Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
O. G.
05/02/2024
PRESTAMER

Solicitud copia de contratos

Como cliente de PRESTAMER, a través de su marca MONEYMAN, RECLAMO me envíen COPIA DEL CONTRATO correspondiente al último préstamo en vigor en el que se desglosen todos los conceptos liquidados en el mismo:- Capital prestado.- Capital pendiente de pago.- Detalle de abonos realizados por mi parte, desglosando según sean:- Importe abonado del principal del préstamo.- Intereses ordinarios u honorarios abonados.- Importe abonado en extensiones.- Intereses de demora abonados.- Comisiones por impago abonados.Así mismo, RECLAMO me sea remitido de la misma forma TODOS Y CADA UNO de los contratos de préstamo que he contratado con su sociedad ,PRESTAMER, desde el INICIO de mi relación contractual con su sociedad.Según contemplan LAS CONDICIONES GENERALES DE PRESTAMO que aparecen en su web ,dichos contratos se rigen por lo establecido en la Ley 22/2007 de 11 de julio sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores (BOE 12 de julio de 2007), sin perjuicio de la aplicación normativa general sobre servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico que se contiene en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico, y en su caso, en el capítulo II del Titulo III y disposición adicional primera de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de ordenación del comercio minorista y demás normativa de aplicación general a los consumidores, así como la normativa especial que rige la prestación de los servicios financieros en cada caso.Además de las condiciones establecidas en cada contrato. Ello supone:• Que el consumidor debe conocer y aceptar, con carácter previo a la celebración del contrato, las condiciones generales del contrato.• Que al consumidor le haya sido proporcionada, previamente y con suficiente antelación a la celebración de cualquier contrato, la información detallada en los artículos 7 y 8 de la Ley 22/2007, de 11 de julio, de comercialización a distancia de servicios financieros destinados a consumidores. En particular, se exige la información sobre el derecho de desistimiento, así como de los plazos, forma e instrucciones precisas para su ejercicio. El incumplimiento de los requisitos relativos a la información previa que se deriven de los contratos, así como los relativos a la comunicación de dicha información previa, que se establecen en el Capítulo II, en los artículos 7, 8 y 9 de la presente Ley, podrá dar lugar a la nulidad de los contratos, de acuerdo con lo previsto en la legislación española.• La información anterior y la totalidad de las condiciones contractuales que rige el préstamo habrán de proporcionarse por escrito en soporte papel u otro soporte duradero accesible (art. 8 Ley 22/2007). Todo ello antes de celebrar el préstamo y/o aceptar cualquier oferta que le haya sido dirigida por el Prestamista. En cualquier momento de la relación contractual, el consumidor tendrá derecho, si así lo solicita, a obtener las condiciones contractuales en soporte de papel. Además, el consumidor tendrá el derecho de cambiar la técnica o técnicas de comunicación a distancia utilizadas, salvo que sea incompatible con el contrato celebrado o con la naturaleza del servicio financiero prestado.- La renuncia a los derechos que reconoce la Ley es nula (art. 3 Ley 22/2007).Hagan llegar la documentación solicitada a la mayor brevedad por correo electrónico o por este mismo canal.Saludos cordiales.

Cerrado
A. E.
05/02/2024

Error en bonificaciones

Hola, el pasado mes de Enero recibía un correo de mi banco en el que me decían que sólo he cumplido con un 0,1 de bonificaciones y por lo tanto me iban a subir la hipoteca en euribor + 2,25 lo cual es una verdadera barbaridad además de que es completamente falso.Escribí a mi gestor recordándole que el año pasado tuvimos un problema similar por que el seguro de vida que nos concede un 0,6 más de bonificación está a nombre de mi esposo y se paga en febrero (ya lo he pagado) pero mi gestor no me ha respondido a los cuatro correos que ya le he enviado.Por otro lado, según el contrato de la hipoteca tenemos que gastar 3000 euros anuales en una o las dos tarjetas de credito que tenemos con ellos, pero en Julio la mía la tuve que dar de baja por un cargo que no era mío e hicimos el resto de gasto con la de mi marido, al parecer tampoco lo han tenido en cuenta, y en el contrato pone que sólo deben hacer el gasto uno de los dos prestatarios (ambos lo somos).El caso es que con todas estas pruebas, mandé contrato de hipoteca, recibo de seguro de vida, extractos mensuales de las tarjetas de credito a mi gestor y también al servicio de atención al cliente del banco deutschebank, solo recibí un acuse de recibo conforme que mi reclamación se presentaba el 9 de Enero del 2024 pero cual es mi sorpresa que recibo la revisión de hipoteca sin contestar a mi reclamación y sin ningún tipo de explicación, por lo que el próximo mes de Marzo mi cuota hipotecaria asciende a 1136 euros, un interés de euribor + 2,25.Me gustaría saber cual sería el siguiente paso a realizar para que se me ampliquen correctamente mis bonificaciones.Escribí hace relativamente poco al defensor del cliente de deutschebank y tampoco he recibido respuesta, aunque en este caso ha pasado poco tiempo.Muchas gracias.

Resuelto
O. G.
05/02/2024

Solicitud copia de contratos

Como cliente de Bulnes Capital S.L., a través de su marca , RECLAMO me envíen COPIA DEL CONTRATO correspondiente al último préstamo en vigor en el que se desglosen todos los conceptos liquidados en el mismo:- Capital prestado.- Capital pendiente de pago.- Detalle de abonos realizados por mi parte, desglosando según sean:- Importe abonado del principal del préstamo.- Intereses ordinarios u honorarios abonados.- Importe abonado en extensiones.- Intereses de demora abonados.- Comisiones por impago abonados.Así mismo, RECLAMO me sea remitido de la misma forma TODOS Y CADA UNO de los contratos de préstamo que he contratado con su sociedad ,Bulnes Capital S.L, a través de su marca MONEYMAN, desde el INICIO de mi relación contractual con su sociedad.Según contemplan LAS CONDICIONES GENERALES DE PRESTAMO que aparecen en su web ,dichos contratos se rigen por lo establecido en la Ley 22/2007 de 11 de julio sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores (BOE 12 de julio de 2007), sin perjuicio de la aplicación normativa general sobre servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico que se contiene en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico, y en su caso, en el capítulo II del Titulo III y disposición adicional primera de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de ordenación del comercio minorista y demás normativa de aplicación general a los consumidores, así como la normativa especial que rige la prestación de los servicios financieros en cada caso.Además de las condiciones establecidas en cada contrato. Ello supone:• Que el consumidor debe conocer y aceptar, con carácter previo a la celebración del contrato, las condiciones generales del contrato.• Que al consumidor le haya sido proporcionada, previamente y con suficiente antelación a la celebración de cualquier contrato, la información detallada en los artículos 7 y 8 de la Ley 22/2007, de 11 de julio, de comercialización a distancia de servicios financieros destinados a consumidores. En particular, se exige la información sobre el derecho de desistimiento, así como de los plazos, forma e instrucciones precisas para su ejercicio. El incumplimiento de los requisitos relativos a la información previa que se deriven de los contratos, así como los relativos a la comunicación de dicha información previa, que se establecen en el Capítulo II, en los artículos 7, 8 y 9 de la presente Ley, podrá dar lugar a la nulidad de los contratos, de acuerdo con lo previsto en la legislación española.• La información anterior y la totalidad de las condiciones contractuales que rige el préstamo habrán de proporcionarse por escrito en soporte papel u otro soporte duradero accesible (art. 8 Ley 22/2007). Todo ello antes de celebrar el préstamo y/o aceptar cualquier oferta que le haya sido dirigida por el Prestamista. En cualquier momento de la relación contractual, el consumidor tendrá derecho, si así lo solicita, a obtener las condiciones contractuales en soporte de papel. Además, el consumidor tendrá el derecho de cambiar la técnica o técnicas de comunicación a distancia utilizadas, salvo que sea incompatible con el contrato celebrado o con la naturaleza del servicio financiero prestado.- La renuncia a los derechos que reconoce la Ley es nula (art. 3 Ley 22/2007).Hagan llegar la documentación solicitada a la mayor brevedad por correo electrónico o por este mismo canal.Saludos cordiales.

Resuelto
J. M.
05/02/2024

No puedo recuperar mi dinero

¡No puedo conseguir mis 350 euros! Les escribí todos los meses en otoño, pero mi problema no se ha resuelto. Quiero que me devuelvan mis 250 euros y, si siguen sin decidir qué hacer con mi cuenta, entiérrenla.

Cerrado
O. G.
05/02/2024

Solicitud copia contratos

Como cliente de IDFINANCE SPAIN S. A.U., a través de su marca MONEYMAN, RECLAMO me envíen COPIA DEL CONTRATO correspondiente al último préstamo en vigor en el que se desglosen todos los conceptos liquidados en el mismo:- Capital prestado.- Capital pendiente de pago.- Detalle de abonos realizados por mi parte, desglosando según sean:- Importe abonado del principal del préstamo.- Intereses ordinarios u honorarios abonados.- Importe abonado en extensiones.- Intereses de demora abonados.- Comisiones por impago abonados.Así mismo, RECLAMO me sea remitido de la misma forma TODOS Y CADA UNO de los contratos de préstamo que he contratado con su sociedad ,IDFINANCE SPAIN S. A.U., a través de su marca MONEYMAN, desde el INICIO de mi relación contractual con su sociedad.Según contemplan LAS CONDICIONES GENERALES DE PRESTAMO que aparecen en su web ,dichos contratos se rigen por lo establecido en la Ley 22/2007 de 11 de julio sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores (BOE 12 de julio de 2007), sin perjuicio de la aplicación normativa general sobre servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico que se contiene en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico, y en su caso, en el capítulo II del Titulo III y disposición adicional primera de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de ordenación del comercio minorista y demás normativa de aplicación general a los consumidores, así como la normativa especial que rige la prestación de los servicios financieros en cada caso.Además de las condiciones establecidas en cada contrato. Ello supone:• Que el consumidor debe conocer y aceptar, con carácter previo a la celebración del contrato, las condiciones generales del contrato.• Que al consumidor le haya sido proporcionada, previamente y con suficiente antelación a la celebración de cualquier contrato, la información detallada en los artículos 7 y 8 de la Ley 22/2007, de 11 de julio, de comercialización a distancia de servicios financieros destinados a consumidores. En particular, se exige la información sobre el derecho de desistimiento, así como de los plazos, forma e instrucciones precisas para su ejercicio. El incumplimiento de los requisitos relativos a la información previa que se deriven de los contratos, así como los relativos a la comunicación de dicha información previa, que se establecen en el Capítulo II, en los artículos 7, 8 y 9 de la presente Ley, podrá dar lugar a la nulidad de los contratos, de acuerdo con lo previsto en la legislación española.• La información anterior y la totalidad de las condiciones contractuales que rige el préstamo habrán de proporcionarse por escrito en soporte papel u otro soporte duradero accesible (art. 8 Ley 22/2007). Todo ello antes de celebrar el préstamo y/o aceptar cualquier oferta que le haya sido dirigida por el Prestamista. En cualquier momento de la relación contractual, el consumidor tendrá derecho, si así lo solicita, a obtener las condiciones contractuales en soporte de papel. Además, el consumidor tendrá el derecho de cambiar la técnica o técnicas de comunicación a distancia utilizadas, salvo que sea incompatible con el contrato celebrado o con la naturaleza del servicio financiero prestado.- La renuncia a los derechos que reconoce la Ley es nula (art. 3 Ley 22/2007).Hagan llegar la documentación solicitada a la mayor brevedad por correo electrónico o por este mismo canal.Saludos cordiales.

Cerrado
A. E.
05/02/2024

Siniestro no atendido

Intento contactar con Mutua para reclamar un siniestro no atendido y no consigo hablar con nadie para que me den una explicación

Cerrado
M. C.
05/02/2024

No puedo recuperar mi dinero

Desde el 20 de agosto de 2023 no puedo recuperar mi dinero. Tenemos una gran correspondencia con ustedes, ¡pero no han hecho nada para resolver este problema! Quiero que me devuelvan mis 700 euros y si todavía no pueden decidir qué hacer con mi cuenta, entonces entiérrenla.

Cerrado
J. L.
05/02/2024

Dar de baja y reclamar cargos

Hola, el mes pasado concretamente estuve buscando un microcrédito aparecí en Ibercredi, que por lo visto es lo mismo que Credalitas y Creditando. Supuestamente iban a ofrecerme un préstamo pero me pedían comprobar una tarjeta válida, me cobraron 1,99 (al principio no me sorprendió ya que otras veces he tenido que validar la tarjeta y me cobran un importe pequeño y después me lo devuelven). Esta vez no fue así, me cobraron 1,99 que no me devolvieron y aqui empezó todo.18-01-2024 me cobraron los 1,99 euros18-01-2024 me cobraron 29,99 euros04-02-2024 me cobraron 31,98 eurosHe intentado reclamar a la empresa, porque yo no he firmado nada con ellos y además estoy pagando a cambio de nada porque yo no he recibido nada de ellos. Todos los meses me están descontando dinero de mi cuenta bancaria, aprovechándose de que necesitaba dinero con urgencia y caí en la trampa de poner mi tarjeta. NI HE FIRMADO NADA, NI HE AUTORIZADO NINGÚN COBRO, SON UNOS ESTAFADORES. Te dan de alta en un servicio que no puedes cancelar, no contestan los correos y el telefóno no da señal. Y para colmo cuando intentas darte de baja desde la web, a un servicio que ni siquiera has contratado, te pone que el usuario no existe. QUIERO QUE DEJEN DE ROBARME Y QUE ME DEVUELVAN MI DINERO DE UNA VEZ.

Cerrado
B. S.
05/02/2024

Estafa

Escribo porque llevo 1 mes intentando solucionar este tema con atención al cliente del Sabadell y con la directora de la sucursal pero no hay manera… ya he reclamado en la sucursal varias veces e incluso he ido a la policía a poner la denuncia. Me llamaron desde el número de teléfono del Banco Sabadell diciéndome que me habían intentado estafar la cuenta y me hicieron 4 instant money, en total 1.200€. La forma que me estafaron fue por teléfono, donde me llamaron desde el número de teléfono del Banco Sabadell, enviándome SMS desde el mismo número donde el banco envía los SMS para la firma digital, poniendo la música del Banco Sabadell y todo muy bien replicado... Además de que tenían todos mis datos, yo no tuve que decirles ni mi DNI ni mi nombre ni nada, ya lo tenían ellos.He intentado hacer la reclamación por teléfono muchísimas veces, y también a través de la directora de la sucursal del banco, pero me dicen que no me devuelven el dinero porque dicen que yo soy responsable porque yo di los códigos de SMS al estafador. Se me está haciendo responsable de un tema en el cual yo soy la víctima, y alguien se tiene que hacer responsable de ello y no soy yo. Es cierto que el instant money se completó con los códigos de firma digital que se me envió, pero desde el mismo número en el cuál el Banco Sabadell me envía para hacer las firmas digitales, y desde el número de teléfono del Banco Sabadell. Tengo los pantallazos y además lo presenté como prueba a los Mossos d'Esquadra. Yo recibí una llamada del Banco Sabadell, me enviaron mensajes desde el número en el que el Banco Sabadell me envía SMS para las firmas digitales, y tenían la música del Banco Sabadell... Todo parecía indicar que era el Banco Sabadell quien se estaba poniendo en contacto conmigo. No hay nada que indicara lo contrario. Y aquí el Banco Sabadell tiene la culpa de que le hayan plagiado el teléfono y el número para los SMS. Les han tenido que entrar en el sistema y sacar mis datos, para poder hacer la estafa. Porque además tenían mi teléfono, mi DNI, mi nombre completo y cuenta. Por lo tanto, el Banco no ha tenido un sistema de seguridad fuerte en el que yo, como cliente del Banco Sabadell, me he visto afectada. Si hubieran tenido un sistema de seguridad más fuerte, esto no hubiera ocurrido. En conclusión, el Banco Sabadell se tiene que hacer responsable de ello ya que no han tenido un sistema fuerte de seguridad porque les han suplantado. Mientras tanto, estoy sin 1.200€ y con la cuenta bloqueada.Por favor ayúdenme, que estoy desesperada.

Cerrado
M. B.
05/02/2024

Problema Grabaciones

Hola, el dia 29 de enero llame por teléfono porque no funcionaba la tarjeta sanitaria de adeslas, y resulta que estaba desactivada, llamo y mi sorpresa es que la grabacion de diciembre estaba hecha pero mal y resulta que nadie se ha puesto en contacto conmigo para decirmelo. Como consecuencia de esto perdi el 10% que me ofertaron en la grabación porque me mantenía el 10% que me ofertaron por no irme en octubre cuando llame la primera vez también he perdido ayer una cita que me costó muchísimo conseguirla y de carácter urgente para mi salud y resulta que mañana tengo otra cita igual que la que perdí ayer y no saben si me van a reactivar la cuenta, despues de ese dia ha pasado una semana y ni me la han activado ni se han puesto en contacto conmigo, he tenido que llamar hoy y lo unico que se hace es pasar mi nota y yo sigo sin citas y sin seguro..Así que siendo un fallo vuestro tengo que pagarlo yo??? Resulta que voy a tener que estar un año con vosotros pagando más de lo que tenía que pagar y si me voy me penalizan. Espero que esto se resuelva lo antes posible. Gracias

Cerrado

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