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cancelación financiación de tradeando por cancelación de contrato viciado
Conocí el curso de tradeando desde su página web, contactaron conmigo, y me financiaron sin mi consentimiento el total del curso, solicité desistimiento y después la cancelación total, por diversos vicios contractuales ( publicitar engaños, ocultar información necesaria, gastos ocultos, técnicas muy agresivas de comercialización, presiones, y un link de ustedes, que no explican que es que al pulsarlo, sin ninguna explicación más, con su aprobación y connivencia, cobra el primer recibo, y además financia el resto del curso. (se da la circunstancia que yo ya era cliente suyo pagando religiosamente y con buenas referencias con ustedes). Además ustedes hacen todo esto en connivencia con tradeando, ya que ustedes lo publicitan, se informan sobre el cliente y si es viable lo financian, no solo eso, si no que inmediatamente a negarme a pagar el segundo recibo, ya son avisados de que avisen y presionen, además vía WhatsApp y email, para cobrar, avisar de los recargos, y posteriormente presionan oara que pagues amenazando con arruinar tu imagen crediticia con inclusión listados de morosos, cuando eso llegado el caso es trabajo de la financiera. Ustedes publicitan y financian, ellos seleccionan y cobran
Problema con el pago de recibo mensual de Préstamo Personal
Estimados/as señores/as: Soy cliente de la Entidad, Cristina Zota, con número de contrato de préstamo personal 9620.322-670067-72. Me dirijo al Servicio de Atención al Cliente de su Entidad para comunicarles mi disconformidad con la devolución indebida de recibos. Me cambié hace aproximadamente dos años de banco (a BBVA) por motivos personales, con lo que, mi cuenta de CaixaBank sigue en vigor ya que tengo el producto anteriormente mencionado pendiente de amortizar. Con ello, los recibos debo pagarlos a través de las opciones disponibles, de las cuales, son de mi preferencia Bizum y Tarjeta bancaria, ambas asociadas a mi Banco actual. Asimismo, se generan los recibos del préstamo personal cada día 02 del mes. Si el pago lo realizo tras el día 05 a las 00:00h, se aplica un recargo de 40 euros en concepto de "Compensación por impago". El problema viene, cuando, estando entre los días 02 y 04 (hasta las 23:59), realizo el pago por Bizum o Tarjeta, se cobra en primera instancia, pero me son devueltos con posterioridad. O bien en el mismo momento, o bien al día siguiente. No es la primera ocasión en la que esto pasa y al consultar a mi gestora de Caixa esta última vez, me pone la excusa de que el saldo de mi cuenta de BBVA es insuficiente, siendo esto incorrecto. Considero que están aplicando una mala práctica o que es su sistema informático el que falla, castigándome a mí con dicho recargo. No todos los días entro a la aplicación de mi Banco. Esta circunstancia y el poco plazo de pago sin recargo (2/3 días) hace imposible el pago del recibo en condiciones oportunas. Adjunto los siguientes documentos: Documentación Precontractual del Contrato. No puedo obtener el duplicado actual a través de la aplicación de Caixa, ya que solo permite acceder a la documentación de los últimos dos años, y el préstamo fue contratado con fecha 03/04/2023. Extractos de BBVA de los movimientos obtenidos tras el pago con Bizum el día 03/02/2026. SOLICITO que ordene las instrucciones oportunas para: obtener información del porqué de estos acontecimientos con los recibos, y hacer pago del importe que corresponde (230,95€, y no 271,75€) en el recibo de 02/02/2026. Sin otro particular, atentamente, Cristina Zota.
Revisión incorrecta del diferencial aplicado a hipoteca
A LA ATENCIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE (SAC) – BANCO SABADELL, S.A. D./D.ª: Antonio Fernando Cuenca Martín DNI/NIE: 53.157.336-N Domicilio: C/ del Barco nº 33, 1º E, 28004 Madrid Tel./Email: 646406214 / afcuenca@bce.cajarural.com + qenk_@hotmail.com Asunto: Reclamación por aplicación incorrecta del diferencial/bonificación en préstamo hipotecario variable. Solicitud de revisión de revisiones desde 20/12/2021, regularización y devolución de importes. EXPONGO Soy titular del préstamo hipotecario a tipo variable “VIVIENDA A TIPO VARIABLE”, con nº de contrato 807392385162. Banco Sabadell, mediante escrito del Servicio de Atención al Cliente con N/Ref: 21/15560A, de fecha 20/12/2021, me comunicó el abono del recálculo del tipo de interés (en relación con la revisión del 30/09/2020) y, además, que se adoptaba la decisión de aplicar en adelante lo indicado en dicho escrito para los futuros cálculos del tipo de interés del préstamo, según se expresa en esa comunicación (documento adjunto). Asimismo, en la documentación aportada por la entidad/antecesora CAM (Caja Mediterráneo) consta una bonificación del diferencial consistente en una rebaja de 0,40 puntos vinculada al cumplimiento de requisitos (documento adjunto). Hago constar que el documento original figure con la denominación CAM por la absorción de CAM por Banco Sabadell, actuando éste como entidad sucesora en la relación contractual. Pese a lo anterior, en la Liquidación de préstamo de fecha 30/01/2026 (periodo de intereses 31/12/2025–31/01/2026) consta la aplicación de: Índice: 2,0790 Lo que daría un Diferencial: 0,8500 Tipo resultante: 2,4290 (“Recibo préstamo hipotecario 2026 enero”, adjunto). Entiendo que la aplicación de un diferencial 0,8500 no está incorporando la bonificación de rebaja de 0,40 puntos indicada en la documentación aportada, ni resulta coherente con lo comunicado por la entidad en el escrito del SAC de 20/12/2021 respecto a la regularización y criterios para futuros cálculos. Nota aclaratoria (evitar ambigüedad): el documento de bonificación habla de “rebaja del diferencial de 0,40 puntos”. Si el diferencial base es 0,85, la aplicación correcta de esa rebaja implicaría un diferencial bonificado de 0,45. En cualquier caso, el objeto de esta reclamación es que se aplique la rebaja de 0,40 y se regularice todo lo cobrado de más. POR TODO ELLO, SOLICITO A) Que Banco Sabadell realice una revisión integral del préstamo y de los cálculos del tipo de interés, comprobando todas las revisiones del tipo de interés (índice + diferencial) realizadas desde el 20/12/2021, o desde la primera revisión posterior a dicha fecha, y hasta la actualidad. B) Que se aplique correctamente la bonificación de rebaja del diferencial de 0,40 puntos (y, en su caso, el diferencial bonificado resultante), con la regularización correspondiente en las cuotas. C) Que se efectúe el recálculo completo de cuotas e intereses desde 20/12/2021, y se proceda a la devolución/abono de todas las cantidades cobradas en exceso como consecuencia de la incorrecta aplicación del diferencial, más los intereses que correspondan. D) Que se me remita por escrito: el histórico de revisiones desde 20/12/2021: fecha de revisión, índice aplicado, diferencial aplicado, tipo resultante y cuota; la base contractual/operativa por la que se me está aplicando diferencial 0,8500 pese a la bonificación indicada; el detalle del recálculo (cuotas afectadas, importes cobrados de más y fecha de abono). E) Que se emita una respuesta motivada dentro del plazo aplicable del SAC. En caso de no obtener resolución satisfactoria, trasladaré la reclamación a OCU y al Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones del Banco de España, aportando la documentación. DOCUMENTACIÓN QUE APORTO (copias) Escrito Banco Sabadell SAC N/Ref 21/15560A (20/12/2021) y anexos. Documento de bonificación (CAM) donde consta la rebaja del diferencial de 0,40 puntos (TIF). “Recibo préstamo hipotecario 2026 enero” (Liquidación 30/01/2026) donde consta que la cuota es resultado de aplicar un diferencial de 0,8500. (Además de la reclamación mediante socio de la OCU por esta vía, también se realizará reclamación vía SAC de la entidad, aportando mi DNI y petición/reclamación firmada). Un saludo.
Presión de cobro pese a crédito suspendido
Mantengo una reclamación abierta por un curso de Tradeando financiado mediante crédito vinculado con SeQura. La financiera ha confirmado por escrito la paralización cautelar de cobros, recobros e inclusión en ficheros de morosidad mientras se resuelve el expediente. Sin embargo, el centro de formación continúa escribiéndome por WhatsApp reclamando el pago y advirtiendo de posibles acciones legales y ASNEF, incluso fijando plazos concretos de pago (por ejemplo, antes de una hora determinada) pese a dicha suspensión. Solicito un trato adecuado y que cesen las comunicaciones de cobro por canales informales, realizándose cualquier gestión únicamente por vías formales y de forma coordinada entre las entidades. También se me ha requerido retirar reseñas donde describo estos hechos, incluyendo las exigencias de pago bajo advertencia de registros de morosidad aun estando el crédito paralizado. Entiendo que los consumidores podemos publicar experiencias veraces sin recibir presiones para eliminarlas. Solicito: Cese inmediato de comunicaciones de cobro por WhatsApp u otros canales informales. Comunicaciones únicamente por vías formales y coordinadas. Que no se realicen advertencias relacionadas con opiniones basadas en hechos reales. Para su constancia en el expediente de mediación.
Clausula abusiva en concesión de hipoteca
En la oficina de Ibercaja nº 2067 en Coso Alto 11 en Huesca para concederme una hipoteca en 2024 me obligaron a contratar un seguro de vida por casi el total de la hipoteca. Esto no aportaba ninguna bonificación al tipo de interés y fue una condición irrenunciable. Por desgracia en ese momento desconocía que esta práctica es ilegal según el artículo 17 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario
Problema con reembolso de una compra cancelada / presupuesto dental no realizado y cobradoCleardent
Estimados/as señores/as: Soy cliente de la Entidad, [titular de un préstamo, tarjeta de crédito, otros productos (solo identificar el tipo de producto, no el nº o clave del mismo)]. Me dirijo al Servicio de Atención al Cliente de su Entidad para comunicarles mi disconformidad con el cobro de dos cuotas de un presupuesto cancelado de la clínica Cleardent el cual hemos reclamado desde hace varios meses tanto la clínica como yo y no sé ha ajustado ni reembolsado las cuotas y me queréis cobrar la última cuota pendiente de los 289€ Y ello por haber sido cancelado el presupuesto en Cleardent desde primera hora y no haberme realizado ningun servicio, habiendo comunicado Cleardent a Sequra en varias ocasiones la petición de que me ajustarais dichos cargos y se me reembolsara lo cobrado. Adjunto los siguientes documentos: (documento de Desistimiento firmado por la clínica y ya enviados por correo en varias ocasiones SOLICITO que ordene las instrucciones oportunas para el reembolso inmediato de las cuotas cobradas. Sin otro particular, atentamente.
Traore kardigue
Hase dos semanas solicitando préstamo
Inexistencia de responsabilidad y solicitud de documentación
Estimados señores, En relación con las comunicaciones recibidas por su parte reclamando una supuesta deuda atribuida a Securitas Direct, les comunico formalmente lo siguiente: No reconozco la deuda reclamada, ni mi responsabilidad respecto de la misma. A día de hoy no se me ha informado de ninguna deuda por escrito por parte de Securitas Direct, la empresa con la que mantengo la obligación contractual. En particular, las notificaciones recibidas por parte de terceros son las siguientes: * Una comunicación de la empresa TEAM4, que indica que representa a su cliente Securitas Direct, reclamándome el pago de 145 €, sin explicar el concepto, ni facilitar desglose ni factura. * La llamada de la agencia ISFG Jurídico, teléfono +34 685 063 406, que indica representar a su cliente CaixaBank Payments and Consumer, reclamándome el pago de 290 €, también sin concepto, desglose ni factura. Quiero dejar constancia de que no he firmado ningún contrato ni tengo obligación alguna con CaixaBank Payments and Consumer. Por tanto, no entiendo ni acepto que la agencia externa ISFG Jurídico me reclame supuestas cantidades en su nombre. He verificado esta situación directamente con mi oficina de CaixaBank, donde se me ha certificado por escrito que no mantengo ninguna deuda pendiente con dicha entidad. Las comunicaciones de ISFG, por tanto, carecen de fundamento y no deben considerarse válidas para exigir pago alguno. Ninguna de estas notificaciones tiene validez para obligarme al pago, ya que solo Securitas Direct, como acreedor contractual, puede comunicarme y justificar de manera formal cualquier deuda. Hasta que Securitas Direct no me facilite por escrito la documentación acreditativa de la deuda, incluyendo contrato, cláusula de permanencia y desglose completo de los importes, no voy a abonar absolutamente nada. Asimismo: * El hecho de que Securitas Direct haya podido vender o ceder total o parcialmente un supuesto crédito a terceros no me convierte en responsable del pago, tratándose de una relación interna entre cedente y cesionario. * No consta en el contrato suscrito que una eventual cancelación pueda dar lugar a reclamaciones por parte de empresas externas, ni que dichas entidades puedan reclamar cantidades sin previa acreditación contractual y documental. * Rechazo expresamente cualquier intento de notificación, amenaza o imposición de plazos por vía telefónica o verbal, en particular la llamada de ayer por la tarde de ISFG Jurídico, donde se me amenazó con adoptar medidas si no abonaba cantidades antes del 10 de febrero. A mí no se me puede considerar notificado de nada que no sea por escrito y correctamente justificado conforme a derecho, contrato, tiempo y forma. Cualquier amenaza futura será considerada como práctica ilícita y dará lugar a acciones legales. Les requiero para que cesen inmediatamente cualquier comunicación o gestión de cobro hasta que Securitas Direct me facilite por escrito la justificación completa de las deudas que alegan. La persistencia en la reclamación sin base documental suficiente podría constituir una reclamación indebida, reservándome el ejercicio de cuantas acciones me asistan en defensa de mis derechos como consumidor. Atentamente, MIRELLA SÁNCHEZ GARCÍA Número de contrato 5236259
Inexistencia de responsabilidad y solicitud de documentación
Estimados señores, En relación con las comunicaciones recibidas por su parte reclamando una supuesta deuda atribuida a Securitas Direct, les comunico formalmente lo siguiente: No reconozco la deuda reclamada, ni mi responsabilidad respecto de la misma. A día de hoy no se me ha informado de ninguna deuda por escrito por parte de Securitas Direct, la empresa con la que mantengo la obligación contractual. En particular, las notificaciones recibidas por parte de terceros son las siguientes: * Una comunicación de la empresa TEAM4, que indica que representa a su cliente Securitas Direct, reclamándome el pago de 145 €, sin explicar el concepto, ni facilitar desglose ni factura. * La llamada de la agencia ISFG Jurídico, teléfono +34 685 063 406, que indica representar a su cliente CaixaBank Payments and Consumer, reclamándome el pago de 290 €, también sin concepto, desglose ni factura. Quiero dejar constancia de que no he firmado ningún contrato ni tengo obligación alguna con CaixaBank Payments and Consumer. Por tanto, no entiendo ni acepto que la agencia externa ISFG Jurídico me reclame supuestas cantidades en su nombre. He verificado esta situación directamente con mi oficina de CaixaBank, donde se me ha certificado por escrito que no mantengo ninguna deuda pendiente con dicha entidad. Las comunicaciones de ISFG, por tanto, carecen de fundamento y no deben considerarse válidas para exigir pago alguno. Ninguna de estas notificaciones tiene validez para obligarme al pago, ya que solo Securitas Direct, como acreedor contractual, puede comunicarme y justificar de manera formal cualquier deuda. Hasta que Securitas Direct no me facilite por escrito la documentación acreditativa de la deuda, incluyendo contrato, cláusula de permanencia y desglose completo de los importes, no voy a abonar absolutamente nada. Asimismo: * El hecho de que Securitas Direct haya podido vender o ceder total o parcialmente un supuesto crédito a terceros no me convierte en responsable del pago, tratándose de una relación interna entre cedente y cesionario. * No consta en el contrato suscrito que una eventual cancelación pueda dar lugar a reclamaciones por parte de empresas externas, ni que dichas entidades puedan reclamar cantidades sin previa acreditación contractual y documental. * Rechazo expresamente cualquier intento de notificación, amenaza o imposición de plazos por vía telefónica o verbal, en particular la llamada de ayer por la tarde de ISFG Jurídico, donde se me amenazó con adoptar medidas si no abonaba cantidades antes del 10 de febrero. A mí no se me puede considerar notificado de nada que no sea por escrito y correctamente justificado conforme a derecho, contrato, tiempo y forma. Cualquier amenaza futura será considerada como práctica ilícita y dará lugar a acciones legales. Les requiero para que cesen inmediatamente cualquier comunicación o gestión de cobro hasta que Securitas Direct me facilite por escrito la justificación completa de las deudas que alegan. La persistencia en la reclamación sin base documental suficiente podría constituir una reclamación indebida, reservándome el ejercicio de cuantas acciones me asistan en defensa de mis derechos como consumidor. Atentamente, MIRELLA SÁNCHEZ GARCÍA Número de contrato 5236259
Intereses abusivos
A la atención del Departamento de Atención al Cliente de Trive Credit Spain, S.L(my kredit) Me dirijo a ustedes en relación con el Contrato de Préstamo 2489327 , concedido el día 20 de 05 de 2025 por importe de €900 y un importe total a devolver de 1286.10 €, lo que supone una TAE del 4517% . En el mes de septiembre ante la falta de pago del préstamo tras dos prórrogas hicieron una restructuración a 171 días con unas cuotas de 425,14€ siendo el total a pagar de 2550,84€ suponiendo un 283,4% más del importe inicial de los cuales ya se han hecho efectivos 1.275,42€. Tras revisar detenidamente las condiciones del contrato, les comunico que los intereses aplicados son manifiestamente usurarios, en virtud de lo establecido en: El artículo 1 de la Ley de Represión de la Usura de 1908, que declara nulos los contratos con intereses “notablemente superiores al normal del dinero y manifiestamente desproporcionados”. La Sentencia del Tribunal Supremo 160/2025, que consolida la doctrina de que un interés es usurario si supera en más de seis puntos porcentuales el tipo medio del mercado 1. La jurisprudencia de 2023 y 2024, que extiende este criterio a préstamos personales y microcréditos, considerando usurarios aquellos cuya TAE supere entre un 33 % y un 50 % el tipo medio de mercado 2. En este caso, la TAE aplicada supera en decenas de miles de veces el tipo medio de mercado para préstamos personales, lo que constituye una vulneración flagrante de la normativa vigente y de los derechos del consumidor. Por tanto, les solicito formalmente a: Declarar la nulidad del contrato, eliminando los intereses abusivos. Confirmar por escrito la cancelación de cualquier cargo adicional derivado de intereses, comisiones o penalizaciones por impago y dar por cerrada toda relación contractual que haya existido entre las partes. En caso de no recibir una respuesta satisfactoria en un plazo de 15 días naturales, procederé a: Presentar una reclamación ante la Agencia Española de Consumo y los ficheros de solvencia patrimonial en caso de inclusión indebida. Acudir a la vía judicial, solicitando la nulidad del contrato y la devolución de los importes cobrados en exceso, con expresa imposición de costas. Quedo a la espera de su respuesta por escrito.
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