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Premio ganado, no entregado
Durante la promoción “MONOPOLY MONI de McDonald’s 2026”, a finales del mes de agosto de 2026, obtuve mediante la mecánica de premio instantáneo una “RIÑONERA COCA-COLA®”. Tras obtener el premio, este quedó correctamente registrado en mi cuenta de la aplicación de McDonald’s, donde continúa apareciendo actualmente como un premio pendiente de canje. Me dirigí al restaurante McDonald’s situado en Nassica (Getafe) para proceder a su canje. En dicho establecimiento me informaron de que no disponían de existencias de riñoneras y que, por este motivo, no podían entregarme el premio. Ante esta situación, presenté en repetidas ocasiones reclamaciones a través de la aplicación de McDonald’s, explicando la imposibilidad de canjear el premio. Hasta la fecha no he recibido respuesta ni solución alguna. Asimismo, volví personalmente al restaurante en varias ocasiones. En dichas visitas expliqué que las propias bases legales de la promoción contemplan expresamente el supuesto de falta de disponibilidad del merchandising e incluso mostré al personal dichas bases. No obstante, el establecimiento se negó a ofrecerme solución alguna: ni facilitar posteriormente la riñonera, ni proporcionarme el justificante previsto en las bases, ni ofrecerme un producto alternativo de valor equivalente o superior —por ejemplo, un producto McDonald’s—. Se me indicó simplemente que las riñoneras estaban agotadas y que no podían hacer nada. En consecuencia, sigo disponiendo en la aplicación de McDonald’s del premio instantáneo que obtuve legítimamente, pero me resulta imposible hacerlo efectivo por causas completamente ajenas a mí. Fundamentos de la reclamación Las bases legales de la promoción establecen expresamente que existen 200.000 premios instantáneos “RIÑONERA COCA-COLA®” y señalan que se accede a ellos «exclusivamente a través de una etiqueta de Premio Instantáneo». Asimismo, especifican que cada premio consiste en una riñonera promocional representada por un código en la aplicación de McDonald’s, canjeable hasta el 5 de octubre de 2026 en los restaurantes participantes. Por tanto, considero importante distinguir este supuesto de la mecánica denominada “MONOPOLY MONI”, en la que determinados premios sí se encuentran sujetos a disponibilidad y a un número limitado de unidades semanales. Mi riñonera no procede del canje de MONI sujeto a disponibilidad, sino que fue obtenida directamente como premio instantáneo, quedando registrada como tal en mi aplicación. Además, la Base Quinta, apartado E, relativa específicamente al “MERCHANDISING COCA-COLA®”, incluye expresamente entre los premios la etiqueta de premio instantáneo “RIÑONERA COCA-COLA®” (200.000 premios). Las bases establecen que, una vez registrado el código, la aplicación registra la etiqueta física ganadora y el premio queda vinculado a la cuenta del usuario para poder canjear el regalo promocional en un restaurante participante antes de su caducidad. Pero, sobre todo, las propias bases regulan expresamente qué debe suceder cuando el restaurante no dispone del regalo en el momento del canje: «Si en el momento de solicitar el canje de estos regalos en el Restaurante no existiera disponibilidad por haberse agotado o por causa de fuerza mayor, el/la agraciado/a recibirá un justificante sellado del Restaurante y será emplazado para volver en los próximos días a recoger el regalo. Alternativamente, y de estar conforme el/la agraciado/a, el regalo podrá ser sustituido por otro similar de idéntico o mayor valor.» Así lo establece expresamente la Base Quinta para los regalos de merchandising Coca-Cola. En mi caso no se ha aplicado ninguna de las soluciones previstas en las propias bases de la promoción. No se me entregó la riñonera; tampoco se me facilitó un justificante sellado para recogerla posteriormente; ni, contando con mi conformidad, se me ofreció otro regalo similar de idéntico o mayor valor. La mera indicación de que «no quedan riñoneras» no parece, por tanto, una solución compatible con las condiciones publicadas por la propia empresa, ya que las bases contemplan específicamente el agotamiento de existencias en el restaurante y establecen el procedimiento que debe seguirse precisamente en esa situación. Adicionalmente, las bases establecen que, si excepcionalmente y por causa de fuerza mayor la Promotora no pudiera entregar alguno de los regalos previstos, podrá sustituirlo por otro producto de similar naturaleza y valor. ------------------- Por todo ello, SOLICITO que se tramite la presente reclamación y se inste a McDonald’s a cumplir las condiciones de su promoción, procediendo a: Entregarme la riñonera Coca-Cola correspondiente al premio instantáneo obtenido; o, si su entrega ya no resultase posible, proporcionarme, con mi conformidad, un regalo similar de idéntico o mayor valor, conforme a lo establecido en las propias bases de la promoción. Solicito asimismo que se tenga en consideración que intenté reiteradamente obtener y canjear el premio dentro del periodo establecido, tanto presencialmente en el restaurante como mediante reclamaciones realizadas a través de la aplicación de McDonald’s, por lo que la eventual expiración posterior del vale no debería perjudicarme cuando la imposibilidad de canje se ha producido por falta de existencias y por no haberse aplicado las soluciones previstas en las propias bases. ---------------------- Como documentación acreditativa puedo aportar las bases legales de la promoción, y captura de pantalla de la aplicación de McDonald’s en la que continúa figurando el premio.
Falta de higiene
Hola buenas tardes, el día 25 de septiembre estuve en un concierto de esta empresa, concretamente en I LOVE REGGAETON SEVILLA. En cierto momento de la noche me acerqué a los baños públicos ubicados en el evento para hacer mis necesidades y me manche de caca las manos y varios objetos personales por una falta de higiene desastrosa. Cuando salí de los baños me acerqué a pedir ayuda a unas personas que trabajan en el evento como limpieza para poder lavarme, me negaron la ayuda alegando que ese no era parte de su trabajo y cuando les pedí que por favor llamasen a alguien encargado para poder reclamar y solucionar tan asqueroso problema, no recibí ningún tipo de ayuda por parte de ningun organizador del evento, teniendo que apañarmelas yo misma.Por este motivo tuve que abandonar el evento y solicito la devolución total del coste del evento pues después de un par de días de que pasara esto, me he puesto mala con vómitos y diarrea y no descarto que haya sido por este motivo. Gracias.
RECLAMACIÓN FORMAL POR ACCIDENTE, LESIONES, PÉRDIDA DE DISFRUTE DE VACACIONES Y DAÑOS Y PERJUICIOS
RECLAMACIÓN FORMAL POR ACCIDENTE, LESIONES, PÉRDIDA DE DISFRUTE DE VACACIONES Y DAÑOS Y PERJUICIOS Empresa reclamada: Deniaplus.com Lugar: Dénia (Alicante) - apartamento Las Rosas C/ Riu Xicamo, nº 9 Periodo de estancia: Del 23 al 29 de julio de 2026 Fecha del accidente: 26 de julio de 2026, aproximadamente a las 20:00 horas HECHOS Durante el periodo comprendido entre el 23 y el 29 de julio de 2026, contraté a través de Deniaplus.com una estancia vacacional en un apartamento situado en Dénia, donde me alojé junto con mis tres hijos. El día 26 de julio de 2026, aproximadamente a las 20:00 horas, uno de mis hijos se encontraba duchándose cuando el cristal de la bañera se rompió de forma repentina, provocándole múltiples heridas por diferentes partes del cuerpo. Uno de los fragmentos de cristal llegó a quedar incrustado en su pierna, por lo que tuvimos que acudir inmediatamente a un centro hospitalario. El informe médico correspondiente a la asistencia recibida recoge: • Herida de aproximadamente 3 cm en la región interna de la pierna izquierda, que requirió sutura con monofilamento 3.0. • Otras heridas superficiales en frente, brazo derecho y muslo derecho. • Recomendación de no mojar la herida salvo durante la ducha. • Necesidad de retirar los puntos de sutura a los 7-10 días. Por tanto, el accidente produjo lesiones físicas que requirieron asistencia hospitalaria, sutura y seguimiento médico. COMUNICACIÓN A DENIAPLUS.COM Tras el accidente me puse inmediatamente en contacto con Deniaplus.com para comunicar lo sucedido. La empresa me indicó que daría parte a su seguro del hogar para que se hiciera cargo de los gastos derivados del accidente. Sin embargo, pese a mis posteriores intentos de contacto, la empresa no volvió a ponerse en contacto conmigo ni me proporcionó una solución efectiva. Hasta la fecha no se me ha facilitado información suficiente sobre la supuesta comunicación a la aseguradora, ni compañía aseguradora, número de póliza, número de siniestro o expediente. DAÑOS Y LIMITACIONES SUFRIDAS Las lesiones tuvieron consecuencias durante el resto de la estancia vacacional. Como consecuencia de las heridas y de las indicaciones médicas, mi hijo estuvo 3 días sin poder bañarse en el mar durante nuestra estancia en Dénia. Posteriormente, una vez finalizada la estancia en Dénia, permaneció otros 20 días sin poder utilizar piscinas, debido a las mismas lesiones y al proceso de recuperación. En total, el accidente provocó que durante aproximadamente 23 días no pudiera realizar actividades acuáticas que estaban previstas como parte normal de las vacaciones y del periodo de descanso. Esta circunstancia tuvo un impacto directo en el disfrute de las vacaciones, especialmente teniendo en cuenta que el viaje a Dénia tenía como finalidad, entre otras cosas, disfrutar de la playa y del mar. CICATRIZ RESIDUAL Debe añadirse además que, a día de hoy, la lesión sufrida en la pierna ha dejado una cicatriz que todavía permanece visible. Por este motivo, considero que no puede darse por definitivamente cerrado el perjuicio derivado de la lesión sin valorar previamente su evolución y determinar si dicha cicatriz constituye una secuela permanente y, en su caso, el perjuicio estético que pudiera corresponder. La existencia de la cicatriz queda acreditada mediante fotografías y deberá ser valorada médicamente si resulta necesario. PRUEBAS DISPONIBLES Dispongo de fotografías tomadas inmediatamente después del accidente, tanto de las heridas sufridas por el menor como del cristal roto que provocó las lesiones. Estas fotografías permiten acreditar tanto la gravedad y localización de las lesiones como las circunstancias materiales del accidente. Asimismo, dispongo del correspondiente informe médico hospitalario, que acredita la herida de 3 cm que requirió sutura y las restantes lesiones. RESPONSABILIDAD El accidente tuvo lugar mientras el alojamiento estaba siendo utilizado para su finalidad normal y durante la utilización ordinaria de la ducha/bañera. La rotura del cristal provocó directamente las lesiones descritas, por lo que considero necesario que Deniaplus.com aclare las circunstancias relativas al estado, mantenimiento, seguridad y eventual revisión del elemento de cristal instalado en la bañera. Asimismo, solicito que se identifique al responsable del mantenimiento del elemento y que se facilite, si existe, documentación relativa a revisiones, mantenimiento o sustitución del cristal. INDEMNIZACIÓN SOLICITADA Por todos los daños y perjuicios descritos, SOLICITO una indemnización inicial de 1.500 €, sin perjuicio de que dicha cantidad pueda ser revisada y ampliada posteriormente en función de: • la evolución de la lesión; • la permanencia de la cicatriz; • la eventual existencia de una secuela o perjuicio estético; • los gastos médicos y otros gastos que puedan acreditarse; • y cualquier otro daño o perjuicio directamente relacionado con el accidente. La cantidad solicitada comprende, a efectos de negociación y sin perjuicio de su posterior valoración, los daños personales sufridos, las molestias y limitaciones derivadas de las lesiones, la pérdida de disfrute de actividades durante las vacaciones y los perjuicios ocasionados como consecuencia del accidente. En particular, debe tenerse en consideración que el menor permaneció 23 días sin poder realizar actividades acuáticas, incluyendo los 3 días restantes de las vacaciones en Dénia y los 20 días posteriores en los que tampoco pudo utilizar piscinas. SOLICITUD DE INFORMACIÓN A DENIAPLUS.COM Solicito que Deniaplus.com facilite: 1. Identificación de la compañía aseguradora. 2. Número de póliza. 3. Número de expediente o siniestro. 4. Fecha en que se comunicó el accidente a la aseguradora. 5. Justificante de dicha comunicación. 6. Información relativa al mantenimiento y revisión del cristal de la bañera/ducha. 7. Identificación de la persona o entidad responsable del mantenimiento del alojamiento. SOLICITUD FINAL Por todo lo anterior, solicito que Deniaplus.com dé una respuesta formal a esta reclamación y proceda a la correspondiente indemnización de los daños y perjuicios ocasionados. Solicito expresamente que no se considere esta reclamación como una renuncia a reclamar posteriormente cualquier daño, secuela, perjuicio estético, gasto o consecuencia que pueda determinarse como resultado del accidente. En caso de no obtener una respuesta satisfactoria, me reservo el derecho a ejercer las acciones que correspondan ante los organismos y tribunales competentes para reclamar la totalidad de los daños y perjuicios ocasionados. DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA • Informe médico de la asistencia hospitalaria. • Fotografías de las heridas tomadas inmediatamente después del accidente. • Fotografías del cristal roto. • Fotografías actuales de la cicatriz, en caso de aportarse. • Documentación de la reserva y estancia. • Comunicaciones mantenidas con Deniaplus.com. • Justificantes de gastos médicos y demás gastos relacionados con el accidente.
Reclamación formal y solicitud reembolso por incumplimiento de servicio y entrega en mal estado
Asunto: Reclamación formal y solicitud de reembolso íntegro por incumplimiento de servicio y entrega en mal estado- Pedido App Burger King. Hechos: El pasado martes 15 de septiembre a las 21:00 horas realicé un pedido a través de la aplicación oficial de Burger King. El servicio sufrió un retraso injustificado de una hora y media, siendo entregado a las 22:30 horas. Durante la espera, intenté ponerme en contacto con el restaurante local en repetidas ocasiones, resultando imposible debido a que tenían el teléfono apagado o desconectado. Asimismo, emití reportes de retraso a través de la propia aplicación sin obtener respuesta alguna. Al recibir el pedido a las 22:30 horas, la comida (hamburguesa, patatas y nuggets) se encontraban completamente fríos, secos y en condiciones no aptas debido a la excesiva demora en el transporte. Tras agotar todas las vías de atención al cliente posibles (mensajes en la app, Instagram, Twitter/X, llamadas telefónicas y correo electrónico), la empresa ha rechazado el reembolso alegando que el pedido fue finalmente "recogido/aceptado", ofreciendo únicamente una hamburguesa de cortesía. Considero que esta solución es totalmente insuficiente y desproporcionada ante el perjuicio causado. Adjunto pantallazo de las llamadas, mensajes y reclamaciones realizadas. Petición: En base al incumplimiento contractual en los tiempos de entrega y el estado del producto entregado, solicito el reembolso íntegro del importe abonado por el pedido. La aceptación física del paquete no convalida que el servicio se haya prestado correctamente ni anula el derecho del consumidor a recibir un producto alimenticio en condiciones óptimas de temperatura y calidad.
Prohibición de entrada con alimentos de afuera
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque en el establecimiento CINESA cita en Calle Fuencarral, 136, 28010, Madrid me fue denegada la entrada por portar alimentos adquiridos fuera del propio establecimiento, supuestamente amparados en el Art. 24 de la Ley 17/1997, vulnerando así el Real Decreto Legistlativo 1/2007 del 16 de noviembre, incurriendo en prácticas abusivas. Será presentada la correspondiente reclamación en la D.G. Comercio, Consumo y Servicios de la Comunidad de Madrid. SOLICITO: - El cese de estas actividades en todos los establecimientos de CINESA. - La retirada en todos los establecimientos de CINESA del cartel, ubicado en la zona de lectura de entradas, donde se cita de forma errónea el Art. 24 de la Ley 17/1997 como forma de hacer presión los consumidores. Sin otro particular, atentamente.
Discriminación por altura
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque, me parece absolutamente discriminatorio el trato que se le da a una persona que pase del 1.95m, ya que no he podido montar en apenas 4 atracciones y me explicó en la puerta principal hay un cartel que indica que si mides menos de un metro no pagas, si mides más de 1.40m pagas menos y el resto pagamos todos lo mismo y no entiendo por qué yo pago lo mismo si no puedo montar en más de la mitad de las atracciones, debería haber una categoría para gente de más de 1.95 y siendo esta reducida debido a eso mismo, he pagado más de 50 euros y me parece una absoluta discriminación SOLICITO […]. solicito la que se cree esa categoría de personas de más de 1.95 m por qué no tenemos derechos con respecto al resto de clientes y pagamos lo mismo, entiendo que es por seguridad pero también que pago lo mismo que los demás sin poder disfrutar de las atracciones Sin otro particular, atentamente. Julio Sanz Rejat
Autocaravana en mal estado
Tras recibir la autocaravana el 10 de agosto, observamos que presentaba numerosos daños estéticos (ventanas y persianas rotas, arañazos en el exterior, etc.). El responsable de Indie Campers nos aseguró que todo funcionaba correctamente y nos convenció de que no tendríamos ningún problema durante el viaje. Sin embargo, al cabo de unas horas, nos dimos cuenta de que el gas había dejado de funcionar: no teníamos nevera ni gas en la cocina y, además, el inodoro no se podía abrir. Descubrimos que las bombonas de gas estaban vacías e intentamos comprar una nueva, pero resultó imposible porque la furgoneta utilizaba el sistema alemán, incompatible con las bombonas que se venden en España. El responsable de Indie Campers que nos entregó el vehículo era consciente de esto y nos engañó; de hecho, yo había intentado comprarle una bombona nueva para asegurarme de viajar con al menos una llena, pero él respondió que no le quedaban más de ese tipo. Al día siguiente, intentamos ducharnos y nos dimos cuenta de que el agua se filtraba de la ducha y del lavabo por varios puntos, cayendo al suelo e incluso llegando a los circuitos internos de la autocaravana; ¡era algo realmente peligroso! . Esa misma tarde, la policía intentó multarnos porque estábamos vertiendo agua en la vía pública, y tuve que convencerles de que se trataba de un fallo de la autocaravana. Para ello, tuvimos que conducir hasta la base de Indie Campers en A Coruña —la más cercana a nuestra ubicación en ese momento—, recorriendo cientos de kilómetros y desviándonos de nuestra ruta para conseguir una autocaravana de sustitución o una reparación adecuada. Allí, el responsable nos comentó que había solicitado un vehículo de reemplazo pero que no había sido posible conseguirlo, por lo que intentó reparar los desperfectos lo mejor que pudo: cambió la instalación de gas por una adaptada a los estándares españoles (algo que, según él, siempre debe verificarse antes de entregar cualquier furgoneta), sustituyó el inodoro por uno nuevo e intentó arreglar las fugas de la ducha. Pasamos cuatro días sin poder usar la nevera (lo que supuso tirar mucha comida a la basura) y sin posibilidad de utilizar el inodoro, la ducha ni el fregadero. Tras las reparaciones, continuamos nuestro viaje con la promesa de que recibiríamos una furgoneta de sustitución tan pronto como hubiera una disponible. No recibimos más información por parte de Indie Campers, así que seguimos con el viaje; sin embargo, días después volvió a aparecer la fuga en la ducha y el agua caliente dejó de funcionar de nuevo. ¡¡La falta de profesionalidad de Indie Campers arruinó nuestras vacaciones!! La furgoneta no estaba en condiciones para viajar y requiere una reparación a fondo; ¡nos sentimos estafados! Además, recibí un trato muy irrespetuoso por parte del responsable de Indie Campers en Sevilla cuando regresamos a la base y le expuse todos los problemas. Por todo ello, exijo la devolución íntegra de mi dinero, incluido el depósito que aún no he recibido. Tan solo nos han dado una compensación de 179 euros, cuando el precio diario por el alquiler era de 135, y estuvimos 4 dias sin poder usar frigorifico, cocina, baño y ducha, y además nos tuvimos que desplazar más de 100 km hasta Coruña para poder reparar la autocaravana.
Entradas ticketswap
Hola, he realizado esta mañana la compra de dos entradas en ticketswap para el concierto de Dani Martín en la Plaza de Toros de Murcia a las 21:00h. No nos han dejado entrar porque en la pantalla decía que nuestras entradas ya habían sido validadas (saliendo una luz roja). Hemos intentado entrar unos 15-20 min antes de la hora de inicio y luego hemos estado una hora haciedo cola en la taquilla para intentar buscar una solución o poner una reclamación, sin éxito ninguno. Seguimos a las afueras del recinto y le he pedido a los chicos de la puerta que por favor volvieran pasar una de mis entradas para hacerle una foto al escaner, como prueba para adjuntar. En las entradas compradas aparece el nombre de ambas personas junto a sus apellidos y sus DNI.
Entrada recibida no corresponde a lo publicitado
Estimados/as señores/as: de ticketswap Me pongo en contacto con ustedes porque he comprado un abono de dos días para el duro festival y al recibir la entrada es únicamente de un día, cuando en el anuncio pone abono de dos días. Opinión SOLICITO que se me devuelva el dinero o se me cambie por el correspondiente abono de dos dias Att Carla
Tardan 1 hora en contestar
Llevo 20 minutos y no contesta nadia, quiero denunciarles.
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