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Resolución del contrato por incumplimiento y exigencia de reembolso
1. EXPOSICIÓN DE HECHOS El 21/06/2025 firmé un contrato para la confección de un vestido de novia. - La contratación se produjo expresamente porque: - La empresa me aseguró en fase precontractual, y nuevamente tras la firma, que el vestido podía confeccionarse con un escote estilo Bardot, adaptable con tiras móviles, cruzadas hacia la espalda. Esto fue condición determinante para contratar. 1.1. Incumplimiento inmediato de las condiciones aseguradas A los pocos días de firmar, llame para tener una cita con las modistas, a la cual asistí con mi madre (desplazada expresamente desde Cádiz). Las modistas no estaban presentes, incumpliendo lo pactado. Durante esa visita, se me comunicó que el diseño del escote NO podía realizarse, contradiciendo lo afirmado antes y después de la firma del contrato. 1.2. Falta de comunicación y imposibilidad de supervisión Tras el verano, intenté comunicarme sin éxito. En octubre, la empresa me informó de que: - No podía reunirme con las modistas, - El vestido ya estaba “en fabricación”, - No podría verlo hasta diciembre, -Y que no era posible revisar ni confirmar el diseño. Fabricar sin cerrar los detalles esenciales del diseño es una práctica inaceptable y contraria al deber de buena fe. 1.3. Contradicciones graves sobre la viabilidad del diseño El 20/11 comuniqué mi decisión de resolver el contrato ante la evidente falta de profesionalidad. En ese momento, la empresa cambió nuevamente de versión y afirmó que el diseño sí podía realizarse y que sí podría tener la cita con las modista inmediatamente. Estas variaciones no son menores: afectan directamente al elemento central del contrato. 2. SOBRE LA RESPUESTA DE LA EMPRESA DEL 26/11/2025 En su correo del 26/11 la empresa niega los hechos esenciales y se limita a decir que “el contrato sigue vigente” y que no hay incumplimiento. La empresa omite y niega hechos objetivos y comprobables, entre ellos: - Que aseguraron inicialmente que el diseño del escote era viable, tanto antes como después de la firma. - Que después afirmaron que ese diseño NO era realizable, modificando completamente su posición. - Que se pacto cita con modistas a la cual no acudieron y posteriormente me la negaron hasta que decidí solicitar la resolución del contrato. - Que solo cuando comuniqué mi intención de resolver el contrato cambiaron nuevamente la versión, y afirmaron que sí podían realizar el diseño original. Estas contradicciones sucesivas producen una pérdida total de confianza, razonable y jurídicamente relevante. 3. ANÁLISIS DEL CONTRATO: CLÁUSULAS ABUSIVAS E INCOHERENCIAS Tras analizar el contrato firmado, destaco varias cláusulas abusivas, nulas o contrarias al TRLGDCU, así como incoherencias relevantes que muestran una situación desequilibrada e incompatible con derechos esenciales de la consumidora. 3.1. Cláusula de NO devolución en ningún caso → ABUSIVA Y NULA (TRLGDCU arts. 82-86) El contrato establece: “BOUTIQUE DE NOVIAS no devolverá en ningún caso los importes entregados a cuenta por el cliente.” Esta cláusula es absolutamente nula, porque: - Penitencias o retenciones automáticas sin proporcionalidad están prohibidas (art. 85.6 TRLGDCU). - Excluye el derecho a resolución por incumplimiento (art. 1124 CC). Limita derechos básicos del consumidor (arts. 8 y 10 TRLGDCU). - Elimina cualquier consecuencia para el empresario aunque él incumpla. Es una cláusula manifiestamente abusiva. 3.2. Retención del dinero si la empresa decide unilateralmente resolver por falta de respuesta → ABUSIVA El contrato indica que si el consumidor no responde en 15 días, la empresa puede: - resolver el contrato unilateralmente, quedarse con el dinero, Y QUEDARSE EL VESTIDO. Esto vulnera TRLGDCU art. 82 y 85 por: - Desproporción total, - falta de reciprocidad, -Penalización excesiva, dejar al consumidor sin contraprestación. 3.3. Prohibición general de cancelaciones o devoluciones “por cualquier motivo” → ABUSIVA Se prohíben cancelaciones incluso: - si hay incumplimiento del empresario, - si no se realizan las modificaciones, - si el vestido no se ajusta al diseño acordado. Esto vulnera: - art. 1124 CC (resolución por incumplimiento), - art. 82-86 TRLGDCU (cláusulas que limitan derechos). 3.4. El contrato afirma que NO venden prendas a medida, pero el proceso es de confección y modificación → INCOHERENCIA GRAVE El contrato dice: “BOUTIQUE DE NOVIAS NO vende prendas a medida.” Pero simultáneamente se compromete a: - confeccionar, - ajustar, - modificar, - diseñar un vestido de novia con modificaciones esenciales. La realidad del servicio es claramente personalísima, lo que contradice el intento contractual de evitar responsabilidades. 3.5. La empresa se reserva el derecho a NO prestar el servicio de modista si hay una variación corporal de más de 2 cm → CLAÚSULA ABUSIVA Esta cláusula: - limita la responsabilidad del empresario, - pone en riesgo la prestación completa, - obliga igualmente al pago íntegro incluso sin prestar el servicio. - Vulnera el art. 86.7 TRLGDCU (cláusulas que facultan al empresario a no cumplir sin compensación al consumidor). 3.6. Penalización del 50% por no usar el servicio de modista → ABUSIVA Se penaliza incluso si el servicio no se ha prestado. Contraviene: - principio de proporcionalidad, - art. 85.6 TRLGDCU (indemnización desproporcionada), - art. 1258 CC (buena fe). 4. FUNDAMENTOS JURÍDICOS 4.1. Art. 1124 CC – Resolución por incumplimiento La empresa ha incumplido: - el diseño pactado, - la cita con modistas, - la información veraz, - la supervisión del proceso. 4.2. Art. 61 TRLGDCU – Vinculación de declaraciones precontractuales Las afirmaciones sobre viabilidad del diseño forman parte del contrato. 4.3. Art. 8, 60, 97 TRLGDCU – Derecho a información veraz Las contradicciones vulneran este derecho. 4.4. Arts. 82-86 TRLGDCU – Cláusulas abusivas Varias cláusulas del contrato son nulas por: - desequilibrio, - penalizaciones abusivas, - restricciones ilegítimas, - falta de reciprocidad contractual. 5. SOLICITO ANTE LA OCU - La declaración de existencia de incumplimiento esencial por parte de la empresa. - La resolución del contrato, por incumplimiento y por cláusulas abusivas. - La devolución íntegra de todas las cantidades abonadas. - La declaración de nulidad de las cláusulas restrictivas de derechos. - La intervención de los servicios de Consumo, incluida, si procede, actuación sancionadora. En su caso, la derivación al Sistema Arbitral de Consumo. Adjunto: - Mi requerimiento del 21/11 - Su respuesta del 26/11 - Copia del contrato 6. CONCLUSIÓN La empresa ha incurrido en: - incumplimiento contractual, - contradicciones reiteradas, - falta de transparencia, - cláusulas abusivas, - vulneración del derecho a información, - mala fe contractual, - y prácticas desequilibradas en perjuicio de la consumidora. Por ello solicito la intervención de la OCU y la restitución íntegra de mis derechos.
No me dan solución
Hola. Nos regalaron una caja para el rey león, en mayo 2024. Tiene validez de dos años. Pero canjee el código para el descuento en las entradas. Por problemas familiares no hemos podido usarlo. Este solo tiene validez un año que caducó en septiembre. Ahora, no me amplían la validez, ni me dan opción de cambiar por otra. Ni reembolso. Solo nos gustaría poder usar el descuento.
reclamación SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE GOTOGATE. Devolución del importe total de gastos generad
Estimados GOTOGATE, Me pongo en contacto con ustedes porque el día 20 de noviembre me vendieron un vuelo a New Delhi para 4 personas, incluyendo escalas. Y el servicio de visados a Reino Unido e India. Ustedes me indicaron antes de reservar que los visados estarían en 3 o 4 días. Además, su empresa de los visados SimpleVisa, concretamente Marko (Travelersuccess@simplevisa) me indicó lo siguiente: "...Estoy seguro de que sus solicitudes para la India serán aprobadas en tan solo unos días, antes de su fecha de llegada..." en un e-mail con fecha 25 de noviembre de 2025, a las 23:44 (hora Madrid). Ante esto, confié en ellos y dejé de buscar visados express. Por otro lado, en conversación telefónica el jueves 27 de noviembre de 2025, a las 21:30 hora española, el servicio de atención al Cliente GOTOGATE (teléfono de atención al cliente 911 868 828 ) me indicó que mis visados acaban de ser revisados y que en media hora los tendría. Este teléfono me lo proporcionó Raquel del equipo de Skyscanner. Ya que la empresa GOTOGATE era recomendada por la plataforma donde busqué los vuelos Skyscanner. No obstante, he pagado vuelos y visados a GOTOGATE. Indico que les he llamado y mandado e-mail infinidad de veces para que me solucionaran el problema o que me dieran una solución. Adjuntaré posteriormente, el extracto de las llamadas realizados al servicio de atención al cliente. En ningún momento me han solucionado nada. Nada de lo anterior ha sido real y han jugado con mis ilusiones y las de mi familia. Porque teníamos que estar en Nueva Delhi para recoger el premio Global Teacher Awards, 2025. SOLICITO […]. Que urgentemente, me devuelvan el importe total pagado a la empresa GOTOGATE en concepto de vuelos y visados. Ya que me han tenido engañado y no me han solucionado los problemas. También, los gastos de desplazamiento al aeropuerto Madrid-Barajas. Gastos del parking del aeropuerto. Los gastos del seguro de viaje. Gastos de las vacunas. Gastos extras de las llamadas de urgencia a atención al cliente de GOTOGATE en horario nocturno. Sin otro particular, atentamente. José Manuel Requena Olivares
Ajuste de peso después de un mes de la entrega
Buenas tardes: Ahora después de un mes de la entrega, que por cierto entregaron ustedes mediante su subcontrata en mal estado y de la cual tampoco se hacen responsables, no contentos con eso ahora me quieren cobrar más dinero alegando que el peso que yo contraté no es el real y que el paquete pesaba más. Es curioso que el transportista, el cual cuando recogió el paquete expresó que estaba muy bien embalado ( ese paquete que llegó deteriorado, recuérdenlo) no mencionara nada del peso. Tampoco se me comunicó que el peso era erróneo antes de emprender el envío desde su central de envíos en origen y tampoco se me comunicó que el peso era erróneo al llegar a destino a su central de reparto. Se entregó a la persona de destino( deteriorado insisto) y ahora después de un mes resulta que pesaba más. Me piden que yo demuestre el peso y medidas. No señor, son ustedes los que han de demostrar el peso y medidas que dicen que sobrepasa el contratado. ¿Por qué no pueden demostrarlo? Sencillo, porque es mentira. Yo contrato una vez pesado y medido, como hace toda la gente normal. Evidentemente no voy a abonar absolutamente nada. Resuelvan esto y den de baja la cuenta. Yo ya me he encargado de que contar cómo funcionan ustedes y también de agotar todas las vías oficiales y no oficiales para presentar reclamaciones. No se puede tener la cara tan dura. Adjunto la etiqueta con el peso que contrate y el peso que ustedes dicen que tenía el paquete y que es absolutamente falso. También adjunto el aviso de seguimiento de la agencia que subcontrataron donde aparece el peso una vez que ya está en sus instalaciones, vaya!!! Coincide con lo que contraté, casualidades…
Error de suscripción
Hola buenas, hace unas semanas realicé un suscripción a una página que parecía fiable y ponía que costaba 0€. Al cabo de unas semanas me quitaron 34,90€ por una suscripción que yo no había realizado en la página Tastytroves. Entonces quería ver si podría realizar una reclamación para que me devuelvan mi dinero y cancelar la suscripción para que no me sigan cobrando.
Pedido no recibido
Hola Realice un pedido el día 19/11/2025, con número SESCOF25111980945 Se me ha pasado el cargo en la tarjeta y no hay señales de vida por vuestra parte He enviado 22 correos electrónicos y siempre me contesta una tal OLIVIA que entiendo es vuestra asistente virtual, solo se limita a decir que no están los de atención al cliente y que pasa nota y así llevamos dos días Necesito una solución Gracias
Reiteración de Derecho de Desistimiento póliza 12.504.557
Estimados señores: En relación con su respuesta, deseo aclarar que no he solicitado la suspensión de la póliza, sino que ejercí mi derecho de desistimiento del contrato, formalizado telefónicamente en el mes de agosto. El desistimiento es un derecho legal reconocido en los artículos 102 y siguientes del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y en la Ley 22/2007, que regula la contratación a distancia, y no está sujeto a las condiciones generales de la póliza, por lo que no puede equipararse a una suspensión por venta o baja del vehículo. Por tanto, el contrato quedó correctamente desistido en la fecha en que remití mi comunicación por escrito, por lo que no procede el cobro de ningún recibo posterior. Solicito que: Se confirme la cancelación definitiva de la póliza con efectos desde la fecha de mi desistimiento. Se proceda a la anulación y devolución de cualquier importe cargado con posterioridad a dicha fecha. Se me remita confirmación por escrito de la regularización. Quedo a la espera de su respuesta formal. Atentamente,
Cobro indebido sin autorizacion/ Necesito reembolso
A: Privilegios En Compras (Privicompras) 02/12/2025 He recibido un cargo en mi tarjeta bancaria de 18 euros a fecha 02.12.2025 de una empresa llamada www.privicompras.Es Nyon. No he comprado nada en esta empresa, no se que empresa es, desconozco porque me han cargado estos 18 euros, Me temo que si no doy de baja esto me van a pasar este cobro mensualmente y no he consentido tener ninguna relación con esta empresa. Solicito anulen y cancelen este pago y me reembolsen esta cantidad
bloque y cierre de cuenta B19855584
Buenos días, Tras la última reunión en las oficias de Banco Santander (María Lorena Mesías Terán-Administradora de la Sociedad y Gustavo Stephen Subero Mesías-Apoderado) en Pg. de Gracia 5 en Barcelona el 17 de noviembre de 2025, y después de ser atendido por nuestro gestor Eduardo Romera y la Directora adjunta, explico lo sucedido. Llevando más de un mes la cuenta de la empresa bloqueada, y habiendo puesto una reclamación por este mismo medio, nos dirigimos a la oficina para que nos dieran una explicación sobre el motivo del bloqueo, tal y como nos indicasteis por correo electrónico. Al llegar a la oficina, el gestor nos atiende y nos insiste en que no sabe el motivo del bloqueo y que no puede hacer nada al respecto, luego dirige a la que dice ser la subdirectora adjunta. La señora nos atiende y, no solo nos da la misma respuesta que Eduardo Romera, sino que además nos indica que la entidad Banco Santander ha decidido no tenernos como cliente y que debíamos cerrar la cuenta, todo esto sin darnos un motivo (nos dice que ella no sabe el motivo y solo ejecuta las órdenes). Posteriormente nos indica que esperemos en la sala que nos llamarán desde "caja" para acabar de cerrar la cuenta. 15min después nos llama la persona que se encontraba en "caja", nos indica que procederá a cerrar la cuenta pero que tenemos un saldo en negativo de 327,57 euros, al indicarle que procedíamos a pagar, nos dice que además del saldo debíamos pagar debemos pagar los intereses causados por el descubierto. Yo le explico que el descubierto se debe a que el banco nos bloqueó la cuenta y que por ese motivo no nos habían podido efectuar los pagos que se venían efectuando (como bien podrán revisar, la cuenta nunca había permanecido en descubierto ni con cantidades bajas de dinero, hasta que al ser bloqueada para ingresos su saldo fue bajando hasta quedar en descubierto, con las problemáticas que ello nos ha traído a nivel empresarial y de fondos), la persona que nos atendió nos explico que debíamos hablar con nuestro gestor porque era la única persona autorizada para quitar los intereses que querían cobrar. Fuimos en busca del gestor y el mismo se acerco a la persona de caja, después de un momento hablando a solas entre ellos, no indican que finalmente el gestor no puede hacer nada, que debemos pagar los intereses y que, con posterioridad al pago, entonces realicemos las reclamaciones oportunas, a lo que evidentemente nos negamos porque no íbamos a permitir ese tipo de coacción hacia nosotros. Después de consultarlo con la subdirectora adjunta, Eduardo nos indica que no podemos cerrar la cuenta sin pagar y que lo largo de la semana nos dirían algo sobre cómo proceder. Una semana después nos encontramos con la App del Banco Santander bloqueada, sin poder acceder a revisar los extractos y cuentas, cosa que era necesario para verificar y controlar los pagos y cobrar de la empresa y cosa que nos ha perjudicado hasta el momento a nivel contable. Además de ello hemos recibido una carta de Banco Santander (carta que adjunto), avisando de una situación irregular por un descubierto de 327,57€ pidiendo que regularicemos la situación amenazando con una "repercusión de gastos por intereses de demora". Solicitamos por tanto, identificar los motivos reales y sostenidos por ley, para que Banco Santander haya realizado dicho bloqueo de cuenta, además también solicitamos identificar los motivos reales y sostenidos por ley, por los cuales Banco Santander ha decidido UNILATERALMENTE Y SIN PREVIO AVISO, causando un grave problema al no poder acceder a cuentas, el cierre de la cuenta bancaria y el bloqueo de la aplicación (consultoria e inversiones subero sl) La única razón posible que vemos, es que al Banco Santander o a sus gestores, no le guste que los clientes puedan reclamar sus derechos, y que debido a nuestras reclamaciones vía, mail, telefónica y física, hayan decidido expulsarnos de la entidad. Saludos
Publicidad black friday 2025
A la atención del Departamento de Atención al Cliente / Reclamaciones de Basic-Fit, Por medio de la presente, les escribo en relación con mi reciente alta en su gimnasio y la respuesta recibida por su parte respecto a la duración de mi contrato. El pasado 27 de noviembre de 2025, recibí una comunicación comercial por su parte con el asunto "Esto empieza: Black Friday en Basic-Fit". En dicho correo, la oferta principal se anuncia, en letras mayúsculas y destacadas, como: "BLACK FRIDAY - APÚNTATE SIN PERMANENCIA". Asimismo, en el desglose de la oferta que adjunto a esta reclamación, se especifica claramente para las opciones de suscripción el beneficio "Plan Flex por 0€", lo cual técnicamente elimina el compromiso de permanencia, permitiendo la baja cada 4 semanas. Sin embargo, tras consultar con su servicio de atención al cliente, se me ha informado de que mi suscripción "Ultimate" conlleva un contrato de 52 semanas de obligado cumplimiento. Esta información contradice frontalmente la oferta publicitaria bajo la cual realicé la contratación. De acuerdo con la normativa vigente de defensa de los consumidores y usuarios, la publicidad tiene carácter vinculante. Ofertar "Sin permanencia" y un "Plan Flex por 0€" para luego aplicar un contrato de 52 semanas constituye un acto de publicidad para captar socios, ya que induce a error sobre una de las características principales del servicio. Por lo expuesto, SOLICITO: Que se ajuste mi contrato actual para reflejar las condiciones ofertadas: Inclusión del Plan Flex a coste 0€ y eliminación de la permanencia de 52 semanas, permitiéndome la libertad de cancelar la suscripción mensualmente sin penalización, tal y como prometía su publicidad. De no ser posible lo anterior, solicito la nulidad inmediata del contrato y la baja del servicio sin coste alguno, debido al incumplimiento de las condiciones ofertadas en su comunicación comercial. Quedo a la espera de su confirmación por escrito. -Adjunto pdf con publicidad. Atentamente,
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