Últimas reclamaciones
1. Envía tu reclamación a la empresa
Usa nuestra plataforma y sigue las instrucciones
2. Recibirás una notificación por email cuando la empresa responda
Podrás ver la respuesta completa en el apartado "Mis reclamaciones" de tu área personal.
3. ¿La empresa no responde o su respuesta no te satisface?
Llámanos y te informaremos sobre cómo te podemos ayudar
Información equivocada
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque por información inadecuada en su página web no pude recoger el coche que había reservado. Reserve un coche Seat Alhambra, revise las condiciones para asegurarme que la reserva se pudiera hacer con tarjeta de débito. En la pagina web dice: "Aceptamos todas las tarjetas de debito (...). En el caso de 4x4 y vehículos premium será necesario proporcionar una tarjeta de crédito". El Seat Alhambra no es ni una 4x4 ni un vehiculo premium. Lo comenté a la persona que me atendió y me mostró otra página (que ya había visto) en la que dice que para SUV grandes se requiere tarjeta de crédito y que el Seat Alhambra es considerado un SUV grande. Cosa que no es cierto, el Seat Alhambra es un monovolumen y considerarlo un SUV es como mínimo un error que tendría que especificarse sino lleva a confusiones. Finalmente no pude recoger el coche lo que me generó un gran problema para poder llegar a mi casa con mi familia SOLICITO el reembolso (que en principio está tramitado) y una compensación económica por los daños causado de mínimo 100 euros. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
Cobro abusivo por devolución tardía de vehículo de alquiler
HECHOS Primero. El 5 de febrero de 2026, a través de la plataforma Booking.com (número de confirmación 796735271), contraté el alquiler de un vehículo Jeep Compass con la empresa Record Go en la oficina situada en la estación de tren Madrid-Chamartín. El período de alquiler pactado fue del 5 de febrero (9:30 h) al 9 de febrero (9:30 h) de 2026, por un precio total de 30,70 euros. Se me retuvo un depósito de garantía de 1.200 euros y un depósito de combustible de 94,99 euros. Segundo. El 8 de febrero de 2026, encontrándome en la ciudad de Gijón, constaté que no me resultaría posible devolver el vehículo en la fecha y hora pactadas. Intenté en repetidas ocasiones contactar telefónicamente con la oficina de Record Go para comunicar esta circunstancia y solicitar una prórroga del alquiler, sin obtener respuesta alguna. Tercero. El 9 de febrero de 2026 (fecha prevista de devolución), un empleado de Record Go se puso en contacto conmigo para preguntarme por qué no había devuelto el vehículo. Le expliqué la situación y solicité una prórroga de dos días adicionales. El empleado accedió a mi solicitud y me comunicó expresamente que gestionaría con su dirección que se me cobrase únicamente el precio correspondiente a los días efectivos de uso, a razón de aproximadamente 8 euros por día. Cuarto. Devolví el vehículo el 11 de febrero de 2026 a las 12:30 horas en la oficina de Madrid-Chamartín, en buen estado, limpio y con el depósito de combustible lleno. Inmediatamente se me devolvió el depósito de combustible de 94,99 euros, y posteriormente se me reembolsó el depósito de garantía de 1.200 euros. Quinto. Sin embargo, se me cargó un importe adicional de 186,84 euros en concepto de los dos días adicionales de alquiler. Ante mi reclamación, el empleado de Record Go me indicó que dichas tarifas estaban reflejadas en un cartel expuesto en una pared de la oficina, sin mayor explicación. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero. El artículo 60 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (en adelante, LGDCU), establece la obligación del empresario de facilitar al consumidor, antes de la celebración del contrato, información clara, comprensible y suficiente sobre las características esenciales del servicio y el precio total, incluidos todos los costes adicionales. Segundo. El artículo 80 de la LGDCU exige que las cláusulas no negociadas individualmente cumplan los requisitos de concreción, claridad y sencillez en su redacción, accesibilidad y legibilidad. La mera exhibición de tarifas en un cartel en la pared de la oficina, sin incorporación expresa al contrato suscrito ni comunicación previa al consumidor, no cumple dichos requisitos de transparencia. Tercero. El artículo 82 de la LGDCU califica como abusivas las cláusulas que, no habiendo sido negociadas individualmente, causen un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes en perjuicio del consumidor. El cobro de 186,84 euros por dos días adicionales de alquiler —cuando el precio total del alquiler original de cuatro días fue de 30,70 euros— supone un incremento desproporcionado que genera un evidente desequilibrio contractual. Cuarto. Conforme al principio de buena fe contractual (artículo 1.258 del Código Civil), el compromiso verbal del empleado de Record Go de aplicar una tarifa de aproximadamente 8 euros por día constituye una declaración vinculante para la empresa, que generó en el consumidor una expectativa legítima sobre el coste de la prórroga. SOLICITUD Por todo lo expuesto, SOLICITO: Que se reconozca la falta de transparencia e información previa sobre las tarifas aplicadas por devolución fuera de plazo. Que se proceda a la devolución parcial de la cantidad cobrada indebidamente. Considerando que el compromiso verbal del empleado establecía un coste de aproximadamente 8 euros por día para los dos días adicionales (total aproximado: 16 euros), solicito la devolución de la diferencia, esto es, 170,84 euros (186,84 € − 16,00 €). Que, en caso de no obtener una resolución satisfactoria por parte de la empresa, la OCU me asista en la tramitación de la correspondiente reclamación ante las autoridades competentes en materia de consumo.
cuenta iberia plus bloqueada
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque tengo mi cuenta iberia plus bloqueada desede el dia 6 de febrero, por "robo de avios" cuando en ningun momento e realizado ninguna operacion indebida, realice una compra de avios y poseo todos los soportes de compra, los cuales les e enviado a la aerolinea y han hecho caso omiso, solamente dicen que la cuenta esta en verificacion y que estan aclarando lo sucedido, no dan mas detalles, no preguntan ni tampoco me pidieron los soportes, y mientras tanto no puedo hacer uso y disfrute de los avios los cuales PAGUE con mi tarjeta a MI NOMBRE SOLICITO el desbloqueo Inmediato de la cuenta iberia plus y la liberacion de todas las funciones de la cuenta Sin otro particular, atentamente.
Problema con reembolso
Compre cuatro billetes dos de ida y dos de vuelta para mi y mi mujer desde Madrid a zaragoza. El de salida de Madrid salia a las 07:32 teniendo que embaracar desde la 06;32. Dias antes de la salida Ouigo nos notifica que el tren saldra a las 06:22 teniendo que embarcar desde las 05:52. Dado que tengo 70 años y movilidad reducida 43% me puse en contacto telefonico con ellos para cambiar auna hora mas tarde o anular con el correspondiente reembolso los billetes por ser demasiado temprano para mi, a lo que se niega la compania. Para colmo esta compañia comienza el E Mail de notificacion de cambio de hora de salida diciendo que nosotros hemos solicitado el cambio, TOTALMENTE FALSO. Que demuestren donde y cuando lo hemos solicitado.
Falta de información
En 2006 mi madre compró un coche que puso a su nombre porque, al ser empleada de banca, le hacían buenas condiciones en el crédito, pero ese coche siempre lo usé yo, pagué todos los impuestos, pasé todas las ITVs, los seguros iban a mi nombre y los pagaba yo... En 2024 mi madre falleció y yo heredé formalmente el coche, que pude poner a mi nombre el 23 de octubre de ese año. En diciembre de 2024 decidí cambiar de coche y escogí un híbrido enchufable, aprovechando las ayudas moves III que consistían en 3000 euros de deducción fiscal en la declaración del IRPF, 4500 por la compra de un coche eléctrico o híbrido enchufable con al menos 100 km de autonomía y 2500 euros por achatarrar tu viejo coche. En el concesionario me dijeron que las condiciones para beneficiarme de los 2500 euros por achatarrar el viejo coche eran que fuera mío y que tuviese el impuesto de circulación (IVTM) debidamente pagado, lo cual cumplía. Yo juraría que expuse detalladamente que yo ostentaba la titularidad del coche sólo desde hacía dos meses, pero, en todo caso (no puedo demostrar el contenido de una conversación de hace más de un año), ese hecho se reflejaba perfectamente en la documentación que se me requirió y yo aporté una semana antes de hacer la solicitud de la ayuda: la persona a la que el ayuntamiento de València adeudaba el último impuesto de circulación era aún mi madre y en el permiso de circulación figura la fecha del cambio de titularidad. El concesionario, por tanto, disponía de toda la documentación necesaria para saber que yo no cumplía con los requisitos que establece el anexo I, punto 3, letra d) del Real Decreto 266/2021, que son 41 páginas. Y aun así tramitaron la ayuda, que conllevaba el achatarramiento de mi viejo coche, que tenía muchos kilómetros y muchos años, pero funcionaba perfectamente. En diciembre del 2024 la DANA se había llevado mas de 100000 coches y en Valencia los vehículos de segunda mano estaban muy solicitados y se pagaban bien. Ahora mi solicitud de los 2500 euros ha sido rechazada. Soy consciente de que es mi responsabilidad leerme la convocatoria de una ayuda que solicito, como las condiciones generales y particulares de los seguros que tenemos y nadie nos leemos porque confiamos en lo que nos resume el corredor de seguros. Creo que el concesionario ni me informó adecuadamente pese a publicitar precios de sus coches con las ayudas ya descontadas, ni perdió un milisegundo en revisar la documentación que aporté y que evidenciaban que yo no cumplía los requisitos y que, en consecuencia, me iban a dejar sin ayuda y sin coche. Creo que deberían enmendar su error con algún tipo de compensación, bien económica o bien un coche de características similares al que yo achatarré, que tenía 18 años, 250000 kilómetros, pero funcionaba sin problemas.
Cancelación servicio de recogida
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque tras tres intentos de utilizar su servicio de recogida para Amazon, me han cancelado sin dar ninguna explicación las tres recogidas. Finalmente he tenido que contactar con un conocido para que me haga el favor de llevar el pedido, un paquete bastante voluminoso, a Correos, ya que por motivos laborales yo no puedo hacerlo (por algo he solicitado la recogida). SOLICITO que quede constancia de esta falta de profesionalidad por su parte, no necesito que me reembolsen nada, pero sí que quede constancia del nefasto servicio que están proporcionando al menos en la localidad de Manzanares (y por lo que veo, en muchas otras). Sin otro particular, atentamente.
Cambio condiciones MasRenfe no comunicadas
Hola. Soy titular de una tarjeta de fidelización Mas Renfe Platino (nº xxxxxxx) Entre los beneficios del programa Mas Renfe Platino están el uso gratuito de salas club y 24 h de parking en estaciones Renfe siempre que se viaje con billetes AVE, AVLO, Avant. Las condiciones del programa Mas Renfe son públicas en la web de Renfe (adjunto pantallazos) He tenido que pagar aparcamiento porque, según me comunica Atención al Cliente de Renfe, han cambiado las condiciones del Programa Más Renfe (no están publicadas ni han sido comunicadas previamente) y aunque se viaje con un billete Avant cumpliendo las condiciones estipuladas (como es mi caso) si el billete Avant es comprado con el nuevo abono Pase Vía (como es mi caso) Este billete no da derecho ni a parking gratis ni a acceso gratuito a Salas Club. Para acceder a la categoría Platino hay que realizar un gasto anual de entre 6.000 € y 15.000 € en Renfe (en 2025 he superado los 15.000 €) En mi caso reclamo la devolución del importe pagado en el parking el pasado día 04/02/2026 (6,35 €) así como la aplicación de las condiciones contractuales del programa Mas Renfe Platino vigentes y publicadas en el momento de obtener esa categoría en el programa (01/02/2026) y un perjuicio de 10 € (importe medio por parking) por cada día que pasa sin aplicarse las condiciones contractuales vigentes.
Problema de contrato de alquiler
Hola, llegamos al aeropuerto LAX con la finalidad de alquilar un coche para una semana en Los Ángeles. Nosotros ya hicimos una reserva de 231,99€ de dicho vehículo por el teléfono y luego una señora nos atendió en la empresa y lo único que nos preguntó fue si queríamos un seguro adicional a todo riesgo de solo 17 dólares por día, a lo que dijimos que si. Ahora tenemos una factura final de más de 800 dólares y no contestan a ningún mensaje, cuando el coste inicial del coche eran unos 280 dólares. Hemos visto a mucha gente afectada por esta empresa, que se dedica a engañar a las personas, y vamos a llevar una demanda conjunta si esto no se soluciona de inmediato. Nosotros recibimos el fichero adjuntado después de pasar la tarjeta, no vimos nada de lo que puso la trabajadora en el contrato. No hay vergüenza
Bloqueo de tarjeta
Reclamación por doble facturación o doble autorización de pago Estimados señores: Les dirijo la presente reclamación tras un pago efectuado en su sitio web para la reserva de dos billetes de avión. El importe correspondiente ha sido efectivamente cargado en mi cuenta bancaria. Sin embargo, desde esta operación, mi tarjeta de débito es totalmente inutilizable, tanto para pagos como para retiradas de efectivo. Mi banco me ha informado de que esta situación se debe a una doble facturación o a una doble autorización de pago no liberada, imputable a IBERIA. Esta práctica tiene como efecto bloquear indebidamente mis fondos e impedirme utilizar con normalidad mi tarjeta bancaria. Considero esta situación abusiva, ya que me causa un perjuicio financiero inmediato sin justificación válida. Les solicito, por tanto: proceder sin demora a la regularización de la situación, liberar la autorización de pago excedente, y confirmarme por escrito que el cargo definitivo corresponde efectivamente a un único importe. En caso de no producirse una regularización rápida, me veré obligado/a a dirigirme a mi banco para iniciar un procedimiento de impugnación del pago. A la espera de su respuesta, les saludo atentamente.
Idioma principal en el vuelo
Estimados señores, Me dirijo a ustedes para presentar una reclamación y solicitar una aclaración formal en relación con una comunicación realizada por el comandante del vuelo IB2471, en la ruta León–Barcelona, el día 28 de diciembre, en el que viajé como pasajero. Durante la intervención inicial del piloto, Eduard Martínez Fuster, la comunicación dirigida al conjunto del pasaje se realizó en primer lugar en catalán, en lugar de hacerse inicialmente en español, que es la lengua oficial común del Estado y la única plenamente comprensible por la totalidad de los pasajeros en un vuelo comercial nacional. Considero que, en vuelos operados dentro del territorio nacional y con pasaje diverso, las comunicaciones generales —especialmente las de carácter operativo o institucional— deberían realizarse como mínimo en español y de forma prioritaria, a fin de garantizar la accesibilidad, la comprensión universal y la ausencia de cualquier situación de indefensión para los pasajeros. Además de dejar constancia de esta incidencia, les solicito expresamente una explicación clara y detallada sobre los siguientes extremos: Si el uso prioritario de una lengua distinta del español en comunicaciones generales al pasaje en vuelos nacionales constituye un procedimiento habitual y autorizado por Air Nostrum. Si existe una política interna, instrucción operativa o directriz corporativa que ampare o recomiende este orden de uso de idiomas por parte de comandantes o tripulaciones. En caso afirmativo, en qué términos se recoge dicha política y cuál es su justificación desde el punto de vista de la accesibilidad y comprensión del conjunto del pasaje. En caso de que no exista una política o instrucción específica, cómo valora la compañía esta actuación concreta y si considera que fue adecuada en un vuelo comercial nacional. Finalmente, qué medidas, recomendaciones o cambios de procedimiento se proponen adoptar para evitar que situaciones similares puedan repetirse en el futuro. Quiero dejar constancia de que esta reclamación no cuestiona el uso de lenguas cooficiales, sino el orden y prioridad en el que se emplean en comunicaciones dirigidas a todos los pasajeros, en el marco de un servicio de transporte aéreo de ámbito estatal, donde el español constituye la lengua común de comprensión general. Agradeceré una respuesta concreta al respecto a la vez que aprovecho para agradecerles el excelente trabajo que realiza la compañía en general y gracias a la cual se mantiene entre pequeñas poblaciones un servicio de transporte de alta calidad con un personal que trabaja con una profesionalidad excelente. Atentamente,
¿Necesitas ayuda?
El tiempo medio de respuesta es de 15 días. Te recomendamos que esperes ese plazo antes de contactarnos.
Información para empresas
Información para consumidores
