Últimas reclamaciones

B. C.
01/11/2025

Daño en scooter persona sin movilidad y maleta: Asumen responsabilidad pero después no dan respuesta

Asunto: Reclamación a EgyptAir – Daños en scooter de movilidad y maleta rota (Casos SSHMS15819 / INS REF 30/2025) Estimados señores, Me dirijo a ustedes en relación con la reclamación presentada el 2 y el 6 de julio de 2025 ante EgyptAir por los daños ocasionados en el scooter de movilidad de mi padre (persona con discapacidad) y por la rotura de una maleta durante dos vuelos distintos de la compañía. Los incidentes fueron verificados y registrados por el personal de EgyptAir en el aeropuerto de Sharm el Sheikh, generándose la referencia SSHMS15819 / INS REF 30/2025. Entre el 28 de junio y el 8 de julio de 2025, los doce miembros de nuestra familia realizamos cinco vuelos con EgyptAir. Lamentablemente, esta experiencia, que debía haber sido un viaje familiar satisfactorio, ha derivado en una situación grave de desatención y perjuicio, deteriorando profundamente la confianza y la imagen que teníamos de la compañía. Desde el inicio hemos aportado toda la documentación requerida —fotografías de los daños, copias de etiquetas y billetes, informes y facturas de las reparaciones del scooter, así como la referencia del modelo de maleta dañada (SKPAT)—. Sin embargo, a pesar de que EgyptAir reconoció los daños y aprobó la compensación económica (ref. 30/2025), han pasado ya cinco meses sin que se haya efectuado el pago ni se haya ofrecido una solución real. Se trata de un caso especialmente delicado, al afectar al medio de movilidad de una persona con discapacidad, que lleva cinco meses sin su scooter en condiciones operativas debido a los daños producidos por EgyptAir. Además, hemos tenido que acudir en dos ocasiones distintas a talleres especializados para intentar reparar el equipo, sin recibir nunca orientación o asistencia por parte de la aerolínea sobre cómo proceder ni a qué servicio acudir. A día de hoy, existen dos facturas de reparación pendientes de pago, y el scooter continúa sin poder utilizarse plenamente, ya que ninguno de los talleres ha logrado reparar por completo las roturas causadas durante los vuelos. 1. Origen de los incidentes Primer incidente: Fecha: 2 de julio de 2025 Vuelo: MS150 Aswan – Cairo Daños reportados: rotura de mangos, frenos, luces traseras y dirección del scooter de movilidad. Actuación: envío inmediato de correo a mybaggage@egyptair.com con fotografías y descripción de los daños. Segundo incidente: Fecha: 6 de julio de 2025 Vuelo: Cairo – Sharm el Sheikh Daños reportados: agravamiento del estado del scooter y rotura de una maleta (parte inferior y laterales). Actuación: reclamación presentada presencialmente en la oficina de EgyptAir en el aeropuerto de Sharm el Sheikh, donde el personal verificó y registró oficialmente el caso (SSHMS15819). 2. Cronología de la reclamación 2–6 julio 2025: Se inician las reclamaciones mediante correo electrónico y posteriormente de forma presencial en el aeropuerto, aportando fotos y descripción de los daños. Se abre el expediente SSHMS15819, y EgyptAir reconoce la incidencia. 8–14 julio 2025: EgyptAir comunica por correo que el caso ha sido trasladado a la aseguradora (INS REF 30/2025). Agosto 2025: Se envían informes y facturas de la primera reparación (Decathlon), que resultó incompleta por falta de piezas. Ante la falta de respuesta, se realiza una segunda reparación parcial en otro taller, generándose una segunda factura. En ningún momento EgyptAir ofreció orientación ni colaboración. Se solicita también la reposición de la maleta rota (modelo SKPAT). 20 agosto 2025: EgyptAir confirma por correo que la compensación ha sido aprobada y que el pago fue remitido a la oficina financiera de Madrid, desde donde “contactarían pronto” para la entrega. 20 septiembre – 1 octubre 2025: Tras un mes sin respuesta, se reitera la reclamación, denunciando la falta de contacto, seguimiento o pago, y la persistencia de los daños sin reparar. 3. Situación actual A fecha de 1 de noviembre de 2025, han pasado cinco meses desde los incidentes, y pese a haber enviado once correos electrónicos y realizado múltiples llamadas, ni el scooter ha sido reparado ni la maleta sustituida, ni se ha recibido la compensación aprobada. Esta situación vulnera los derechos de los pasajeros y de las personas con discapacidad, y refleja una grave falta de diligencia y sensibilidad por parte de EgyptAir, al no atender ni compensar debidamente los daños que ellos mismos reconocieron. 4. Solicitud Por todo lo expuesto, solicito formalmente que, a través de la OCU, se inste a EgyptAir a: Abonar de inmediato la compensación económica aprobada (ref. 30/2025), incluyendo las dos facturas de reparación del scooter de movilidad y la maleta dañada (modelo SKPAT). Garantizar la reparación completa o sustitución del scooter, en un centro especializado y adecuado a su uso por personas con discapacidad. Emitir una disculpa formal por los perjuicios ocasionados y por la falta de atención mantenida durante cinco meses. Atentamente, Bárbara Crespi (hija de Carlos Crespi Pérez, afectado por los daños)

Cerrado
C. B.
03/04/2025

RETRASO DE MAS DE 3 HORAS EN EL VUELO

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de [LUXOR] al de [SEVILLA], que tenía su salida a las 22:55 horas del día22/12/2024 del mes de Diciembre de 2024 por lo que la llegada normal a Sevilla debería haber tenido lugar a las 13:10 horas del día 23/12/2024. Adjunto los siguientes documentos: 1- Reserva en Mytrip donde figuran los vuelos que tenia que cojer para llegar a Sevilla. 2- Factura de Mytrip con los vuelos iniciales. 3- Factura del billete NUEVO que tuve que comprar de el Cairo a Madrid. 4- factura del AVE MADRID-SEVILLA. 5.- Justificante del retraso del vuelo. El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. Asimismo, no se dio la asistencia gratuita a la que se tiene derecho y tuve que pagar los gastos de los cuales adjunto factura del billete nuevo que tuve que comprar para llegar a Madrid y de Madrid a Sevilla. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea más los gastos abonados motivados por el retraso. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea

Cerrado
E. C.
26/11/2024

Problema con reembolso

Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Barcelona - El Cairo al de New Delhi (india), con fecha salida a las 27/07/2024. En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en 1 mochila y una maleta. Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje no apareció por la cinta correspondiente, recibiéndolo 6 días después. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR). Aporto el documento PIR y el billete. Ante el retraso en la entrega del equipaje facturado, me vi obligada a realizar los siguientes gastos, compra de ropa interior, pantalón y camiseta para los días de cancelación. Cuyo importe total ascendió a la suma de 230€ (20.147,80 rupias). Aporto la justificación documental de dichos gastos copia de facturas, ticket .. SOLICITO la cantidad de 230 euros* como indemnización por los daños producidos por retraso en la entrega del equipaje facturado. Sin otro particular, atentamente. * En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.

Resuelto Gestionada por nuestros expertos
S. E.
17/09/2024

Retraso en la llegada de vuelo

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de [Barcelona Airport] al de [Dar Es Salaam Julius Nyerer], que tenía su salida a las [16:40] horas del día [05] del mes de [Septiembre] de [2024] por lo que la llegada normal a [Dar Es Salaam Julius Nyerer] debería haber tenido lugar a las [04:20] horas del día [06 Sep 2024]. Adjunto los siguientes documentos: [Reservas de vuelos] Nº de pasajeros: [3] El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea

Cerrado
A. D.
13/08/2024

Maleta perdida

Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Nairobi, y escala en El Cairo, destino a Madrid Barajas - Adolfo Suárez, con fecha salida de El Cairo a las 10:25 horas del día 9 del mes de Agosto de 2024. En el aeropuerto de salida (Nairobi) facturé el equipaje, consistente en una maleta grande, rígida y de color azur oscuro y con un lazo rosa en una de las asas. El equipaje no llegó a destino y antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR). Ante la pérdida del equipaje facturado, solicito el abono de 1.600 euros en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados que consistieron en reponer toda la ropa de marca que había en la maleta, toallas, mosquitera, zapatos, productos de belleza y regalos. Adjunto los siguientes documentos: Billete de avión, Localizador de maleta, Parte de Irregularidades (PIR) SOLICITO la cantidad de1.609 euros* en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… * En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.

Cerrado

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