Entre el 28 de junio y el 8 de julio de 2025, los doce miembros de nuestra familia realizamos cinco vuelos con EgyptAir. Lamentablemente, esta experiencia, que debía haber sido un viaje familiar satisfactorio, ha derivado en una situación grave de desatención y perjuicio, deteriorando profundamente la confianza y la imagen que teníamos de la compañía. Desde el inicio hemos aportado toda la documentación requerida —fotografías de los daños, copias de etiquetas y billetes, informes y facturas de las reparaciones del scooter, así como la referencia del modelo de maleta dañada (SKPAT)—. Sin embargo, a pesar de que EgyptAir reconoció los daños y aprobó la compensación económica (ref. 30/2025), han pasado ya cinco meses sin que se haya efectuado el pago ni se haya ofrecido una solución real. Se trata de un caso especialmente delicado, al afectar al medio de movilidad de una persona con discapacidad, que lleva cinco meses sin su scooter en condiciones operativas debido a los daños producidos por EgyptAir. Además, hemos tenido que acudir en dos ocasiones distintas a talleres especializados para intentar reparar el equipo, sin recibir nunca orientación o asistencia por parte de la aerolínea sobre cómo proceder ni a qué servicio acudir. A día de hoy, existen dos facturas de reparación pendientes de pago, y el scooter continúa sin poder utilizarse plenamente, ya que ninguno de los talleres ha logrado reparar por completo las roturas causadas durante los vuelos. 1. Origen de los incidentes Primer incidente: Fecha: 2 de julio de 2025 Vuelo: MS150 Aswan – Cairo Daños reportados: rotura de mangos, frenos, luces traseras y dirección del scooter de movilidad. Actuación: envío inmediato de correo a mybaggage@egyptair.com con fotografías y descripción de los daños. Segundo incidente: Fecha: 6 de julio de 2025 Vuelo: Cairo – Sharm el Sheikh Daños reportados: agravamiento del estado del scooter y rotura de una maleta (parte inferior y laterales). Actuación: reclamación presentada presencialmente en la oficina de EgyptAir en el aeropuerto de Sharm el Sheikh, donde el personal verificó y registró oficialmente el caso (SSHMS15819). 2. Cronología de la reclamación 2–6 julio 2025: Se inician las reclamaciones mediante correo electrónico y posteriormente de forma presencial en el aeropuerto, aportando fotos y descripción de los daños. Se abre el expediente SSHMS15819, y EgyptAir reconoce la incidencia. 8–14 julio 2025: EgyptAir comunica por correo que el caso ha sido trasladado a la aseguradora (INS REF 30/2025). Agosto 2025: Se envían informes y facturas de la primera reparación (Decathlon), que resultó incompleta por falta de piezas. Ante la falta de respuesta, se realiza una segunda reparación parcial en otro taller, generándose una segunda factura. En ningún momento EgyptAir ofreció orientación ni colaboración. Se solicita también la reposición de la maleta rota (modelo SKPAT). 20 agosto 2025: EgyptAir confirma por correo que la compensación ha sido aprobada y que el pago fue remitido a la oficina financiera de Madrid, desde donde “contactarían pronto” para la entrega. 20 septiembre – 1 octubre 2025: Tras un mes sin respuesta, se reitera la reclamación, denunciando la falta de contacto, seguimiento o pago, y la persistencia de los daños sin reparar. 3. Situación actual A fecha de 1 de noviembre de 2025, han pasado cinco meses desde los incidentes, y pese a haber enviado once correos electrónicos y realizado múltiples llamadas, ni el scooter ha sido reparado ni la maleta sustituida, ni se ha recibido la compensación aprobada. Esta situación vulnera los derechos de los pasajeros y de las personas con discapacidad, y refleja una grave falta de diligencia y sensibilidad por parte de EgyptAir, al no atender ni compensar debidamente los daños que ellos mismos reconocieron. 4. Solicitud Por todo lo expuesto, solicito formalmente que, a través de la OCU, se inste a EgyptAir a: Abonar de inmediato la compensación económica aprobada (ref. 30/2025), incluyendo las dos facturas de reparación del scooter de movilidad y la maleta dañada (modelo SKPAT). Garantizar la reparación completa o sustitución del scooter, en un centro especializado y adecuado a su uso por personas con discapacidad. Emitir una disculpa formal por los perjuicios ocasionados y por la falta de atención mantenida durante cinco meses. Atentamente, Bárbara Crespi (hija de Carlos Crespi Pérez, afectado por los daños)
Obligación de reservar asiento para adultos acompañando a menores y uso de teléfono móvil
Estimados señores, Por la presente, deseo interponer una reclamación contra la aerolínea Ryanair debido a un cargo obligatorio por la reserva de asiento para dos adultos viajando acompañado de tres menores, y por forzar a los pasajeros al uso de teléfonos móviles. El 31/10/25 realicé una reserva de vuelo con Ryanair con número de referencia en anexo para viajar desde Bruselas a Alicante. Durante el proceso de reserva, la aerolínea impuso la obligación de que un adulto que acompaña a un niño menor de 12 años reserve un asiento de pago, mientras que al niño se le asigna un asiento reservado de forma gratuita junto al adulto. Entiendo la importancia de que los niños se sienten junto a un adulto responsable por motivos de seguridad y bienestar. Sin embargo, considero que la exigencia de un pago adicional por parte del adulto es injusta, ya que debería garantizarse sin coste extra la asignación de asientos juntos en estos casos. Esta práctica puede vulnerar los derechos de los consumidores al imponer costes que deberían estar incluídos en el servicio. Esta política resulta discriminatoria al obligar a las familias a asumir un gasto extra que otros pasajeros no tienen que pagar. Por otra parte, Ryanair fuerza al pasajero a descargar las tarjetas de embarque en un móvil. Esto obliga al pasajero no sólamente a tener un móvil, sin además un móvil avanzado que permita instalar aplicaciones. Por otra parte, la aplicación de Ryanair es un riesgo para la intimidad del pasajero, al incluir funciones que van más allá de la mera inclusión de imágenes de las tarjetas de embarque. Una aerolínea debería permitir que los pasajeros dispongan de sus tarjetas de embarque en papel como parte normal del servicio. Adjunto pantallazos del proceso de compra mostrando : - imposibilidad de evitar la compra del asiento mencionado - desglose de gastos indicando el coste de la compra no deseada - mensaje forzando el uso de smartphones para el embarque En base a lo anterior, solicito: - El reembolso del importe cobrado por la reserva de asiento obligatoria. - La posibilidad de imprimir las tarjetas de embarque en papel sin discriminación con respecto a otros sistemas de portar dichas tarjetas. - Que se tomen medidas para evitar que estas prácticas continúe afectando a otros pasajeros en situaciones similares. Agradezco su pronta gestión de esta reclamación y quedo a la espera de su respuesta. En caso de no recibir una solución satisfactoria. Atentamente, Emilio
Reclamación por equipaje dañado – Vueling – Vuelo VY7332 – PIR RAKVY13172
os/as señores/as de Vueling: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de BARCELONA al de MARRAKECH, con salida a las 06:05 del día 25 de OCTUBRE de 2025, en el vuelo VY7332 con localizador [CKNDFD, XLSH4D y IJ7NSZ]. Son todas las reservas de los viajeros que viajábamos conjuntamente En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en 1 maleta azul, 1 maleta azul y gris (dañada al llegar), 1 maleta negra (dañada al llegar), 1 maleta del barça (azul y roja), 1 maleta negra (Autodesk), 1 maleta azul y gris. A mi llegada al aeropuerto de destino, comprobé que el equipaje presentaba daños. Los desperfectos consisten en: 2 ruedas rotas en una de las maletas y un soporte de apoyo en la otra maleta. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación y quedó registrada mediante el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR) con referencia RAKVY13172, en fecha 25/10/2025. Importante: He intentado tramitar la incidencia a través de su web sin éxito, y también por teléfono pero sin tener éxito, y por eso remito esta reclamación por correo electrónico. Así mismo incluyo las copias de todos las etiquetas de los equipajes que viajábamos conjuntamente, para intentar solucionar y ustedes puedan aclarar donde estaba el problema para que no pudiera reclamar ni por la web ni por el teléfono Adjunto copia del PIR y del billete/tarjeta de embarque. Asimismo, aporto la siguiente documentación: – Fotografías de los daños. SOLICITO el abono de 200 EUROS en concepto de indemnización por los daños sufridos y debidamente justificados, de acuerdo con el Convenio de Montreal. Sin otro particular, atentamente, Jose Manuel Lodeiro Arias
Reembolso
hace dos años alquile un coche con Record Go. Estando en un parking otro coche me dio un golpe, siendo la culpa de quien me dio el golpe. Me pongo en contacto con su seguro en Castellon y su seguro les pago el modulo de daños a Record Go. Aun asi record Go me cobro a mi 300 euros por los daños, y me dijo que cuando recibia el dinero de la parte asegurada me las devolveria. Pero desde entonces no he recibido nada. Solicito vuestra ayuda para que me devuelvan los 300 euros.
COBRO INDEBIDO DEL EQUIPAJE DE MANO
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque el dia 11 de septiembre mi prima y yo, nos dirijimos a realizar un viaje en su compañia hacia Marrackech. Teniamos la tarifa que incluia la maleta de mano con unas dimensiones especificas, siendo estas compatibles con las de nuestras mochilas. A nuestra sorpresa al llegar al embarque, nos hacen meter las maletas en el hueco estandar que ustedes proporcionan para valorar las medidas de las maletas. Las mochilas entraban perfectamente en esas medidas, pero el usuario de ryanair que se encontraba en la puerta de embarque decia que no, que una de ellas no entraba, que los laterales de metal de la estanteria modelo no estaban en linea recta (lo cual , desmiento esta afirmacion). Quedaban 5 minutos para que la puerta de embarque cerrara, y la mayoria de personas que quedabamos fuera, estabamos en la misma situación. Por tanto, los empleados jugaron con el miedo de dejarnos en tierra si no abonabamos 50 euros por una de las maletas, ya que era necesario facturarla. Debido a la insistencia de los empleados, pagamos la mochila, que segun ellos no cumplia las medidas, de la cual adjunto el extracto bancario. Al subir al avión , la maleta entreba perfectamente en el hueco para ellas, incluso sobraba muchisimo espacio. Informar que segun la STC 787/2022, se declaró que estas practicas son abusivas y por tanto ilegales. SOLICITO la devolución de nuestro dinero. Sin otro particular, atentamente.
Solicitud del documento oficial de la multa
Hola, Me pongo en contacto con vosotros porque he recibido una notificación de multa relacionada con mi alquiler, pero aún no me habéis enviado el documento oficial de la sanción. Antes de hacer el pago, me gustaría revisar el documento original emitido por la autoridad correspondiente (donde aparezcan los datos de la infracción, la fecha y el importe). Muchas gracias por vuestra ayuda y quedo pendiente de vuestra respuesta. Un saludo, Eloi
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