Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
B. D.
02/02/2021

ESTAFA IBERIA TELEFONO 901 y NO RESPONDEN

Debido a la tormenta de nieve de filomena, nuestro vuelo de Madrid-Bruselas fue cancelado en varias ocasiones. Por este motivo, tuvimos que ponernos en contacto con Iberia para intentar recolocarnos en otro vuelo. Por supuesto, no conseguimos contactar con ningun operador y finalmente pudimos hacer la gestion por la web. Cual es mi sorpresa que cuando recibo la factura de telefono veo un cargo de 42 EUR que solo se corresponden a llamadas a Iberia en esos dias. RECLAMO que me devuelvan el dinero o me compensen. No indican ni el coste de la llamada ni un numero alternativo en la pagina web.

Cerrado
L. R.
02/02/2021
VILLAGE HATS ESPAÑA

Village hats España o sombrerosygorras.es

Buenos días.Hice mi pedido en la pagina web sombrerosygorras.es el día 30 de Diciembre de 2020 y hoy 02 Febrero 2021 todavía no lo he recibido.Al primer email me contestaron que podrían demorarse. A los siguientes emails ya no recibo respuesta por parte de ellos.Muchas gracias y un saludo

Cerrado
A. V.
02/02/2021

Problema Seat Diesel Gate

Buenas,Tengo un Seat Ibiza del año 2011 1.6 Tdi 105cv con el problema de la estafa de los motores ¿qué tengo que realizar para la indemnización después de la sentencia establecida para este hecho? gracias.

Resuelto
C. R.
01/02/2021

Dirección de envío incorrecta

Buenas realice un pedido en AliExpress , mi hermana igual , la sale que el pedido ya ha llegado y está aceptado por el receptor , a mi hermana no la ha llegado y no ha aceptado la entrega del pedido , ha sido enviado a otra dirección , cuando se pregunta dónde está salen los datos de otra persona , en cuanto a mi pedido ocurre lo mismo , la tienda a desaparecido y el vendedor igual , me dan opción de rembolso , pero quiero los productos al precio ofertado , en la página pone original cuando es falso y son réplicas , quiero lo que se oferta producto original a precio pagado , AliExpress no se hace responsable del vendedor de su página e incluso al pedir el número de factura me lo niegan , alegando que el vendedor es quien me lo tiene que proporcionar y ha desaparecido

Cerrado
I. M.
01/02/2021
Borja Vilaseca Institute

Ejercicio de desistimiento

Hola, realicé una reserva para un curso en Kuestiona (versión webinar) titulado Master en Desarrollo Personal y Liderazgo y pagué por la reserva del curso 95 euros. Posteriormente el día 7 de enero de 2021 pago el resto del curso que son 995 euros y que empezaba el 28 de enero de 2021. Por razones personales el día 27/01/2021, un día antes de empezar el curso les envío un email informando del deseo de desistir del curso y que me realicen la devolución de 995 euros, pues los 95 euros eran la reserva y ni siquiera los estoy reclamando. El mismo día 27/01/2021 me eliminan de la plataforma de acceso en Slack sin ninguna explicación. Llamo repetidamente el viernes día 29/01/2021 y finalmente me devuelven la llamada y me explica una trabajadora Mireia Masip que no me pueden devolver el dinero, que esas son las condiciones, cuando a mi no se me ha informado de ninguna condición, factura o contrato y menos todavía se me ha informado de mi derecho al desistimiento de conformidad con el Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre.La trabajadora me informa que lo preguntará a Dirección aunque me puede afirmar con rotundidad que no me van a devolver el dinero, la cuestión es que estamos a día 01/02/2021 y no tengo acceso al curso y tampoco no me han contestado a mi petición de devolución.

Resuelto
S. L.
01/02/2021

Problemas con el cambio de coche

Buenos díasEl pasado viernes día 22 de enero compramos un Renault Clio (matrícula 8160 FTK) en la sucursal de Ocasión Plus de Córdoba, nuestro comercial fue Carlos Checa.A pesar de haber probado el vehículo antes de comprarlo, al poco tiempo de salir del concesionario se empezaron a encender tres testigos, de los cuales uno de ellos indicaba fallo de motor. Además, el coche no superaba los 90 Km/h. Con todo esto, volvimos de inmediato al concesionario, donde el coche fue revisado por el mecánico Carlos. Destacar que, al tratarse de un vehículo de segunda mano, es comprensible que pueda fallar algo. Tras la revisión, no se detectó la falla, pero los testigos seguían encendidos. Por este motivo, solicitamos un cambio de coche.Al día siguiente, sábado 23 de enero, fuimos a la sucursal de Sevilla para probar un Ford Ka (matrícula 8897 GSP) y nuestro nuevo comercial fue Alejandro. Conformes con este coche, Alejandro se puso en contacto con Carlos Checa (de Córdoba) para que realizara las gestiones del cambio. Me comentaron que el lunes día 25 de enero me llamarían.Una vez pasado el fin de semana, no obtengo respuesta ninguna, y el miércoles día 27 me pongo en contacto con Alejandro (de Sevilla) para saber si se ha hecho efectivo el cambio. Me comenta que lo debe hacer Carlos Checa desde Córdoba, por lo que me pongo en contacto con él. Me dice que está esperando la respuesta de los superiores.Al día siguiente, el jueves día 28, visito de nuevo la sucursal de Sevilla para hablar en persona con Alejandro, quien llama a Córdoba. Para nuestra sorpresa, le comentan que Carlos Checa ya no trabaja allí. Por este motivo, Alejandro me dice que él mismo se haría cargo de las gestiones, y que me llamaría al día siguiente.El viernes 29 de enero no recibo ninguna llamada y me vuelvo a poner en contacto con Alejandro. Me comenta otra vez que la gestión la tienen que hacer desde Córdoba, a pesar de haberme dicho el día anterior que la haría él mismo. Me dice que se va a encargar José Manuel de Córdoba, con quien me pongo en contacto. José Manuel me comenta que él no sabía nada, puesto que Alejandro le dijo que él haría las gestiones.Esa misma tarde, volvemos a visitar la sucursal de Sevilla y hablamos con Alejandro en persona y con José Manuel por teléfono. Tras varias discusiones, José Manuel me promete que me llamaría el lunes y haría efectiva las gestiones de cambio de coche.Hoy, lunes 01 de febrero, no recibo ninguna llamada de José Manuel, por lo que yo mismo me pongo en contacto con él. Me comenta que las gestiones del cambio de coche no han sido admitidas, alegando que el coche se reparó poco después de su entrega en el taller. Esta información no es del todo correcta, puesto que, a pesar de inspeccionar el vehículo y no encontrar fallas, el testigo luminoso de fallo de motor continuaba encendido. Como comprenderán, dicho testigo se encenderá si existe un fallo en el motor, aunque no se pueda detectar. Argumenta que tal vez el testigo se haya encendido por error. Este razonamiento tampoco es válido, puesto que la función expresa de dicho testigo es avisar de una falla en el motor. Si el testigo se enciende por error, deja de cumplir su función y, por consiguiente, el vehículo deja de ser seguro al no indicar correctamente si existe realmente una falla o no.Por otro lado, existe una cláusula que indica que el vehículo podrá ser cambiado por otro en un plazo de 15 días o 1000Km. Teniendo en cuenta que el coche falló y fue devuelto en un plazo inferior a media hora desde su adquisición, se acoge a esta cláusula y debe ser cambiado.Por todos estos motivos, reclamo el cambio de coche tal y como he expresado en esta reclamación. En su defecto, otra opción sería el reembolso completo del coche, por un importe de 3500€.Aparte de todo lo expuesto, hay que destacar que hemos realizado tres viajes a Córdoba y otros tres a Sevilla, con el consiguiente gasto de combustible (daños y perjuicios), así como innumerables llamadas. Además, el Renault Clio fue repostado con 20€ de gasolina, cuyo importe está también incluido en esta reclamación.Por último, quería expresar también mi desagrado hacia esta empresa y el lamentable trato hacia el cliente, así como la eternización de las gestiones.Sin acritudReciba un cordial saludo y graciasS.L.R.

Cerrado
F. D.
01/02/2021

Cobro de comisión en cuenta hipotecaria

Al Servicio de Atención al Cliente de BBVA Florencio David Daza HernándezDNI 48912021ZCalle Ronda del Foro, 14, 1º1SDirección del Servicio de Atención al cliente BBVA – HuelvaOficina 3275Ps. Palmeras, S/N, Esquina C/Luis Manzano21002, HuelvaEn Punta Umbría a 1 de febrero de 2021Asunto: Préstamo hipotecario // Cuenta bancaria ES23 0182 3275 5902 0152 1251Buenos días,Soy titular de la cuenta número ES23 0182 3275 5902 0152 1251 y mediante este escrito vengo a formular RECLAMACIÓN en los términos previstos en la Ley General de Consumidores y Usuarios, en base a los siguientesHECHOS y FUNDAMENTACIÓNPRIMERO.- En las altas fechas 5/01/2021, 16/12/2020, 4/08/2020, ,… esta entidad cargó en mi cuenta corriente una comisión por mantenimiento por valor de 49.16, 1.89, 3.21 euros,… y ello a pesar de que la cuenta corriente en cuestión responde en exclusiva como soporte para el pago/cobro de préstamo hipotecario.SEGUNDO.- Esta acción es CONTRARIA A LA POSICIÓN DEL BANCO DE ESPAÑA.El Servicio de Reclamaciones del Banco de España considera que no corresponde a los clientes soportar ninguna comisión por mantenimiento y/o administración cuando las cuentas se mantienen, con la finalidad de ser utilizadas exclusivamente para abonar los intereses de un depósito, o para dar servicio a un préstamo hipotecario:– Por imposición de la entidad, pues conduciría al absurdo de que el cliente pague por cumplir una obligación —apertura de cuenta para facilitar la gestión de la entidad— que esta le impuso en interés propio, siendo claramente contrario al principio de reciprocidad y a las buenas prácticas y usos bancarios– Por voluntad del interesado, pues la comisión carecería de causa. No obstante, si las entidades negaran la gratuidad a este canal de pago, podrían habilitar alternativamente cualquier otro procedimiento para que los prestatarios pudieran hacer los pagos sin coste alguno (como transferencias a una cuenta habilitada a tal fin, domiciliación en cuentas abiertas en otras entidad, etc.). De no ser así, deberían informar del coste a soportar en el momento de la contratación.**La Memoria del Servicio de Reclamaciones del Banco de España a este respecto es accesible en el siguiente enlace, que recoge los Criterios Específicos de Buenas Prácticas Bancarias del Banco de España:http://www.bde.es/f/webbde/Secciones/Publicaciones/PublicacionesAnuales/MemoriaServicioReclamaciones/10/buenas_practicas.pdf TERCERO.- Esta acción es CONTRARIA A LA ORDEN MINISTERIAL EHA/2899/201, de 28 de OCTUBRE Y A LA POSICIÓN DEL BANCO DE ESPAÑA.La ORDEN MINISTERIAL EHA/2899/20111, de 28 de Octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, concretamente al artículo 3, establece que “sólo podrán percibirse comisiones o repercutirse gastos por servicios solicitados en firme o aceptados expresamente por un cliente y siempre que respondan a servicios efectivamente prestados o gastos habidos”.

Resuelto
M. P.
01/02/2021
CAR LOVERS AUTOMOCION SL

Problema con reembolso

Hola, hace menos de un mes adquirí un coche de segudamano en un concesionario de compraventa.Desde el primer día el coche daba problemas (temblaba, daba tirones, no frenaba bien, la amortiguación fallaba, pierde gasolina, etc...)Me puse en contacto con ellos para que me devolviesen el dinero y se opusieron tajantemente, dandome como única opción que les llevase el vehículo para que ellos lo reparasen.Les dejé el vehículo y tras quice días en su taller me lo devolvieron con los mismos problemas.Me volví a poner en contacto con ellos comentandole que los problemas persistían, el propietario del concesionario me respondío vacilandome, llamándome pesado, subnormal y demás lindeces, para acto seguido bloquearme del whatsapp.Este sábado pasado acudí en persona y hablé con él. Me dijo que no me iba a arreglar los discos de frenos ni absolutamente nada más del vehículo, que bastante hizo con repararme el amortiguador.Le pedí una hoja de reclamaciones que esta mañana mismo presenté en consumo.La verdad es que estoy desesperado... Me siento estafado, con 1900€ tirados a la basura y con un coche que en cualquier momento me dejará tirado en la carretera...

Cerrado
A. C.
01/02/2021

Liquidacion seguro decesos

Hola:Mi padre falleció el 16 de diciembre del 2020 y fue enterrado el 30 de septiembre del 2020, tiene numero de poliza de santa lucia 106848. El 18 de noviembre os pedí la factura desglosada del funeral y no llego bien desglosada, tras ponerme en contaco con ustedes en varias ocasiones para que me deaglosaran bien la factura y me reembolsaran el capital sobrante de la póliza sin tener contestación niguna por parte de sana lucia, generandome impotencia porque siempre me dicen que se pondran en contacto conmigo y nunca lo hacen. Ruego lo solucionen, pues el funeral fue poco profesional y bastante desagradable para la famila por la forma de actuar de santa lucia.

Cerrado
D. G.
01/02/2021
Sociedad Protocolos y Servicios Financieros SL

Solicitud copia de contratos

Como cliente de Sociedad Protocolos y Servicios Financieros SL (Creditorapid), RECLAMO me envíen COPIA DEL CONTRATO correspondiente al último préstamo en vigor en el que se desglosen todos los conceptos liquidados en el mismo:- Capital prestado.- Capital pendiente de pago.- Detalle de abonos realizados por mi parte, desglosando según sean:- Importe abonado del principal del préstamo.- Intereses ordinarios u honorarios abonados.- Importe abonado en extensiones.- Intereses de demora abonados.- Comisiones por impago abonados.Así mismo, EXIJO me sea remitido de la misma forma TODOS Y CADA UNO de los contratos de préstamo que he contratado con su sociedad , Sociedad Protocolos y Servicios Financieros SL (Creditorapid), desde el INICIO de mi relación contractual con su sociedad.Según contemplan LAS CONDICIONES GENERALES DE PRESTAMO que aparecen en su web ,dichos contratos se rigen por lo establecido en la Ley 22/2007 de 11 de julio sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores (BOE 12 de julio de 2007), sin perjuicio de la aplicación normativa general sobre servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico que se contiene en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico, y en su caso, en el capítulo II del Titulo III y disposición adicional primera de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de ordenación del comercio minorista y demás normativa de aplicación general a los consumidores, así como la normativa especial que rige la prestación de los servicios financieros en cada caso.Además de las condiciones establecidas en cada contrato. Ello supone:• Que el consumidor debe conocer y aceptar, con carácter previo a la celebración del contrato, las condiciones generales del contrato.• Que al consumidor le haya sido proporcionada, previamente y con suficiente antelación a la celebración de cualquier contrato, la información detallada en los artículos 7 y 8 de la Ley 22/2007, de 11 de julio, de comercialización a distancia de servicios financieros destinados a consumidores. En particular, se exige la información sobre el derecho de desistimiento, así como de los plazos, forma e instrucciones precisas para su ejercicio. El incumplimiento de los requisitos relativos a la información previa que se deriven de los contratos, así como los relativos a la comunicación de dicha información previa, que se establecen en el Capítulo II, en los artículos 7, 8 y 9 de la presente Ley, podrá dar lugar a la nulidad de los contratos, de acuerdo con lo previsto en la legislación española.• La información anterior y la totalidad de las condiciones contractuales que rige el préstamo habrán de proporcionarse por escrito en soporte papel u otro soporte duradero accesible (art. 8 Ley 22/2007). Todo ello antes de celebrar el préstamo y/o aceptar cualquier oferta que le haya sido dirigida por el Prestamista. En cualquier momento de la relación contractual, el consumidor tendrá derecho, si así lo solicita, a obtener las condiciones contractuales en soporte de papel. Además, el consumidor tendrá el derecho de cambiar la técnica o técnicas de comunicación a distancia utilizadas, salvo que sea incompatible con el contrato celebrado o con la naturaleza del servicio financiero prestado.- La renuncia a los derechos que reconoce la Ley es nula (art. 3 Ley 22/2007).La reclamación se realiza ejerciendo mis derechos como consumidor y el no envío llevará a la nulidad del contrato por incumplimiento por su parte, y procedería a solicitar legalmente la nulidad del contrato como establece la Ley .

Resuelto

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