Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
R. S.
24/04/2026

Denegación autorización PET TAC PSMA

Denegasteis a mi marido una autorización para una prueba PET-TAC PSMA, prescrita por un facultativo de su propio cuadro médico. En primer lugar la denegasteis indicando que era por carencia llevando mi marido años con vosotros. Al reclamarlo, y ver que no teníais razón, la volvisteis a denegar indicando que no tiene cobertura.. Si bien el Anexo I de las Condiciones Generales menciona el marcador FDG, el apartado de Urología de la póliza garantiza expresamente el diagnóstico del cáncer de próstata mediante 'otras pruebas que el especialista considere oportunas', que es el caso de mi marido. el PET-PSMA es el estándar clínico para la patología de mi marido y ha sido prescrito por un médico de su entidad, la exclusión basada en el marcador FDG supone una cláusula limitativa de mis derechos. Estar en el inicio de un proceso oncólogico y que la primera prueba que pido para autorizar para empezar el tratamiento quirúrgico y que me sea rechazada, me parece un atentado contra la salud. Tampoco me habéis ofrecido solución o alternativas. ¿Hay alguna prueba que vayáis a autorizarme o dejáis que la gente se muera sin autorizar las pruebas necesarias que piden cuando por desgracia te detectan un cáncer?

Cerrado
A. D.
23/04/2026
LEGALCASOS

Falta de transparencia con honorarios abusivos

Hace 3 años contacté con la plataforma legalcasos y tras firmar hoja de encargo para reclamar una tarjeta revolving,falta transparencia y no sabia el monto total de los costos de honorarios,perjudicandome gravemente ya que de 1780 euros que se recuperaron de intereres pagados de mas,me pagarin 312 euros y ellos se quedaron con 1399 euros,que me parece carente de transparencia y altamente desproporcionados,ya que les di todo hecho,documentacion y todo ya hecho.

Cerrado
J. G.
23/04/2026

Retencion indebida 31€

Estimados/as señores/as: Me dirijo al Servicio de Atención al Cliente de su Entidad comunicándoles, con el preaviso/en el plazo correspondiente, mi decisión de cancelar/no renovar/desistir [el contrato de la tarjeta de débito o crédito, otros productos , de la que soy titular. Y ello por: No estoy conforme con las nuevas condiciones comunicadas, no se me han comunicado las nuevas condiciones, no se entregó el objeto financiado o se desistió de dicho contrato. Adjunto los siguientes documentos: extractos bancarios, correos electrónicos SOLICITO que ordene las instrucciones oportunas para que se practique la cancelación/no renovación del contrato, y en su caso, devolución del importe de la comisión cobrada, 31€. Sin otro particular, atentamente.

Cerrado

ACOSANDO A LAS 12 DE LA NOCHE DE UN SABADO

Buenas tardes, En relación a su reclamación, el email más tardío que se le ha enviado ha sido a las 20h. Ningún trabajador del Departamento de Recobros, del área telefónica, trabaja en fin de semana. En concreto el sábado 18-04-2026 se le envió un email automático de recordatorio a las 07:05. Debe confundirnos con otra empresa ya que nuestra operativa no es la que indica. Un saludo, Dispon.es ADJUNTO pantallazos donde se refleja los horarios para que n o quede en duda

Cerrado
A. C.
23/04/2026

Reclamacion formal por demora en reembolso de franquicia tras siniestro con un tercero

presento reclamación formal en relación con la gestión del reembolso de la franquicia de mi seguro de automóvil, que tengo con la compañía Génesis, por un siniestro ocurrido el 27 de enero de 2026 en el que intervino un tercero. EXPOSICIÓN DE LOS HECHOS 1. Tras el siniestro, procedí al pago de la reparación del vehículo en el taller conforme a las indicaciones recibidas, asumiendo la franquicia de 200 euros. 2. Tras recoger el vehículo reparado en el taller el 3 de marzo de 2026, contacté con la aseguradora Génesis para conocer el procedimiento de reembolso, indicándoseme que debía esperarse a la autorización de la compañía contraria. 3. Ante la falta de respuesta del estado del trámite anterior, el día 26 de marzo de 2026 volví a contactar telefónicamente, indicándoseme que el seguro contrario ya había autorizado la reparación y que debía remitir la factura por correo electrónico, lo cual realicé. 4. Sin recibir ninguna respuesta, el día 17 de abril de 2026 contacté nuevamente, confirmándoseme que la documentación era correcta y que el expediente estaba pendiente de tramitación (se me informo de que el trámite estaría resuelto en un plazo de 48 horas). 5. Sin recibir respuesta, el día 23 de abril de 2026 por la mañana se me indicó que faltaba un certificado de titularidad bancaria (del que no me habían avisado en la llamada anterior) y que debía enviarlo a una dirección de correo distinta a la previamente facilitada. Procedí a enviar tanto la factura como dicho certificado. 6. Ese mismo día por la tarde confirmé telefónicamente la recepción de la documentación, indicándoseme que el expediente estaba completo pero todavia pendiente de resolución por parte del tramitador. SITUACIÓN ACTUAL A fecha de hoy, y tras múltiples gestiones por mi parte (llamadas y correos electrónicos), el expediente continúa sin resolverse, habiendo transcurrido un plazo considerable desde la reparación del vehículo sin que se haya efectuado el reembolso correspondiente ni se me haya proporcionado una respuesta clara. SOLICITUD Por todo lo anterior, solicito: * Que se proceda a la resolución inmediata del expediente y al reembolso correspondiente. * Que se me informe por escrito (correo electrónico) del estado y resolución del mismo, sin necesidad de realizar nuevas gestiones por mi parte. * Que se me indique, en su caso, el motivo concreto de la demora. Sin otro particular, quedo a la espera de una pronta solución.

Resuelto
J. M.
23/04/2026

Línea Directa ignora mi reclamación tras accidente de tráfico con atestado policial

En marzo de 2026 fui atropellado en patinete eléctrico por un vehículo asegurado en Línea Directa, cuyo conductor se incorporó a una rotonda sin respetar el ceda el paso, con atestado policial que acredita los hechos. Sufrí traumatismo craneoencefálico con pérdida de conocimiento, síndrome cervical postraumático e ingreso hospitalario en observación. Los daños materiales ascienden a más de 2.300€, todos acreditados con facturas. Presenté la reclamación formal hace más de un mes, con tres comunicaciones enviadas a su correo oficial. A día de hoy no han acusado recibo, no han abierto expediente y no han realizado ningún pago ni emitido respuesta alguna, pese a que el plazo legal de 40 días está a punto de vencer. Solicito que asignen número de expediente, acusen recibo de mis comunicaciones y procedan al abono de los daños materiales en el plazo que marca la ley.

Cerrado
J. M.
23/04/2026

Línea Directa ignora mi reclamación tras accidente de tráfico con atestado policial

En marzo de 2026 fui atropellado en patinete eléctrico por un vehículo asegurado en Línea Directa, cuyo conductor se incorporó a una rotonda sin respetar el ceda el paso, con atestado policial que acredita los hechos. Sufrí traumatismo craneoencefálico con pérdida de conocimiento, síndrome cervical postraumático e ingreso hospitalario en observación. Los daños materiales ascienden a más de 2.300€, todos acreditados con facturas. Presenté la reclamación formal hace más de un mes, con tres comunicaciones enviadas a su correo oficial. A día de hoy no han acusado recibo, no han abierto expediente y no han realizado ningún pago ni emitido respuesta alguna, pese a que el plazo legal de 40 días está a punto de vencer. Solicito que asignen número de expediente, acusen recibo de mis comunicaciones y procedan al abono de los daños materiales en el plazo que marca la ley.

Cerrado

Recurso denegación de servicios

Miguel Ángel Rubio Pérez Calle Berruguete, 12 – Piso 2, Pta. DR – 28039 Madrid marp45@gmail.com | 622 153 037 Madrid, 23 de abril de 2026 A LEGÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. Dpto. Siniestros Vía de los Poblados, 3 – Parque Empresarial Cristalia, Edif. 5, Planta 5ª 28033 Madrid | siniestros@legalitas.es CC: OCASO, S.A. – Dpto. Atención al Cliente C/ Princesa, 23 – 28008 Madrid | dac@ocaso.es N/Ref. Siniestro: DJ0000385769 N.º Póliza Ocaso: 3447090 ASUNTO: Recurso formal contra la resolución denegatoria de cobertura de fecha 23/04/2026. Ref. DJ0000385769. Solicitud de motivación jurídica específica y reconsideración. Muy señores míos: Por medio de la presente, D. Miguel Ángel Rubio Pérez, titular de la póliza de seguro n.º 3447090 suscrita con OCASO, S.A., formula recurso formal contra la resolución denegatoria de cobertura emitida por ese Departamento con fecha 23 de abril de 2026 (N/Ref. DJ0000385769), por los motivos que a continuación se exponen. I. DEFECTOS FORMALES DE LA RESOLUCIÓN DENEGATORIA La carta de denegación de fecha 23/04/2026 adolece de los siguientes defectos formales que la hacen jurídicamente insuficiente: 1. No cita ningún artículo concreto ni cláusula específica de las Condiciones Generales de la póliza OCASO que ampare la exclusión de cobertura. Se limita a una fórmula genérica — "carece de cobertura según las garantías cubiertas en las Condiciones Generales" — sin identificar cuál o cuáles de dichas garantías resultarían de aplicación. 2. No ofrece argumentación jurídica alguna que justifique por qué la impugnación de acuerdos de Junta de Propietarios quedaría excluida de la cobertura de defensa jurídica, limitándose a una conclusión apodíctica sin razonamiento. 3. Incurre en un error fáctico relevante al describir el siniestro como "impugnación de actas de juntas de propietarios con delegación de vuestro voto al Administrador de la finca", lo que revela que el análisis del caso no ha sido correcto: la delegación se realizó con instrucciones expresas y vinculantes y reserva expresa de acciones, situación jurídicamente distinta a una delegación en blanco. II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA COBERTURA PRIMERO. La acción que se pretende ejercitar es la impugnación de acuerdos de Junta de Propietarios al amparo del artículo 18 de la Ley 49/1960, de Propiedad Horizontal. Esta es una acción civil ordinaria ejercitada por un particular en defensa de sus derechos e intereses como propietario. La acción se dirige contra la Comunidad de Propietarios como persona jurídica, representada por su Presidente, y no contra la administradora de fincas. Constituye exactamente el tipo de controversia civil que un seguro de defensa jurídica de hogar está diseñado para cubrir. SEGUNDO. Uno de los acuerdos impugnados versa sobre la decisión de la Junta de NO contratar la Coordinación de Actividades Empresariales en materia de Prevención de Riesgos Laborales, en contravención expresa de la Ley 31/1995 y del Real Decreto 171/2004. El propio texto del acta reconoce la ilegalidad del acuerdo. Se trata de un acuerdo contrario a la ley que genera responsabilidad directa para el asegurado como propietario, impugnable en el plazo de un año conforme al artículo 18.1.a) LPH. TERCERO. La delegación de voto realizada por el asegurado no fue una delegación ordinaria en blanco. Mediante escritos de 3 y 4 de febrero de 2026 —acusados de recibo por la administradora el 6 de febrero— se formularon instrucciones expresas y vinculantes punto por punto, con reserva expresa de acciones conforme al artículo 18 LPH y solicitud de incorporación íntegra al acta. La jurisprudencia asimila esta situación a la del propietario disconforme, estando el asegurado plenamente legitimado para el ejercicio de la acción de impugnación. CUARTO. El artículo 76 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, establece que en el seguro de defensa jurídica, el asegurador se obliga a hacerse cargo de los gastos en que pueda incurrir el asegurado como consecuencia de su intervención en procedimientos administrativos o judiciales. Las exclusiones de cobertura deben interpretarse restrictivamente conforme a la doctrina del Tribunal Supremo (entre otras, STS de 20/07/2015), no pudiendo aplicarse de forma genérica sin identificación precisa de la cláusula excluyente. III. SOLICITUD En virtud de todo lo expuesto, el asegurado SOLICITA: 1. La revisión motivada de la resolución denegatoria DJ0000385769, con identificación expresa del artículo o cláusula concreta de las Condiciones Generales de la póliza OCASO en que se sustenta la exclusión. 2. Que se reconsidere la denegación y se proceda a la designación de letrado para el ejercicio de: (a) impugnación del acuerdo de la JGO de 11/02/2026 sobre PRL por ser contrario a la ley; y (b) reclamación de subsanación del acta conforme al artículo 19 LPH. 3. Respuesta por escrito en el plazo máximo de diez días hábiles desde la recepción del presente escrito. De no obtener respuesta motivada en dicho plazo o de mantenerse la denegación sin identificación precisa de cláusula excluyente, el asegurado procederá sin más trámite a presentar reclamación ante el Defensor del Asegurado de OCASO y, posteriormente, ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) (Paseo de la Castellana, 44, Madrid), al amparo del artículo 63 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, reservándose igualmente el ejercicio de cuantas acciones judiciales procedan. DOCUMENTACIÓN ADJUNTA Doc. 1. Resolución denegatoria de LEGÁLITAS de fecha 23/04/2026, ref. DJ0000385769. Doc. 2. Escrito de delegación de voto con instrucciones expresas y reserva de acciones (art. 18 LPH), de fecha 3 de febrero de 2026. Doc. 3. Email complementario sobre cerramientos privativos, de fecha 4 de febrero de 2026. Doc. 4. Acuse de recibo de D.ª Ana Isabel Alfaro – HIFEMAD ASESORES S.L.U., de fecha 6 de febrero de 2026. Doc. 5. Acta de la Junta General Ordinaria de C.P. Berruguete 12, de fecha 11 de febrero de 2026, con los acuerdos impugnados y la omisión de las manifestaciones del propietario. En espera de su respuesta en el plazo indicado, atentamente, Miguel Ángel Rubio Pérez Asegurado – Póliza Ocaso n.º 3447090 Siniestro ref. DJ0000385769 marp45@gmail.com | 622 153 037

Cerrado
D. R.
23/04/2026

Apertura nueva cuenta

Estimados/as señores/as: Me dirijo a ustedes para comunicarles que, tras intentar abrir una nueva cuenta en su plataforma, el sistema rechaza mi solicitud de forma reiterada sin proporcionar una explicación clara ni detallada sobre los motivos de dicha denegación. He seguido correctamente todos los pasos indicados en el proceso de registro, cumpliendo con los requisitos solicitados y facilitando la información requerida. Sin embargo, la solicitud es bloqueada de manera automática, lo que me impide acceder a sus servicios sin conocer si existe algún error, incidencia técnica o criterio específico que esté motivando esta situación. Considero que esta falta de transparencia en el proceso vulnera mis derechos como potencial cliente, al no permitirme comprender ni subsanar el posible problema. Asimismo, dificulta ejercer cualquier acción correctiva por mi parte. Adjunto los siguientes documentos: capturas de pantalla del proceso de registro y mensajes de error recibidos. SOLICITO: que se revise mi caso de forma individualizada, se me informe de manera clara y concreta sobre los motivos de la denegación de apertura de cuenta, y, en su caso, se me indiquen los pasos necesarios para poder completar correctamente el registro o subsanar cualquier incidencia existente. Sin otro particular, atentamente. Daniel Rodríguez Villanueva

Cerrado
M. M.
22/04/2026
Abinitio

Acoso para pagar deudas de Endesa

Abinitio acosa con mensajes SMS y correos electrónicos pidiendo que se paguen unas deudas de Endesa que ya estaban pagadas en un laudo arbitral de consumo celebrado en 2024. Hice una reclamación a Endesa para que revisaran el laudo y estoy a la espera de que me respondan, pero Abinitio está mandando mensajes para cobrar esas supuestas deudas y con la amenaza de subir intereses de no abonarlo. Aparte hay un determinado personal que interrumpe y está a la defensiva cuando se le explica mi caso. Les he pedido que respeten los 15 días que me ha dicho Endesa que necesitan para contestarme, pero está consultoría no me da ese margen y quieren que pague por algo que aún está en proceso de reclamación

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