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Gastos de gestión abusivos de 9 € por entrada – Cirque du Soleil
Estimados señores/as de Cirque du Soleil, Me dirijo a ustedes en calidad de consumidor para presentar una reclamación formal por el cobro de 9 € en concepto de gastos de gestión (o "tasa de servicio"/service fee) por cada una de las entradas adquiridas para el espectáculo KURIOS – Gabinete de Curiosidades, función del domingo 8 de marzo de 2026 a las [hora si la sabes; si no, omite] en Parque Vega de Triana, Carretera del Muro de Defensa s/n, Sevilla (Sección 103 / fila B / asiento(s) [indica los números si los tienes]). Datos de la compra: Número de pedido / referencia: 002-1770 3571 Fecha y hora de compra: lunes, 9 de febrero de 2026 a las 18:00 Plataforma de compra: web oficial cirquedusoleil.com Número de entradas adquiridas: 5 Precio base por entrada (sin gastos): 85,00 € Importe en gastos de gestión: 9,00 € por entrada (total 45,00 € en comisión/tasa de servicio) Importe total pagado: [calcula y ponlo si lo tienes, ej. 425 € base + 45 € gastos = 470 €] Considero que este recargo es abusivo, desproporcionado e injustificado por los siguientes motivos: El importe de 9 € por cada entrada supone aproximadamente el 10,6 % del precio base (85 €), lo que resulta excesivo y no parece responder a los costes reales de una operación de venta 100 % a distancia (donde el consumidor realiza la selección de asientos, introducción de datos, pago electrónico y recepción de entradas digitales). Según el Real Decreto Legislativo 1/2007 (TRLGDCU), artículos 8, 18, 59 y siguientes, y especialmente la Nota informativa de la Dirección General de Consumo de julio de 2024 sobre recargos y gastos de gestión en contratación a distancia de entradas para espectáculos públicos, estos gastos deben ser: Transparentes desde el inicio del proceso. Proporcionales y corresponder exclusivamente a costes reales adicionales soportados por el vendedor. No superiores a los que implicaría adquirir las entradas presencialmente. No generar enriquecimiento injusto ni aplicarse de forma automática por entrada sin justificación clara. En la práctica, el cobro se multiplica por cada entrada (5 en este caso), duplicando o triplicando el recargo sin que exista un coste adicional proporcional por cada una. Esta práctica es considerada abusiva por organizaciones como OCU y FACUA, que han registrado numerosas reclamaciones idénticas contra Cirque du Soleil por los mismos 9 € por entrada. El cobro no se justifica adecuadamente ni se detalla en las condiciones generales de forma clara y previa durante el proceso de compra, incumpliendo el deber de transparencia. Por todo ello, solicito formalmente: La devolución íntegra de los importes cobrados en concepto de gastos de gestión (45,00 € en total), mediante abono en la misma tarjeta o método de pago utilizado, en un plazo máximo de 14 días naturales desde la recepción de esta reclamación. En su defecto, una explicación detallada y documentada de los costes reales que justifican los 9 € por cada entrada (no por pedido global), incluyendo desglose de gastos soportados. Adjunto como prueba: Captura(s) de pantalla del proceso de compra donde aparecen los gastos desglosados. Quedo a la espera de su respuesta en el plazo legalmente establecido (máximo 1 mes según normativa de consumidores). De no obtener respuesta satisfactoria o resolución en plazo, me veré obligado/a a escalar la reclamación ante la Junta Arbitral de Consumo, la Dirección General de Consumo de Andalucía (mi comunidad autónoma) o a través de organizaciones como OCU, sin perjuicio de otras acciones legales. Atentamente, Juan Bonilla Fernández DNI: 27291330J Dirección: Avenida Kansas city 35 3A, Sevilla CO: 41007. Teléfono: +34637513315 Correo electrónico: jbonillafernandez@hotmail.com Fecha: 9 de febrero de 2026]
Producto falso
Hola, he realizado un pedido (12847) y el producto recibido no se corresponde con el comprado.
Devolución de 200€ no entregados en el cajero y revisión de la grabación
Buenas tardes. El día 03/02/2026 a las 13:17 del mediodía realicé una retirada de dinero del cajero de 1000 € en efectivo pero el cajero solo me dio 800 €, faltan 200 €. Se produjo en Calle de Atocha 31, Avenida de Europa, Aravaca, oficina: 2282. El banco ha indicado que el arqueo es correcto, sin aportar prueba de la entrega efectiva ni revisión de las grabaciones. Solicito la revisión completa de la operación, incluidas las grabaciones del cajero y el reintegro de los 200 € lo antes posible. Adjunto en PDF el justificante de la operación y la reclamación puesta a través de la página web de BBVA. Un saludo.
Engaño con la tarifa
A: PortalRegistros. Mobetramit SL 09/02/2026 Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque el 05/02/2026 solicité por su página web una nota simple. Lo solicite con el nombre de "Gestión de nota simple". En la web se el coste del servicio era de 6,90 €. En ningún momento del proceso de contratación se me informó de que el coste final ascendería a 38,48 €. Considero que la empresa actúa de mala fe, ya que el procedimiento de pago es deliberadamente engañoso. El único momento en que se pone un precio es cuando se elige el trámite "urgente" o "muy urgente" (no hay otra elección), siendo el precio del trámite urgente de 6,90 euros. En ningún momento más se indica que el precio final asciende a 38,48 euros, así que de repente se cobra esta cantidad sin previo aviso ni desglose claro de este importe. Me siento totalmente engañado, ya que el precio publicitado (6,90 €) no tiene nada que ver con el precio final cobrado (38,48 €), y el método de cobro está diseñado para ocultar el coste real hasta después de haber capturado los datos de pago. SOLICITO POR TANTO QUE SE INSTE A LA EMPRESA MOBETRAMIT S.L. a la devolución integra de los 38,48 euros que me han cobrado indebidamente.
Problema con una compra defectuosa
Hola, realizamos una compra en la app Leroy Merlín de un inodoro negro, el cual pone que es vendido y enviado por LIVEA. Dicho producto es recibido el 9/1/2026, el cual, el embalaje no tiene ningún tipo de desperfecto, se revisó a simple vista dicho inodoro negro y no se apreció ningún tipo de desperfecto. El día 2/2/2026 procedemos a su montaje e instalación y nos damos cuenta que dicho producto tiene pérdidas de agua nos ponemos a intentar averiguar porque se produce esa pérdida y nos damos cuenta que está rajado por la parte delantera, (adjunto fotos de dicha raja, la cual apenas se ve al ser negro el inodoro) por lo cual nos ponemos en contacto con Livea para abrir una reclamación e intentar una sustitución ya que es un daño de fábrica y su respuesta es que no se hace responsable porque ya ha pasado el plazo de 24/48h de reclamaciones. Vía telefónica me pongo el contacto con Leroy Merlín y me dicen que ellos no tienen nada que ver porque es una compra a un vendedor externo. Por lo cual tenemos un inodoro roto y nadie se hace responsable.
INTOXICANCION DE LACTANTE
A la atención de la OCU y de las autoridades sanitarias competentes: Nos dirigimos a ustedes como padres de un bebé que ha consumido leche infantil de la marca Nestlé, perteneciente a un lote que posteriormente ha sido objeto de una alerta sanitaria por posible contaminación por *Bacillus cereus*, para manifestar nuestra profunda preocupación, indignación y dolor por los hechos sufridos. Nuestro hijo presentó un cuadro clínico grave inmediatamente después de la ingesta del producto, con vómitos intensos, diarrea persistente, dolor abdominal, somnolencia y un claro deterioro de su estado general. Este cuadro se repitió cada vez que se reintrodujo el biberón, obligándonos a acudir en dos ocasiones a urgencias y derivando finalmente en un ingreso hospitalario prolongado de siete días. El impacto emocional y psicológico para nuestra familia ha sido enorme. Nuestro hijo pasó su primera Nochebuena y Navidad ingresado en un hospital, con dolor y malestar, en unas fechas especialmente sensibles. Esta situación no solo afectó al menor, sino también a ambos progenitores y a nuestras familias, generando un cuadro de estrés intenso, angustia constante y una profunda sensación de impotencia. Resulta especialmente grave que un producto destinado a lactantes, comercializado como seguro y de alta calidad, haya llegado al mercado en estas condiciones sin una retirada inmediata. La alerta y retirada del lote se produjeron de forma tardía y deficiente, semanas después de que el daño ya se hubiera producido, privando a nuestro hijo, y a otros muchos menores, de una normalidad básica en unas fechas tan señaladas como su primera Navidad. En relación con las pruebas pediátricas, consideramos imprescindible aclarar que *Bacillus cereus* no forma parte de los paneles diagnósticos rutinarios en urgencias pediátricas. Su detección requiere una sospecha clínica dirigida y pruebas específicas, que no pueden realizarse si previamente no existe información ni alerta sanitaria sobre una posible contaminación del producto. En consecuencia, resulta materialmente imposible que los informes médicos vinculen de forma expresa el consumo del producto con los síntomas cuando dicha información no estaba disponible en el momento del ingreso, aunque disponemos de abundante documentación clínica en la que se aprecia claramente la relación temporal y causal con la ingesta del producto. Pese a ello, la empresa Nestlé omite completamente su responsabilidad, escudándose en la inexistencia de partes médicos que establezcan una relación directa, cuando dicha relación no podía documentarse clínicamente precisamente por la ausencia de una alerta previa y por la propia naturaleza de los protocolos pediátricos. Trasladar esta carga probatoria a las familias afectadas resulta improcedente e injustificado. Debe añadirse, además, que *Bacillus cereus* es una bacteria capaz de producir esporas resistentes al calor, por lo que no se elimina aunque el producto sea hervido o preparado conforme a las indicaciones habituales, circunstancia que agrava la responsabilidad del fabricante y refuerza la imposibilidad de que las familias hubieran podido evitar el daño mediante una correcta manipulación del producto. Asimismo, resulta especialmente relevante señalar que, pese a haber presentado reclamación formal ante la empresa, **Nestlé no ha dado respuesta alguna**, **no ha procedido al reembolso del producto** ni ha ofrecido explicación, solución o medida reparadora de ningún tipo, manteniendo una absoluta falta de diligencia y atención hacia los consumidores afectados, incluso tratándose de un producto dirigido a lactantes. Por todo ello, solicitamos expresamente: • Una explicación clara, detallada y transparente de cómo un lote potencialmente contaminado ha llegado al mercado y ha sido consumido por lactantes. • Una investigación exhaustiva sobre los efectos que esta exposición puede haber tenido en la salud de los menores afectados. • La adopción de medidas que garanticen una comunicación inmediata y eficaz de alertas sanitarias en productos infantiles. • La adopción de medidas que aseguren una atención adecuada y real a las familias afectadas, sin respuestas evasivas ni dilaciones injustificadas. • El reconocimiento del daño sufrido y una compensación económica adecuada, teniendo en cuenta el estrés vivido por la familia, los trastornos laborales sufridos por los progenitores y el hecho de que nuestro hijo, y muchos otros menores, se hayan visto privados de su primera Navidad como consecuencia directa de estos hechos. En caso de no obtener una respuesta adecuada, proporcional y acorde con la gravedad de lo sucedido, nos veremos obligados a iniciar las acciones legales oportunas, tanto en vía administrativa como judicial, así como a instar la intervención de las autoridades competentes, al objeto de salvaguardar los derechos e intereses de nuestro hijo y de nuestra familia. No estamos ante un fallo menor. Estamos hablando de la salud de bebés y de una confianza gravemente vulnerada en productos dirigidos a los más vulnerables. Quedamos a su disposición para aportar toda la documentación médica y justificantes necesarios y para colaborar en cualquier actuación que se considere oportuna.
RECLAMACIÓN FORMAL COMPLETA
a la atención de la Dirección del Club David Lloyd Yo, D. Raúl Santaella Lozano, socio del club junto con mi unidad familiar, mediante el presente escrito formulo RECLAMACIÓN FORMAL en relación con los hechos acontecidos durante mi relación contractual con el club. Primero.— Inexistencia de deuda y forma de pago acordada Todas las cantidades correspondientes a cuotas, actividades y servicios han sido abonadas, no existiendo deuda cierta, líquida ni exigible, salvo el importe de 75 € en concepto de recargo o sanción, cuya procedencia queda expresamente impugnada por considerarse arbitraria, desproporcionada y carente de base contractual. Asimismo, al efectuar el pago anual completo de las tres membresías familiares, quedó expresamente establecido y aceptado que los pagos derivados de la relación contractual se realizarían en efectivo, dentro del marco legal vigente, circunstancia conocida por el personal del centro desde el inicio. Segundo.— Curso de tenis, recobro indebido y sanción impugnada Me incorporé al curso de tenis con posterioridad al grupo por una lesión en el hombro, reiterando que el pago se realizaría en efectivo. Sin requerimiento previo válido ni comunicación formal de pago, se procedió a: Incluirme en un procedimiento de recobro con la empresa Intrum. Bloquear mi acceso al club, pese a tener un año completo de membresía abonada. Imponer un recargo de 75 € de forma unilateral y desproporcionada. El 6 de febrero de 2026 aboné íntegramente el importe de las clases de tenis, pero no la sanción, por considerarla improcedente. Pese a ello, continúo recibiendo llamadas reiteradas de Intrum (hasta 3-4 llamadas en tres días), reclamando cantidades no debidas o discutidas, lo que podría constituir una práctica de recobro abusiva y una posible vulneración de la normativa de protección de datos personales y de consumidores. Tercero.— Limitación injustificada del acceso Se produjo la retirada de acceso a la aplicación y la limitación del uso del club, impidiéndome disfrutar de un servicio ya pagado, sin notificación formal previa ni causa válida. Cuarto.— Imposibilidad real de uso del pádel El servicio ofertado como centro de categoría superior resulta, en la práctica, inutilizable en horarios normales: Sin reservas disponibles de 17:00 a 20:00 entre semana. Sin reservas de 10:00 a 13:00 los fines de semana. Colas presenciales desde las 08:00 horas para reservar con 9 días de antelación (día a día). Mi esposa, cuyo único horario disponible es sábado por la mañana o entre semana entre 18:00 y 20:00, lleva más de dos meses sin poder disputar un solo partido de pádel, pese a abonar la membresía correspondiente. Esto evidencia una falta de disponibilidad real del servicio contratado y una discordancia entre las condiciones ofrecidas y el uso efectivo del servicio. Dispongo de capturas de pantalla y demás pruebas documentales que acreditan la imposibilidad reiterada de reserva. Quinto.— Deficiente estado de la zona de cardio Máquinas averiadas o fuera de servicio, incluido el equipo denominado “Tactic”. Esperas en horas punta que impiden realizar ejercicio cardiovascular con normalidad. Situación incompatible con el nivel de servicio ofertado. Sexto.— Lesión en spa por objeto punzante oxidado Durante el uso del jacuzzi o spa sufrí una herida en la planta del pie al clavarse un imperdible oxidado presente en la instalación. Como consecuencia, acudí al Hospital de Barcelona, donde recibí asistencia médica y vacunación antitetánica, circunstancia acreditable mediante informe médico. No consta comunicación a autoridades sanitarias ni activación de protocolo de seguridad, pudiendo derivarse responsabilidades civiles y administrativas. SOLICITO La baja inmediata como socio sin penalización. Confirmación escrita de inexistencia de deuda, dejando sin efecto el recargo de 75 €. Cese de las actuaciones de Intrum y no inclusión en sistemas de morosidad. Devolución proporcional de las cuotas correspondientes al periodo no disfrutado. Apertura de expediente interno por las incidencias de seguridad, disponibilidad del servicio y atención al cliente. Se concede un plazo máximo de QUINCE (15) DÍAS para recibir respuesta escrita. En caso contrario, se formularán las oportunas reclamaciones ante: Organismos de Consumo Agencia Española de Protección de Datos Autoridades sanitarias competentes Jurisdicción civil En Barcelona, a 9 de febrero de 2026 Fdo.:Raúl Santaella Lozano
Pedio erróneo
Hola buenas tardes, realice un pedido el pasado 27 de enero del 2025, PEDIDO N° PEVTO24001497, en el cual incluía un saco para la silla de paseo y varias prendas de bebé. Hoy día 9 de febrero recibo el pedido y me han enviado un bolso el cual no he pedido. Me he puesto en contacto con ellos a través de las redes sociales y por correo electrónico y no me responden. La tienda no tiene teléfono, he llamado al centro comercial donde se encuentra la tienda y me han dicho que no disponen de teléfono, les he dado mis datos para que se pongan en contacto conmigo y tampoco lo han hecho. Por favor solicito el reembolso del pedido o que me envíen el pedido de manera correcta. Un saludo, gracias
Solicitud de contrato de gas
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque necesito que me envíen el contrato de gas de mi punto de suministro. No se encuentra disponible para descargar desde el área del cliente y os lo he solicitado por distintas vías (teléfono, chat de vuestra página web, whatsapp) y no he conseguido que me lo enviéis, únicamente habéis abierto una gestión en el área del cliente y sobre una dirección errónea y antigua. SOLICITO que se me envíe el contrato de gas solicitado correspondiente al CUPS indicado a la mayor brevedad posible. Sin otro particular, atentamente.
Incumplimiento de contrato y falta de respuesta pir parte de 8 Belts
EXPONGO Que en fecha febrero de 2025 suscribí un contrato de prestación de servicios formativos con la empresa 8Belts, cuyo periodo de vigencia se extiende hasta marzo de 2026, habiendo abonado el la mayor parte correspondiente a las condiciones pactadas. Que el objeto del contrato consiste en el acceso a una plataforma de aprendizaje de idiomas que incluye, entre otros servicios esenciales, la realización de trainings con profesores, elemento fundamental e indispensable para el correcto desarrollo del programa contratado. Sin embargo, desde hace varias semanas, la plataforma no funciona conforme a lo contratado, produciéndose un incumplimiento grave y continuado del contrato, por los siguientes motivos: 1. Inexistencia de profesores disponibles para la realización de los trainings, impidiendo el acceso efectivo al servicio principal por el cual se ha abonado el contrato. 2. Acumulación de trainings pendientes de realizar, sin posibilidad material de programarlos por causas ajenas a mi voluntad. 3. Según información contrastada y conocida, dicha falta de profesores se debe a que estos se encuentran en huelga por impagos por parte de la empresa, circunstancia que evidencia una deficiente gestión interna que no puede ser trasladada al cliente. 4. La empresa no ha ofrecido soluciones alternativas reales, compensaciones, ampliaciones de plazo ni medidas correctoras eficaces que permitan el cumplimiento del contrato en condiciones equivalentes a las pactadas. Todo ello supone un incumplimiento contractual esencial, vulnerando los principios de buena fe contractual y dejando sin efecto práctico el servicio contratado durante una parte significativa de su vigencia. SOLICITO Que se tenga por presentada la presente denuncia y, en su virtud, se adopten las medidas oportunas para: • Declarar el incumplimiento del contrato por parte de la empresa 8Belts. • Reconocer mi derecho a la disolución contractual sin penalización alguna. • Proceder a la devolución de las cantidades correspondientes al periodo no disfrutado, o, subsidiariamente, la compensación económica proporcional a los servicios no prestados. • En su caso, imponer las sanciones que correspondan conforme a la normativa de protección de consumidores y usuarios. Todo ello sin perjuicio de cuantas acciones legales me asistan en defensa de mis derechos.
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