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Retraso equipaje
Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Malpensa al de Madrid, con fecha 6 de enero 2025, En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una maleta negra Samsonite, grande. Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje no apareció por la cinta correspondiente, recibiéndolo 7 días después. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR). Aporto el documento PIR y el billete. Ante el retraso en la entrega del equipaje facturado, me vi obligada a realizar los siguientes gastos basicos, cuyo importe total ascendió a la suma de 62.97€]. Aporto la justificación documental de dichos gastos . SOLICITO la cantidad de 560 euros* como indemnización por los daños producidos por retraso en la entrega del equipaje facturado. La contestación de la aerolínea ha sido negativa, no tengo ningún derecho de indemnización por el retraso de la maleta. Pero yo considero que si que lo tengo por los perjuicios que me ha causado no disponer de muchas de mis pertenencias. Sin otro particular, atentamente. * En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.
Retraso equipaje
Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Asturias al de Múnich con escala en Madrid, con fecha salida el 1 de febrero En el aeropuerto de salida facturé mi maleta con destino final y recogida en el aeropuerto de Múnich. Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje no apareció por la cinta correspondiente, recibiéndolo días después, ocasionando que no pudiese esquiar hasta la entrega tardía de mi equipaje pues toda la ropa deportiva se encontraba en la maleta demorada. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR), MUCIB28164 Ante el retraso en la entrega del equipaje facturado, me vi obligada a realizar los siguientes gastos de primera necesidad cuya copia de ticket ya se aportó, no se pudo disfrutar del equipo deportivo alquilado ante la falta de ropa, cuya factura ya fue aportada, dado los horarios de las tiendas de ropa en la estación de esquí donde me abonaba y que se trataba de fin de semana no pude comprar ropa para poder ducharme u usar ropa limpia hasta que se me entregó la maleta, y en retraso supuso estar en un hotel de una estación de esquí sin poder hacer nada dado que no disponía de ropa para el frío e incurrir en unos gastos de alojamiento cuyo fin original era esquiar no estar en la habitación del hotel sin poder salir ni disfrutar del servicio de piscina y spa del hotel por no disponer de ropa ni poder comprarla. SOLICITO la cantidad de 1609 euros* como indemnización por los daños producidos por retraso en la entrega del equipaje facturado. Sin otro particular. * En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.
Cobro por maleta
En el vuelo que hice de Praga a Madrid me cobraron la maleta, aun habiendo pagado por ser priority y tener derecho a llevar una maleta de mano de 10 kg. Es una maleta que sigue las medidas de Ryanair y no es la primera vez que viajo con ella, además el vuelo de ida de Madrid a Praga no me hicieron ningún problema. Además de eso, me dijeron que me iban a cobran 79€ y cuando me metí en la cuenta del banco me cobraron 89'84€ más 3'14€ de comisión, ya que en Praga usan coronas en vez de euros. Solicito la devolución integra del dinero que me hicieron pagar.
Cobro del equipaje de mano
En un vuelo de Viena a Málaga me cobraron 60€ por el equipaje de mano, que era una mochila.
PROBLEMAS CON EL EQUPIPAJE
Buenas tardes, describo los hechos paso a paso. Como conoceis edreams es una agencia de viajes donde te ofrece vuelos, hoteles, y trenes etc.. El jueves 6 de Febrero realice una reserva de proveniente de iryio a traves de Edreams. Mientras se realizaba la reserva en su pagina web indicaba que estaban incluidas dos maletas y dejandome llevar por su información realice la reserva, la sorpresa me la encontré cuando me llegan los billetes y veo que lo que tengo contratado es ( una mochila de equipaje de mano y una maleta). Cuando me doy cuenta de su error se lo hago saber, y me dicen que tengo que ser YO quien me comunique con iryo, lo hago y me dicen que tiene que ser edreams, se lo comento a edreams y me dice que se pondran en contacto con ellos. Al día siguiente me encuentro con la negativa diciendome que iryio le ha negado el cambio de maleta, escribo a iryo y estos me dicen que no tienen solicitud ninguna. Recalco que necesito dos maletas, y que ellos tienen en su página web otra información y se ponen chulos y vacilones.
Cobro de 60 euros,¿ilegal?
El motivo de la reclamación consiste en el pago extra de 60 euros por una maleta en la puerta de embarque. Dicho vuelo fue el 5 de Febrero desde el aueropuerto de Alicante(EL Altet) a Amsterdan(vuelo VY1377) Ni si quiera probaron la maleta en el cajón. Deseo manifestar que dicho cargo no fue comunicado de manera clara y transparente al momento de realizar la reserva del billete, lo cual contraviene lo establecido en el Reglamento (CE) nº 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de septiembre de 2008. Este reglamento exige que todas las tarifas, recargos y condiciones asociadas al transporte aéreo sean informados de forma accesible y comprensible para el consumidor en el momento de la contratación. No me dieron otra opción que pagar, o perder el vuelo. Muchas gracias.
COBRO DE EQUIPAJE ILEGAL
Viejé de Sevilla a Viena el vierne 13 de diciembre con la compañía Ryanair, sin ningún tipo de problema con el equipaje. A la vuelta (Viena-Sevilla), cuando estaba a punto de embarcar, una persona de repente, comenzó de muy malas maneras a seleccionar a ciertos viajeros, entre ellos a mi, diciendonos que no cumplía con los estándares de equipaje, por ello me cobró 60€. Una vez aterricé en Sevilla, me dirigí automaticamente hacía el stand de Ryanair, a lo cual, me indican que no es lo normal y me dan un enlace para hacer una reclamación. Adjunto, por tanto, el recibo del pago, el justificante del mismo y la fotografía para corroborar que sí se cumple en todo momento con los estándares que la compañía exige al volar.
EQUIPAJE DE MANO
Según el art. 97 de la Ley 48/1960, de 21 de julio sobre Navegación aérea, «El transportista estará obligado a transportar juntamente con los viajeros, y dentro del precio del billete, el equipaje con los límites de peso, independientemente del número de bultos, y volumen que fijen los Reglamentos. No se considerará equipaje a este efecto los objetos y bultos de mano que el viajero lleve consigo. El transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos. Únicamente podrá denegarse el embarque de estos objetos y bultos en atención a razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, en relación con las características de la aeronave.» Además, la sentencia TJUE de 18 de septiembre de 2014, la sentencia número 787/2022 de Madrid y la sentencia número 185/2021 de Palma de Mallorca, consideran que el transporte del pasajero y la facturación del equipaje deben estar comprendidos en el precio base del billete del avión.
EQUIPAJE DE MANO
Según el art. 97 de la Ley 48/1960, de 21 de julio sobre Navegación aérea, «El transportista estará obligado a transportar juntamente con los viajeros, y dentro del precio del billete, el equipaje con los límites de peso, independientemente del número de bultos, y volumen que fijen los Reglamentos. No se considerará equipaje a este efecto los objetos y bultos de mano que el viajero lleve consigo. El transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos. Únicamente podrá denegarse el embarque de estos objetos y bultos en atención a razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, en relación con las características de la aeronave.» Además, la sentencia TJUE de 18 de septiembre de 2014, la sentencia número 787/2022 de Madrid y la sentencia número 185/2021 de Palma de Mallorca, consideran que el transporte del pasajero y la facturación del equipaje deben estar comprendidos en el precio base del billete del avión. Por todo lo expuesto, ruego nos abonen la cantidad de 144 euros correspondientes al coste indebido abonado por los equipajes de mano de los pasajeros cuyas medidas no exceden de los límites permitidos por su compañía
problema con la indemnizacion iberia
Estimados/as señores/as: Somos 3 afectadas que contratamos un viaje en avión desde el aeropuerto de Madrid al de Dakar, con fecha salida a las 18:00 horas del día 29 del mes de Noviembre de 24 En el aeropuerto de salida facturamos 3 equipajes deportivos especiales con un sobre coste de 65 euros de ida y 65 euros de vuelta cada persona. el equipaje especial eran 3 tablas de surf metidas cada una de ellas en fundas inviduales donde dentro ademas metimos toda nuestra ropa de viaje, tambien de surf (bañadores, gorro para el agua, toallas, parafinas...), y productos de higiene y suplementacion para el deporte. Estas tablas son de gran volumen y miden 9.6 pies, unos 3 metros. Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje no apareció por la cinta correspondiente, se los habian dejado en Madrid y volarian al dia siguiente en otro vuelo, pero no las recibimos en todo el viaje. Reclamaciones diarias por telefono, y viajes diarios al aeropuerto de Cap Skirring (nuestro destino final) porque cada dia nos decian que llegarian en el vuelo que habia ese dia con Airsenegal. Sabiamos que los 3 tablones estaban en Dakar, porque unos amigos volaron un dia mas tarde en el vuelo de madrid a dakar donde viajaron nuestras tablas tambien y sacaron una foto de como los dejaban alli, en la zona de las cintas, pero no hubo manera de que llegaran a destino final. A la vuelta de nuestro viaje, en el vuelo de Cap Skirring a Dakar, encontramos nuestro equipaje tirado en las cintas de recogida de Dakar, donde estuvieron todo el tiempo abandonadas a la vista de todo el mundo, y fuimos nosotras quienes nos las llevamos, sin control de nadie (cualquiera las podria haber robado durante los 5 dias q estuvieron ahi) y solicitamos a quien nos hizo el PIR en Dakar que lo dejara reflejado. Iberia ni nos hizo llegar el material, ni lo guardo en un lugar seguro, ni nos lo dio en mano . Antes de abandonar el aeropuerto, presentamos la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR). Aporto el documento PIR y el billete. Ante el retraso en la entrega del equipaje facturado, nos vimos obligadas a realizar los siguientes gastos, alquiler de tablas de surf, kit de higiene para una semana, ropa para una semana, viajes de taxi al aeropuerto cada dia... Pero ademas nuestro viaje era exclusivamente para practicar y tecnificar un deporte, no para visitar Cap Skirring, y nos llevamos a una profesora particular para que nos diera clases todos los dias, el coste por persona fueron de 300 euros, no hay factura (porque fue organizado entre amigos) pero si un pdf donde se puede ver lo que se pagaba por persona como reserva para las clases. Ademas de tener que comprar mas cosas alli, ya que llegamos sin nada de ropa, ni neceser pero no pudimos obtener tickets o facturas porque cap skirring es un poblado de africa sin recursos y que no te daban en la mayoria de los sitios nada, bastante que conseguimos tener algo para justificar. Añadir tambien que todas las tardes tuvimos que irnos al aeorpuerto, no pudiendo disfrutar de ninguna tarde para surfear y con el estress emocional de ver que cada dia no llegaba nuestro material deportivo, por el cual habiamos pagado un extra. Alquilamos tablas si, pero la calidad en un sitio pobre como es cap skirring, fue como si vas a jugar al tenis y solo encuentras raquetas de ping pong, estaban muy lejos de ser unas tablas de surf en condiciones. Aporto la justificación documental de dichos gastos [copia de facturas, ticket ..] y videos de como estaban nuestras tablas en dakar. SOLICITAMOS la cantidad de 810 euros* POR PERSONA AFECTADA como indemnización por los daños producidos,fisicos y psiquicos por retraso en la entrega del equipaje facturado. * unos 230 por persona facturas adjuntas * 130 por persona en facturar con iberia material deportivo y no cumplir con el servicio * 150 por persona en concepto de gasto de ropa y kit higiene para vivir alli una semana (no tenemos como justificar pero no quiere decir que no compraramos, q vean que no habiamos facturado nada mas que nuestro material deportivo y no llevabamos equipaje de mano) estabamos con lo q fuimos de ropa puesta en el vuelo. * 300 euros por daños psiquicos, trabjar un año para este viaje, contratar a una profesora para ir exclusivamente a tecnificar surf, perder todas las tardes en ir al aeropuerto y ver ademas que nunca llegaron las tablas, fue una ruina de viaje y se torno es una muy mala experiencia. Iberia no nos hizo ni llamar a ver como nos econtrabamos, nada, y se quejaban cuando llamábamos diciendoles que las tablas no llegaban, nos decian que no llamaramos tanto. Hemos reclamado a traves de Iberia y nos ofrecen unos 250 euros por persona, nos quieren pagar solamente las facturas presentadas del alquiler de tablas y taxis, cuando aqui hay muchos mas gastos, como facturar equipaje deportivo, mas la ruina de viaje que ha supiesto que no llegara el material, que pagas un extra ademas y confias en que puedes irte a otro pais a practicar un deporte, gastandote ese dinero, para que luego no sea asi. Sabemos que por un vuelo perdido por overbooking te dan 400 euros + noche de hotel, y por arruinar unas vacaciones nos quieren dar 250 euros. No nos parece comparable. Sin otro particular, atentamente. Maria Carmen Ibarrola Castillo Carlota Jauregui Zapata Maria Lopez Garnica PD: tenemos video de la recogida de nuestras maletas en el mismos sitio donde adjuntamos la foto donde un trabajador esta dejando las tablas el 30 de noviembre. * En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.
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