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Problema reembolso
Estimados/as señores/as: Me dirijo a ustedes en relación al cobro efectuado en mi tarjeta de debito por importe de 588,77€ que fue cobrado el día 5 de octubre de 2026 de manera indebida. Ya que les envié un correo a atencion.clientes@axa.es el día 28 de septiembre de 2026 comunicándoles la decisión de no renovar con ustedes mi póliza del seguro de la motocicleta nº 88484543. Comunicándoles también telefónicamente ese mismo día la decisión de no renovar a la línea de atención al cliente. Decisión que fue tomada tras conocer la subida del precio de mi seguro de 405,19€ a 588,77€ (un aumento del 45,31%). Modificación del contrato que no fue comunicada en tiempo ni forma y por la que se me exime de realizar una comunicación previa en los dos meses anteriores al vencimiento de la póliza en caso de querer desistir en la relación contractual. Es por ello que les SOLICITO que sean devueltos lo antes posible los 588,77€ cobrados indebidamente. Sin otro particular, atentamente.
Asunto: Más de dos años sin acceso a mi cuenta bancaria tras la migración de TARGOBANK a ABANCA
**Asunto: Más de dos años sin acceso a mi cuenta bancaria tras la migración de TARGOBANK a ABANCA** Soy cliente de TARGOBANK España desde 2020. Tras la migración a ABANCA en junio de 2024, perdí completamente el acceso a mis servicios de banca electrónica. Desde entonces, llevo más de dos años intentando recuperar mis credenciales sin obtener ninguna solución efectiva. ABANCA sigue enviándome mis extractos bancarios, pero no me permite acceder a mi cuenta por internet. Soy ciudadano francés, resido en Francia y no hablo español. A pesar de haber explicado reiteradamente esta circunstancia, los distintos departamentos de ABANCA me remiten sistemáticamente a servicios telefónicos en español. He contactado con atención al cliente, banca telefónica, mi oficina y otros departamentos de la entidad. El 18 de octubre de 2026 he vuelto a solicitar formalmente la intervención de mi oficina bancaria, de la representación de ABANCA en París y de su Servicio de Atención al Cliente. Además, al intentar presentar una reclamación mediante el formulario electrónico oficial de ABANCA, el sistema ha mostrado un error técnico, impidiendo completar la solicitud. **SOLICITO:** La intervención de un responsable de ABANCA que se haga cargo de mi expediente, compruebe mis datos y me proporcione un procedimiento seguro para recuperar mis credenciales de banca electrónica desde Francia. Solicito asimismo una respuesta por escrito y la asignación de un interlocutor francófono. Después de más de dos años, considero inaceptable que una entidad bancaria no haya podido resolver una incidencia de acceso a los servicios digitales de un cliente que continúa recibiendo sus extractos bancarios. Espero una solución concreta y definitiva.
Préstamo de 300 € no consentido tras una simulación – MoneyMan
RECLAMACIÓN POR POSIBLE CONTRATACIÓN DE PRÉSTAMO SIN CONSENTIMIENTO EXPRESO A la atención de IDFinance Spain, S.A.U. (MoneyMan): ANTECEDENTES El 9 de octubre de 2026 accedí a una plataforma de comparación de financiación para realizar una simulación y conocer las condiciones de un posible préstamo. Durante el proceso introduje mis datos personales y bancarios, pero no confirmé ni autoricé expresamente la formalización de un préstamo con MoneyMan. Sin embargo, ese mismo día, a las 16:02 horas, recibí una transferencia inmediata de 300,00 € procedente de IDFinance Spain, S.A.U. También recibí un SMS informando que el dinero estaba de camino y que supuestamente se habían enviado las condiciones del préstamo. RECLAMACIONES Y COMUNICACIONES PREVIAS El 12 de octubre de 2026 presenté una reclamación directamente a MoneyMan, impugnando la contratación y solicitando el contrato, las pruebas de consentimiento y las instrucciones para devolver el importe recibido sin reconocer la existencia de una obligación contractual. El 13 de octubre MoneyMan respondió que en sus registros figuraba un préstamo activo de 300,00 €, supuestamente tramitado mediante un comparador externo denominado The Way Media. La empresa sostuvo que la aceptación de las condiciones de ese comparador autorizaba la tramitación de solicitudes con diferentes entidades financieras y que su sistema podía formalizar el préstamo. Sin embargo, no acreditó que hubiera aceptado expresamente un contrato de préstamo con MoneyMan ni sus condiciones económicas concretas. Asimismo, confirmó que mi impugnación había sido remitida a su departamento especializado de Reclamaciones, con referencia MM-2196752. Posteriormente, el 16 de octubre, recibí otra comunicación indicando que procederían al cierre de mi consulta por falta de respuesta, pese a que seguía pendiente una resolución documentada de mi reclamación. MOTIVO DE LA RECLAMACIÓN No reconozco haber prestado consentimiento válido para contratar el supuesto préstamo. Considero necesario distinguir entre facilitar datos personales y bancarios para consultar alternativas de financiación, autorizar la tramitación de solicitudes y aceptar expresamente un contrato de crédito con condiciones económicas concretas. Por ello, impugno la contratación y solicito que MoneyMan acredite la existencia de consentimiento válido. SOLICITO: 1. Copia íntegra del supuesto contrato y de la información precontractual, incluyendo TIN, TAE, intereses, comisiones, importe total a devolver y vencimiento. 2. Pruebas verificables de la supuesta aceptación electrónica, incluyendo fecha, hora, procedimiento de confirmación y registros correspondientes. 3. Identificación del procedimiento utilizado por The Way Media y de los términos y condiciones supuestamente aceptados, acreditando qué información se mostró antes de la presunta contratación. 4. Que, si no puede acreditarse consentimiento válido, se deje sin efecto la operación, sin exigir intereses, comisiones, penalizaciones ni cargos indebidos. 5. Que se facilite un procedimiento oficial, seguro y documentado para restituir los 300,00 € recibidos, sin que ello implique reconocer la existencia de un contrato válido. 6. Que no se realicen cargos no autorizados ni comunicaciones de deudas controvertidas a ficheros de morosidad sin cumplir los requisitos legales. 7. Que se confirme el estado de la reclamación MM-2196752 y se facilite una respuesta definitiva, aclarando si el aviso de cierre del 16 de octubre afectaba únicamente a una consulta de atención al cliente. Reitero que en mi comunicación del 12 de octubre también manifesté, subsidiariamente y sin reconocer la validez del supuesto contrato, mi voluntad de ejercer el derecho de desistimiento legalmente previsto, si resulta aplicable. Esta reclamación no constituye reconocimiento de deuda ni aceptación de las condiciones económicas del supuesto préstamo. Solicito respuesta formal por escrito y una solución definitiva a la mayor brevedad posible.
Incumplimiento de acuerdo
El pasado 20 de agosto firmé un acuerdo extrajudicial para que se me abonasen intereses indebidos por valor de 264,11 euros. En el plazo de 30 días deberían haber sido abonados cosa que no solo no ha sido así sino que no responden a ninguno de mis emails. Se excusan en que si envías un mail a reclamaciones tienen 30 días para contestarte, pues bien he esperado los 30 días (que me parece que eso no es ni legal) y tampoco me han respondido. Encima en agosto intentaron cargarme a mi cuenta 200 euros de la deuda que ya estaba saldada por medio de ese acuerdo, cosas que afortunadamente no llego a término, y tampoco me dieron explicaciones. A día de hoy sigo sin recibir el dinero del acuerdo.
MoneyMan (ID Finance) incumple un acuerdo firmado y no devuelve el dinero pactado
El pasado mes de julio presenté una reclamación extrajudicial a ID Finance Spain, S.A.U. (MoneyMan) en relación con siete préstamos. La empresa aceptó mi reclamación y se comprometió por escrito a cancelar dichos préstamos y devolverme 273,61 €, correspondientes a las cantidades abonadas que excedían el capital prestado. Acepté las condiciones y el acuerdo quedó firmado por ambas partes. Recibí el documento firmado por la empresa el 26 de agosto de 2026. Sin embargo, a fecha de hoy, 16 de octubre de 2026, todavía no he recibido el dinero comprometido. He contactado con la empresa por correo electrónico en varias ocasiones, los días 1, 5 y 7 de octubre, e incluso envié un requerimiento dando un plazo de cinco días para efectuar el pago. No he recibido respuesta ni el ingreso correspondiente. Me parece inadmisible que una entidad llegue a un acuerdo por escrito con un consumidor y después no cumpla con su compromiso, dejando al cliente sin el dinero y obligándolo a invertir todavía más tiempo y esfuerzo para reclamar lo que ya se le ha reconocido. Además, el acuerdo contiene una cláusula que prevé consecuencias económicas para el consumidor en determinadas circunstancias, lo que hace aún más preocupante esta situación: la empresa exige unas condiciones al cliente, pero, mientras tanto, no cumple con su propia obligación de pago. Publico esta reclamación para dejar constancia de lo sucedido y solicitar que ID Finance Spain, S.A.U. cumpla el acuerdo firmado y abone los 273,61 € pendientes. Considero que firmar un acuerdo debe implicar un compromiso real para ambas partes, no solo para el consumidor. Espero una respuesta y, sobre todo, el cumplimiento efectivo de lo pactado.
Interés abusivo en contrato de micro préstamo
"Contrato de micropréstamo n.º 2832718 / Crédito n.º 2857787 con TRIVE CREDIT SPAIN S.L. (myKredit). Capital prestado: 1.100 €. TAE aplicada: 4.657%. Tipo de interés: 1,30% diario. La entidad rechaza la nulidad alegando estadísticas de AEMIP. Solicito la nulidad del contrato por usura conforme a la Ley Azcárate de 1908 y que la deuda quede limitada al capital prestado de 1.100 €, descontando los 500 € ya abonados, quedando un saldo pendiente de 600 €."
CONTRATO
Se contrató un seguro de hogar con SantaLucia en Marzo del 2026 beneficiándonos del los días azules de Santalucia vigentes en la fecha de contratación de dicho seguro. Por un error de la comercial que nos hizo la contratación del seguro en la oficina de Calahorra La Rioja, así mismo admitido por ella , no adjuntó el código de descuento , es por ello que nos hemos quedado sin la bonificación. He llamado varias veces a la central de reclamaciones de Santalucia y se queda la llamado en qué ya se pondrán en contacto conmigo , de esto hace 2 meses . En la oficina de contratación del seguro en Calahorra La Rioja , me dicen que un error lo tiene cualquiera y la solución que me dan es que si renuevo póliza con ellos al año que es cuando vence mismo seguro, intentaran hacer un reajuste en el precio de la póliza , siempre y cuando la coja un seguro con las mismas coberturas ( unas de las mas altas ). No entiendo ni quiero entender por qué tengo que asumir un error ajeno a mi y poder subsanarlo con una condición impuesta. Gracias
Suspensión injustificada de cuenta tras superar evaluación
Reclamación contra Noctorial por suspensión injustificada de cuenta tras superar evaluación de trading Contraté con Noctorial una evaluación de trading de una sola fase, con un coste aproximado de 500 €, cuyo objetivo era superar determinados requisitos de rentabilidad y gestión del riesgo para acceder posteriormente a una cuenta fondeada. Tras meses de esfuerzo, operaciones y tiempo invertido, conseguí superar la evaluación. Sin embargo, cuando correspondía acceder a la cuenta fondeada, Noctorial decidió suspender mi cuenta 105082 alegando una supuesta irregularidad en la agrupación de operaciones, pese a que considero que mi operativa se ajustaba a las normas publicadas. La normativa de Noctorial establece expresamente que una idea de trading puede estar formada por una o varias posiciones abiertas sobre el mismo instrumento y dirección dentro de un intervalo de 15 minutos. También establece un riesgo máximo del 3% por idea de trading. Precisamente, mi operativa consistía en realizar varias entradas parciales sobre el oro (XAUUSD), una práctica contemplada en dicha normativa. Noctorial justifica la suspensión alegando que detectó 44 situaciones de agrupación de operaciones y un patrón recurrente de entradas del mismo volumen y dirección. Sin embargo, no me ha identificado ninguna agrupación concreta que superase el límite de riesgo del 3%, ni ha demostrado mediante cálculos qué regla numérica de consistencia habría incumplido. Tras presentar varias reclamaciones directamente a la empresa, sus respuestas se han limitado a justificar la decisión mediante conceptos como «estructura operativa», «consistencia», «exposición agregada» o «replicabilidad», sin señalar de forma suficientemente precisa qué prohibición contractual concreta habría vulnerado. Considero especialmente grave que una empresa permita completar una evaluación, alcanzar los objetivos establecidos y posteriormente deniegue el acceso a la cuenta prometida mediante criterios interpretativos cuya aplicación no estaba suficientemente clara al contratar el servicio. Además, Noctorial ha rechazado tanto la posibilidad de repetir la evaluación sin coste como la devolución del importe abonado. No estoy reclamando por haber perdido dinero operando ni por haber incumplido conscientemente una regla. Reclamo porque considero que he cumplido los requisitos publicados y, aun así, se me ha privado del resultado contractual esperado sin una justificación suficientemente concreta y verificable. Solución solicitada Solicito la intervención de la OCU para que se examine si la actuación de Noctorial se ajusta a las condiciones contractuales y a la normativa de protección de consumidores que resulte aplicable. Concretamente, solicito que se requiera a la empresa para que: 1. Reconsidere la suspensión y permita el acceso a la cuenta fondeada correspondiente a la evaluación superada. 2. Subsidiariamente, devuelva íntegramente el importe abonado por la evaluación. 3. Como alternativa, permita repetir la evaluación sin coste adicional, aclarando previamente y por escrito las condiciones exactas de la operativa permitida. Dispongo de las comunicaciones mantenidas con Noctorial, el informe de auditoría y la normativa publicada, que puedo aportar como documentación justificativa. Considero que los consumidores deben poder conocer de antemano las condiciones que determinan si superan o no un servicio de evaluación, sin quedar expuestos a interpretaciones posteriores que puedan privarles del resultado después de haber cumplido los objetivos exigidos.
Incumplimiento de opción de compra por 1€ tras 30 meses - Grover
Con fecha 6 de mayo de 2024 inicié un plan de alquiler con Grover. Cabe destacar que la empresa jamás me facilitó ningún documento contractual por escrito ni por correo electrónico. Mi única constancia de las condiciones es mi panel privado de usuario, donde figura de manera textual, inequívoca y vinculante la condición: "Compra de 1 € en 30 meses", la cual aporto como captura de pantalla. El pasado 6 de octubre de 2026 pagué la cuota número 29, por lo que mis 30 meses de contrato finalizan de forma real el próximo 6 de noviembre de 2026. Me he puesto en contacto con ellos a través de correo electrónico y han intentado engañarme para que pague más meses de alquiler de forma indefinida. Alegan de manera capciosa que los 30 meses son "adicionales" a los que ya llevaba pagados, una condición falsa que no figura en ninguna parte de su plataforma y que contradice la oferta mostrada. Tras rebatirles su postura, han procedido a cerrar el expediente de forma unilateral. Solicito que se inste a la empresa a cumplir con la oferta vinculante de su plataforma, aplicando la opción de compra de 1,00 € el próximo 6 de noviembre y dando por finalizado mi plan, absteniéndose de girar más mensualidades de alquiler a partir de esa fecha.
Reclamación por denegación de reparación de tubería de agua caliente sanitaria
Solicito que se revise la denegación de cobertura de la rotura de una tubería de agua caliente sanitaria que sale de la caldera de mi casa unifamiliar. La tubería discurre pegada a una pared exterior, pero dentro del espacio de mi vivienda en el Parking ... y da servicio exclusivamente a mi casa. Por este motivo, no considero suficiente calificarla como «exterior» únicamentepor que es vista. Solicito que se me indique la cláusula exacta de mi póliza Hogar Completo que justifica esa clasificación y que se explique por qué no se considera una conducción privativa de la vivienda. Asimismo, solicito que se revise si existe cobertura para la reparación y, subsidiariamente, si puedo utilizar el servicio de Manitas y mantenimiento contratado. Ruego que la respuesta sea por escrito y haga referencia a las condiciones generales y particulares aplicables a mi contrato. Atentamente.
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