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Cobro Indebido de Equipaje
Buenas tardes El pasado 15/10 volé desde Milán a Reikiavic. En la reserva incluí una maleta de mano y, pese a haber pagado, mi sorpresa fue que en la terminal 2 me hicieron volver a pagar en un stand situado previo al control de equipajes ya que en esa terminal solo salen vuelos de esta compañía y, por tanto, tienen todo monopolizado.
Problema con el reembolso
Estimados señores de la OCU, Me pongo en contacto con ustedes para solicitar su asistencia en una reclamación frente a Air Europa derivada de la demora en la entrega de mi equipaje facturado y la posterior negativa de la compañía a reembolsar los gastos de primera necesidad ocasionados por dicha demora. Les resumo brevemente los hechos: • Fecha del vuelo: 6 de octubre de 2025 • Vuelo: Air Europa UX1675 Madrid–Zúrich • Localizador de reserva: 7EWGEN • PIR: ZRHUX10212 • Equipaje entregado finalmente en Madrid el 9 de octubre, tras haber sido localizado en Tenerife. Durante los días en que estuve sin equipaje, me vi obligado a adquirir prendas básicas (ropa interior, camiseta y chubasquero), cuyos recibos he remitido a la aerolínea. Sin embargo, Air Europa ha rechazado el reembolso alegando que resido en el destino, argumento que considero injustificado y contrario al Convenio de Montreal, que reconoce el derecho a compensación por los perjuicios de demora independientemente de la residencia. He intentado resolver el asunto directamente con la compañía y también he abierto reclamación ante AESA (ref. ADR02/00137611), sin obtener respuesta satisfactoria. Solicito su ayuda para que Air Europa reconozca el derecho al reembolso de los gastos razonables y documentados derivados de la demora, y para que se garantice un trato adecuado al consumidor. Adjunto toda la documentación acreditativa. Quedo a disposición para facilitar cualquier información adicional que sea necesaria. Muchas gracias por su atención. Atentamente, Javier García Vela Tel.: +41 794464311 Email: javiergarciavela@hotmail.com DNI: 06280278J
Pérdida de equipaje
Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de GRAN CANARIA al de GRANADA, con fecha salida a las 10:15 horas del día 27 del mes de octubre de 2025. En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una maleta azul de la marca American tourister. El equipaje no llegó a destino y antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR). Ante la pérdida del equipaje facturado, solicito el abono de 191,40 euros en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados que consistieron en rotura de la maleta y gastos realizados por productos de primera necesidad que hubo que abonar ante la pérdida del equipaje. Adjunto los siguientes documentos: 1. Tarjeta de embarque 2. PIR 3. Facturas de compras: transportes usados, compra de productos de primera necesidad. SOLICITO la cantidad de 191,40 eurosen concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados. Sin otro particular, atentamente. * En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.
Daño en scooter persona sin movilidad y maleta: Asumen responsabilidad pero después no dan respuesta
Asunto: Reclamación a EgyptAir – Daños en scooter de movilidad y maleta rota (Casos SSHMS15819 / INS REF 30/2025) Estimados señores, Me dirijo a ustedes en relación con la reclamación presentada el 2 y el 6 de julio de 2025 ante EgyptAir por los daños ocasionados en el scooter de movilidad de mi padre (persona con discapacidad) y por la rotura de una maleta durante dos vuelos distintos de la compañía. Los incidentes fueron verificados y registrados por el personal de EgyptAir en el aeropuerto de Sharm el Sheikh, generándose la referencia SSHMS15819 / INS REF 30/2025. Entre el 28 de junio y el 8 de julio de 2025, los doce miembros de nuestra familia realizamos cinco vuelos con EgyptAir. Lamentablemente, esta experiencia, que debía haber sido un viaje familiar satisfactorio, ha derivado en una situación grave de desatención y perjuicio, deteriorando profundamente la confianza y la imagen que teníamos de la compañía. Desde el inicio hemos aportado toda la documentación requerida —fotografías de los daños, copias de etiquetas y billetes, informes y facturas de las reparaciones del scooter, así como la referencia del modelo de maleta dañada (SKPAT)—. Sin embargo, a pesar de que EgyptAir reconoció los daños y aprobó la compensación económica (ref. 30/2025), han pasado ya cinco meses sin que se haya efectuado el pago ni se haya ofrecido una solución real. Se trata de un caso especialmente delicado, al afectar al medio de movilidad de una persona con discapacidad, que lleva cinco meses sin su scooter en condiciones operativas debido a los daños producidos por EgyptAir. Además, hemos tenido que acudir en dos ocasiones distintas a talleres especializados para intentar reparar el equipo, sin recibir nunca orientación o asistencia por parte de la aerolínea sobre cómo proceder ni a qué servicio acudir. A día de hoy, existen dos facturas de reparación pendientes de pago, y el scooter continúa sin poder utilizarse plenamente, ya que ninguno de los talleres ha logrado reparar por completo las roturas causadas durante los vuelos. 1. Origen de los incidentes Primer incidente: Fecha: 2 de julio de 2025 Vuelo: MS150 Aswan – Cairo Daños reportados: rotura de mangos, frenos, luces traseras y dirección del scooter de movilidad. Actuación: envío inmediato de correo a mybaggage@egyptair.com con fotografías y descripción de los daños. Segundo incidente: Fecha: 6 de julio de 2025 Vuelo: Cairo – Sharm el Sheikh Daños reportados: agravamiento del estado del scooter y rotura de una maleta (parte inferior y laterales). Actuación: reclamación presentada presencialmente en la oficina de EgyptAir en el aeropuerto de Sharm el Sheikh, donde el personal verificó y registró oficialmente el caso (SSHMS15819). 2. Cronología de la reclamación 2–6 julio 2025: Se inician las reclamaciones mediante correo electrónico y posteriormente de forma presencial en el aeropuerto, aportando fotos y descripción de los daños. Se abre el expediente SSHMS15819, y EgyptAir reconoce la incidencia. 8–14 julio 2025: EgyptAir comunica por correo que el caso ha sido trasladado a la aseguradora (INS REF 30/2025). Agosto 2025: Se envían informes y facturas de la primera reparación (Decathlon), que resultó incompleta por falta de piezas. Ante la falta de respuesta, se realiza una segunda reparación parcial en otro taller, generándose una segunda factura. En ningún momento EgyptAir ofreció orientación ni colaboración. Se solicita también la reposición de la maleta rota (modelo SKPAT). 20 agosto 2025: EgyptAir confirma por correo que la compensación ha sido aprobada y que el pago fue remitido a la oficina financiera de Madrid, desde donde “contactarían pronto” para la entrega. 20 septiembre – 1 octubre 2025: Tras un mes sin respuesta, se reitera la reclamación, denunciando la falta de contacto, seguimiento o pago, y la persistencia de los daños sin reparar. 3. Situación actual A fecha de 1 de noviembre de 2025, han pasado cinco meses desde los incidentes, y pese a haber enviado once correos electrónicos y realizado múltiples llamadas, ni el scooter ha sido reparado ni la maleta sustituida, ni se ha recibido la compensación aprobada. Esta situación vulnera los derechos de los pasajeros y de las personas con discapacidad, y refleja una grave falta de diligencia y sensibilidad por parte de EgyptAir, al no atender ni compensar debidamente los daños que ellos mismos reconocieron. 4. Solicitud Por todo lo expuesto, solicito formalmente que, a través de la OCU, se inste a EgyptAir a: Abonar de inmediato la compensación económica aprobada (ref. 30/2025), incluyendo las dos facturas de reparación del scooter de movilidad y la maleta dañada (modelo SKPAT). Garantizar la reparación completa o sustitución del scooter, en un centro especializado y adecuado a su uso por personas con discapacidad. Emitir una disculpa formal por los perjuicios ocasionados y por la falta de atención mantenida durante cinco meses. Atentamente, Bárbara Crespi (hija de Carlos Crespi Pérez, afectado por los daños)
mochila bajo asiento cobrada
Hola el dia 18 de octubre realice mi viaje de oviedo a londres directo con vueling con solo un bolso bajo asiento, que en mi caso una mochila que cabe perfecetamente debajo del asiento donde se dispuso en el vuelo y ningun empleado de vueling me cobro un adicional, en ese vuelo de ida oviedo londres, despues en el regreso el dia 20 de octubre personal de british ariways por decision de una de las empleadas y por su suposicion de que mi mochila no entraba debajo del asiento solo por un par de centimentros segun el medidor que tieneen la puerta de embarque, me hizo pagar 53.47 libras esterlinas, cuando ya volado en varias ocasiones con la misma mochila nunca se me cobro y perfectamente entra debajo del asiento ya que no se me cobro en el viaje de ida ,reclamo la devolucion del importe cobrado, he intentado reclamarlo directamente en la pagina de vueling pero no hay manera espero que dicha reclamacion llegue a buen puerto adjunto ticket de equipaje de mano supuestamente pagado en mi vuelo de regreso londres oviedo
Cobro del equipaje de mano 2 veces
Hola, realicé un vuelo de Madrid a Fuerteventura el año pasado con Ryanair, con los billetes pagué adicionalmente la maleta. El día del vuelo, y como no fue avisado por la compañía me dijeron que tenía que haber facturado la maleta y como no lo había hecho, me permitían dejarla en bodega pero por un precio de 45 €/cada una. Solicito la devolución de dicho importe (45€*2 que se cobró en el embarque) por que las maletas ya habían sido pagadas previamente, se ha cobrado 2 veces por el mismo concepto.
Mareos con el reembolso
Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Bilbao al de Vigo con fecha salida IB0430 de 12/06/2025 En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una maleta de 23 kg Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje no apareció por la cinta correspondiente, recibiéndolo 1 día después. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR). Aporto el documento PIR VGOIB45448 Ante el retraso en la entrega del equipaje facturado, me vi obligada a realizar los siguientes gastos ropa y zapatos cuyo importe total ascendió a la suma de 153,45 + 370 Ya he aportado la justificación documental de dichos gastos SOLICITO que cumplan con la propuesta de indemnización por los daños producidos por retraso en la entrega del equipaje facturado y no seguir mareandome con correos de respuesta a links que no funcionan y solicitando documentos ya enviados. Esa estrategia ya la conozco Sin otro particular, atentamente. Fabricio Zúñiga * En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.
Rechazan los deterioros en los equipajes
Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de (MRU-Plaine Magnien, Mauritius) al de (MAD-Madrid, Spain), con fecha salida a las 10:40 horas del día 21 del mes de julio de 2025 En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en 2 maletas: una pequeña de 70 x 49 x 25 cm y una más grande de 80 x 53 x 28 cm Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje llegó deteriorado consistiendo los desperfectos en: * Maleta Pequeña (PIR: MADE911870): BOTT/FRAME; BROKEN STRUCTURE (Rotura del armazón/estructura en la parte inferior). La hace inservible. * Maleta Grande (PIR: MADE911871): SIDE/DENTED; DENTED BAG ON THE SIDE (Abolladura importante en el costado). Inutiliza una parte significativa de su capacidad. Antes de abandonar el aeropuerto, presentamos la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de las incidencias en los dos Partes de Irregularidades del Equipaje (PIR) indicados en el punto anterior. Aporto copia de los PIRs y de las *tarjetas de embarque*. Y, aporto también los siguientes documentos: 1. PIR, tarjeta de embarque y fotos de la *maleta pequeña* que muestran los daños en la misma. 2. PIR, tarjeta de embarque y fotos de la *maleta grande* que muestran los daños en la misma. 3. Email rechazando la reclamación y nuestra respuesta. 4. Nuestro tortuoso camino de la reclamación. SOLICITO, el abono de 190€ + 260€ = 450€ euros en concepto de indemnización para reemplazar las maletas deterioradas Sin otro particular, atentamente.
DAÑO MALETA
A la atención del Departamento de Reclamaciones de la OCU: Por la presente, deseo formular una reclamación contra la compañía aérea Vueling por los daños sufridos en mi maleta tras un vuelo reciente. Los hechos son los siguientes: Al llegar al aeropuerto de Sevilla con un vuelo operado por Vueling, comprobé que mi maleta presentaba daños visibles y graves. Acudí inmediatamente al mostrador correspondiente para abrir el parte de irregularidad de equipaje (PIR), pero el personal de Vueling se negó a abrirlo, indicándome que no era necesario, a pesar de que insistimos en varias ocasiones en que debía realizarse el parte en ese momento. Posteriormente, abrí una reclamación a través de los canales oficiales de la compañía. Días más tarde, fui contactado telefónicamente por personal de Vueling, quienes me informaron de que, aunque no se hubiera abierto el PIR en el aeropuerto, los daños descritos correspondían con los que dan derecho a indemnización, y que el proceso podría tardar un poco más por ese motivo. Sin embargo, recientemente la compañía me ha comunicado que no me corresponde compensación alguna, contradiciendo la información inicial proporcionada por su propio personal. Considero que esta actuación supone una clara falta de diligencia y de buena fe por parte de Vueling, ya que la negativa del personal a abrir el PIR impidió que pudiera formalizar correctamente la reclamación en el momento de la incidencia. Además, la posterior contradicción en las comunicaciones agrava el perjuicio sufrido. Solicito la intervención de la OCU para que medie en este conflicto y exija a Vueling el cumplimiento de su responsabilidad por los daños ocasionados a mi equipaje, conforme al Convenio de Montreal y la normativa europea aplicable al transporte aéreo de pasajeros y equipajes. Adjunto la documentación acreditativa: Copia de la reclamación presentada a Vueling. Fotografías del estado de la maleta dañada. Comprobantes de vuelo y etiquetas de equipaje. Comunicaciones mantenidas con la aerolínea. Agradezco de antemano su atención y quedo a la espera de una respuesta favorable.
perdida de equipaje en el momento de facturacion
Hola, el dia 9 de septiembre vole hacia Entebee con la compañia Turkish airlines , el número de mi vuelo era TK854 hora de salida prevista a las 12.00. Cuando lleguemos al destino nos dimos cuenta que no se habian facturado todas las maletas y no se habia puesto etiqueta de facturación en la maleta perdida. Reclamemos por telefono al aeropuerto y nos comentaron que cuando llegaremos de viaje a Barcelona de nuevo que pidieramos la maleta perdida. No se encontro la maleta con la descripcion que dimos y nos comunico que seguramente no la recuperariamos debido que habia pasado más de 5 dias des de que se perdio. No pudimos conseguir el tiquet de la ropa que compremos. Comentemos a la compañia Turkish airlines lo que habia pasado y nos dijieron que ellos no se hacian responsables si no habia subido a la avión que era competencia del aeropuerto. Reclamamos que se nos indenizen por la perdida de la maleta y su contenido. Os adjunto el billete de vuelo.
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