Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí

Hacen lo que ellos quieren!

Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque Habeis decidido, entregar mi paquete en una parcel shop! cuando yo al comprar, puse mi domicilio! quien demonios os creeis para decidir usar una parcel shop en vez de mi domicilio sin mi consentimiento?! SOLICITO que mañana, se entregue mi paquete en casa. Sin otro particular, atentamente.

Cerrado
F. A.
09/07/2026

Devolucion Señal cobrada

Reserva de alquiler con engaño, al no especificar por teléfono "SINO HASTA DESPUES DE COBRAR", y ya por correo, que no alquilan ellos, sino un tercero al que llaman proveedor. Lo que informan sólo cuando envian correo. En el que a la vez, dicen que en caso de cualquier controversia entre el cliente "a quien ellos han cobrado una señal", y el tercero "proveedor puesto por ellos", que ellos se consideran ajenos. Lo que tampoco informan antes de cobrar la señal.

Cerrado
V. H.
09/07/2026

Reembolso billetes por motivos médicos

Estimados/as, El pasado 13 de Junio adquirí dos billetes de avión por importe de 473,12 euros. Debido a motivos médicos de uno de los pasajeros, nos vemos obligados a cancelar el viaje. Siguiendo las instrucciones de Iberia, nos pusimos en contacto con el departamento de salud para remitirle el informe medico y poder proceder a un reembolso. El departamento de salud, en el caso nº 20260619-74865994, nos comunica que han aprobado la solicitud y que el reembolso será materializado en un bono para uso en Iberia, con caducidad de 1 año. Adicionalmente, indicar que de los 473,12 euros se descontarían 35 euros por persona en concepto de gastos de gestión, siendo éstos unos 70 euros. Importe totalmente DESMEDIDO e injustificado. Al no ser nosotros viajeros frecuentes, volvimos a contactar a Iberia solicitando con carácter excepcional la devolución del importe en el mismo método de pago (dinero/tarjeta de crédito). Sin embargo recibimos respuesta negativa de la compañía. En aras de agotar todas las vías disponibles, como el pago se hizo a través de PayPal, solicitamos abrir una disputa para poder reclamar el reembolso del dinero. Dicha disputa fue abierta el 20 de Junio y escalada el 23 de Junio. Sin embargo, el 04 de Julio se nos comunicó que la resolución era negativa. Tras haber intentado por varios medios, finalmente el 08 de Julio contacto con Iberia para solicitar la expedición del abono. Para mi sorpresa, me comunican que mis billetes han sido suspendidos tras la reclamación con PayPal y que por ende no pueden emitir el bono. Me indican que van a proceder a devolver el importe en el mismo método de pago pero no me dan ni un plazo ni una confirmación por escrito. Contacto hasta en 5 ocasiones por teléfono a Iberia siendo atendida por diversos agentes que me dan diferentes informaciones pero ninguna concreta. No me devuelven el dinero, no me emiten el bono y no me dan NINGUNA RESPUESTA POR ESCRITO. Estamos hablando de 473,12 euros que se niegan a devolverme y sobre los cuáles no me dan ningún tipo de transparencia ni comunicación acerca del estado de mi caso. Solicito por tanto a traves de este medio el reembolso inmediato de los 473, 12 euros, reservándome los derechos de continuar este procedimiento por cualquier otra vía extrajudicial o judicial, Atentamente,

Cerrado
I. P.
09/07/2026

Aire acondicionado insuficiente en metro

Estos dias de tantisimo calor, en la linea 2 de metro, han debido bajar bastante el aire acondicionado, se nota poco, perocusndo el metro se empieza a llenar, se empieza a sudar. No pido que pasemos frio, peeo si una temperatura confortable, ya que cuando va mas lleno, resulta bastante agobiante y desesperante

Resuelto
F. F.
09/07/2026

PINCHAZO FREE2MOVE

Tuve un pinchazo de una rueda durante un trayecto que duro 1 KM. Mi sorpresa es mayúscula cuando veo que Free2move me han cargado los gastos por daños cuando es evidente que es imposible determinar con una inspeccion visual en que estado se encuentra el neumatico. Después de estudiar los términos y condiciones quiero agregar los siguientes argumentos a mi reclamación: Ausencia de Culpa o Negligencia por parte del Usuario: Según la cláusula 5 de sus Términos y Condiciones, la responsabilidad del usuario recae sobre los daños causados de "forma culpable o negligente". El incidente consistió en el reventón de un neumático durante la circulación normal, sin que mediara colisión, impacto, uso indebido del vehículo o cualquier otra acción negligente por mi parte. Se trató, por tanto, de un fallo del propio componente del vehículo. Imposibilidad de Detección del Defecto en la Inspección Previa: Sus Términos y Condiciones (cláusula 3.a) establecen la obligación del usuario de comprobar el vehículo en busca de "daños visibles". Un defecto estructural o un desgaste crítico que vaya a provocar un reventón inminente no constituye un "daño visible" detectable por un usuario sin conocimientos de mecánica. Mi obligación como cliente es verificar el estado aparente del coche, no realizar un diagnóstico técnico de sus componentes. Es imposible para mí "saber que va a pinchar en medio de mi recorrido". Responsabilidad de Mantenimiento de Free2move: La seguridad y operatividad de los vehículos es su responsabilidad como proveedores del servicio. La responsabilidad no puede ser transferida al usuario que alquila el vehículo por un breve período. Inaplicabilidad de la Cláusula de Exclusión del Seguro por Daño Preexistente y Oculto: Si bien la cláusula 5 del seguro excluye la cobertura de "reventones de neumáticos en ningún supuesto", la aplicación de esta cláusula al presente caso resulta improcedente y podría considerarse abusiva. Dicha cláusula protege a la empresa de daños fortuitos o causados por el usuario durante el viaje, pero no puede amparar una situación en la que el daño es consecuencia que no se sabe si es preexistente en el vehículo. La empresa se hace cargo en casos como "clavo, tornillo u otro", lo que demuestra que la exclusión "en ningún supuesto" no es absoluta y que sí asumen responsabilidad sobre los neumáticos en determinadas circunstancias. Actuación de Buena Fe y Cumplimiento de los Procedimientos: En todo momento he actuado de buena fe y conforme a las normas. Reporté el incidente de manera inmediata al servicio de atención al cliente, cumpliendo con mis obligaciones como usuario. Resulta contradictorio que se penalice a un cliente por informar diligentemente de una avería que no ha provocado. Es por ello que solicito la devolución de los mismos.

Cerrado
R. R.
08/07/2026

Pedido no entregado

Hola. Realice un pedido el día 9 /06/26 en la tienda online de Jysk, el pedido debía haber llegado a su destino ( mi vivienda) el día 18/06/26, a día de hoy 08/07/26 y no ha llegado. He llamado 3 veces a atención al cliente de Jysk y me han dicho que iban a contactar con Möbel services y que se pondría dicha empresa de transporte en contacto conmigo, eso no ha ocurrido. Necesito una solución ya!!!.

Cerrado
J. U.
08/07/2026

Débito del servicio y no entregaron la comida

El día 4 de julio de 2026 realicé un pedido de comida a través de la plataforma correspondiente por un importe de 17,13 €, cantidad que fue cargada correctamente en mi cuenta. Transcurrida más de una hora desde la realización del pedido, el estado del mismo pasó a figurar como “entregado”, cuando en realidad nunca recibí el pedido. En ningún momento el repartidor llamó a la puerta de mi domicilio ni realizó una entrega efectiva. Tras ponerme en contacto con el repartidor, este manifestó que había llamado al edificio, a lo que le indiqué que dicha información era incorrecta, ya que mi domicilio es un chalet unifamiliar y no un edificio. Una vez corregido este error, la única respuesta que recibí fue que solicitara el reembolso, sin ofrecer ninguna solución para localizar o entregar el pedido. El día 5 de julio de 2026 presenté una reclamación ante el servicio de atención al cliente de la plataforma. Se me informó de que, al tratarse de un restaurante con repartidores propios, ellos no podían realizar el seguimiento de la entrega, argumento que considero injustificado, ya que precisamente la plataforma presta un servicio de intermediación y gestión de pedidos y debe responder ante las incidencias derivadas del mismo. Asimismo, se me indicó que recibiría una respuesta en un plazo máximo de 24 a 48 horas. A fecha de 8 de julio de 2026, dicho plazo ha transcurrido ampliamente sin que haya recibido ninguna resolución. Además, he enviado varios correos electrónicos solicitando información y una solución, sin obtener respuesta alguna. Considero que se han vulnerado mis derechos como consumidor, ya que se me ha cobrado 17,13 € por un pedido que nunca fue entregado, y la empresa no ha ofrecido una solución efectiva ni ha atendido adecuadamente mi reclamación. Por todo lo expuesto, SOLICITO: 1. El reembolso íntegro de los 17,13 € abonados por un pedido que nunca recibí. 2. Que se investiguen los hechos y se depuren las responsabilidades correspondientes. 3. Que se valore la procedencia de una compensación por los perjuicios ocasionados, incluyendo el tiempo invertido en reclamar, la falta de atención al cliente y las molestias sufridas como consecuencia de la actuación de la empresa

Resuelto
B. D.
08/07/2026

Recargo de billetes por precio de combustible

Por la presente, interpongo una reclamación formal contra la aerolínea Volotea en relación con mis dos reservas para los trayectos de ida y vuelta a París Ory el 3 y 10 de mayo de 2026. HECHOS: Tras haber formalizado los contratos de transporte y haber abonado la totalidad del precio del billete el 24 de abril, la compañía me ha aplicado un cargo adicional de 56 € (28 por la ida y 28 por la vuelta). Recargo que incumple un elemento sustancial del contrato y este nunca puede ser modificado unilateralmente por una de las partes, pues sería un contrato nulo. Los 56€ cargados lo han sido bajo engañoso concepto "ajuste del precio del combustible" (Sección 4.9 de sus condiciones). El localizador afectado es: Reserva LFUBXH. FUNDAMENTOS JURÍDICOS: Denuncio que esta práctica constituye una modificación unilateral del precio contractual y una cláusula abusiva según la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. 1.- Reglamento (CE) 1008/2008: El precio final de los servicios aéreos debe ser conocido y estar cerrado en el momento de la publicación y compra. 2.- Invariabilidad del contrato: Trasladar el riesgo empresarial derivado de la fluctuación del combustible al consumidor una vez el billete ha sido pagado vulnera el equilibrio contractual. 3.- Falta de transparencia: El denominado "Compromiso de Viaje Justo" no puede amparar cargos arbitrarios post-pago que rompan la seguridad jurídica del pasajero. SOLICITO a Volotea, a la devolución inmediata de los 56,00 € cobrados indebidamente. Para tal fin, adjunto un fichero con los emails remitidos por la compañía donde solicitan el incremento del precio y amenazan con suspender el vuelo en caso de no hacerse efectivo el pago.

Cerrado
P. G.
07/07/2026

SUSCRIPCIÓN SIN AVISO A MEGAVOLOTES PLUS

P.G.M A: VOLOTEA OCU Reclamación por cobro no autorizado de suscripción “Megavolotea Plus” A: VOLOTEA A la atención de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), Mediante la presente deseo presentar una reclamación contra la compañía aérea Volotea S.L. por un cargo no autorizado de 159,99 € correspondiente a una supuesta suscripción anual denominada “Megavolotea Plus”. Hechos Hace unos meses realice la compra de un vuelo a través de la página web oficial de Volotea (www.volotea.com ). Mi única intención fue adquirir dicho billete. Posteriormente he comprobado que en la tarjeta utilizada para el pago del vuelo se ha realizado un cargo adicional de 159,99 € correspondiente a una suscripción anual a “Megavolotea Plus”, servicio que no he solicitado ni contratado de forma consciente. Y al meterme en la pagina me sale que soy miembro. En ningún momento durante el proceso de compra del vuelo fui informado de forma clara, visible y expresa de que estaba contratando una suscripción anual con renovación automática, ni de que se efectuaría un cargo posterior por dicho concepto. De haber sido informado de manera clara de la existencia de este servicio y de su coste, jamás habría aceptado ni contratado dicha suscripción. Al detectar el cargo inesperado, procedí inmediatamente a: Contactar con la compañía Cancelar la tarjeta por seguridad ante la sospecha inicial de un cargo no autorizado. Posible práctica abusiva Tras investigar el caso, he comprobado que existen numerosas reclamaciones públicas de otros consumidores por situaciones idénticas, en las que se denuncia que la suscripción Megavolotea o Megavolotea Plus se activa durante la compra de un vuelo mediante mecanismos poco claros o poco transparentes. En muchos casos, los usuarios manifiestan que la existencia de dicha suscripción no se percibe claramente durante el proceso de compra, y que el cargo anual se produce posteriormente sin que el consumidor sea plenamente consciente de haber contratado ese servicio. Vulneración de la normativa de consumo Considero que esta práctica podría vulnerar la normativa de protección al consumidor, en particular: Real Decreto Legislativo 1/2007, por el que se aprueba la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Directiva 2011/83/UE sobre derechos de los consumidores. Ambas normas establecen que los servicios adicionales deben ser aceptados expresamente por el consumidor y con información clara y previa, no pudiendo derivarse de opciones preseleccionadas, confusas o insuficientemente visibles durante el proceso de compra. En este caso, el cargo de 159,99 € se ha producido sin un consentimiento informado, claro y explícito por mi parte, lo que considero un cobro indebido por un servicio no solicitado. Solicitud Por todo lo anterior, solicito: La devolución íntegra e inmediata del importe de 159,99 € cargado en mi tarjeta. La cancelación definitiva de cualquier suscripción asociada a mi cuenta en Volotea. Que se investigue esta práctica comercial para determinar si constituye una práctica abusiva o engañosa hacia los consumidores. Si es necesario puedo adjuntar la documentación necesaria (cargo bancario, reserva del vuelo y comunicaciones con la compañía) para acreditar los hechos descritos. Quedo a la espera de una solución satisfactoria.

Cerrado
R. T.
07/07/2026

Cancelacion y Devolucion devoluvcion de tasas y millas

RECLAMACIÓN EN MATERIA DE CONSUMO Empresa reclamada: AIR EUROPA LÍNEAS AÉREAS, S.A.U. Ctra. Arenal – Llucmajor, km. 21,5 · 07620 Llucmajor · Illes Balears · España Referencia del caso abierto por la compañía: RCC-AKRNCDL Reclamante: R.T.P. HECHOS Primero. El reclamante es cliente de Air Europa desde hace años y titular de una cuenta del programa de fidelización SUMA con nivel Platinum Segundo. Air Europa lanzó el producto «Cuentas Familiares SUMA», que permite agrupar las millas de varios miembros de una familia. El reclamante se incorporó a una cuenta familiar cuya administradora/titular es su esposa, (nº SUMA nivel Gold). En el proceso de incorporación, el reclamante únicamente pulsó un botón de «CONFIRMAR» su inclusión en la cuenta familiar. En ningún momento se le presentó ni aceptó de forma expresa, clara y destacada ningún clausulado que le advirtiera de que, por unirse a la cuenta familiar, sus beneficios individuales de nivel Platinum quedarían supeditados o rebajados a las condiciones del nivel de la persona titular de la cuenta. Tercero. Con cargo a las millas de dicha cuenta familiar se emitieron billetes para el vuelo UX34, Punta Cana (PUJ) – Madrid (MAD), a nombre del reclamante y de otros miembros de su familia. Cuarto. Por motivos laborales sobrevenidos, el reclamante no pudo viajar en dicho vuelo. El resto de su familia sí voló en la fecha prevista; el único billete no utilizado es el del reclamante. Con antelación suficiente, el reclamante solicitó a Air Europa la cancelación exclusivamente de su propio billete, emitido con 50.000 millas SUMA, y el reintegro de dichas millas, invocando el beneficio de redepósito de millas sin penalización asociado a su condición de cliente Platinum. Por la reserva de los cuatro pasajeros se abonaron además aproximadamente 473 USD en concepto de tasas, impuestos y cargos aeroportuarios, y correspondiente a la reserva del reclamante. Quinto. Air Europa denegó la solicitud de forma reiterada (correos de 22/05/2026, 23/05/2026, 10/06/2026, 11/06/2026 y respuesta final del caso RCC-AKRNCDL de 07/07/2026). El motivo alegado es que el beneficio de reembolso/redepósito de millas sin penalización se aplica según el nivel de la cuenta desde la que se redimieron las millas (Gold, la de su esposa) y no según el nivel del pasajero titular del billete (Platinum), añadiendo que las tarifas SUMA no son reembolsables. Sexto. El reclamante solicitó expresamente y hasta en tres ocasiones que Air Europa le facilitara los términos y condiciones específicos que él hubiera aceptado al incorporarse a la cuenta familiar, en los que constara esa pérdida de beneficios. Air Europa no aportó dicho documento en ningún momento, limitándose a remitir un enlace genérico a una página web que no regula ni explica el supuesto concreto. La propia compañía reconoce además, en su correo de 10/06/2026, que el beneficio de reembolso para miembros Platinum ya existía antes del lanzamiento del producto de cuentas familiares. FUNDAMENTOS DE LA RECLAMACIÓN 1. Falta de transparencia e información precontractual (arts. 60 y 80 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios – RDL 1/2007). Air Europa pretende aplicar una limitación de derechos que no consta comunicada al reclamante de forma clara, comprensible y destacada antes de vincularse. Requerida a acreditar que el reclamante aceptó dicha condición, la compañía no ha aportado prueba alguna de ello. Una cláusula que restringe un beneficio individual del consumidor y que no se ha comunicado de manera transparente no puede serle opuesta. 2. Carácter potencialmente abusivo de la cláusula (arts. 82 y 83 TRLGDCU y Directiva 93/13/CEE sobre cláusulas abusivas). Vincular el beneficio al nivel de la cuenta desde la que se redimen las millas, y no a la condición del pasajero titular del billete, genera un desequilibrio importante en perjuicio del consumidor: el reclamante, siendo Platinum, pierde un beneficio propio por un mecanismo interno (quién figura como titular de la cuenta familiar) que nunca le fue advertido y que, de haber conocido, habría configurado de otro modo. Una cláusula no negociada individualmente, no transparente y que provoca ese desequilibrio es nula de pleno derecho y se tiene por no puesta. A ello se añade un defecto de diseño del propio producto que agrava el perjuicio: la configuración de las cuentas familiares SUMA permite que la persona titular/administradora tenga un nivel inferior (Gold) al de otro miembro no titular (Platinum), de modo que el miembro de mayor nivel ve silenciosamente diluidos o anulados sus beneficios por el mero hecho de agrupar sus millas, sin advertencia previa. Si el reclamante hubiera sido informado de esta consecuencia, habría figurado él como titular. La compañía no puede trasladar al consumidor las consecuencias negativas de una arquitectura de producto que ella misma diseñó y que no comunicó de forma transparente. 3. Devolución de tasas e impuestos no devengados. Con independencia de lo anterior, las tasas, impuestos y cargos aeroportuarios se cobran por el uso efectivo de las infraestructuras. Al no haber embarcado el reclamante, dichos importes no se han devengado y deben ser reembolsados, incluso en tarifas no reembolsables, conforme al criterio pacífico de las autoridades y organizaciones de consumo. SOLICITA Que se tenga por presentada esta reclamación y, en su virtud: 1. Que se cancele el billete del reclamante (vuelo UX34 PUJ–MAD) y se reintegren íntegramente a su cuenta SUMA las 50.000 millas utilizadas en su emisión, sin penalización, aplicando el beneficio correspondiente a su nivel Platinum. 2. Subsidiariamente, y en todo caso, que se devuelvan las tasas, impuestos y cargos aeroportuarios correspondientes al billete del reclamante y no devengados al no haber embarcado. Del total de 473 USD abonados por los cuatro pasajeros, la parte imputable al reclamante asciende a aproximadamente 118,17 USD (una cuarta parte), debiendo la compañía facilitar el desglose exacto de las tasas de su billete a efectos de su devolución. 3. Que Air Europa aporte los términos y condiciones concretos que el reclamante aceptó al incorporarse a la cuenta familiar, en los que conste la limitación de beneficios que se le opone.

Resuelto

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